La Cámara Civil y Comercial benefició al Grupo Clarín extendiendo la cautelar
05/12/2012
- Opinión
A un día de la fecha fijada por la Corte Suprema para el vencimiento de la cautelar, la Sala 1 de la Cámara Civil y Comercial Federal prorrogó la medida que mantiene suspendido el artículo 161 "hasta que se dicte una sentencia definitiva en la causa”.
La resolución lleva la firma de los jueces Francisco de las Carreras y María Susana Najurieta y fue notificada a las partes esta tarde.
En la misma resolución, la Cámara también rechazó las recusaciones que realizó el Estado Nacional a los jueces que resolvieron la medida.
La decisión de los magistrados Carreras y Najurieta contradice a la opinión de la Corte Suprema respecto de cuál debía ser la máxima extensión de la medida cautelar.
Es que el máximo tribunal fijó el pasado 22 de mayo -y ratificó- la fecha del 7 de diciembre como plazo máximo para la vigencia de la medida cautelar interpuesta por el Grupo Clarín, tras considerar que 36 meses -desde el 9 de diciembre de 2009- era un plazo “razonable”.
La resolución emitida por la Cámara le concede al Grupo Clarín el privilegio de no adecuarse a la Ley de Medios, sancionada por el Congreso el 10 de octubre de 2009.
“Si bien el término para la adecuación general a la ley 26.522 ha vencido, respecto de las empresas actoras su curso está suspendido y, en consecuencia, los efectos de tal vencimiento no son aplicables a las demandantes precisamente por efecto de la traba de la medida cautelar”, sotitenen los magistrados en la resolución.
A su vez, los camaristas rechazaron “in limine” el pedido de recusación planteado por AFSCA y una revocatoria solicitada por el Estado Nacional.
El gobierno pidió ayer que se anulara la reposición en su cargo del juez De las Carreras, quien también fue denunciado penalmente por el presunto delito de "dádivas", y extendió la recusación al total de los magistrados del tribunal.
La fórmula empleada en torno a la vigencia de su resolución hasta que se dicte una “sentencia defintiva” abrió dudas en torno a cómo se reorientará el trámite judicial.
La Corte Suprema de Justicia urgió la semana pasada al juez de primera instancia Horacio Alfonso a que falle a la brevedad en torno constitucionalidad o no del artículo 161, pero en caso de sobrevenir apelaciones el fallo definitivo correspondería a la propia Corte, dilatando la aplicación de la llamada cláusula de desinversión.
La Ley de Medios fue sancionada por el Congreso en octubre del 2009 mientras que la medida cautelar ahora prorrogada está vigente desde diciembre del 2009.
En la misma resolución, la Cámara también rechazó las recusaciones que realizó el Estado Nacional a los jueces que resolvieron la medida.
La decisión de los magistrados Carreras y Najurieta contradice a la opinión de la Corte Suprema respecto de cuál debía ser la máxima extensión de la medida cautelar.
Es que el máximo tribunal fijó el pasado 22 de mayo -y ratificó- la fecha del 7 de diciembre como plazo máximo para la vigencia de la medida cautelar interpuesta por el Grupo Clarín, tras considerar que 36 meses -desde el 9 de diciembre de 2009- era un plazo “razonable”.
La resolución emitida por la Cámara le concede al Grupo Clarín el privilegio de no adecuarse a la Ley de Medios, sancionada por el Congreso el 10 de octubre de 2009.
“Si bien el término para la adecuación general a la ley 26.522 ha vencido, respecto de las empresas actoras su curso está suspendido y, en consecuencia, los efectos de tal vencimiento no son aplicables a las demandantes precisamente por efecto de la traba de la medida cautelar”, sotitenen los magistrados en la resolución.
A su vez, los camaristas rechazaron “in limine” el pedido de recusación planteado por AFSCA y una revocatoria solicitada por el Estado Nacional.
El gobierno pidió ayer que se anulara la reposición en su cargo del juez De las Carreras, quien también fue denunciado penalmente por el presunto delito de "dádivas", y extendió la recusación al total de los magistrados del tribunal.
La fórmula empleada en torno a la vigencia de su resolución hasta que se dicte una “sentencia defintiva” abrió dudas en torno a cómo se reorientará el trámite judicial.
La Corte Suprema de Justicia urgió la semana pasada al juez de primera instancia Horacio Alfonso a que falle a la brevedad en torno constitucionalidad o no del artículo 161, pero en caso de sobrevenir apelaciones el fallo definitivo correspondería a la propia Corte, dilatando la aplicación de la llamada cláusula de desinversión.
La Ley de Medios fue sancionada por el Congreso en octubre del 2009 mientras que la medida cautelar ahora prorrogada está vigente desde diciembre del 2009.
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