Autoridades deben demostrar interés y aportar soluciones para los mapuches
04/01/2008
- Opinión
Las circunstancias de la muerte del estudiante Mapuche Matías Catrileo, de 22 años, deben ser investigadas sin dilación. Amnistía Internacional expresa su profunda preocupación por esta muerte.
El estudiante, según se ha informado murió a consecuencia de disparos por parte de integrantes de Carabineros a un grupo de comuneros Mapuche que ingresaron a un predio el 3 de enero de 2008 en el fundo de Santa Magdalena, Comuna de Vilcún, IX región.
La información recibida no indica que los comuneros Mapuche hubieran estado armados y parece indicar un uso excesivo de la fuerza por parte de Carabineros.
Es imperativo que las autoridades realicen una investigación pronta, exhaustiva e imparcial sobre lo ocurrido y las circunstancias que rodearon la muerte de Matías Catrileo, haciendo públicos sus alcances y sus resultados. Esta investigación debe ser adelantada por la justicia ordinaria.
Este nuevo incidente pone de manifiesto la continua tensión en la IX región debido a los conflictos relacionados con la tierra y la falta de políticas adecuadas por parte de las autoridades nacionales y regionales para asegurar que el derecho a la vida y a los derechos fundamentales sean respetados.
La Declaración de la ONU sobre los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas, adoptada por Chile el 13 de septiembre de 2007, establece en su Articulo 7 el derecho a la vida; en su Articulo 37 el respeto por parte de los Estados al reconocimiento y aplicación de los tratados y en su Articulo 40 el derecho de los pueblos indígenas a procedimientos equitativos y justos para el arreglo de controversias con los Estados u otras partes y a una pronta decisión sobre esas controversias.
El Estado chileno atendiendo a este compromiso debe prestar la debida atención a situaciones de esta naturaleza promoviendo soluciones que no atenten contra los derechos humanos de ninguna persona.
Antecedentes:
Amnistía Internacional ha expresado su preocupación ante las autoridades chilenas sobre:
- el uso indebido de la fuerza contra mapuches que ejercen actos de protesta o demandas sociales relacionados con la defensa del derecho sobre las tierras ancestrales (1 de febrero de 2007)
- las garantías procesales relativas a las causas judiciales se ven limitadas bajo la aplicación de la referida ley antiterrorista (19 de Octubre de 2007)
- los procedimientos judiciales deben ser equitativos y justos "para el arreglo de controversias con los estados, una pronta decisión sobre esas controversias" (19 de octubre de 2007)
El estudiante, según se ha informado murió a consecuencia de disparos por parte de integrantes de Carabineros a un grupo de comuneros Mapuche que ingresaron a un predio el 3 de enero de 2008 en el fundo de Santa Magdalena, Comuna de Vilcún, IX región.
La información recibida no indica que los comuneros Mapuche hubieran estado armados y parece indicar un uso excesivo de la fuerza por parte de Carabineros.
Es imperativo que las autoridades realicen una investigación pronta, exhaustiva e imparcial sobre lo ocurrido y las circunstancias que rodearon la muerte de Matías Catrileo, haciendo públicos sus alcances y sus resultados. Esta investigación debe ser adelantada por la justicia ordinaria.
Este nuevo incidente pone de manifiesto la continua tensión en la IX región debido a los conflictos relacionados con la tierra y la falta de políticas adecuadas por parte de las autoridades nacionales y regionales para asegurar que el derecho a la vida y a los derechos fundamentales sean respetados.
La Declaración de la ONU sobre los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas, adoptada por Chile el 13 de septiembre de 2007, establece en su Articulo 7 el derecho a la vida; en su Articulo 37 el respeto por parte de los Estados al reconocimiento y aplicación de los tratados y en su Articulo 40 el derecho de los pueblos indígenas a procedimientos equitativos y justos para el arreglo de controversias con los Estados u otras partes y a una pronta decisión sobre esas controversias.
El Estado chileno atendiendo a este compromiso debe prestar la debida atención a situaciones de esta naturaleza promoviendo soluciones que no atenten contra los derechos humanos de ninguna persona.
Antecedentes:
Amnistía Internacional ha expresado su preocupación ante las autoridades chilenas sobre:
- el uso indebido de la fuerza contra mapuches que ejercen actos de protesta o demandas sociales relacionados con la defensa del derecho sobre las tierras ancestrales (1 de febrero de 2007)
- las garantías procesales relativas a las causas judiciales se ven limitadas bajo la aplicación de la referida ley antiterrorista (19 de Octubre de 2007)
- los procedimientos judiciales deben ser equitativos y justos "para el arreglo de controversias con los estados, una pronta decisión sobre esas controversias" (19 de octubre de 2007)
https://www.alainet.org/fr/node/124989?language=es
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