América Latina durante la discusión sobre armas químicas en Siria del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas

20/04/2017
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Foto de la representante de Estados Unidos ante Naciones Unidas, Nikki Haley, durante sesión sobre el supuesto ataque con armas químicas en Siria, extraída de nota de UN Dispatch
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El 12 de abril del 2017, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas sesionó nuevamente sobre la explosión de sustancias químicas ocurrida el pasado 4 de abril. Como bien se sabe, en la actualidad, además de los cinco Miembros Permanentes, los siguientes Estados forman parte del Consejo de Seguridad: Bolivia, Egipto, Etiopía, Italia, Japón, Kazajistán, Senegal, Suecia, Ucrania y Uruguay.

La reunión previa del 5 de abril

Una primera reunión sobre este tema tuvo lugar el 5 de abril (véase acta de la sesión del Consejo de Seguridad en la que se puede apreciar la posición oficial de cada uno de los quince Estados que integran el Consejo de Seguridad).

Los tres integrantes del Consejo que habían preparado el pasado 5 de abril un proyecto de resolución condenando a Siria (Estados Unidos, Francia y Reino Unido) procedieron a modificar ligeramente su texto en esta segunda sesión del 12 de abril.

El 5 de abril circularon tres textos: el proyecto de resolución elaborado por Rusia (véase Documento 1 al final de esta nota en inglés), el proyecto denominado E-10 (elaborado por los 10 Miembros no Permanentes (Documento 2 reproducido al final de este texto en inglés) y el texto propuesto por Estados Unidos, Francia y Reino Unido (Documento 3 reproducido al final de esta nota, también en inglés): la diferencia entre la propuesta rusa y las demás es que solicita una investigación para que se conozca quiénes fueron los responsables del uso de sustancias químicas. Las dos propuestas siguientes solicitan una investigación haciendo ver que Siria es directamente responsable por los hechos acaecidos en Idlib el 4 de abril. La diferencia sustancial entre los dos últimos reside en la redacción del párrafo operativo 5, considerado por varios delegados como excesivo en el anteproyecto de Estados Unidos, Francia y Reino Unido, al solicitarle a Siria una serie de datos sobre su personal militar, planes de vuelo y demás detalles operativos que raramente un Estado ha proporcionado a otros.

El proyecto de resolución presentado y votado el 12 de abril

La última versión del texto reelaborado por Estados Unidos, Francia y Reino Unido (véase Documento 4 reproducido en versión en español al final de esta nota) fue sometido a consideración nuevamente el 12 de abril: el texto incluye el mismo Párrafo Operativo (el Numero 5) exigiendo a Siria colaborar con el ente técnico a cargo de monitorear en Naciones Unidas el uso de armas químicas (conocido como la OPCW). Se trata de un punto de discordia mayor en la medida en que los autores del texto presumen - sin que haya habido investigación alguna - que Siria es responsable directa de lo ocurrido el pasado 4 de abril, contrario al criterio de Rusia y de China y de otros Miembros no Permanentes. Por ejemplo, en su declaración del 12 de abril (véase texto), el jefe de la diplomacia gala reitera que Siria es directamente responsable de lo que denomina él mismo el "ataque químico" perpetrado el 4 de abril pasado. De igual forma se desprende de las declaraciones a la prensa dadas por la Primer Ministra británica el pasado 13 de abril (véase nota de la BBC).

Una duda persistente

Desde un inicio, las autoridades sirias han negado rotundamente cualquier responsabilidad, al tiempo que Rusia ha pedido una investigación in situ por parte de un equipo internacional independiente de Naciones Unidas. Por su parte, desde un inicio, Estados Unidos acusó a Siria por usar de forma deliberada armas químicas contra grupos rebeldes y contra la población civil. Esta acusasión se basa en suposiciones, al no existir al momento ninguna investigación realizada por expertos de forma independiente sobre lo ocurrido el 4 de abril en Siria. Algunos medios de prensa refieren al "supuesto" ataque con armas químicas (véase por ejemplo esta nota), mientras que muchas otras salas de redacción dan por un hecho que hubo un ataque con armas químicas en Siria en sus titulares.

