Doble estándar: los fallos que dicen que en Chile no hay justicia

Hay dos clases de Justicia: una suave, obsequiosa y gentil para ricos y privilegiados, y otra arbitraria y draconiana contra la pobreza, los delitos a la propiedad y el orden público.

03/06/2021
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Dos fallos recientes, que favorecen a Sebastián Zamora, ex-carabinero que lanzó al Mapocho a un joven de 17 años, desde el puente Pio Nono, y al notorio neonazi Roberto Belmar, y la campaña del partido del orden contra el indulto a los presos políticos de la revuelta, demuestran, como cierta carta recibida por Violeta, que en esta patria no hay justicia.

 

En rigor hay dos: una suave, obsequiosa y gentil para ricos y privilegiados, y otra arbitraria y draconiana contra la pobreza, los delitos a la propiedad y el orden público.

 

El juez Ponciano Salles del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago rebajó, el pasado martes 25, a arresto domiciliario nocturno la medida cautelar del ex carabinero Sebastián Zamora, imputado por el caso del joven de 17 años, a quién, el 2 de octubre pasado, arrojó desde el Puente Pío Nono hasta el lecho del Mapocho, una caída de 7,4 metros.

 

Zamora estaba bajo arresto domiciliario total, desde hace casi tres meses, y estuvo detenido en una unidad policial por otros cinco meses.

 

La medida regirá entre las 20:00 y las 08:00, y le permitirá trabajar.

 

El 22 de octubre Carabineros lo dio de baja, no por exceso de fuerza al lanzar a un joven al vacío, sino por no reportar que durante el operativo tenía una cámara personal.

 

El fallo del juez Salles se atuvo al principio pro reo, consistente en ponderar de manera preferente todas las circunstancias que favorezcan al imputado.

 

Es más, cinsideró una oferta de trabajo, proveniente de Carabineros.

 

El problema del principio pro reo, radica en que, mal aplicado, en delitos graves contra el derecho internacional humanitario, priva del derecho a justicia de la víctima y sus familiares.

 

https://youtu.be/0_qBOd1K_rg

 

 

 

Neonazis en impunidad

 

Aún más escandalosa es la benévola condena, en juicio abreviado, de 541 días de presidio menor en su grado medio, que podrá cumplir en su domicilio, a Roberto Belmar, violento exponente del grupo de ultraderecha «Vanguardia», por el delito de lesiones contra ocho personas, con ocasión de dos marchas de partidarios del rechazo, los días 29 de febrero y 7 de marzo de 2020.

 

Belmar estaba con presidio domiciliario, cuando el 14 de enero pasado, atacó con una pistola de balines de goma a manifestantes, en una protesta que se realizaba en el paseo Ahumada, por la libertad de los presos políticos de la derecha.

 

Según testigos, disparó en al menos en 10 ocasiones, balines de 8 milímetros.

 

Son inolvidables las imágenes donde se aprecia que Carabineros, más que detener a Belmar, lo rescatan.

 

Su reincidencia fue premiada con arresto domiciliario, del que se descontarán 211 días, el mismo estatus en que se encontraba el 14 de enero de 2021.

 

Con todo, cabe consignar que no se las llevó peladas.

 

Al salir en libertad, el 15 de enero, lo esperó un grupo de personas de organizaciones populares, quienes le propinaron una severa pateadura.

 

Algunos de los que lo agredieron, dijeron que lo hicieron en represalia de haber vandalizado un mural en homenaje a Pedro Lemebel, y de haberse burlado en forma soez, del asesinato de la joven María Isabel Pavez, ocurrido a fines del 2020.

 

https://youtu.be/vXRC5Iq1Qlo

 

El fiscal de la impunidad

 

La aprobación de la idea de legislar el indulto de los presos políticos de la revueltas, en la comisión de seguridad pública del Senado, desató la consabida campaña de desinformación, donde el gobierno, el partido del orden, el poder judicial y el sistema mediático, recitan como un mantra, que no hay tales presos políticos, y los que lo están, es por delitos comunes, simplificación aberrante que ensancha la deuda del Estado con los presos del estallido.

