Bukele entrega pauta publicitaria a “los mismos (medios) de siempre”: TCS recibe la mayor tajada

17/09/2019
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Los datos obtenidos por la Red Informativa de Arpas confirman el enorme favoritismo con TCS y la discriminación o trato diferenciado con otros medios, en la información sobre la asignación de pauta en los primeros dos meses del gobierno de Nayib Bukele. Hasta ahora el carácter excluyente de la política publicitaria de Casa Presidencial no se distancia de la del pasado.

 

La empresa mediática más beneficiada con la pauta publicitaria presidencial en el gobierno de Nayib Bukele es Telecorporación Salvadoreña (TCS). El monto asignado por la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia al referido grupo televisivo, cercano al derechista partido ARENA, en los meses de junio y julio del presente año, fue: $193,049.86. Esto es el 35.05% del monto total que asciende a $550,792.61.

 

Según información obtenida por la Red Informativa de ARPAS, el monto asignado a TCS  supera con creces al otorgado al resto de las principales empresas televisivas: es casi cuatro veces el monto asignado a Megavisión ($52,048.00), casi cinco veces el de TECNOVISIÓN ($40,286.24) y también cinco veces el monto de RSM ($39,312.32).

 

El monto asignado a TCS se desglosa de la siguiente manera: Canal 2, $81,572.25; Canal 6, $57,769.02; Canal 4, $45,134.35; Canal 35, $6,730.16; Radio Qué Buena, $922.00;  y Radio VOX FM: $922.00. Dos de estos medios, Canal 6 y Radio Qué Buena, han sido los “medios oficiales” en algunas cadenas presidenciales de radio y televisión.

 

El ranking de las 10 empresas con mayores montos

 

En el orden, las diez empresas mediáticas con mayores montos de pauta publicitaria de la Presidencia, en junio y julio, son: 1.TCS: $193, 049.86 (35.05%); 2. Sánchez Novoa Ingenieros: $54.683.00 (9.93%); 3. MEGAVISIÓN (INDESI): $52,048.00 (9.45%); 4. PUBLIMOVIL: $46,467.36 (8.44%); 5. TECNOVISIÓN (Canal 33): $40,286.24 (7.31%); 6. RSM (Canales 11 y 12, y Radio Sonora): $39,312.32 (7.14%); 7. Grupo Dalton (Contrapunto): $21,000.00 (3.81%); 8. Color Digital S.A. de C.V.: $15,875.00 (2.88%); 9. JCDECAUX S.A. de C.V:. $14,407.70 (2.62%); y 10. Altamirano (El Diario de Hoy y Más!): $9,155.88 (1.66%). Muy cerca de Altamirano, está su par Grupo Dutriz (La Prensa Gráfica y Mi Chero), en la casilla 11, con $8,571.00 (1.56%).

 

 

Listado de los medios que recibieron pauta de Casa Presidencial entre junio y julio:

 

En la lista de los diez mayores montos asignados se ubican, en segunda y cuarta casilla, dos empresas de publicidad exterior y móvil: Sánchez Novoa Ingenieros y PUBLIMOVIL, con  $54.683.00 y $46,467.36, respectivamente. También es destacable que el periódico digital Contrapunto se ubique en la casilla siete, con $21,000.00, muy por encima de Altamirano ($9,155.88) y Dutriz $8,571.00

 

De media tabla en adelante se ubican varias empresas de publicidad digital y los grupos de radios comerciales, con montos muy inferiores a los de las televisoras. En la casilla 13 está Corporación FM, con $5,532.48; en el puesto 16 está Grupo Radio Stereo, con $4,610.40; en la posición 18 está Grupo SAMIX, con $4,303.72; y en la casilla 23 está Corporación YSKL, con $2,043.40.

 

Además de Contrapunto, aunque en montos muy inferiores, aparecen en la lista completa otros dos periódicos digitales: Diario La Huella, en la posición 19, con $2,260.00; y más abajo, en la casilla 27, Última Hora, con $1,356.00. Ambos tienen línea informativa afín al Presidente Bukele.

