Corte Penal Internacional

EEUU e Israel no integran la CPI pero sí la (des)califican

El maltrato y el asesinato por parte de tropas estadounidenses en Afganistán o de símiles israelíes en Palestina, tipifican los delitos atroces que CPI procura erradicar.

24/02/2021
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La Corte Penal Internacional (CPI) con el apoyo en sus (hoy) 123 estados adherentes declaran públicamente ejercer una justicia suprafronteriza. Se llama “Coalición” la institución resultante.

 

No resulta fácil conocer los vericuetos de funcionamiento de tamaña red, que se constituyó entre 1998 y 2002. Ese tribunal cuenta con un fiscal general, a cargo de las investigaciones. En 2012 fue designada para este puesto clave; una especie de fiscalía internacional o si se quiere universal, Fatou Bensouda, jurista gambiana (el primero fue Luis Moreno Ocampo, argentino).

 

A mediados de febrero de 2021, unos 4 meses antes del cumplimiento del mandato de Bensouda, fue elegido, en instancia plenaria, el nuevo fiscal que entrará en funciones en junio 2021, Karim Khan, británico.

 

Según DW, “Khan asumirá un cargo muy complicado y lleno de presiones, como ha podido atestiguar Bensouda, que llegó a ser sancionada por la administración del expresidente Donald Trump por su insistencia en investigar supuestos crímenes estadounidenses.” 1

 

En setiembre de 2020, tras el informe de fiscalía sobre delitos cometidos por militares estadounidenses en Afganistán; asesinatos y otras acciones repudiables, el canciller de ese país, Mike Pompeo, condenó públicamente a Bensouda por “entrometerse” con ciudadanos estadounidenses y prometió sanciones.

 

Pero la arremetida contra Bensouda no era exclusivamente por su investigación sobre lo actuado por EE.UU. en Afganistán. La fiscal de la CPI, tras cinco años de análisis (2015-2020), el 5 de febrero de 2020, presentó su informe sobre delitos cometidos por el ejército israelí en territorios palestinos.

 

Este segundo informe recogió así dos iras, ya no una, de los gobiernos de EE.UU. e Israel. La fiscalía se había limitado a observar violaciones graves y flagrantes a los derechos humanos, algo que procura defender o cuidar la CPI, pero Israel rechaza, y airadamente, toda consideración sobre si han abusado de su poder, si han tenido particular animosidad contra la población palestina, si han matado palestinos porque en Israel eso no se pena ni se juzga. Y el gobierno de EE.UU. sostiene la inimputabilidad de sus militares y sus actos, en cualquier lugar del mundo (una magnífica definición de imperio).

 

 

 

Hay que destacar que hay un puñado de países significativos que no pertenecen a los actuales 123 estados que han firmado el Pacto de Roma, forjador de la CPI; Estados Unidos, Rusia, China, India, Israel, Cuba e Irak (Irak virtualmente no existía como nación independiente cuando se constituye la CPI).

 

Esta no adhesión se expresa en distintos niveles; EE.UU. adhirió a la formación de la CPI pero se negó a ratificarla; China e India ni siquiera manifestaron interés por semejante tribunal internacional). Y la situación de EE.UU. e Israel al no atender o acatar las resoluciones de la CPI, tendría el amparo de su no pertenencia.

 

Un verdadero dilema: la justicia suprafronteriza que se ha construido pretende, por su propia naturaleza, no limitarse en fronteras nacionales que protejan abusos y arbitrariedades bajo una férula nacional. Y a la vez hay estados que no aceptan encuadrarse en una justicia supranacional (que altera, precisamente, sus intereses nacionales).

 

Desde el comienzo estuvo latente, tamaño conflicto, pero con el avance de actuaciones ha alcanzado un grado institucional, grave, en sentido clínico; porque pone en riesgo de vida o de actividad, el nervio motor de la CPI.

 

Podrán sustraerse a la jurisdicción por no ser estado miembro. Pero cuestionar la calidad de la investigación, o su seriedad, es otra cosa.

 

Las investigaciones de la CPI se concentran en, por ejemplo, acciones de genocidio:

 

a) Matanza de miembros del grupo;

 

b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;

 

c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial.

 

Es lo que vemos año a año, día a día, con el artero sitio a la Franja de Gaza, dejando la población a la intemperie, entre viviendas bombardeadas, casi sin comida, sin medicamentos, sin atención de salud (salvo que el enfermo acepte hacer delación a cambio), bombardeando sistemáticamente los servicios básicos de zonas urbanas; usinas potabilizadores, de energía, de tratamiento de residuos.

 

En lo referente a “Crímenes de lesa humanidad”, por ejemplo, la CPI enumera:

 

d) Deportación o traslado forzoso de población;

 

e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional;

 

f) Tortura.

 

¿Qué es lo que conocemos de Guantánamo, en el caso de EE.UU., o, mucho más filtrado mediáticamente, de las cárceles que israelíes han construido para palestinos?

 

Cubículos de un metro y algunos centímetros por lado… las tres dimensiones, es decir el prisionero jamás puede erguirse o estirarse.2

 

Pero además, ¿qué han sido esos enormes movimientos de población que han sufrido los palestinos a lo largo del tiempo; por ejemplo, la última, la judaización de Jerusalén? (numeral d de los crímenes de lesa humanidad).

 

El 5 feb 2021 la CPI dictaminó: “un fallo en el que ratifica que sí tiene jurisdicción en los territorios que Israel ocupa hace más de 50 años y que Palestina alega como propios.3

 

Bensouda dijo en su momento que no necesitaba otra autorización para abrir una investigación en esos lugares, ya que Palestina se adhirió al Estatuto de Roma desde 2015.

 

Allí entra en colisión la realidad y los estatutos diferenciados. Porque Israel no reconoce a la CPI. Y estamos sobre un mismo territorio.

 

Hemos visto que ni EEUU ni Israel pertenecen a ”los estados parte”. Pero vemos que –otros recortes de la realidad– el maltrato y el asesinato por parte de tropas estadounidenses en Afganistán o de símiles israelíes en Palestina, tipifican los delitos atroces que CPI procura erradicar.

 

Por otra parte, así como vemos las aspiraciones de la CPI de regir “para todos”, vemos que EE.UU., por ejemplo, interviene activamente para impugnar lo actuado por la fiscal Fatou Bensouda. Es decir, sin ser miembro, interviene.

 

Lo mismo podríamos decir de Israel. Por no adherir a la CPI, para poder seguir ampliando su impunidad internacional, no acusa recibo del informe lapidario de la fiscalía de la CPI. Pero Netanyahu hace su propia cosecha; “que esa decisión ratificaba que el tribunal era ‘un organismo político y no una institución legal’.

 

Y remató infaltablemente con que la CPI tiene un procedimiento o un perfil “antisemita”.4

 

Si tuviéramos una pizca más en alto nuestros niveles intelectuales este último comodín de Netanyahu resultaría penoso.

 

- Luis E. Sabini Fernández ex docente del área de Ecología y DD.HH. de la Cátedra Libre de Derechos Humanos de la Facultad de Filosofía y Letras de la UBA, periodista y editor de Futuros. http://revistafuturos.noblogs.org/

 

2 Celdas que parecen perreras. Gilad Atzmon recuerda que el contacto con esa brutal realidad lo llevó a abandonar el ejército “más moral” del mundo, y poco después el estado; Israel, y finalmente abjurar de su condición de judío. Lo que provocó un fuerte rechazo entre los judíos antisionistas que también denuncian la conducta del Estado de Israel.

https://www.alainet.org/es/articulo/211104?language=en
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