 

Sin que nadie le preguntara, la Fiscalía saltó al ruedo con la sesgada estadística, de que los presos políticos de la revuelta se reducen a 25 imputados en causas abiertas, en prisión preventiva, por delitos comunes, tales como homicidio frustrado, lanzamiento de bombas molotov, incendios, robo con intimidación o violencia o porte ilegal de armas.

 

De manera simultánea, el fiscal metropolitano, Manuel Guerra, sacó a paseo el trillado discurso de que en Chile no hay presos políticos:

 

“No sé cómo se explicaría por parte de los parlamentarios a los locatarios afectados en el sector de Plaza Baquedano que les digan que determinado ataque a un establecimiento obedeció a una razón política”.

 

Guerra podrá tener su opinión y posición, pero no la puede traslapar con su condición de funcionario público, con argumentos ideológicos, sesgados e insostenibles:

 

«Puedo afirmar derechamente que en Chile no hay presos políticos por lo que se llama la revuelta social ocurrida en el país desde octubre de 2019 en adelante, no los hay».

 

¿Qué opina del proyecto de ley?

 

«Que se quiera beneficiar a personas condenadas porque le parece a un sector o a una mayoría inclusive de parlamentarios que la penalidad es muy fuerte y rígida, es otro asunto. Pero no me parece adecuado que se justifique esto con la supuesta pertenencia a una organización política, porque eso nunca ha sido materia del actuar del Ministerio Público, de las policías ni de los Tribunales de Justicia. Me parece inaceptable».

 

Guerra es un caradura y mentiroso de ligas mayores.

 

Su estadística es sesgada en varias dimensiones. En primer lugar, no aclara que sus cifras son metropolitanas, y no nacionales; luego, abstrae a los condenados, más de 700 a nivel nacional, muchos de ellos con medios de prueba de insostenible calidad, ceñidos únicamente al parte policial, y omite el uso de la prisión preventiva como castigo anticipado, en los centenares de casos en que la condena del imputado fue menor a la de su prisión preventiva.

 

Se victimiza porque alguien pueda suponer algún tipo de intencionalidad en las actuaciones del Ministerio Público, pero prescinde que fue, junto al entonces fiscal de Valparaíso, Pablo Gómez, uno de los ejecutores materiales de una política de Estado, orientada a asegurar la impunidad de los centenares de imputados en las causas por financiamiento ilegal de la política; él en el caso Penta, y Gómez en el caso SQM.

 

Política de Estado, porque está suficientemente demostrado que intervinieron los tres poderes del mismo para sepultar uno de los escándalos más gravosos de la historia del país, tanto por los montos involucrados, como por el descrédito de la política, sin perjuicio del tipo de legislaciones amparadas por estos sobornos.

 

Esa política dio sus primeros vahídos el 13 de noviembre 2015 cuando el Fiscal Nacional, Sabas Chahuan, en una de sus últimas actuaciones antes de dejar el cargo, designó en la Fiscalía Oriente, a Manuel Guerra Antonio Guerra Fuenzalida, arquetipo del funcionario oportunista y trepador.  

 

El sentido de la maniobra se comprende en la medida en que a ella pertenecían los fiscales Carlos Gajardo y Pablo Norambuena, que por entonces conducían la investigación del caso Penta, con celo, rigor y notoria eficacia.

 

El primer paso sucedió el 15 de enero de 2018, cuando Guerra, a contrapelo de Gajardo y Norambuena, solicitó la suspensión condicional del procedimiento contra el senador Iván Moreira, en el marco del caso Penta y las boletas ideológicamente falsas que solicitó para financiar su campaña.

 

En la práctica el acuerdo significó que Moreira debió pagar $35 millones al Fisco y terminó su proceso judicial libre, sin condena y en posesión de su escaño en el senado.