 

TCS tiene casi igual que todos los demás medios juntos

 

El monto de TCS es casi igual al del resto de medios televisivos, radiales, escritos y digitales, que juntos suman $199,336.19. Esto es sólo $6,286.33 más que los 193,049.86 de TCS. Al ordenar por medios el ranking de los diez con mayor monto de pauta, los principales canales de TCS dominan los primeros tres lugares: Canal 2, con $81,572.25; Canal 6, con $57,769.02; y Canal 4, con $45,134.35

 

 

La larga lista de medios excluidos

 

Además de confirmar el enorme favoritismo con TCS y la discriminación o trato diferenciado con otros medios, la información sobre la asignación de pauta en junio y julio muestra el carácter excluyente de la política publicitaria de Casa Presidencial. La lista de marginados es larga: medianas empresas televisivas, como TVX, Órbita TV o ITV; medios afines a la izquierda, como Diario Colatino o Gentevé; decenas de canales locales; la inmensa mayoría de medios digitales (incluidos El Faro y Factum) y los medios comunitarios.

 

En relación a radios comunitarias, la Asociación de Radiodifusión Participativa de El Salvador (ARPAS) recibió, en esos dos meses, únicamente $846.60, monto que representa el 0.15% del total. La red que aglutina a 20 radios alternativas recibió, incluso, menos que Radio Visión, una estación evangélica local de Ahuachapán que pautó $922.00. ARPAS es penúltima en la lista, en la casilla 30, sólo arriba de Media Labs, que recibió $678.00 y cierra la lista de 31 medios y empresas publicitarias contratadas por Casa Presidencial en junio y julio.

 

Los criterios desconocidos de Casa Presidencial y los estándares de la CIDH

 

La Red Informativa de ARPAS intentó averiguar los criterios de asignación de la pauta publicitaria presidencial, pero la secretaria de Comunicaciones, Sofía Medina, no pudo atendernos “debido a compromisos en su agenda”, según dijo su asistente, Yeimi Cornejo.

 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) establece que la pauta publicitaria oficial debe distribuirse con criterios de transparencia y equidad en todos los medios de comunicación, independiente de su política informativa y línea editorial. En sus “Principios sobre regulación de la publicidad oficial y libertad de expresión”, aprobados en el año 2012, la CIDH señala que “la asignación arbitraria y discriminatoria de la publicidad oficial constituye un mecanismo de censura indirecta”, prohibidos en el Artículo 13.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

 

Para una correcta asignación de la pauta publicitaria, la CIDH mandata a los Estados a implementar políticas que incluya los siguientes elementos:

 

1. Marcos normativos específicos, claros y precisos, que limiten la discreción, aseguren la no discriminación y garanticen los principios de interés público, transparencia, rendición de cuentas, eficiencia y buen uso de los fondos públicos por parte de las todas las instancias estatales contratantes de publicidad.

 

2. Objetivos legítimos de la publicidad oficial, basados en la información de interés público y los fines legítimos del Estado, evitando los usos con fines discriminatorios, para violar derechos ciudadanos o con propósitos electorales o partidarios.

 

3. Criterios preestablecidos, claros, transparentes y objetivos en la distribución de la pauta estatal, que incluyan mecanismos que reduzcan la discrecionalidad y evite favoritismos en la contratación y reparto de la publicidad. Los recursos publicitarios no deben asignarse con lógica de premiar o castigar los contenidos informativos y editoriales de los medios.

 

4. Planificación adecuada en las distintas dependencias estatales, adoptando modos transparentes y justificados en campañas o anuncios que respondan a necesidades reales de comunicación orientadas a informar sobre el quehacer estatal o asuntos de interés público.

 

5. Mecanismos de contratación transparentes, abiertos y no discriminatorios. Sólo excepcionalmente en imprevistos plenamente justificados, los Estados pueden recurrir a contratación cerrada o directa. Para evitar arbitrariedades todo el proceso debe ser público para asegurar el control por los oferentes, la comunidad, las instancias de fiscalización y  la propia Administración Pública.

