La devolución de los robos de Pinochet: ¿es signo de justicia?
- Opinión
Recientemente, se hizo público un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago sobre el Caso Riggs, por malversación de caudales públicos contra Pinochet y otros, rol criminal 999-2015. Al respecto, la prensa ha informado que dicho fallo habría sido unánime. Ello es falso, porque hubo un voto disidente de parte de la ministra María Soledad Melo, Presidenta de la Tercera Sala.
La ministro Melo se opuso a la devolución de los dineros y bienes embargados a Pinochet en su enjuiciamiento por la malversación de caudales públicos en el Caso Riggs y, de acuerdo al abogado de derechos humanos Juan Subercaseaux Amenábar, es impostergable denuncias este asunto para que “la Corte Suprema, por casación de oficio, haga justicia”. Y agrega el jurista que “hay que convocar al pueblo para que decida, por plebiscito, si es justo o no que todos paguemos los dineros y bienes públicos malversados por Pinochet”, sin haber sido considerado que el Código Penal establece el comiso en los artículos 21 y 31.
Es así como el voto disidente de la ministra Melo señala que el comiso es la “confiscación de una cosa que proviene de un delito o ha sido utilizada para su ejecución, privando de ella a su titular o detentador para ser adjudicado al Estado”.
Como consecuencia, se plantea la restricción del derecho de propiedad de lo malversado, porque el ordenamiento jurídico admite la privación del dominio, en beneficio del Estado, respecto de bienes que hayan sido adquiridos de manera ilícita.
Al argumento anterior se agrega la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción (2004), que define a este delito como “una plaga insidiosa que tiene un amplio espectro de consecuencias corrosivas para la sociedad. Socava la democracia y el Estado de Derecho, motiva las violaciones de los derechos humanos, distorsiona los mercados, menoscaba la calidad de vida y permite el florecimiento de la delincuencia organizada, el terrorismo y otras amenazas a la seguridad humana”. Por tanto, por medio de este instrumento se pretende evitar y descubrir la corrupción y devolver los beneficios obtenidos. El mismo documento agrega que el Estado afectado “considerará la posibilidad de adoptar las medidas que sean necesarias para permitir el decomiso de sus bienes sin que medie condena, en casos en que el delincuente no pueda ser enjuiciado por motivo del fallecimiento, fuga o ausencia, o en otros casos apropiados”.
Lo cuestionable de la sentencia en cuestión radica en el establecimiento definitivo de Pinochet por muerte, dejándose así extinguida su responsabilidad.
Este cuestionamiento de la sentencia absolutoria se debe a que la investigación se inició por delitos de malversación de caudales públicos en perjuicio del Fisco, dado el oscuro origen de la fortuna del Dictador. Se demostró que “hubo utilización irregular de los fondos destinados a gastos reservados de la Presidencia de la República, resultando beneficiado en dichas acciones Augusto Pinochet Ugarte y su familia”.
Ha sido demostrado que Pinochet instruía a sus subalternos en el sentido de efectuar las transacciones investigadas, en circunstancias que los gastos reservados, por ley tienen un objeto y destino precisos y determinados, y no pueden ir a engrosar el patrimonio personal de una persona, porque ello constituye delito.
De acuerdo al informe pericial realizado por la Universidad de Chile, la fortuna personal de Pinochet alcanzó la suma de US$ 21.363.761,30. Para nadie es desconocido que, al abandonar La Moneda, Pinochet y sus secuaces sustrajeron lámparas, cortinas, muebles y todo lo que encontraron a mano. Tampoco es secreto que en los días posteriores al golpe de Estado asaltaron la residencia del Presidente Salvador Allende, robándose pinturas, cinturones, corbatas, fotografías familiares. Aún podemos recordar la imagen de la TV que mostraba a ‘demócratas’ alborozados exhibiendo máquinas de escribir y otros utensilios domésticos, tras saquear la casa presidencial. Los allanamientos realizados durante todos los años siguientes se caracterizaron por los robos. También establecieron el robo institucionalizado en el 10% de las ventas del cobre, el contrabando de armas y de cocaína, así como ‘valientes soldados’ juegan millones de pesos del erario nacional en los casinos y doña Lucía de Pinochet es ‘propietaria’ hasta de una plaza pública.
La legislación establece que el producto de ilícitos no pueden incrementar el patrimonio de un imputado de delito ni menos que sus herederos pudieran adquirir legalmente su dominio, porque “sólo una ley puede establecer el modo de adquirir una propiedad, de usar, gozar y disponer de ella y las limitaciones y obligaciones que deriven de su función social”.
El Poder Judicial ha sido cómplice de los miles de crímenes de la dictadura de Pinochet y, hasta ahora, se mantiene como tal cuando han estado saliendo a la luz pública algunos de sus latrocinios. Simultáneamente, los chilenos somos testigos del trato judicial dado a los mapuche y a las demás víctimas de violaciones a los derechos humanos.
La decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago en el sentido de devolver a la familia de Pinochet lo que nos han robado a todos los chilenos, por contraposición nos trae la imagen del incendio de la Cárcel de San Miguel, donde murieron quemados 81 reos: uno de ellos estaba allí por vender CD en la calle. Diariamente vemos a Carabineros “decomisar” a los vendedores ambulantes y detener a quienes no han cancelado el pasaje del Transantiago.
Surge la pregunta: ¿todos somos iguales ante la Ley?
29 de junio de 2017
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