 

Guerra justificó vagamente el procedimiento: «se ajusta a las disposiciones legales vigentes y al principio de objetividad que guía las acciones del Ministerio Público».

 

Cuatro días más tarde, los fiscales Carlos Gajardo y Pablo Norambuena, presentaron su renuncia al Ministerio Público por desacuerdos en la forma de llevar adelante causas como Penta, SQM y Corpesca, a partir de 2014.

 

Pablo Norambuena explicó que detrás de la dimisión hay un cúmulo de decisiones que no comparten:

 

“Nos vamos juntos porque hemos trabajado en equipo en la persecución de estos delitos y tenemos un criterio común de que es necesario perseguir este tipo de conductas buscando un reproche y una sanción penal. Siempre hemos tenido el respaldo total de nuestras tesis en los tribunales de justicia sobre la existencia de estos delitos y de la presunción fundada de participación, sin embargo, hoy día observamos un cambio en la Fiscalía con el que no concordamos. Por eso no continuamos en un cargo público que ejercemos hace tantos años”.

 

Agregó:

 

«¡Hemos tenido éxitos y logros ante los tribunales, pero hemos tenido derrotas al interior de la Fiscalía!, dado que nuestros argumentos no han logrado ser acogidos. Hasta ahora hemos visto suspensiones condicionales que buscan terminar sin sanción y en eso no estamos de acuerdo”.

 

Guerra respondió con canallesco cinismo, que lo retrata de cuerpo entero:

 

“Esta era una posibilidad. Han estimado que hay circunstancias que ameritan su renuncia. No nos queda más que aceptar esa decisión. Siempre se ha pensado en el bien general de la institución, donde Norambuena y Gajardo tendrían un punto de vista diferente».

 

Sin embargo, la labor de Guerra, en esta calculada estrategia de impunidad a los poderosos, no hacía más que comenzar. Todavía quedaba proteger a los peces gordos.

 

De esa guisa, en abril de 2018, llegó a un acuerdo de juicio abreviado con las defensas de Carlos Alberto Délano, Carlos Eugenio Lavín y Pablo Wagner, en virtud del cual retiró los cargos, de soborno para Lavín y Délano pero mantuvo los delitos tributarios, por presentación de boletas y facturas ideológicamente falsas; en tanto, a Wagner se le retiran los cargos por cohecho y se le acusó de enriquecimiento ilícito.

 

En la audiencia de re-formalización, Guerra explicó así el grave abandono de los deberes de su cargo:

 

“Decidimos re-formalizar, derechamente, porque tenemos el deber de objetividad. Aquí no se trata de hacer lo que uno quisiera, sino lo que uno puede».

 

El abogado de la Fundación Ciudadano Inteligente, querellante en la causa, Mauricio Daza, aseguró:

 

«El mejor abogado que han tenido el día de hoy los señores Délano y Lavín ha sido el fiscal Guerra».

 

Al final de la jornada, Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín, recibieron una condena de cuatro años de pena remitida, una multa de $1.700 millones, y asistencia obligatoria a un curso de ética empresarial, impartido por la Universidad Adolfo Ibáñez.

 

Los autores materiales de lo que el ex fiscal Carlos Gajardo denominó «una cultura de la evasión» y «una máquina para defraudar al Fisco» pasaron 46 días en prisión preventiva, 111 días con arresto domiciliario total y 118 con arresto domiciliario nocturno.

 

Wagner recibió dos años de pena remitida, y tres años de inhabilidad para ejercer cargos públicos.

 

Así terminó el mayor escándalo de financiamiento ilegal de la política chilena.

 

La conducta de Guerra en otros casos de alto impacto político, como Exalmar y las asesorías del Senado, ha sido invariable: siempre eligió la vía no confrontacional, y se ladeó para la misma borda.

 

El ex fiscal Gajardo, comentó con ironía:

 

“Debe tener la aspiración de ser Fiscal Nacional, y por lo tanto, debe estar haciendo el cálculo de que no es conveniente estar enemistado con los políticos. Me parece que eso es evidente”.