El ataque de Estados Unidos en respuesta al denominado "ataque con armas químicas"

A modo de represalia, 48 horas después de ocurrido el hecho, el Presidente de Estados Unidos ordenó el bombardeo con 59 misiles Tomahawk de la base siria de la que, según Estados Unidos, partieron las armas químicas, en abierta violación a las disposiciones de la Carta de Naciones Unidas de 1945.

En su intervención el Representante del Secretario General a cargo de mediar en las negociaciones de paz en Siria, Staffan de Mistura, precisó a los demás integrantes del Consejo de Seguridad que el ataque de Estados Unidos ha propiciado un recrudecimiento de las acciones armadas entre el Ejercito sirio y los grupos rebeldes. En su alocución (véase texto en pp.2-4 del acta de la reunión previa a la votación celebrada el mismo 12 de abril), leemos que:

"Pocos días después, los Estados Unidos atacaron la base aérea de Al-Shayrat con 59 misiles Tomahawk. El viernes, el Secretario General Adjunto, Sr. Feltman, informó al Consejo sobre ese acontecimiento extrema damente grave (véase S/PV.7919). Desde entonces, hemos presenciado más enfrentamientos y violencia, con nuevas denuncias de uso de municiones en racimo en zonas habitadas, bombas de barril y armas incendiarias, en particular cerca del mismo Khan Shaykhun. El Secretario General ha expresado claramente su propia posición. Está consternado por el ataque con armas químicas cometido en Khan Shaykhun y pide rendición de cuentas por esos crímenes."

Sobre este y otros efectos que podría tener este sorpresivo ataque de Estados Unidos, así como algunas motivaciones que pueden explicar la rapidez con la que el Presidente Donald Trump ordenó este bombardeo, remitimos al lector a nuestra nota anterior titulada: "Armas químicas en Siria: Consejo de Seguridad y Estados Unidos". Nótese que en su intervención, el representante de Siria ante el Consejo de Seguridad señaló el pasado 12 de abril que:

"Esto llega en un momento en que el ejército sirio y sus aliados están logrando grandes victorias contra el terrorismo, en todas las ciudades y regiones de Siria se están concertando acuerdos de reconciliación nacional, y se han adoptado importantes medidas en el contexto de las conversaciones de Astaná, haciendo hincapié, como dijo el Sr. De Mistura, en la soberanía y la integridad territorial de Siria" (véase acta de la reunión, pp. 20-21).

Los efectos de la duda persistente en el texto votado

Reunidos para votar un proyecto de resolución sobre lo ocurrido el 4 de abril (y no sobre el ataque de Estados Unidos del día 6 de abril), los miembros del Consejo de Seguridad consideraron el anteproyecto de resolución presentado por Estados Unidos, Francia y Reino Unido (véase versión oficial en los seis idiomas de Naciones Unidas): este texto mantenía el Párrafo Operativo 5 tal como redactado por sus autores inicialmente. El texto obtuvo el voto a favor de diez integrantes del Consejo de Seguridad, dos votos en contra y tres abstenciones. El voto en contra de Rusia se contabiliza como un veto, por lo que el texto no fue adoptado, mientras que China optó por abstenerse. Bolivia votó en contra, mientras Etiopía y Kazajistán se abstuvieron.

Las explicaciones de votos de Bolivia y de Uruguay

Como indicado anteriormente el texto, los dos Estados de América Latina votaron de forma muy distinta este mismo texto. Ambos sabiendo de antemano que iba a ser vetado por Rusia. Resulta de interés revisar la posición externada par cada uno, y que el lector puede apreciar en su totalidad. Por cuestión de espacio, nos limitaremos a reproducir únicamente las partes de sus intervenciones sobre el voto como tal. Según se desprende del acta de la reunión en la que cada Estado pudo explicar su voto (véase texto en español), el representante de Bolivia se expresó en los siguientes términos:

"Asimismo, Bolivia insiste en la necesidad imprescindible de que se lleve adelante una investigación independiente, imparcial, completa y concluyente de lo sucedido hace pocos días en Siria. Bolivia ha votado en contra de este proyecto de resolución porque considera que el Consejo de Seguridad no debe ser usado como una caja de resonancia de la propaganda de guerra ni del intervencionismo. Repetimos que para Bolivia el Consejo de Seguridad no debe ser usado como un peón a sacrificar en el tablero de ajedrez de la guerra. Nuevamente manifestamos que para el tratamiento de este proyecto de resolución sometido a voto en el día de hoy, algunos miembros del Consejo fuimos excluidos de las negociaciones. Nos llama profundamente la atención que se presenten proyectos de resolución que no han sido debidamente consensuados y que se sabe que van a encontrar votos de miembros permanentes en contra. ¿Cuál es la intención de este tipo de intentos? " (pp. 9-10).

