Minería canadiense en el Perú:
Vulneración de derechos y conflictos sociales: Barrick en Ancash
21/06/2011
- Opinión
Introducción
La minería en el Perú es un sector privilegiado. En la década de los noventa, la dictadura de Alberto Fujimori (1990-2000) impuso una Constitución que arrasó con los derechos económicos, sociales, laborales y ambientales en general, y en particular con los derechos colectivos de los pueblos indígenas (territorio, autodeterminación, consulta y consentimiento previo, libre e informado). Esta dictadura encabezada por Alberto Fujimori, hoy condenado a 25 años de prisión por violación a derechos humanos y corrupción, firmó además convenios de estabilidad tributaria y jurídica con las más grandes empresas mineras y flexibilizó las normas para otorgar las concesiones y permitir sus operaciones en todo el país. Los sucesivos gobiernos no han modificado este marco legal en lo sustancial y tanto la Constitución como la legislación minera de la dictadura se mantienen vigentes hasta hoy.
Gracias a estas reformas, mientras que en 1991 los derechos mineros abarcaban poco más de dos millones de hectáreas en el Perú, estos se expandieron a más de quince millones de hectáreas a fines de los años noventa. A las zonas “clásicas” de la actividad minera, como Pasco, Junín, Moquegua, Tacna, Arequipa, se sumaron nuevos proyectos de gran envergadura en Ancash, Cajamarca, La Libertad, Cusco y se inició una expansión a zonas donde no hubo actividad minera de gran escala anteriormente, como Piura o Apurímac.
Como consecuencia de esta expansión minera, los conflictos sociales se han multiplicado. Según el reporte de Conflictos Sociales de la Defensoría del Pueblo correspondiente a mayo 2011, en el Perú hay 227 conflictos sociales, de los cuales 117, es decir el 51,5% (más de la mitad) son conflictos socioambientales.
Desde los años noventa, la respuesta del Estado peruano a la conflictividad social es la criminalización de la protesta: represión indiscriminada, con torturas y asesinatos incluidos, persecución policial y judicial a líderes comunales y activistas ambientales. Lo más grave es que se han emitido normas inconstitucionales para penalizar la protesta, en virtud de las cuales una toma de carretera puede ser penada con 35 años de cárcel y las fuerzas del orden tienen licencia para matar, porque sus efectivos son inimputables en caso de muertes como consecuencia de la represión de las protestas. Actualmente hay cerca de un millar de líderes de comunidades indígenas andinas y amazónicas procesados, falsamente acusados por delitos sumamente graves.
Minería canadiense: datos generales
En el Perú operan 80 compañías mineras canadienses. Las más grandes son:
· Teck Cominco, socia del consorcio Antamina, en la Región Ancash.
· Pan America Silver, en las regiones Junín, La Libertad y Pasco.
· Sulliden Shahuido, en la Región Cajamarca.
· La mayor de todas: Barrick Gold Corporation.
Barrick en el Perú
Barrick es la mayor productora de oro en el mundo. Tiene más de 27 minas operando en los cinco continentes. En el Perú es la segunda productora de oro, con el 21.8% de participación. Se constituyó en el país como Minera Barrick Misquichilca en enero de 1994, un año después de promulgada la Constitución fujimorista, e inició sus operaciones en 1998. Actualmente controla 145,192 hectáreas y opera dos minas: Pierina en la Región Ancash y Lagunas Norte en la Región La Libertad, siendo además propietaria del yacimiento Irene I-500 en la Región Ancash.
Entonces, las operaciones de Minera Barrick Misquichilca se realizan en sus dos unidades mineras: Pierina, operativa hasta el 2013, y Lagunas Norte, cuya vida útil estimada se extiende hasta el 2019. La producción de Pierina es vendida en su totalidad a BGC, sobre la base de los precios spot de cada metal menos los costos de procesamiento, transporte, seguro, refinación y otros cargos pagados a la refinería. Por su parte, el oro refinado producido por Lagunas Norte se comercializa a Barrick International Bank Corporation (BIBC), otra subsidiaria del Grupo, en condiciones similares a las establecidas para Pierina.
Barrick está entre las 25 grandes compañías mineras que no pagan regalías en el Perú debido a los Contratos de Garantía y Medidas de Promoción de la Inversión, conocidos también como contratos de estabilidad jurídica, tributaria y administrativa.
