Amenazas a sistema de DDHH de la ONU
27/10/2005
- Opinión
Graves e inminentes amenazas sobre el sistema de derechos humanos de
las Naciones Unidas
I. La reciente “Cumbre” de las Naciones Unidas celebrada en
septiembre, aprobó en su Declaración final la supresión de la Comisión
de Derechos Humanos y su reemplazo por un Consejo de Derechos Humanos.
Las características de dicho Consejo no se definieron pero Estados
Unidos y sus seguidores quieren que sea reducido y selecto, con el
pretexto de que sus miembros deben ser democráticos y respetuosos de
los derechos humanos.
Cabe interrogarse sobre cómo se establecerán los criterios para
valorar el grado de respeto de los derechos humanos y de democracia
y quiénes decidirían qué Estados tienen el mejor “puntaje”.
Salvo que se quieran imponer de facto como criterios de selección
los mal llamados “valores occidentales”: neoliberalismo económico, no
reconocimiento de los derechos económicos, sociales y culturales ni
del derecho al desarrollo, elecciones periódicas así sean fraudulentas
y/o con una muy baja tasa de votantes, falta de participación popular
en los asuntos públicos, legitimidad de las torturas, de los
asesinatos políticos y de las guerras de agresión siempre que sean
obra de las grandes potencias, etc.
II. Si bien es cierto que la Comisión de Derechos Humanos merece
críticas por su excesiva «politización », de todas maneras es el
organismo interestatal principal de la ONU que se ocupa de la
situación de los derechos humanos en el mundo, junto con su órgano
auxiliar, la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos
Humanos.
Uno de los reproches que se pueden formular a la Comisión es su
selectividad, pues a veces parece un tribunal destinado a juzgar sólo
a los países pobres. Y esto es imputable a las presiones que sobre
ella ejercen las grandes potencias, Estados Unidos en primer lugar
que, con un cinismo a toda prueba, alecciona y califica a los demás
Estados en materia de derechos humanos, en lugar de tratar de dejar de
ser él mismo uno de los peores de la clase y comenzar por predicar con
el ejemplo.
Pero cuando la Comisión se ocupa de cuestiones de fondo, por ejemplo
al examinar los informes de sus relatores temáticos, especialmente en
materia de derechos económicos, sociales y culturales, Estados Unidos,
oponente irreductible a reconocer esos derechos (el desarrollo no
sería un derecho sino algo que depende de la iniciativa privada y de
la economía de mercado), queda en minoría, cuando no totalmente
aislado. Los representantes de Estados Unidos en las reuniones
internacionales se oponen sistemáticamente a que se reconozcan como
derechos humanos, entre otros, el derecho a la vivienda, a la
alimentación y a la salud.
Por ejemplo, en las sesiones de marzo-abril de 2005 de la Comisión, la
resolución sobre el ejercicio en todos los países de los derechos
económicos, sociales y culturales fue aprobada por 50 votos contra
tres abstenciones, estas últimas de Arabia Saudita, Australia y
Estados Unidos.
No se ve en qué puede consistir un avance crear un Consejo de Derechos
Humanos “menos numeroso” y por consiguiente más vulnerable a las
presiones de las grandes potencias, cuando en materia de derechos
humanos existe un sistema bastante completo y relativamente eficaz
compuesto de diferentes instancias:
- el Alto Comisionado para los Derechos Humanos, que se desempeña de
manera permanente y encabeza todo el sistema onusiano de derechos
humanos;
- los órganos convencionales. Son los siete Comités de los Pactos y
Convenciones : los dos Pactos Internacionales de derechos civiles y
políticos y de derechos económicos, sociales y culturales y las cinco
Convenciones internacionales sobre la eliminación de la discriminación
racial, sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer,
contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o
degradantes, sobre los derechos del niño y sobre los trabajadores
migrantes, que se reúnen dos veces al año para examinar los informes
de los Estados Partes. Varios de ellos están facultados para recibir
denuncias de las víctimas o de sus representantes.
- La Comisión de Derechos Humanos, compuesta por 53 representantes de
Estados que representan más o menos equitativamente las distintas
regiones y que tiene un sistema de rotación periódica de los Estados
Miembros, con sus procedimientos especiales que abarcan prácticamente
todos los temas relacionados con los derechos humanos. En la Comisión
de Derechos Humanos existen los Grupos de trabajo (desapariciones
forzadas, detenciones arbitrarias, mercenarios, este último de
reciente creación) los relatores sobre diversos temas (educación,
alimentación, poblaciones indígenas, salud, torturas vivienda,
ejecuciones sumarias, desechos tóxicos, etc.) que investigan sobre
el terreno, reciben denuncias, interpelan a los gobiernos, realizan
acciones urgentes, etc., la mayoría de los cuales las grandes
potencias verían con agrado que desaparecieran. También hay relatores
que se ocupan de países, en todos los casos de países pobres.