El representante de Uruguay, al parecer muy versado en literatura, señaló por su parte que debió "tomar la menos mala de las opciones" y votar a favor del texto propuesto por Estados Unidos, Francia y Reino Unido:

"Hemos votado a favor de esta resolución porque, por un lado, condena claramente el continuado uso de armas químicas en Siria, y por el otro, explicitaba la información necesaria y requerida para llevar a cabo una investigación amplia, seria e independiente. Es necesario llegar a la verdad. Un grupo de miembros del Consejo buscó, a lo largo de la semana pasada y esta semana, haber encontrado un punto medio en las posiciones que permitiesen una investigación profunda y con amplios poderes para acercarnos a la verdad. Como a menudo sucede, las posiciones se fueron congelando impidiendo esta solución y, una vez más, el Con‑ sejo de Seguridad se embarcó en un proceso que a todas luces se leía como en la novela de García Márquez con aquel título de Crónica de una muerte anunciada.

En virtud de los privilegios que diferencian a los miembros del Consejo de Seguridad, y acá nos recorda‑ mos una vez a George Orwell en
Rebelión en la granja, aquí hay animales que son más iguales que los otros. Ese desequilibrio legal pero ilegítimo nos pone a muchos miembros en la situación de tener que tomar la menos mala de las opciones delante de nosotros " (p.11).

La notable incongruencia del primer párrafo operativo

Si se lee con detenimiento el Párrafo Operativo 1, la versión en español reza que el Consejo de Seguridad: " Condena en los términos más enérgicos el presunto empleo de armas químicas en la República Árabe Siria” / “1. Condamne avec la plus grande fermeté l’emploi qui aurait été fait d’armes chimiques en République arabe syrienne” / “Condemns in the strongest terms the reported use of chemical weapons in the Syrian Arab Republic” /.

El que el máximo órgano de Naciones Unidas sea llamado a condenar "en los términos más enérgicos" un "presunto" empleo de armas químicas constituye una extrañeza y es posible que en las versiones en ruso, árabe y chino, se detecte la misma incongruencia, que maquilla la versión en inglés que usa la palabra "reported" en vez de "alleged". En cuanto a la versión francesa, condenar de forma enérgica algo "qui aurait été fait" constituye una originalidad de la que posiblemente muchos diplomáticos de habla francesa tomaron nota: véase las seis versiones oficiales disponibles aquí.

Un ejercicio dudoso ante la falta de consistencia de los autores del texto

Pese a un discurso político oído en Francia, Estados Unidos y Reino Unido sobre la responsabilidad directa de Siria en los hechos acaecidos el 4 de abril en Idlib, una semana más tarde sus representantes en el Consejo de Seguridad presentaron un proyecto de resolución para intentar obtener una resolución de condena sobre el "presunto" (“reported” o “qui aurait été fait”) uso de armas químicas. La inconsistencia de la posición sostenida es tal, que arroja nuevas dudas sobre las intenciones reales de los autores del texto.

En caso de haber sido adoptada como resolución, cabe la pregunta de saber si no hubiésemos presenciado una verdadera "premiere" en la práctica del Consejo de Seguridad. Sobre este punto en particular, agradecemos desde ya a nuestros estimables lectores (en particular a diplomáticos más familiarizados con el léxico que usa el Consejo de Seguridad) el referirnos a alguna resolución de condena del Consejo de Seguridad sobre "presuntos" hechos. Se garantizará total confidencialidad en caso de ser requerida (la información puede ser enviada al correo electrónico siguiente: cursodicr(a)gmail.com).

