Guatemala: ¿refundación o fundación de un Estado Plurinacional?

30/05/2016
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Desde hace algunos años atrás, incluso en contra de la voluntad de los tradicionales partidos políticos de izquierda (URNG y WINAQ), algunas organizaciones y movimientos sociales incómodos para el sistema vienen planteando la propuesta de la creación del Estado Plurinacional en Guatemala.

 

Sin embargo, en las últimas semanas, como en las románticas telenovelas colombianas, algunos ex militares (genocidas), junto a ex guerrilleros (como Pablo Monsanto), y algunos “mayas” fundrainser, fueron convocados a Panamá nada menos que por el refugiado ex Presidente de Guatemala Jorge Serrano Elías (1991 - 1993), para anunciar que refundarán Guatemala para resolver sus históricos males irresueltos.

 

Ante este desplazamiento discursivo de los agentes de la geoestrategia norteamericana para confundir/desmotivar a los movimientos sociales rebeldes, urge aclarar los conceptos de fundación y refundación.

 

“No estamos buscando la refundación. Buscamos la fundación del Estado Plurinacional”

 

En este contexto, pregunté a Conrado López, maya quiché, ex guerrillero, y actualmente defensor mayor de derechos comunitarios en el Comité de Desarrollo Campesino (CODECA), ¿Qué buscan como movimiento social, crear algo nuevo o re crear lo existente? La respuesta fue: “Nosotros estamos buscando crear algo nuevo. Con nuevos actores y nuevos ideales. En ese sentido no estamos buscando la refundación. Buscamos la fundación del Estado Plurinacional”.

 

Otro maya de CODECA, comenta en su cuenta en Facebook: “Nosotros nunca tuvimos Estado. Por eso, vamos por la fundación del Estado Plurinacional, no por la refundación”.

 

Etimológicamente refundación (del latín condere) significa reinstalar, recrear, restaurar lo existente. Fundar, en cambio, significa instalar, crear, construir lo que aún no existe.

 

Quienes intentan teorizar la refundación del de Estado en Guatemala, argumentan que no se debe demandar la fundación del Estado Plurinacional, sino su refundación. Puesto que en el país existe (desde 1825) un Estado ladino monocultural, aunque no funciona, pero ya existe. Por eso se debe plantear la refundación.

 

En dichos esfuerzos reflexivos, se argumenta que la condición de exclusión (de las grandes mayorías indígenas) no es razón suficiente para demandar la fundación, sino lo correcto es la refundación. De lo contrario, “bajo el argumento de exclusión, también las mujeres, jóvenes, etc. podrían demandar la fundación de un nuevo Estado”, argumenta Marco Fonseca.

 

Los pueblos indígenas no son excluidos, sino despojados/colonizados por el Estado nación

 

El archipiélago de pueblos indígenas (que demográficamente hacen mayoría poblacional en el país) no están demandando la creación del Estado Plurinacional desde su situación de exclusión socio política, sino desde su condición de pueblos despojados, saqueados, colonizados y perseguidos como enemigos internos por el poder ladinocéntrico instaurado.

 

Para los pueblos indígenas, el sistema violento de la invasión/colonización no concluyó jamás. La supuesta “independencia” de Guatemala, en 1825, fue acto protocolar de transferencia de mando entre criollos y ladinos de élite. Fue una metamorfosis de la colonización externa hacia la colonización interna.

 

En la fundación del casi bicentenario Estado nación republicano, ahora en situación insostenible, los pueblos mayas jamás fueron partícipes. Más por el contrario, dicho Estado criollo los asumió como esclavos, unas veces, como enemigos internos, muchas veces.

 

Por ello, desde el pellejo histórico de los pueblos invadidos, no se puede (no se debe) categorizar a éstos como excluidos, porque jamás fueron asumidos ni tan siquiera como parte residual del proyecto de Estado nación ladino. Nunca formaron parte del proyecto de nación, ni del Estado. La categoría correcta es la de despojados, colonizados internos, saqueados, etc.

 

Estos pueblos, ahora, cada vez más conscientes de su condición de naciones sin Estado, y ante un aparente Estado republicano sin nación, demandan la fundación del inédito Estado Plurinacional que jamás existió en Guatemala.

 

Desde esta perspectiva histórica y realista, sí cabe hablar no de refundación, sino de la una fundación estatal, con la participación activa y decisiva de todos los pueblos y sectores. La fundación es el proceso político en el cual los no sujetos se constituyente en sujetos políticos cofundadores, hilvanando instituciones, leyes y proyectos de vida interculturales para diseñar y encaminar la arquitectura de un Estado Plurinacional, y de un país intercultural.

 

El concepto refundación irremediablemente condiciona la acción y el pensamiento a los márgenes del nacionalismo metodológico modernizante existente. Es decir, intenta restablecer, hacer operativo un Estado mestizo con pueblos indígenas permitidos como objetos de caridad, y en el mejor de los casos, como cuasi ciudadanos con obligaciones, mas no con derechos plenos, ni oportunidades equitativas.

 

¿Refundación para qué y para quiénes?

 

El “rupturismo constitucionalista” como herramienta para la refundación del cual habla Marco Fonseca es parte del contenido de la Teoría Crítica que calza perfectamente en el nacionalismo metodológico modernizante imperante en todos los proyectos de Estado nación monocultural occidental, sin cuestionar las matrices “civilizatorios” del sistema-mundo-occidental monista.

 

El problema del Estado nación en Guatemala no está tanto en su inoperancia, sino en su ontogénesis racista, clasista y machista que le impide asumir a los “otros” diferentes como humanos/sujetos. Y este mal capital sólo se redime con inter epistemologías y procesos fecundos de diálogos de saberes intercivilizatorios para diseñar y poner en marcha el Estado Pluri y la soñada sociedad intercultural.

 

Los pueblos mayas no sólo están demandando reconocimiento, permiso para existir (multiculturalismo). Ellos van tras la restitución/reconstitución de sus territorios. El ejercicio de su autodeterminación política, económica, legislativa, espiritual, cultural, etc. Esto ya no es sólo “rupturismo constitucional”, sino un proceso emancipatorio genuino que no permitieron que ocurriese en 1825.

https://www.alainet.org/en/node/177743?language=en
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