En mi les de Oz 2005 2006 2007 200
Conflicto en Ancash
Pierina es una mina de tajo abierto, ubicada en la Región Ancash, a 10 km de la ciudad de Huaraz, capital de la región, en los Andes del centro-norte del Perú, en el lado oriental de la Cordillera Negra, a una altitud de 4.100 msnm. Inició sus operaciones en noviembre de 1998. Se esperaba que la vida útil de la mina se extienda hasta el 2011. Sin embargo, dados los buenos resultados en las actividades de prospección realizados dentro del área de la mina, se espera que la vida de Pierina se extienda hasta el 2013.
El territorio donde está asentada la mina pertenece a las comunidades campesinas Andrés Avelino Cáceres de Cuncashca, San Isidro de Pacollón, Miguel Grau de Shecta; a los caseríos Antahurán, Atupa, Mareniyoc, San Miguel de Tinyash y al centro poblado menor de Huanja.
La zona del proyecto se ubica dentro de la hidrología del río Santa, la cual está delimitada al norte por las cuencas de los ríos Moche y Marañon, al sur por las cuencas de los ríos Pativilca y Fortaleza, al oeste por las cuencas de los Ríos Virú, Chao, Lacramarca, Nepeña, Casma, Huarmey y Fortaleza, y al este por las cuencas de los ríos Marañon y Pativilca. Las comunidades de influencia están ubicadas en cuatro microcuencas: Cuncashca, Puca Uran, Pacchac y Huellar.
En los distritos de influencia directa a la mina, la población es quechuahablante y vive en situación de ‘muy pobre’, con un porcentaje de población sin agua de 8%, sin desagüe de 15%, sin electricidad de 11% y analfabetismo de mujeres de 42%. Se dedica principalmente al pastoreo, agricultura, ganadería y manejo de bosques.
La mina Pierina tiene contrato de estabilidad jurídica, administrativa y tributaria con el gobierno peruano, lo cual implica que las operaciones de la mina cuenten con un régimen tributario que se mantenga invariable por un periodo de quince años, de acuerdo con el régimen tributario existente al 5 de febrero de 1998.
En la región Ancash se han suscitado numerosas protestas de la población y autoridades regionales y locales contra la empresa canadiense Barrick Gold por el no pago de impuestos adeudados al Estado por un monto de 141 millones de dólares, además de la contaminación del ambiente, especialmente las aguas. La preocupación es que la empresa debe comenzar su plan de cierre y abandono sin haber pagado las regalías correspondientes.
El no pago de los impuestos fueron tolerados por el Estado peruano y no se han tomado las medidas correspondientes para que la empresa cumpla sus obligaciones.
La represión que han sufrido las comunidades ha tenido un costo de tres victimas fatales a la fecha. El 11 de abril de 2007 Marvin González Castillo, un joven de 19 años, fue asesinado de dos balazos en el torso. Según informes comunitarios, fue víctima de la represión policial contra las protestas de las comunidades que reclamaban la anulación de los contratos con las empresas mineras Barrick Gold y Antamina. La policía intervino durante el corte de rutas.
El 5 de mayo de 2006, Joel Martel Castromonte, un estudiante de agronomía de 25 años y Guillermo Tolentino Abat, un minero de 42 años, fueron asesinados a tiros por la policía. Fueron víctimas de la violencia que comenzó cuando cientos de integrantes de la comunidad se reunieron en Huallapampa para reclamar a Barrick Gold un aumento salarial. Veinte personas resultaron heridas en los enfrentamientos, incluidos dos oficiales de policía; y Lombardo Mautino, el intendente de Ancash, fue alcanzado por una bala de goma.
Elementos del conflicto
Para los comuneros, los cerros son lugares sagrados donde nacen sus aguas, mientras que los ingenieros de la mina ven a los cerros como una fuente de minerales que asegura la durabilidad y expansión económica de la mina. Con la mina, la introducción del dinero y del individualismo se opone a los sistemas tradicionales que aseguran la continuidad de las comunidades.