A modo de conclusión

Para los que se interesan por las posiciones asumidas por Estados de América Latina, este reciente episodio en el seno del Consejo de Seguridad realizado el pasado 12 de abril ofrece una notable diferencia de apreciación. Si la intención de este ejercicio era la de aislar a Rusia, el objetivo no fue mayormente logrado. Si la intención era la de exhibir a los aliados de Siria en el seno del Consejo, se puede afirmar que tampoco se logró mayor cosa.

Más bien, la inconguencia del primer párrafo operativo viene a confirmar la persistencia de la duda que se tiene sobre el presunto "ataque con armas químicas" imputado a Siria y la imperiosa necesidad de esclarecer lo sucedido el 4 de abril en Idlib. No se tiene claro si la intención de Estados Unidos y la de sus dos aliados era la de exhibirla de esta manera. Finalmente, la rapídez con la que Estados Unidos reaccionó el 6 de abril aunada a la duda antes señalada pueden confirmar las sospechas de algunos sectores que tienen aún muy presente en la memoria lo occurrido en Irak en el 2003 con base en un argumento falaz construido por Estados Unidos y sus aliados.

Documento 1: Proyecto de resolución elaborado por Rusia

"Recalling the Protocol for the Prohibition of the Use in War of Asphyxiating, Poisonous or other Gases, and of Bacteriological Methods of Warfare, and the Convention on the Prohibition of the Development, Production, Stockpiling and Use of Chemical Weapons and on their Destruction (CWC) ratified by the Syrian Arab Republic on 14 September 2013, and the Council's resolutions 1540 (2004), 2118 (2013), 2209 (2015), 2235 (2015), 2314 (2016), and 2319 (2016),

Expressing its deep concern regarding the alleged incident with the chemical weapons in the Khan Shaykhun area of southern Idlib in the Syrian Arab Republic on 4 April 2017 reportedly causing large-scale loss of life and injuries, affirming that the use of chemical weapons constitutes a serious violation of international law, and stressing that those responsible for any use of chemical weapons must be held accountable,

Recalling that in resolution 2118 (2013) the Council decided that the Syrian Arab Republic shall not use, develop, produce, otherwise acquire, stockpile or retain chemical weapons or transfer, directly or indirectly, chemical weapons, to other States or non-State actors and underscored that no party in Syria should use, develop, produce, acquire, stockpile, retain or transfer chemical weapons,


1.Requests the joint FFM and the JIM investigative team to visit as soon as possible the site of the alleged incident in Khan Shaykhun and adjacent territories to conduct full-scale investigation using the whole spectrum of relevant methods, including the alternative information collection efforts and investigative skills, as was strongly recommended for such cases in the 4th and 5th JIM’s reports (para. 49 and para . 11 respectively).

2. Demands all parties in the Syrian Arab Republic to secure in accordance with the resolution 2118 (2013) without any delay free and safe access for the joint FFM and JIM team to the site of the incident and adjacent areas;

3. Requests the Director-General of the OPCW Technical Secretariat and the head of the OPCW-UN Joint Investigative Mechanism (JIM) to forward through the United Nations Secretary-General to the Council for its consideration their proposals on the personal composition of the joint team to be dispatched to the Idlib Governorate of the Syrian Arab Republic based on the principle of a broad-based and balanced geographical representation;

4. Decides that the report of the joint FFM and JIM team should include all the evidences collected at the site of the incident and be provided to the Council for consideration;

5. Decides to remain actively seized of the matter."



Documento 2: Proyecto de resolución denominado "E-10"

"Recalling the Protocol for the Prohibition of the Use in War of Asphyxiating, Poisonous or other Gases, and of Bacteriological Methods of Warfare, and the Convention on the Prohibition of the Development, Production, Stockpiling and Use of Chemical Weapons and on their Destruction (CWC) ratified by the Syrian Arab Republic on 14 September 2013, and the Council’s resolutions 1540 (2004), 2118 (2013), 2209 (2015), 2235 (2015), 2314 (2016), and 2319 (2016),

Expressing its horror at the reported use of chemical weapons in the Khan Shaykhun area of southern Idlib in the Syrian Arab Republic on 4 April 2017 causing large-scale loss of life and injuries, affirming that the use of chemical weapons constitutes a serious violation of international law, and stressing that those responsible for any use of chemical weapons must be held accountable,

