La distopía del Estado español
11/10/2013
- Opinión
El término distopía fue acuñado a finales del siglo XIX por John Stuart Mill en contraposición al término eutopía o utopía, empleado por Tomas Moro para designar a un lugar o sociedad ideal. Así, distopía sería “ una utopía negativa donde la realidad transcurre en términos antagónicos a los de una sociedad ideal”. Las distopías se ubican en ambientes cerrados o claustrofóbicos enmarcados en sistemas antidemocráticos, donde la élite gobernante se cree investida del derecho a invadir todos los ámbitos de la realidad en sus planos físico y virtual e incluso , en nombre de la sacro-santa seguridad del Estado, a eliminar el principio de inviolabilidad ( habeas corpus) de las personas, síntomas todos ellos de una posterior deriva totalitaria del sistema.
La Ley Antiterrorista y las denuncias de tortura
José Manuel Bandrés en el artículo “La Ley antiterrorista: un estado de excepción encubierto”, publicado en el diario “El País”, afirma que “con la entrada en vigor el 4 de enero del 1985 de la llamada Ley antiterrorista asistimos a la aplicación de facto del estado de excepción encubierto”, lo que sería el primer paso en la deriva autoritaria del fallido sistema democrático español. La Ley Anti-terrorista se habría pues convertido en un anacronismo propio de la dictadura franquista, un limbo jurídico que convertiría los sótanos de cuartelillos y comisarías en escenarios distópicos de naturaleza real (no ficitica) y en Guantánamos virtuales refractarios al control de jueces, fiscales y abogados que facilitarían la labor de los Cuerpos de Seguridad del Estado para obtener evidencias delictivas mediante prácticas inadecuadas (léase tortura). Por ello, dicha Ley Antiterrorista habría sido blanco de las críticas de organizaciones defensoras de los Derechos Humanos como el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, Amnistía Internacional( AI), la Defensora del Pueblo. Por su parte, el comisario para los Derechos Humanos del Consejo de Europa, Nils Muiznieks, ha hecho público un informe donde constata que “el excesivo período de incomunicación de los detenidos en el marco de la Ley Antiterrorista (5 días), propicia un espacio de inmunidad para el ejercicio de la tortura”, cadena de inmunidad que tendría su último eslabón en el recurso jurídico del indulto gubernamental, por lo que Muiznieks denuncia que “dichos indultos sabotean los esfuerzos encaminados a combatir la tortura y menoscaban los principios fundamentales del Estado de derecho”.
¿Finiquito a la ley 197/2006 o doctrina Parot?
En febrero de 2006 el Tribunal Supremo cambió la interpretación de los tribunales y aprovechó un recurso del preso Henri Parot para establecer (sentencia 197/2006) ” que “los beneficios penitenciarios a los que podía acceder un recluso debían aplicarse sobre cada una de las penas a las que hubiera sido condenado”, lo que implicaba evitar que condenados con penas elevadas salieran antes de cumplir 30 años en prisión, instaurando “de facto” la cadena perpetua light. Sin embargo, en julio del 2012, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) admitió por unanimidad el recurso presentado por la miembro de ETA, Inés del Río contra la sentencia 197/2006, resolución que supuso un auténtico varapalo jurídico a la aplicación de la doctrina Parot y condenó al Estado español a indemnizarle con 30.000 euros por daños morales y otros 1.500 en concepto de costas e instó a ponerla en libertad “en el plazo de tiempo más breve posible”( la presa navarra llevaría ya 26 años en prisión), decisión recurrida en su momento por el Gobierno de Rajoy. Ante la inminente publicación de la nueva sentencia condenatoria del Tribunal de Estrasburgo que podría desmontar definitivamente la base legal de la Doctrina Parot, no sería descartable que el Gobierno del PP implemente la cadena perpetua revisable, lo que en el fondo sería la aplicación del llamado “pase foral”(se acepta, pero no se cumple).
Ofensiva autoritaria del establishment
Wright Mills en su libro “The Power Elite” (1.956), indica que la clave para entender la inquietud norteamericana se encontraría en la sobre-organización de su sociedad. Así, establishment sería “el grupo élite formado por la unión de las sub-élites política, militar, económica, universitaria y mass media de EEUU”, lobbys de presión que estarían interconectadas mediante una alianza inquieta basada en su comunidad de intereses y dirigidas por la metafísica militar”, concepto que se apoya en una definición militar de la realidad y que habría transformado la economía en una guerra económica permanente. Parafraseando a Mills ,el establishment del Estado español estaría formado por las élites financiera-empresarial, política, militar, jerarquía católica, universitaria y mass media que serían los herederos naturales del legado del General Franco y que habrían fagocitado todas las esferas de decisión (según se desprende de la lectura del libro “Oligarquía financiera y poder político en España” escrito por el ex-banquero Manuel Puerto Ducet), iniciando asimismo una deriva autoritaria que habría ya convertido a la seudodemocracia española en rehén del establishment y que tendría como objetivo último la implementación en el próximo quinquenio del “Estado Tardofranquista”.
Asistiríamos pues a la escenificación de una lucha enconada entre un Tribunal Supremo, devenido en garante y tabla de salvación de las élites político-financieras del establishment inmersas en el top-ten de la corrupción, el nepotismo y el tráfico de influencias y el Tribunal Constitucional, convertido en el último reducto de la resistencia democrática ante la progresiva implementación del nuevo Estado jacobino-absolutista. Dicho nuevo Estado beberá de las fuentes del centralismo jacobino francés y del paternalismo de las dictaduras blandas y vendrá refrendado por iniciativas como la aprobación de la nueva Ley de Educación (Lomce);el rechazo del Grupo Popular a la proposición no de ley de IU para “sancionar penalmente los actos de apología de la dictadura franquista así como la actividad delictiva de los grupos de ultraderecha” y la previsible modificación del Código Penal para constriñir hasta su nimiedad los derechos de huelga, reunión y manifestación.
Así, no sería descartable la próxima modificación de la actual Ley de Huelga a petición de la CEOE y una nueva y agresiva reforma del Código Penal, en la que se penalizará la resistencia a la autoridad (tanto activa como pasiva) y la convocatoria de concentraciones violentas por cualquier medio de comunicación, (incluido Internet y las redes sociales como Facebook, Twitter), con el objetivo inequívoco de hacer realidad la frase de Fraga en su etapa de Ministro de la Gobernación del régimen franquista (“La calle es mía”. A ello se le añadirá la adopción en las ciudades gobernadas por el PP como Madrid, de medidas anticívicas calcadas de la Ley franquista de Buen Gobierno (1948), la posterior implantación en todo el Estado español de un clon de la Ley de Vagos y Maleantes (ley nacida en la II República y adoptada por aclamación por el régimen franquista), así como la impugnación por el Gobierno central del proyecto de referendum independentista de la Generalitat catalana, medidas que terminarán por finiquitar la más larga experiencia seudodemocrática de la historia del Estado español (30 años).
- Germán Gorraiz López es Analista internacional
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