Las comunidades rechazan al proyecto minero por la contaminación y la afectación a sus campos agrícolas por medio de la venta de sus tierras y la reubicación; perciben también una competencia por los recursos escasos, como son el agua, la tierra, el medio ambiente y el hábitat. Además, consideran que el Estado y los gobiernos locales monopolizan el poder de decisión de contratos con la minera sin consultar a las comunidades y tienen la percepción de que el crecimiento experimentado por la minería en los últimos años carece de control y de regulación por parte del Estado y gobierno local.
Barrick Gold compró en Toronto, el año 1996, a la compañía AR (ambas empresas canadienses) la mina Pierina en Perú, por el monto de US$790 millones. AR pagó al fisco de Canadá el impuesto por las ganancias de capital de la venta.
En diciembre de 1996, la empresa Barrick Misquichilca, sucursal de Barrick Gold, absorbe con el valor revaluado en US$468 millones a AR, dueña de Pierina. Por esta operación, Barrick Misquichica debería haber pagado un impuesto, lo cual no se hizo porque se acogió a la Ley Nº 2628315. El impuesto era de 30% de impuesto a la renta, o sea, US$141 millones.
Esto provocó una demanda judicial entre las instituciones del Estado. La SUNAT declara fundada la demanda contra Barrick Misquichila. En el 2003, Barrick Misquichilca apela al Tribunal Fiscal; en septiembre del 2004, el Tribunal Fiscal le da la razón. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en abril del 2004, a través de la Defensoría del contribuyente, impide a la SUNAT apelar el fallo del Tribunal Fiscal.
Las organizaciones sociales y políticas de la región manifiestan su disconformidad por los beneficios otorgados a la empresa Barrick Misquichilca. Y el 7 de marzo del 2005, desarrollan un paro departamental contra las empresas mineras Pierina y Antamina, como consecuencia del fallo del Tribunal Fiscal a favor de Pierina y por el tema de la contaminación por ambas minas. Las organizaciones sociales conformaron un comité de lucha regional y acordaron este paro.
En su plataforma de lucha plantearon cuatro puntos: 1) crear un fondo con los US$290 millones dejados de pagar a la SUNAT para que se emplee en obras de impacto ambiental; 2) realizar una auditoría ambiental externa a ambas compañías, con la participación del Colegio de Ingenieros y la universidad de la localidad; 3) sancionar a los funcionarios de la SUNAT, Tribunal Fiscal, MEF y congresistas de Ancash; 4) inversión en la región del 50% de utilidades de la minera Antamina.
Con la intención de evitar el paro anunciado para el 7 marzo, el 22 de febrero del 2005, en reunión convocada por el Prefecto, representantes de las entidades públicas, las mineras y la sociedad civil acordaron formar una comisión de acercamiento a las partes en conflicto, la cual quedó integrada por la Defensoría del Pueblo (DP), la Prefectura y autoridades religiosas.
El comité de lucha manifestó su disposición al diálogo con las siguientes condiciones: que participen los altos directivos de las mineras, que sea con base en la plataforma de lucha presentada y en la Plaza de Armas de la ciudad de Huaraz. El 1 de marzo del 2005, la comisión se reunió con representantes de las mineras, quienes señalaron su disposición a un diálogo sin condicionamiento, siempre y cuando no se discuta la decisión del Tribunal Fiscal. Por este condicionamiento, el intento de diálogo quedó frustrado.
El Prefecto solicitó refuerzos policiales y la DP exhortó al Ministerio Público (MiP) y a la Policía Nacional de Perú (PNP) tomar acciones para prevenir la violencia durante el paro. La DP solicitó al comité de lucharealizar una protesta pacífica y comunicó que supervisaría la actuación de las fuerzas del orden para evitar que se vulnerasen los derechos de los manifestantes.
El paro se realizó los días 7, 8 y 9 de marzo del 2005, los manifestantes bloquearon las carreteras y paralizaron las actividades comerciales. El 9 de marzo del 2005, la comisión se reunió con el comité de lucha, presidido por el alcalde provincial e integrado por representantes de la sociedad civil y colegios profesionales, los cuales manifestaron su disposición a establecer una mesa de diálogo; además acordaron solicitar a una autoridad religiosa que actúe como moderador.
