Tasa impositiva mínima global
Los países de la OCDE y el G20 adoptaron 15 medidas para modificar el sistema de fiscalización internacional para ajustarse a la digitalización de la economía.
- Análisis
En febrero de 2013 la OCDE publicó el informe “Abordar la erosión de la base y la transferencia de beneficios” (BEPS por sus siglas en inglés). En este, los países de la OCDE y el G20 adoptaron 15 medidas para modificar el sistema de fiscalización internacional para ajustarse a la digitalización de la economía. Este paquete es el antecedente para la nueva reforma fiscal que se planteó en la reunión del G20.
El 1° de julio de 2021 los mismos organismos presentaron la “Declaración sobre una solución basada en dos pilares para afrontar los retos fiscales derivados de la digitalización de la economía” firmada por 132 países. Con este acuerdo se pretende aliviar las presiones fiscales derivadas de la crisis por el covid-19 y adaptarse a la digitalización de la economía. La estructura de la reforma fiscal se basará en dos pilares.
Pilar uno
El Pilar uno busca desarrollar normas de impuestos sobre los beneficios para las empresas que están altamente digitalizadas y realizan operaciones alrededor del mundo. Se quiere modificar el impuesto a las ganancias que sólo se encierra a la presencia física de las compañías. Las empresas multinacionales serán gravadas en el mercado final donde se consumen los bienes o servicios que vendan. Por ejemplo, Google tendría que pagar impuestos en Colombia aún si su matriz se encuentra en EE.UU.
Las empresas que entrarán en las reglas del pilar uno son aquellas multinacionales que tengan un volumen de negocios global superior a 20 000 millones de euros y una rentabilidad antes de impuestos igual o mayor al 10%. En este pilar quedan excluidos los sectores extractivos (minería) y los servicios financieros regulados.
Pilar dos
Con el Pilar dos se continua con los esfuerzos de fiscalización de los BEPS con la introducción de un régimen fiscal mínimo global. En este se pretende implementar tres impuestos globales para las multinacionales: 1) una Regla de Inclusión de Ingresos (IIR); 2) una Regla de Pagos Inferior a la Tributación (UTPR por sus siglas en inglés) y; 3) una norma basada en un tratado. Con estos tres se busca tener un impuesto mínimo a las empresas multinacionales de 15%.
Las normas del pilar dos se aplicarán a las empresas multinacionales que tengan un ingreso igual o mayor a 750 millones de euros. No obstante, los países son libres de aplicar la Regla de Inclusión de Ingresos a las multinacionales que no alcancen este umbral. Las entidades gubernamentales, las organizaciones internacionales y sin fines de lucro, los fondos de pensiones, fondos de inversión de un grupo de empresas multinacionales o cualquier vehículo de cartera de estas no estarán sujetas a estas normas. Se prevé que las normas del pilar uno y dos se conviertan en ley en 2022 para ser efectivas en 2023.
América Latina
En 2019 los economistas Tørsløv, Wier y Zucman estimaron los beneficios que obtienen las multinacionales y la pérdida de ingresos tributarios por los paraísos fiscales, con datos del 2017. El estudio arrojó que la pérdida de ingresos tributarios por los paraísos fiscales es de 6 689 mdd en Brasil, 3 296 mdd en México, 1 402 mdd en Chile, 1 125 mdd en Argentina, 459 mdd en Colombia, 359 mdd en Costa Rica, 291 mdd en Venezuela y 230 mdd en Uruguay. La mayor parte del dinero se va a paraísos del Caribe e islas asiáticas del pacifico. Sin embargo, la mayoría de estos paraísos firmaron el acuerdo de la OECD/G20.
En cuanto al impacto de la crisis sanitaria, durante el primer trimestre de 2021 Brasil, Perú, Guatemala, Costa Rica y Honduras incrementaron su recaudación fiscal en comparación con 2019 en todos los tipos de impuestos. Su recaudación es mayor que los niveles prepandemia. En comparación Panamá sólo recuperó en el ISR, mientras que Trinidad y Tobago, Uruguay y Chile el IVA. Estos últimos son los países que tienen más problemas de recaudación en la región, ya que su recuperación fiscal no es homogénea.
El espacio fiscal y de opciones en los países de América Latina es pequeño. La adopción del pilar uno permitirá el aumento de empresas a las que se puede cobrar impuestos en la región; mientras que con el pilar dos, aumentará la tasa impositiva que se puede cobrar. La implementación de estas reglas ayudará a una mejor recuperación económica en los países que enfrentan dificultades en su recaudación.
Dadas las excepciones, los países primario-exportadores con sectores financieros fuertes no se verán muy afectados. México, Brasil. Argentina y América Central, donde la maquila es importante, se beneficiarán más.
Num.23, Año 2021, 13 de agosto
- Jorge A. Zavaleta R., Facultad de Economía, UNAM, miembro del obela.org
- OBELA, Oscar Ugarteche (Coord), Armando Negrete, Carlos de León, Bertín Acosta, Joselin García.
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