Noting the Organization for the Prohibition of Chemical Weapons (OPCW) has announced, in addition to its ongoing investigation, that its Fact Finding Mission (FFM) is in the process of gathering and analyzing information on this incident from all available sources and will report to the OPCW Executive Council,

Recalling that in resolution 2118 (2013) the Council decided that the Syrian Arab Republic shall not use, develop, produce, otherwise acquire, stockpile or retain chemical weapons or transfer, directly or indirectly, chemical weapons, to other States or non-State actors and underscored that no party in Syria should use, develop produce acquire, stockpile, retain or transfer chemical weapons,

Recalling its determination that the use of chemical weapons in the Syria Arab Republic represents a threat to international peace and security,


1. Condemns in the strongest terms the reported use of chemical weapons in the Syrian Arab Republic, in particular the attack on Khan Shaykhun reported on 4 April 2017, expresses its outrage that individuals continue to be killed and injured by chemical weapons in the Syrian Arab Republic, and expresses its determination that those responsible must be held accountable;

2. Expresses its full support to the OPCW Fact Finding Mission, demands that all parties provide delay-free and safe access to any sites deemed relevant by the OPCW FFM, and, as applicable, by the JIM, to the reported incident in Khan Shaykhun in accordance with resolution 2118, and requests that the FFM report the results of its investigation as soon as possible;

3. Requests that the Secretary General make the necessary arrangements for the UN-OPCW Joint Investigative Mechanism to liaise closely with the Fact Finding Mission to expeditiously investigate any incident the FFM determines involved or likely involved the use of chemicals as weapons in order to identify those involved in accordance with the provisions of paragraph 5 of its Resolution 2235;

4. Recalls that in its resolutions 2118 and 2235 it decided that the Syrian Arab Republic and all parties in Syria shall cooperate fully with the OPCW and the United Nations including the Joint Investigation Mechanism;

5. Emphasizes that this includes the obligation upon the Syrian Arab Republic of complying with their relevant recommendations, by accepting personnel designated by the OPCW or the United Nations, by providing for and ensuring the security of activities undertaken by these personnel, by providing these personnel with immediate and unfettered access to and the right to inspect, in discharging their functions, any and all sites, and by allowing immediate and unfettered access to individuals that the OPCW has grounds to believe to be of importance for the purpose of its mandate, and decides that all parties in Syria shall cooperate fully in this regard; [op. 7 of op. 2118]

6. Requests the Secretary-General to report on whether the information and access described in paragraph 5 has been provided in his reports to the Security Council every 30 days pursuant to paragraph 12 of resolution 2118.

7. Recalls its decision in response to violations of resolution 2118 to impose measures under Chapter VII of the United Nations charter.



Documento 3: Proyecto de resolución presentado por Estados Unidos, Francia y Reino Unido y circulado el 5 de abril:

Recalling the Protocol for the Prohibition of the Use in War of Asphyxiating, Poisonous or other Gases, and of Bacteriological Methods of Warfare, and the Convention on the Prohibition of the Development, Production, Stockpiling and Use of Chemical Weapons and on their Destruction (CWC) ratified by the Syrian Arab Republic on 14 September 2013, and the Council’s resolutions 1540 (2004), 2118 (2013), 2209 (2015), 2235 (2015), 2314 (2016), and 2319 (2016),

Expressing its horror at the reported use of chemical weapons in the Khan Shaykhun area of southern Idlib in the Syrian Arab Republic on 4 April 2017 causing large-scale loss of life and injuries, affirming that the use of chemical weapons constitutes a serious violation of international law, and stressing that those responsible for any use of chemical weapons must be held accountable,

Noting the Organization for the Prohibition of Chemical Weapons (OPCW) has announced, in addition to its ongoing investigation, that its Fact Finding Mission (FFM) is in the process of gathering and analysing information on this incident from all available sources and will report to the OPCW Executive Council,