Luego del diálogo, acordaron la creación de dos comisiones técnicas: la primera, comisión técnica para el desarrollo del proyecto del mercado de abastos de la ciudad de Huaraz; la segunda, comisión técnica para el desarrollo del proyecto centro materno infantil. Pero no se solucionó nada con respecto a los impuestos y al tema de contaminación. Por este motivo, el 14 de junio del 2005, el comité de lucha realizó otra movilización.
La población espera una nueva resolución del Tribunal Fiscal, el caso no ha sido resuelto y el conflicto se encuentra en estado latente.
Territorios y agua
La minera hace compra de las tierras a las comunidades campesinas y propietarios. Posteriormente hace un cambio de uso del suelo, de actividad agropecuaria a actividad minera. La mina consta de ocho denuncios mineros, registrando una extensión de 5.400 hectáreas.
Actualmente, la mina viene regulando los títulos de propiedad y permutas (canje por tierras en otro lugar) que han realizado con los campesinos que han vendido sus tierras. El Estado ha declarado de utilidad pública la actividad minera y la negociación de las tierras queda en manos de las empresas mineras y las comunidades campesinas.
El conflicto se agrava porque no existe en la legislación peruana una norma que regule el ordenamiento territorial para definir la compatibilidad o incompatibilidad entre las distintas actividades que puedan desarrollarse en una misma área.
La minera cuenta con la licencia de uso del agua. La mina bombea agua de pozos subterráneos construidos por ella para luego ser utilizada. Por la manera como la mina ha desarrollado el tajo abierto, los cambios en el acuífero, por acción directa de la mina, son muy notorios. El tajo produce variaciones de los niveles freáticos, variación de caudal de los manantiales y desvío de la dirección de flujo del agua subterránea. Por lo tanto, esto provoca el descenso de la disponibilidad del agua, tanto para uso humano como para riego.
Este efecto se ha presentado y ha generado problemas, ocasionando el reclamo del volumen de agua. Las comunidades reclaman por la disminución del caudal del agua en los diferentes puntos de captación y piden no interrumpir el caudal normal, específicamente en la zona de Yarcoc.
Contaminación ambiental
Durante el Paro Regional del 7 de marzo del 2005, uno de los reclamos fue el tema de contaminación. Se pedía realizar una auditoría ambiental externa a la empresa minera, con la participación del Colegio de Ingenieros y la universidad de la localidad. En el proceso de negociaciones del Paro se presentó un conjunto de discrepancias en los temas ambientales. No se llegó a un consenso sobre quién financiaría estos gastos, los representantes del comité de lucha no aceptaban que fueran las empresas mineras por temor a que ellas manipularan los datos.
En los meses posteriores se desarrollaron espacios de diálogo entre la empresa y las comunidades como consecuencia de la presencia de la enfermedad “dermatitis”, provocada por la contaminación. Esto originó que en la localidad de Jangas se formara un comité de gestión ambiental, integrado por el alcalde del distrito de Jangas como presidente, entidades religiosas como secretaría, el Consejo Nacional del Medio Ambiente, el decano de la Facultad de Ciencias del Ambiente de la universidad local, el distrito de riego, comunidades locales y otros; quienes acordaron que este comité realice el monitoreo del agua y del aire a través de sus subcomités.
Las comunidades locales deberían participar en el conocimiento de los resultados de los monitoreos que realiza el comité de vigilancia ambiental, pero en la práctica ya no se hace. Las comunidades locales se sienten excluidas del conocimiento de los resultados de los análisis, debido a que existe un débil flujo de comunicación entre la Municipalidad y la comunidad, provocando una falta de información.
El conflicto, insistimos, sigue latente.
Nota: La Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas (CAOI) reúne a las organizaciones indígenas de Bolivia, Ecuador, Perú, Colombia, Chile y Argentina. Nació el 17 de julio del 2006 en su Congreso Fundacional realizado en Cusco, Perú. Su principal objetivo es el pleno ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas, en particular la autodeterminación, la defensa territorial, la consulta y consentimiento previo, libre e informado, contra la criminalización de las demandas y la militarización de los territorios. Su propuesta central es la construcción del Buen Vivir y de Estados Plurinacionales. Para ello trabaja por la reconstitución de los pueblos indígenas y su articulación continental y con el conjunto de los movimientos sociales; y desarrolla alternativas de incidencia política en los foros internacionales. El Coordinador General de la CAOI es Miguel Palacín Quispe.
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