La “enmienda Maduro” o el fraude constitucional
- Opinión
La derecha venezolana ha presentado ya un anteproyecto de enmienda constitucional para acortar el periodo presidencial de seis a cuatro años. El objetivo, según han reiterado diversos líderes opositores, comenzando por el presidente de la Asamblea Nacional, Henry Ramos Allup, es desalojar a Nicolás Maduro de la Jefatura de Estado de la República.
La oposición ha optado por este mecanismo, en lugar de recurrir al referéndum revocatorio, por entender que es un procedimiento más ágil y con menos trámites. En efecto, bastaría con que un tercio de los diputados presentara la enmienda. Ésta se debatiría como una ley normal: dos discusiones y votación, quedando validada por mayoría simple. La enmienda se remitiría al Consejo Nacional Electoral, que en los treinta días siguientes a su recepción tendría que convocar un referéndum. En caso de aprobación popular, Nicolás Maduro finalizaría su mandato en abril de 2017.
Sin embargo, el recurso a la enmienda constitucional para echar a Maduro es un notorio fraude de ley. La Constitución venezolana, en su artículo 72, deja bien claro que el referéndum es el único mecanismo legítimo para revocar a un cargo público, incluido el presidente (nótese que Venezuela es el único país del mundo en el que se puede destituir al Jefe de Estado mediante referéndum popular, un ejemplo de hiperdemocracia que refuta cualquier acusación de autoritarismo). Todo el espíritu que permea este artículo es que aquello que el pueblo eligió, sólo el pueblo puede destituirlo.
Las enmiendas no pueden ser utilizadas para coyunturas, casos o personas concretas. No puede existir una “enmienda Maduro”, diseñada explícitamente para sacar al actual presidente. La oposición no puede negar que su iniciativa va dirigida específicamente a Maduro. La hemeroteca está llena de declaraciones de sus líderes en este sentido, algunas de ellas realizadas incluso en sede parlamentaria.
Hasta el propio texto del anteproyecto, aunque no cita expresamente al jefe de Estado, sí que apela a la coyuntura: “El actual periodo presidencial de seis años con posibilidad de reelección es un periodo demasiado largo para un régimen presidencialista con debilidades institucionales como el venezolano que amenaza con retardar peligrosamente los cambios políticos requeridos para relegitimar el poder, razón por la cual se hace imperioso reducir el periodo a cuatro años en procura también de una solución democrática y electoral a la actual crisis”.
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia debería desestimar esta propuesta por suponer una clara manipulación de la figura de la enmienda. Podría, incluso, aceptar la reducción del periodo presidencial pero a partir de la siguiente elección, dejando que Maduro concluyera su mandato. De esta forma, se evitaría cualquier tipo de sospecha sobre la verdadera intencionalidad de la enmienda y, sobre todo, se garantizaría el mantenimiento de la condición temporal –seis años de Presidencia- bajo la cual el pueblo fue a votar en abril de 2013.
Hay muchos otros elementos que sustentan la anticonstitucionalidad el anteproyecto. En los debates constituyentes de 1999 quedó establecido que la forma de resolver las crisis políticas en Venezuela sería mediante referendos. Así se refleja en los diarios de sesiones. La oposición ha manifestado en múltiples ocasiones que Venezuela está sumida en una crisis política. Por tanto, si quiere ser coherente debe acudir a un revocatorio para solucionar lo que ella misma considera como una crisis política.
Por otra parte, el anteproyecto de enmienda propone una reducción a cuatro años, en lugar de los cinco que establecía la vieja Constitución de 1961 y que la nueva Carta Magna elevó a seis. En el anteproyecto de enmienda no se argumenta el porqué de esta preferencia por los cuatro años, por lo que bien cabe deducir que está motivada por el ánimo de expulsar a Maduro a la mayor brevedad posible.
La aprobación de la enmienda sentaría un precedente peligrosísimo que dejaría la gobernabilidad del país en manos de las mayorías parlamentarias. Una Asamblea del mismo color político que la Presidencia sacaría adelante una enmienda para ampliar el mandato, mientras que cuando fuera contraria lo reduciría y así sucesivamente. La voluntad popular quedaría de esta forma vulnerada.
Las pretensiones de la oposición parlamentaria recuerdan al golpe de estado institucional perpetrado por la derecha paraguaya contra Fernando Lugo en 2012. En esa ocasión, los diputados opositores retorcieron al máximo la legalidad para echar a Lugo de la Presidencia a través de la manipulación de la figura del juicio político. Dicha estratagema fue respondida con la suspensión del país guaraní de Unasur y Mercosur, pero ya se había quebrado la decisión del pueblo soberano de que Fernando Lugo fuera su presidente hasta 2013.
Los medios de comunicación actuaron como legitimadores de aquel fraude. Los periódicos sustituyeron a los tanques en lo que se calificó como un golpe de estado 2.0. En Venezuela podemos estar asistiendo a una versión mejorada de esa modalidad. La artillería mediática comienza a tomar posiciones. La noticia publicada este viernes, 5 de febrero, por el diario español El País bajo el titular La oposición impulsará en el Parlamento el fin anticipado del Gobierno de Maduro es un buen ejemplo de ello. En un texto repleto de adjetivos calificativos y juicios de valor sin argumentación, el rotativo trata de legitimar la defenestración del presidente Maduro como en 2002 justificó el golpe de Estado contra el presidente electo Chávez con un editorial de apoyo titulado de forma esclarecedora Golpe a un caudillo.
@VenezuelAle
http://www.celag.org/la-enmienda-maduro-o-el-fraude-constitucional-por-alejandro-fierro/
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