Doce municipios abren brecha hacia las autonomías indígena originario campesinas
21/10/2009
- Opinión
La búsqueda y demanda de autonomía por parte de los pueblos indígenas y organizaciones campesinas no es reciente; es más, hay un espíritu autonomista y de autodeterminación que caracteriza y persiste en estos pueblos, expresado en sus modos de vida, su lenguaje, sus formas de organización, su relación con el Estado y con el resto de la sociedad, en sus mecanismos de protesta y de reivindicaciones. Ahora la nueva Constitución Política de Estado (CPE) establece como una de las formas de autonomía a las autonomías indígena originario campesinas -AIOC- (Art. 289 y siguientes de la CPE), junto con la departamental, municipal y regional.
Para iniciar la implementación de las AIOC, además de lo establecido en la CPE, se cuenta con la Ley Transitoria Electoral 4021 y el Decreto Supremo Nº 231 que dieron luz verde a aquellos municipios cuya población manifestara voluntad política para iniciar la conversión de sus municipios a autonomías indígena originario campesinas, dando inicio al proceso de transformación y organización territorial del Estado boliviano.
En ese marco, fueron 19 los municipios pertenecientes a cinco de los nueve departamentos que iniciaron sus trámites -por cierto engorrosos, con plazos muy reducidos y en varios casos con acciones contrarias desde dentro y desde fuera de los municipios-, logrando de este modo abrir brecha hacia las AIOC. Empero, sólo 12 llegaron a ser admitidos por las autoridades electorales para ir a referéndum por AIOC. Ellos son: Huacaya, Tarabuco y Villa de Mojocoya, en Chuquisaca; Charazani y Jesús de Machaca, en La Paz; Chipaya, San Pedro de Totora, Pampa Aullagas, Salinas de García Mendoza y Curahuara de Carangas, en Oruro; Chayanta en Potosí y Charagua en Santa Cruz. En dichos municipios, además de votar para elegir Presidente y Vicepresidente y la primera Asamblea Legislativa Plurinacional, se llevará a cabo un referéndum para que la ciudadanía finalmente apruebe o rechace la conversión de su municipio a AIOC.
Ya se da por descontado que en varios de estos municipios ganará con una gran mayoría la opción por el SÍ; en cambio en otros todavía permanecen situaciones de tensión y confrontación. Y es que en verdad este tipo de autonomía interpelará formas tradicionales de hacer política, caracterizadas por prebendas de todo tipo y seguramente logrará modificarla; igualmente se verá trastocada la “fidelidad” de la ciudadanía con determinados caudillos y quedarán sin efecto los votos cautivos, modificando la distribución cuasi natural de los poderes locales; también puede poner en la cuerda floja al sistema de representación político partidista si las “propias normas y formas de organización” (Art. 296 de la CPE) así lo establecen en los estatutos de las AIOC. En parte es éste el temor de personas, partidos y dirigentes políticos y grupos de poder que se oponen a las AIOC; y en varios casos ya se encargaron de poner trabas para que algunos de los restantes 7 municipios no hayan logrado cumplir con los requisitos para ir a referéndum. Indudablemente dichos sectores, como ya lo han manifestado, harán fuerte campaña por la opción NO.
Empero, abrir brechas que se vayan ensanchando y permitan a las AIOC y al país transitar con estabilidad y gobernabilidad política y con sostenibilidad económica por al menos los próximos 20 años, requiere –por supuesto en el marco de las competencias que les otorga la CPE- algunas condiciones en el proceso que va hasta diciembre, en la formulación de los estatutos autonómicos y, luego, en el proceso de implementación de dichos estatutos. Entre ellas, y sin ser las únicas, se puede mencionar:
Criterios y acciones afirmativas de la Interculturalidad. Prácticamente no existe territorio que no sea multicultural o que cuente con presencia de diversos actores sociales y económicos; igualmente en la mayoría de los casos existen núcleos o centros urbanos que tienen relaciones dinámicas con los entornos rurales, en bastantes casos de tensión y conflicto. Es por ello que, a la hora de formular los estatutos autonómicos, se debe establecer criterios para lograr una adecuada convivencia e interrelación entre dichos actores o grupos multiculturales, la construcción de una institucionalidad sólida que recoja las perspectivas de estos sectores y actores, y precisar los mecanismos de representación en la conformación de las instancias rectoras de la AOIC.
Economía y producción. Las AIOC -como las otras formas de autonomía- deberán considerar no sólo la gestión de los recursos públicos que les asigne el Estado nacional vía transferencias, regalías y otros ingresos (Art. 304 – IV y 305 de la CPE) -aunque es de esperar un nuevo pacto fiscal para una nueva forma de distribución de los ingresos nacionales-, sino plantearse el fortalecimiento de su propia capacidad económica y de su base productiva. Sólo así se puede avanzar hacia la construcción de territorios interculturales y productivos.
Control social. Precisar cómo quedará conformada la instancia o mecanismo de control social, quién y cómo elige o nombra a sus miembros, establecer sus competencias y límites así como los recursos con los que funcionará, etc. Se debe lograr evitar desbordes que dificulten la gobernabilidad y que las acciones de control social tengan un carácter preventivo, decisivo y vinculante para las autoridades de diferentes niveles.
Participación de mujeres y jóvenes. Igualmente asegurar tanto en las normas como en la práctica que mujeres y jóvenes sean actores relevantes en la toma de decisiones y en el ejercicio de responsabilidades y funciones en las instancias rectoras de las AOIC, así como en el beneficio emergente de las políticas, planes y programas.
Mecanismos de participación de la sociedad civil. Establecer los mecanismos, los espacios y las facultades de la participación de la sociedad civil en las decisiones, en la formulación y ejecución de políticas, planes y programas de las AIOC. También combinar adecuadamente el ejercicio de los derechos colectivos e individuales consagrados en la CPE.
Fortalecimiento y articulación del Estado plurinacional. Asimismo, evitar que cada AIOC, y cualquier otra forma de autonomía, sea un mundo aparte y que tienda a la dispersión, y que, por el contrario, promueva y contribuya a la interconexión y articulación con otras autonomías circundantes y con el Estado plurinacional, de manera que se fortalezca el Estado unitario y autonómico.
Así, las brechas que vayan abriendo los municipios que ingresen a la AIOC pueden ser fructíferas y un buen inicio en la implementación de la nueva CPE.
- Lorenzo Solíz es Director General de CIPCA
CipcaNotas, Boletín Virtual No 313, Año 8. Octubre de 2009. www.cipca.org.bo
https://www.alainet.org/es/active/33871
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