Pareciera que, en materia de derechos humanos, no hay nada que
reprochar a los países ricos. El Gobierno de Estados Unidos se niega
a recibir en su país al señor Jean Ziegler, relator especial en la
Comisión de Derechos Humanos sobre el derecho a la alimentación. Y el
profesor Cherif Bassiouni, relator en la misma Comisión sobre la
situación de los derechos humanos en Afganistán, que tuvo la audacia
de relatar en su informe las torturas, malos tratos y asesinatos
cometidos por las fuerzas armadas estadounidenses en dicho país, fue
“premiado” por la Comisión, bajo la presión de los Estados Unidos, con
la no renovación de su mandato.
- La Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos,
órgano auxiliar de la Comisión, que se reúne una vez por año y
realiza numerosos estudios y formula propuestas en materia de derechos
humanos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales;
Cabe agregar que la Comisión de Derechos Humanos puede reunirse en
sesión extraordinaria en casos urgentes, como lo ha hecho en cinco
ocasiones desde 1992.
Suprimir la Comisión implica la supresión de la Subcomisión y también
la consiguiente liquidación de trabajos, estudios, propuestas,
resoluciones, investigaciones y acciones urgentes sobre las
violaciones de los derechos humanos que se producen en el mundo. Por
eso Estados Unidos y sus seguidores gubernamentales y no
gubernamentales quieren eliminar a la Comisión de Derechos Humanos y
reemplazarla por un Consejo, cuyas características se están
discutiendo y quedan por definir pero que, sobre todo los Estados
Unidos, lo quieren “selecto” y “democrático”.
III. En el párrafo d) del Resumen introductorio del Plan de Acción de
la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
(A/59/2005/Add.3) se dice : … « d) Aumento de la sinergia en la
relación entre el ACNUDH y los distintos órganos de derechos humanos
de las Naciones Unidas, con la celebración de una reunión
intergubernamental para examinar las opciones de establecer un órgano
unificado permanente creado en virtud de los tratados de derechos
humanos » [Traducción deficiente. Debería decir, siguiendo el texto
inglés: …para examinar las opciones a fin de establecer un órgano
unificado permanente de los tratados de derechos humanos …( to
consider options for a unified standing human rights treaty body)], y
en el párrafo 43 del documento se vuelve sobre la misma idea, aunque
formulada de una manera que no parece proponer la unificación, sino
la colaboración : … "Las actividades del ACNUDH, de los órganos
creados en virtud de tratados, de la Comisión de Derechos Humanos y de
los procedimientos especiales serán más eficaces si todas estas
entidades se consolidan y se produce una colaboración más estrecha
entre ellas ».
Como el texto es poco claro (en el Resumen introductorio se habla de «
unificar » a los órganos de los tratados de derechos humanos, es decir
a los Comités de los Pactos y Convenciones en un sólo órgano y en el
párrafo 43 se habla de « colaboración » entre esos órganos de los
tratados, la Comisión de Derechos Humanos y los procedimientos
especiales) , pedimos aclaraciones en la Oficina de la Alta
Comisionada y sólo se nos dijo que se está trabajando en un proyecto
de “documento conceptual” (« concept paper ») sobre el tema, que
estaría listo en diciembre próximo.
Si la propuesta consiste en unificar a los Comités en un sólo
órgano, esa sería la manera más expeditiva de reducir a la
impotencia el control de la aplicación de los siete Pactos y
Convenciones fundamentales de derechos humanos y de aportar una
importante contribución a la tarea de demolición del sistema de
derechos humanos de las Naciones Unidas, en que están empeñados
Estados Unidos y otros gobiernos y también sus aliados estratégicos no
gubernamentales.
En efecto, actualmente cada Comité debe examinar los informes
periódicos de los Estados, discutir con éstos dichos informes,
formularles recomendaciones, en algunos casos hacer el seguimiento de
dichas recomendaciones, estudiar permanentemente el respectivo Pacto o
Convención y formular Observaciones Generales sobre el contenido del
mismo y cinco de los siete Comités tienen a su cargo procedimientos
para recibir y diligenciar denuncias.
Manifiestamente, realizar tal cúmulo de tareas sería imposible para
un sólo Comité. Además, para unificar los Comités, habría que
modificar seis Pactos y Convenciones internacionales porque, salvo el
Comité del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los
otros seis Comités están previstos en los respectivos Pactos y
Convenciones.
https://www.alainet.org/fr/node/113354
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