Comisión de Quinta Categoría

10/11/2013
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Imagínate ser juzgado por comisionados que reciben el 95 % de su financiamiento de tus enemigos.  Imagínate ser evaluado por funcionarios que aceptan como prueba recortes de prensa de los medios que  tratan de destruirte. Suponte que eres incriminado por jueces que toman por Palabra de Dios las calumnias de tus adversarios. A esa experiencia es sometida Venezuela día tras día, año tras año por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA.
 
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Esta vez la Comisión se despacha contra Venezuela con el interminable Informe Anual de 2012, que rellena  41 páginas y 222 párrafos con acusaciones. Sobre el valor del farragoso documento basta indicar que  115 instancias se basan sólo en informaciones de medios de comunicación, que ningún tribunal serio puede aceptar como pruebas; que en 90 casos no se ha agotado la jurisdicción interna y a veces ni siquiera se la ha iniciado, lo cual es exigido por la Convención Interamericana para intentar acciones internacionales; que en 22 instancias se usurpa fraudulentamente la titularidad de la acción, al llevar ante la CIDH casos de personas que ni han solicitado ni solicitarían su intervención; y que en 53 instancias se pretende suplantar a los poderes públicos venezolanos, también en contravención de dicha Convención.  Vale decir, en 222 párrafos se acumulan 280 inaceptables violaciones de la normativa que rige los actos de la propia CIDH. Tal récord de autogoles debería provocar la renuncia de magistrados con una sombra de vergüenza. Pero por lo visto, sólo les interesa complacer a la congresista cubana-estadounidense Ileana Ros-Lehtinen, que el 24 de julio de 2013 los regaña públicamente por no usar el aporte de más de 60% de Estados Unidos al presupuesto total de la OEA en atacar “las ilegítimas elecciones en Venezuela” y “las elecciones ilegítimas en Nicaragua”. Por la plata baila el perro, y por el subsidio el comisionado.
 
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Dos perlas destellan en esta feria de denuncias tarifadas. Si los medios anuncian falsamente que toda el agua del país está envenenada, es lógico recomendarles que “actúen con extrema responsabilidad en la difusión de información relacionada con la presunta contaminación del agua en el país destinada al consumo humano, debiendo contar con el debido soporte técnico veraz avalado por un organismo competente”. En lugar de eso, la  CIDH acusa al gobierno por haber formulado la recomendación: los medios no están obligados a ser veraces ni responsables ni  a abstenerse de desatar pánicos con sus mentiras. En agosto de 2012,  dos meses antes de las elecciones presidenciales, la ONG Cultural Survival inventó que en Amazonas había ocurrido una masacre de ochenta miembros de una comunidad Yanomami, superchería que dio la vuelta al mundo. Ni autoridades ni particulares encontraron la menor prueba. Ni corta ni perezosa, la CIDH  incluye la infamante mentira en su Informe 2012, apesar de no haber “recibido o identificado información que confirme los hechos de violencia”.  Entre embusteros te veas.
 
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¿Valdrá la pena entonces demostrar la absoluta libertad de expresión que reina en Venezuela para unos medios que la utilizan para  fantasías necrofílicas sobre la enfermedad y fallecimiento del Presidente, sobre la nacionalidad del nuevo mandatario electo,  para profetizar desabastecimientos que disparan compras nerviosas? ¿Cómo decir que no hay libertad de expresión cuando todas las acusaciones contra Venezuela se fundan en notas de prensa que fueron publicadas y circularon libremente en el país?
 
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A partir de 2003, quizá para castigarla por haber depuesto al dictador Carmona y  vencido al cierre patronal y al sabotaje petrolero, la CIDH incluye a Venezuela en un infamante Capítulo IV, reservado para países que “enfrenten situaciones que afecten seria y gravemente el goce y disfrute de los derechos fundamentales, consagrados en la Convención Americana o en la Declaración Americana”. Compartimos dicha categoría sólo con Haití y Honduras, países víctimas de ocupación por Estados Unidos, y con Cuba, que por haber sido expulsada de la OEA no puede ser juzgada por ésta.
 