 

6. Transparencia y acceso a la información, publicando periódicamente la información relevante sobre criterios de contratación, motivos de asignación, presupuestos, contratos, campañas publicitarias y organismos contratantes; y garantizando el fácil acceso a la información ante cada requerimiento del público.

 

7. Control externo de la asignación publicitaria por un órgano autónomo para un monitoreo exhaustivo, auditorias periódicas sobre los gastos y prácticas del gobierno en la contratación de pauta, así como informes especiales en la materia que tengan un adecuado control legislativo o parlamentario.

 

8. Pluralismo informativo, mediante la asignación publicitaria que incluya a la diversidad de medios existentes. Para esto, los Estados -incluso- pueden destinar recursos específicos, ayudas indirectas o subsidios explícitos y neutros, diferenciados de la publicidad oficial.

 

Discrecionalidad en asignación de pauta de la Presidencia repite patrón «oscuro«

 

El patrón de la discrecional con la que se asigna la pauta publicitaria de Casa Presidencial no es nuevo. Históricamente se ha manejado de forma «oscura» y utilizado como una forma de «premio» o «castigo» hacia los medios de comunicación.

 

La excomisionada del Instituto de Acceso a la Información Pública, periodista y actual directora de Radio YSUCA, Herminia Funes, recordó que «lo tradicional», es que la información de los fondos destinados para la publicidad gubernamental no se dé a conocer, a pesar de ser información pública. A su criterio, «es la forma en la que los gobiernos tienen un margen de negociación con los medios».

 

«Esto no es transparente, no es correcto, no debería ser la forma en la que se siga haciendo. Este gobierno ha dicho que será diferente a los demás, por lo tanto debería estar dando muestras claras de cómo se deben hacer las cosas”, dijo a la Red Informativa de Arpas.

 

Declaraciones de Herminia Funes

 

Al respecto, el especialista en temas de transparencia, Jaime López, señala que en la medida en que no se definen criterios para la entrega que hacen los gobiernos de la pauta publicitaria ésta se convierte en un canal de propaganda en el sentido personal, de los funcionarios de turno, y no en una manera de informar lo que hacen las instituciones.

 

“El interés de los gobiernos cuando quieren manipular la pauta publicitaria o manejarla de manera discrecional o arbitraria es precisamente mantener altos índices de aprobación entre la ciudadanía y eso lo logran reduciendo la cantidad de información y aumentando la propaganda», acotó.

 

Spot publicitario del Gobierno de El Salvador transmitido en los principales medios tradicionales

 

López agrega otra implicación: la censura y autocensura. “Cuando no se distribuye de manera objetiva y transparente (la publicidad gubernamental) termina provocando una situación de censura hacia algunos medios y de represalias hacia otros, en el sentido de que hay medios que prefieren modificar o adecuar su línea editorial con el gobierno de turno y represalias con algunos medios que mantienen una posición crítica o disidente”, apuntó.

 

Declaraciones de Jaime López

 

Saúl Baños, director de la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD), coincide en que la asignación excluyente de la pauta del gobierno afecta el derecho de acceso a la información y, agrega, la libertad de prensa.

 

“Esta decisión es contraria a la buena intención que debe tener todo gobierno para fortalecer el proceso democrático en el país. Cuando se distribuye de forma justa (la pauta) se refuerza el estado de derecho, el estado de pesos y contrapesos necesarios en toda democracia”, aseguró a la Red Informativa de Arpas.

 

El director de FESPAD criticó actitudes de algunos medios de comunicación frente al gobierno, sobre todo aquellos favorecidos con la pauta publicitaria. “Cuando Nayib Bukele era candidato (presidencial) los medios de comunicación eran muy contrarios a las ideas que impulsaba en su campaña. Pero ahora vemos un cambio, de hecho uno de esos medios hizo una encuesta que arrojó el 90 por ciento de popularidad del gobierno”.

 

  • Publicación de LPG del 5 de febrero de 2016


 

  • Publicación de LPG del 20 de noviembre de 2018

 

 

  • Publicación de LPG del 30 de agosto de 2019

 

Otro aspecto que cuestiona Baños es el acuerdo del gobierno con medios privados para que éstos sean señal piloto en cadenas nacionales.