 

Como fuere, este funcionario réprobo y venal, funcional a los intereses de los poderosos, que ha faltado a su deber de manera tan evidente, representante arquetípico de la exasperante política de doble estándar en el sistema judicial chileno, carece de autoridad moral para negar la existencia de presos políticos de la revuelta.

 

Presos de la revuelta: Todo lo que perjudica

 

El comportamiento de la maquinaria jurídica, alineado con los otros dos poderes del Estado, ha sido exactamente el opuesto, en el caso de acusados de delitos conexos con el estallido social.

 

Contra ellos, ha aplicado con rigor implacable, el principio e ponderar todo lo que lo que perjudicaal acusado.

 

Lo expone el abogado Claudio Nash, académico Universidad de Chile, doctor en Derecho y Coordinador Cátedra de Derechos Humanos de la Universidad de Chile;

 

«Las detenciones ilegales se triplicaron respecto del promedio histórico; problemas para acceder a defensa jurídica al momento de la detención; en cuanto al tema probatorio, existen dudas sobre las bases probatorias para disponer la privación de libertad y mantener la prisión preventiva; la cautelar más gravosa, prisión preventiva, se ha usado intensivamente (se ha accedido al 84,6% de las solicitudes) que en el período anterior a octubre de 2019 y se ha mantenido vigente mucho más allá de lo prudente para no infringir el principio de presunción de inocencia; no se ha justificado adecuadamente el riesgo de fuga en un contexto de alto control policial y militar de las personas y el cierre de las fronteras y se ha recurrido a la peligrosidad sin acreditar otros elementos que permitan mantener la prisión conforma a los estándares internacionales; hay denuncias de que el poder judicial no ha tomado medidas efectivas para evitar la prisión preventiva de personas sin antecedentes y que arriesgarían una pena mínima menor que la prisión preventiva a las que han estado sometidas, transformando la prisión preventiva en una pena anticipada».

 

En su opinión, no se está en presencia de fallas “normales” del sistema penal, sino en un contexto político que determina un patrón de conducta donde las fallas del sistema han ha agravado la persecución solo contra un determinado sector político:

 

«No es “normal” tener 8.827 denuncias de graves violaciones de derechos humanos, 75 agentes estatales formalizados, 25 inculpados en prisión preventiva y un condenado versus 27.432 manifestantes detenidos, 5.084 formalizados, 648 de estos en prisión preventiva y 725 ya condenados. Eso es, evidentemente, un actuar discriminatorio por resultado».

 

En cuanto a las condenas, estima indispensable elevar el estándar de exigencia en materia probatoria, en un contexto donde existe un serio cuestionamiento al rol de las policías y del propio Ministerio Público; la prueba para condenar debiera ser objeto de un alto escrutinio judicial.

 

Por otra parte, agrega, se debe avanzar en los esfuerzos políticos por dar una salida de fondo a la situación de quienes están siendo procesados y de quienes han sido condenados en este contexto de anormalidad política, a través de una ley de indulto general o una amnistía, «camino correcto para no profundizar la persecución política del Estado de Chile en contra de quienes participaron de la protesta social, incluido quienes cometieron delitos en dicho contexto».

 

Es partidario de que las personas que han sufrido prisión política deben ser reparadas integralmente por las violaciones de derechos humanos de las que han sido víctimas.

 

Finalmente, recordó que la calificación de prisioneros político no implica culpabilidad o inocencia, sino el reconocimiento de que el Estado tiene límites para perseguir los crímenes.

 

«Esta no es, por tanto, una cuestión de bondad, sino que es una exigencia de justicia», concluyó.

 

Fuente Red Digital

https://reddigital.cl/2021/05/31/doble-estandar-los-fallos-dicen-chile-no-justicia/

 

 

https://www.alainet.org/de/node/212509?language=en
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