Recalling that in resolution 2118 (2013) the Council decided that the Syrian Arab Republic shall not use, develop, produce, otherwise acquire, stockpile or retain chemical weapons or transfer, directly or indirectly, chemical weapons, to other States or non-State actors and underscored that no party in Syria should use, develop produce acquire, stockpile, retain or transfer chemical weapons,

Determining that the use of chemical weapons in the Syria Arab Republic represents a threat to international peace and security,


1. Condemns in the strongest terms and use of chemical weapons in the Syrian Arab Republic, in particular the attack on Khan Shaykhun reported on 4 April 2017, expresses its outrage that individuals continue to be killed and injured by chemical weapons in the Syrian Arab Republic, and expresses its determination that those responsible must be held accountable;

2. Expresses its full support to the OPCW Fact Finding Mission investigation and requests that it report the results of its investigation as soon as possible;

3. Recalls paragraph 9 of resolution 2235 (2015), which requested the FFM to collaborate with the JIM to provide full access to all the information and evidence obtained or prepared by the FFM, and stresses that the JIM should begin to fulfill its mandate alongside the FFM as it seeks to determine whether the incident on April 4 2017 involved the use of chemicals as weapons;

4. Recalls that in its resolutions 2118 and 2235 it decided that the Syrian Arab Republic and all parties in Syria shall cooperate fully with the OPCW and the United Nations including the Joint Investigation Mechanism;

5. Emphasizes that this includes the obligation upon the Syrian Arab Republic to provide the JIM and FFM with the following:

(a) flight plans, flight logs, and any other information on air operations, including all flight plans or flight logs filed on April 4 2017;

(b) names of all individuals in command of any helicopter squadrons;

(c) arrange meetings requested including with generals or other officers, within no more than five days of the date on which such meeting is requested;

(d) immediately provide access to relevant air bases from which the JIM or the FFM believe attacks involving chemicals as weapons may have been launched


6. Requests the Secretary-General to report on whether the information and access described in paragraph 5 has been provided in his reports to the Security Council every 30 days pursuant to paragraph 12 of resolution 2118.

7. Recalls its decision in response to violations of resolution 2118 to impose measures under Chapter VII of the United Nations charter.



Documento 4: Proyecto de resolución sometido a votación el 12 de abril del 2017 en el Consejo de Seguridad con el sigiuente resultado: 10 votos a favor, 2 en contra y 3 abstenciones

Estados Unidos de América, Francia y Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte:

proyecto de resolución

El Consejo de Seguridad,

Recordando el Protocolo relativo a la Prohibición del Empleo en la Guerra de Gases Asfixiantes, Tóxicos o Similares y de Medios Bacteriológicos y la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción (CAQ) a la que la República Árabe Siria se adhirió el 14 de septiembre de 2013, y sus resoluciones 1540 (2004), 2118 (2013), 2209 (2015), 2235 (2015), 2314 (2016) y 2319 (2016),

Expresando su horror ante el presunto empleo de armas químicas el 4 de abril de 2017 en la zona de Jan Shaijun, al sur de Idlib, en la República Árabe Siria, lo que habría provocado pérdidas de vidas y heridas en gran escala, afirmando que el empleo de armas químicas constituye una grave violación del derecho internacional y destacando que los responsables de cualquier empleo de armas químicas deben rendir cuentas de sus actos,

Observando que la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) ha anunciado que, además de la investigación en curso, su Misión de Determinación de los Hechos (MDH) está recopilando y analizando información sobre este incidente de todas las fuentes disponibles y presentará un informe al Consejo Ejecutivo de la OPAQ,

Recordando que en su resolución 2118 (2013) el Consejo decidió que la República Árabe Siria no debía emplear, desarrollar, producir, adquirir de otro modo, almacenar ni conservar armas químicas, ni transferir, directa o indirectamente, armas químicas a otros Estados o agentes no estatales, y recalcó que ninguna parte en Siria debía emplear, desarrollar, producir, adquirir, almacenar, conservar ni transferir armas químicas,

Recordando el informe presentado por el Director General de la OPAQ (EC- 82/DG18, de fecha 6 de julio de 2016) en que se indica que la Secretaría Técnica de la OPAQ no puede resolver todas las insuficiencias, incoherencias y discrepancias encontradas en la declaración de Siria y, por lo tanto, no puede verificar cabalmente si Siria ha presentado una declaración que pueda considerarse exacta y completa de conformidad con la CAQ, la decisión EC-M-33/DEC.1 del Consejo Ejecutivo de la OPAQ, de fecha 27 de diciembre de 2013, o la resolución 2118 (2013),