 

 

Convocatoria oficial de cadena nacional de los primeros cien días de gobierno del presidente Nayib Bukele, la cual se trasladó para el 9 de septiembre

 

Tweet del Superintendente de la SIGET sobre la cadena nacional por el Día de la Independencia

 

“En el marco de los primeros cien días de gobierno se dio una cadena nacional cuya señal piloto fue un canal privado de una gran corporación. No como estábamos acostumbrados en el canal nacional y no tenemos explicación de por qué sucedió esta vez así. También los canales de TCS han tenido cobertura aparentemente noticiosa del ‘buen trabajo’ del gobierno”, acotó.

 

Declaraciones de Saúl Baños

 

Para Saúl Baños el proceso de democratización del país requiere de medios independientes, y eso pasa, dijo, “no solo pasa por la asignación de pauta, también tiene que ver con la justa distribución de las frecuencias; una tarea pendiente”.

 

La pauta publicitaria y el derecho de acceso a la información

 

Una de los propósitos de la pauta publicitaria gubernamental es informar a la población sobre cómo se está utilizando el dinero público. Cuando ésta se centraliza se vulnera un derecho fundamental: el de acceder a la información pública, consideró Carlos Rodríguez, procurador adjunto de Derechos Civiles e Individuales de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), en declaraciones para Arpas.

 

“La razón de ser de la pauta publicitaria es que el gobierno quiere hacer llegar información al soberano, al pueblo; es una forma de rendir cuentas. Por tanto, la asignación de la pauta debería ser a la mayor cantidad de espacios posibles. Cuando ésta se asigna solo a unos medios o corporaciones se  limita a las personas receptoras”, planteó.

 

El funcionario también considera que la asignación inequitativa de la pauta gubernamental afecta el desarrollo de los medios de comunicación, principalmente los independientes. “Cuando los medios son pequeños y reciben inyección directa (de fondos) del Estado éstos fortalecen sus capacidades para difundir información. Pero cuando la pauta es solo para medios o corporaciones específicos se favorece el enriquecimiento de personas o empresas que ya controlan el capital”, aseguró Rodríguez.

 

“Si el criterio que el Ejecutivo está utilizando es castigar a medios que hacen crítica es una actuación ilegítima, absolutamente en contra de la libertad de prensa como derecho. El gobierno es democrático y tiene reglas, no puede ser administrado como empresa privada”, apuntó.

 

Declaraciones del Procurador Adjunto Carlos Rodríguez

 

Una política pública que establezca criterios de asignación

 

Las personas especialistas consultadas para esta investigación coincidieron en que en el país deben establecerse criterios para la asignación que hacen las instituciones del Estado, entre ellas la Presidencia de la República, de la pauta publicitaria.

 

El investigador Jaime López plantea que estos lineamientos deben responder a lo que ya ha establecido la Comisión Interamericana de Derechos Humanos respecto al trato no discriminatorio hacia los medios de comunicación, a que no se utilice como una forma de reconocimiento o sanción hacia éstos y que la información que se difunda sea de interés público y no propaganda.

 

López plantea que se debe considerar una legislación diferente, que establezcan mecanismos para transparentar la distribución y las razones para asignar la pauta publicitaria y una designación presupuestaria clara, a partir de la identificación de los medios de comunicación y los públicos a los que llegan.

 

«Eso no se construye de la noche a la mañana y en el país, donde no hay nada, no podemos pensar en que vamos a tener una política pública muy sofisticada; pero lo importante en esto es empezar, y la dirección hacia donde se apunta en materia de publicidad oficial -que hay hasta el día de hoy- sigue siendo un manejo discrecional, arbitrario y discriminatorio de la misma”, concluyó.

 

Red Informativa de ARPAS, con aportes de Josseline Roca y Norma Ramírez

 

https://arpas.org.sv/2019/09/bukele-entrega-pauta-publicitaria-a-los-mismos-medios-de-siempre-tcs-recibe-la-mayor-tajada/

 

https://www.alainet.org/pt/node/202176
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