La ejemplar regulación a Televisa
13/03/2014
- Opinión
El Grupo Televisa, la mayor cadena de televisión abierta de México, pues controla el 70% del mercado de televisión en este país, acaba de sufrir un revés histórico luego que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) lo reconociera como un agente económico preponderante en el sector de radiodifusión y le aplicara una serie de medidas reguladoras. Esta decisión resulta ejemplar en un contexto de concentración mediática como el nuestro, donde el Grupo El Comercio controla el 77.34% de la publicidad y el 78% de las ventas de diarios en nuestro país.
Desde hace años, existe en México una lucha por regular la labor de los medios de comunicación. La actual Ley Federal de Comunicaciones crea el IFT, órgano con autonomía técnica y operativa, para regular, promover y supervisar el desarrollo eficiente y la cobertura social amplia de las telecomunicaciones y la radiodifusión. Un punto aparte, pero igual de importante, es que se prohíbe que los partidos políticos adquieran publicidad en radio y televisión. Por esta razón, el Instituto Federal Electoral es el encargado de distribuir entre ellos una parte de los tiempos que le corresponden al Estado en estos medios para fines electorales, quitándoles a los empresarios el gran negocio de la propaganda política pagada.
¿Cuáles son las medidas regulatorias impuestas a Televisa? Entre las más importantes están:
1. Grupo Televisa deberá poner su infraestructura de radiodifusión a disposición de terceros en forma no discriminatoria y no exclusiva, con excepción de radiodifusores que a la entrada en vigor de las medidas tengan 12 o más MHz de espectro radioeléctrico en la localidad de que se trate.
2. Grupo Televisa deberá entregar al IFT y publicar los términos y condiciones de sus servicios de transmisión publicitaria y las estructuras de las tarifas relevantes, incluyendo comerciales y paquetes, planes de descuentos y cualquier otra práctica comercial.
3. Grupo Televisa no podrá adquirir en exclusiva derechos de transmisión con respecto a cierto contenido relevante a ser determinado por el IFT. Contenido relevante se define como programas con características únicas que en el pasado han generado altos niveles de audiencias nacionales o regionales (liguilla de los torneos de fútbol profesional nacional, mundial FIFA, Juegos Olímpicos, etc.)
4. Grupo Televisa no podrá participar en “clubs de compras” para adquirir contenido audiovisual, sin la previa autorización del IFT. Un “club de compras” está definido como cualquier arreglo entre dos o más agentes económicos para conjuntamente adquirir derechos de transmisión de contenido audiovisual con la finalidad de obtener mejores términos de compra.
Pero hay más. El IFT señaló que Televisa no podrá participar en la licitación para obtener la concesión de 2 nuevas cadenas de televisión en México. De esta forma se cumple lo que establece la constitución mexicana, ya que “no podrán participar en las licitaciones aquellos concesionarios o grupos relacionados con vínculos de tipo comercial, organizativo, económico o jurídico, que actualmente acumulen concesiones para prestar servicios de radiodifusión de 12 MHz de espectro radioeléctrico o más en cualquier zona de cobertura geográfica”, como es el caso del mencionado grupo empresarial.
Las limitaciones impuestas por el Estado mexicano al Grupo Televisa, al igual que las impuestas al Grupo Clarín en Argentina, son ejemplos importantes de cómo la regulación de la concentración de medios sí es posible y favorece la pluralidad y la democracia.
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