Quién limita la libertad de expresión?

14/06/2007
  • Español
  • English
  • Français
  • Deutsch
  • Português
  • Opinión
-A +A

En los debates que  sobre la libertad de expresión se suceden actualmente en el Ecuador, propiciados por la crítica del Presidente  Correa al poder económico que controla, tanto los grandes medios de información como la gran mayoría de concesiones de frecuencias radioeléctricas, y, del anuncio de crear un canal de Televisión público, resulta lugar común escuchar  a  los ponentes  tratar el tema de la libertad de expresión sin señalar el marco en el cual esta es una realidad o deja de serlo, por lo que las referencias a la concentración sobre la propiedad sobre los medios de información y las frecuencias radioeléctricas que se expresan simultáneamente, no permiten reconocer quien real y objetivamente limita la “libertad de expresión”, a más de posibilitar que se sugiera que tal rol es exclusivo del accionar del Estado.

Ante lo expuesto cabe preguntarse que debemos entender por “libertad de expresión”. Todas las declaraciones, convenciones y textos constitucionales, también el ecuatoriano, la definen como el derecho expresarse sin censura alguna, a recibir opiniones e información o a recabarlas, y, a difundir sus opiniones, por cualquier medio de expresión.  A lo que, en el propósito de nuestra ponencia, debemos agregar que el principal medio de difusión de las opiniones está constituido, como es evidente, por los medios masivos de comunicación social, esto es por la televisión: abierta, por cable y satelital; la radio: AM y FM; la prensa escrita: periódicos y revistas, a los cuales, en la etapa actual del desarrollo, debe agregarse el Internet.

Si a lo antes expresado agregamos que la mayoría de todos los medios de información antes detallados son de propiedad privada, es posible concluir, en una primera aproximación, que es el sector privado, en su calidad de propietario de la gran mayoría de medios, el que dispone la mayor capacidad potencial para limitar la “libertad de expresión”. Capacidad potencial que demuestra todo su poder cuando se imponen las prácticas que se denuncian más adelante.

A lo anterior debe añadirse que la propiedad de los grandes medios de información tiene un carácter oligopólico, como lo demuestra que todos los grandes medios de los tipos antes mencionados sean de propiedad y, en consecuencia, se hallen bajo el control de tan sólo nueve grupos familiares: Isaías, Eljuri, Vivanco, Egas, Mantilla Mosquera o Anderson, Alvarado, Pérez y Martínez. Grupos que, adicionalmente, comparten la propiedad en varios medios de información, como es el caso de la familia Isaías, con los Eljuri y Vivanco, o, los Vivanco con los Pérez y Martínez, lo que profundiza aún más el carácter monopólico que ostentan, lo que permite afirmar que la mayor capacidad potencial para limitar la “libertad de expresión” reside en estos grupos, cuanto más que operan como un verdadero cártel de información, como lo demuestra, por ejemplo, la campaña comunicacional que han desplegado en contra de la acusación judicial iniciada o las reformas propuestas por el Presidente Correa para el sistema financiero.

Desde otra perspectiva analítica, el poder para limitar la “libertad de expresión”, también es potenciado por la concentración de las frecuencias radioeléctricas, no sólo por la gran cantidad de  concesiones de las que disfrutan –disponen de hasta 50 concesiones-, sino también por la saturación que se registra en el espacio radioeléctrico, lo que determina una limitación física cierta para ejercer, en este caso, el derecho a la “libertad de prensa”, en lo que se refiere a la igualdad de oportunidades para acceder a frecuencias de radio y televisión, indispensables para fundar ese tipo de medios.

En otras palabras el potencial de limitar la libertad de expresión por parte del sector privado no sólo se deriva del control que mantienen sobre la mayoría de medios, sino también de la imposibilidad que se ha creado para que ciudadanos o personas jurídica ajenas a la esfera del poder de quienes hoy lo controlan, puedan obtener concesiones de frecuencias, indispensables para fundar medios radiales o televisivos.

Ahora bien, todavía cabría la posibilidad de que la capacidad potencial para limitar la “libertad de expresión” que ostenta el poder económico, derivado de su control sobre los medios de comunicación social no se concrete. Esto es que el poder económico permita la difusión de distintas opiniones ideológicas, políticas, religiosas, etc, incluso de aquellas que son adversas a sus intereses. Más, todo estudio que se ha preparado al respecto, por breve o superficial que fuese,  demuestra que aquello no ocurre, como consecuencia de las imposiciones que el poder económico establece al interior de los medios que controla. Imposiciones entre las cuales vale citar:

- Definición de la política que debe respetar a rajatabla el medio, sin ninguna reserva ética ni profesional. Por ejemplo, la defensa de los bancos;

- Establecimiento de las agendas informativas por parte de los dueños de los medios;

- Contratación de “reproductores de intereses empresariales, corporativos, grupales o políticos”, en lugar de comunicadores sociales;

- Fortalecimiento de las visiones particulares desde la apariencia para así reproducir desde los medios, la ideología del poder;

- Entrega de listas de personas y entidades a las cuales no debe entrevistarse jamás;

- Imposición de listas de personas y entidades a las que se debe entrevistar o usar como fuentes con la mayor frecuencia posible;

- Censura de contenidos bajo la excusa de que es necesario editar la información a proporcionarse;

- Negativa total a aceptar el derecho de objeción de los comunicadores.

En consecuencia, es el poder económico privado que controla la mayoría de medios de comunicación el que limita la “libertad de expresión” de todos aquellos que no somos parte de su círculo de poder económico. Que no aceptamos ser “voceros” de su poder.

Por ello, resulta ridícula la afirmación que esgrimen los medios de información controlados por el poder económico, en el sentido de que la presencia de un canal público de televisión, limitará la “libertad de expresión”. Este derecho ya se halla limitado desde su violenta incursión en los medios a partir de los años 70.

Lo antes dicho, por cierto, no niega la posibilidad de que el canal público de televisión pueda llegar a limitar la “libertad de expresión”. Lo hará si no respeta los postulados expresados por Mónica Chuji, Secretaria de Comunicación Social, en el sentido de no se trata de crear un canal de gobierno sino en disponer de una canal que sirva a la sociedad en su conjunto. Lo hará si sigue los derroteros asumidos por la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) en el caso del Telégrafo, diario en el cual,  olvidando que éste es estrictamente propiedad de los depositantes, ha designado en el directorio a funcionarios públicos o a personas que coinciden hoy con las tesis gubernamentales, al igual que lo hicieran ayer con las de Álvaro Noboa Pontón, todo ello sobre la base del ilegal procedimiento aplicado por otro ex empleado de Álvaro Noboa, hoy también devenido en transformador de la República. Decisión que anuncia que el diario El Telégrafo seguramente se convertiría en un instrumento de propaganda de gobierno, por la ideología que le dominará en adelante por disposición de los genuflexos directivos de las AGD. De no enmendarse a tiempo lo mal actuado y de llegar a concretarse nuestra advertencia, el Telégrafo será también otro instrumento limitante de la “libertad de expresión”.

Quito, 14 de junio del 2007.


https://www.alainet.org/en/node/121704?language=en
Subscribe to America Latina en Movimiento - RSS