Recordando su determinación de que el empleo de armas químicas en la República Árabe Siria constituye una amenaza a la paz y la seguridad internacionales,


1. Condena en los términos más enérgicos el presunto empleo de armas químicas en la República Árabe Siria, en particular el ataque contra Jan Shaijun el 4 de abril de 2017 del que se ha informado, expresa su indignación por el hecho de que se siga provocando la muerte y heridas de personas mediante el empleo de armas químicas en la República Árabe Siria, y expresa su determinación de que los responsables de esos actos deben rendir cuentas de ellos;

2. Expresa su pleno apoyo a la investigación emprendida por la MDH de la OPAQ, exige a todas las partes que faciliten el acceso, en condiciones de seguridad y sin demoras, de la MDH de la OPAQ, y, si procede, del Mecanismo Conjunto de Investigación de la OPAQ y las Naciones Unidas (MCI), a todos los lugares que consideren pertinentes en relación con el presunto incidente ocurrido en Jan Shaijun, incluido el lugar en que tuvo lugar el presunto incidente el 4 de abril, de conformidad con la resolución 2118 (2013), y solicita a la MDH que informe de los resultados de dicha investigación lo antes posible;

3. Solicita al Secretario General que disponga los arreglos necesarios para que el MCI mantenga un estrecho enlace con la MDH a fin de investigar rápidamente cualquier incidente en que la MDH considere que se han empleado o es probable que se hayan empleado sustancias químicas como arma, con miras a identificar las partes implicadas de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 5 de su resolución 2235 (2015);

4. Recuerda que en sus resoluciones 2118 (2013) y 2235 (2015) decidió que la República Árabe Siria y todas las partes en Siria debían cooperar plenamente con la OPAQ, incluida la MDH, y las Naciones Unidas, incluido el MCI;

5. Pone de relieve que ello incluye la obligación que incumbe a la República Árabe Siria de cumplir con las recomendaciones pertinentes de la OPAQ y las Naciones Unidas, incluidos la MDH y el MCI, aceptando el personal designado por la OPAQ o las Naciones Unidas, disponiendo y garantizando la seguridad de las actividades que realice ese personal, proporcionando a ese personal acceso inmediato y sin trabas a todos los sitios y reconociendo su derecho de inspeccionarlos en el desempeño de sus funciones, y permitiendo el acceso inmediato y sin trabas a las personas que la OPAQ o las Naciones Unidas, incluido el MCI, tenga motivos fundados para considerar de importancia a los efectos de su mandato, y específicamente que esto incluye las obligaciones que le incumben a la República Árabe Siria de proporcionar al MCI y a la MDH la siguiente información y de adoptar las medidas que se indican a continuación:

a) Los planes de vuelo, los libros de a bordo y cualquier otra información sobre las operaciones aéreas, incluidos todos los planes de vuelo o los libros de a bordo presentados el 4 de abril de 2017;

b) Los nombres de todas las personas al mando de cualesquiera aeronaves;

c) Organizar las reuniones que se soliciten, incluidas reuniones con generales u otros oficiales, en un plazo máximo de cinco días a partir de la fecha en que se solicite la reunión;

d) Facilitar acceso inmediato a las bases aéreas pertinentes desde las cuales el MCI o la MDH consideren que se hubieran lanzado ataques en los que se hubieran empleado sustancias químicas como arma;
6. Solicita al Secretario General que, en los informes mensuales que le presenta de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 12 de la resolución 2118 (2013), indique si se han proporcionado la información y el acceso que se describen en el párrafo 5;

7. Recuerda la decisión que adoptó en respuesta a las violaciones de la resolución 2118 (2013) de imponer medidas en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas.

8. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión

Miércoles, 19 de abril de 2017

 

Nicolás Boeglin

Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, UCR.

Contacto: nboeglin(a)gmail.com

 

 

https://www.alainet.org/en/node/184927?language=en
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