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¿Qué requiere Venezuela para salir del Capítulo IV? ¿Debería, como algunos países que han sido excluidos de él, arrastrar medio siglo de guerra civil, con cincuenta mil desaparecidos y más de cuatro millones de desplazados en un lustro? ¿Tiene que aceptar la ocupación militar por bases estadounidenses? ¿Debe adoptar el sicariato y el paramilitarismo como instituciones fundamentales? ¿Debe renunciar a ser el país con mayor índice de igualdad social y económica de la región, y convertirse en el más desigual?
 
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Por el contrario, la República Bolivariana de Venezuela decidió la incorporación de la  Comisión Interamericana de los Derechos Humanos en la Categoría Quinta, “reservada para identificar a organismos que padecen situaciones estructurales o coyunturales que afectan o tergiversan seria o gravemente su desempeño y por consiguiente su función en materia de los Derechos Humanos. Este criterio incluye: -Situaciones graves de financiamiento preponderante y decisivo por potencias imperiales que no han suscrito la Convención Americana, que aportan más de la mitad del Presupuesto de la OEA y el 94% del de la Comisión, aportes que se traducen en la parcialización a favor de los lineamientos e intereses de las políticas trazadas por  dichas potencias y organizaciones financiadoras. -Reiterada falta de atención y de acogida a las observaciones y recomendaciones de los Estados que si han suscrito la Convención Americana, tales como las formuladas por 18 de los países reunidos en la 42º Asamblea General de la OEA en Cochabamba,  del 3 al 5 de junio 2012, la cual culmina con un llamado a la Reforma del funcionamiento de la CIDH, en el curso de la cual el Presidente de Ecuador, Rafael Correa, destaco que dicha Comisión funciona ‘con un carácter no jurídico sino de ONG, considerándose por encima de los Estados soberanos, la CIDH asume cruzadas reales e imaginarias; el Estado y las autoridades públicas siempre son los enemigos, y los periodistas y medios de comunicación son las victimas y los perseguidos, sin alcanzar a entender que cualquier poder es capaz de atentar a los Derechos Humanos, entre ellos el Poder Informativo’. -Reiterada y contumaz violación de la Carta de la Organización de Estados Americanos y sobre todo de su artículo 3, que declara que todo Estado tiene derecho a elegir, sin injerencias externas, su sistema político, económico y social y a organizarse en la forma que más le convenga; de su artículo 13, que reconoce que cada Estado tiene derecho a ‘organizarse como mejor considere’ y del articulo 17,  el cual admite que ‘Cada Estado tiene el derecho a desenvolverse libre y espontáneamente su vida cultural, política y económica’. -Inaceptable reincidencia en la violación de los preceptos contenidos en la Convención Americana, y específicamente los relativos a la necesidad de que las denuncias contengan información precisa sobre los hechos, las circunstancias de tiempo y lugar y la identidad de las presuntas víctimas; de que hayan previamente agotado la jurisdicción interna y de que no interfieran con materias atinentes a la soberanía y el orden publico interno de los Estados partes de la Convención.-Reiterada y contumaz parcialización en el ensañamiento y condena contra Estados con conductas excelentes en materia de Derechos Humanos, y paralela omisión de exámenes, criticas y escrutinios relativos a países que presentan situaciones atroces de aplicación de la pena de muerte, tortura, racismo, guerra civil, campos de concentración, decenas de miles de desaparecidos, millones de desplazados y otras afrentas contra el género humano. -Reiterada violación de los principios que deben regir los Sistemas de Protección de los Derechos Humanos, sancionados por la Organización de las Naciones Unidas”. La reputación, como la inocencia, cuando se la pierde no  retorna. Veamos si la CIDH la recupera alguna vez.
 
https://www.alainet.org/pt/node/80729?language=es
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