Juez: reserva caso Flores pretende evitar "opiniones inescrupulosas"

27/05/2014
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El magistrado González advierte que las causales establecidas en la ley pueden “dar margen a arbitrariedad”. Existen dos vías para superar la restricción impuesta en el juzgado de instrucción: con un escrito al juez o mediante una demanda de amparo.
 
Levis Italmir Orellana, juez 1° de Instrucción ha divulgado a través de la unidad de comunicaciones del Centro Judicial isidro Menéndez los motivos para haber declarado la reserva (solo los abogados y los fiscales tendrán información) del juicio contra el expresidente Francisco Flores: pretende evitar que su independencia sea afectada por la presión pública que tiene “ambiciones punitivas contra el imputado”; dice además que ha sopesado entre la libertad de información y la judicial, lo que al final lo lleva a concluir que a veces “el proceso se convierte en espectáculo”.
 
Asegura, asimismo, que quiere cuidar el orden público, la justicia – causales establecidas en el artículo 307 de Código Procesal Penal – para que no haya “opinión inescrupulosa transmitida en los medios de comunicación” y que no se confunda “a la población desinformándola sobre el caso”, como sugiere que ha ocurrido desde que el 30 de abril la Fiscalía General presentó el requerimiento en el Juzgado 1° de Paz a cargo de la jueza Marta Rosales, en el que puede observarse que el expresidente pudo haberse apropiado unos $15, 000, 000 de la cooperación de Taiwán, de la cual más de la mitad, terminó en las cuentas de Alianza Republicana Nacionalista (ARENA) en los años en que corrían como candidatos a la presidencia y vicepresidencia Elías Antonio Saca y Ana Vilma de Escobar. El resto “infiere” que está en las cuentas privadas de Flores.
 
Con las puertas cerradas al escrutinio público quedan abiertas, de par en par, las ventanas para la especulación, ha concluido el director de la Iniciativa Social para la Democracia (ISD), una de las instituciones que presionan para que el caso de corrupción no quede impune. “No puede ser tratado en la oscuridad; es un caso de declarado interés público, obviamente no quiere que la población conozca cómo se está tratando”. Para superar la reserva hay cuatro opciones: presentar una demanda de amparo contra la decisión de Orellana en la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), un escrito pidiéndole que la elimine – este recurso tiene menos posibilidades de éxito porque las oenegés no han sido aceptadas como querellantes en el juicio – y dos caminos más: interponer denuncias en la Unidad de Investigación Judicial de la Corte o recusar al juez.
 
Las dos últimas, de acuerdo al abogado de la Fundación de Estudios (FESPAD) Juan Carlos Sánchez  obliga a los denunciantes a establecer cómo el juez cometió un delito, lo que lo complica. Lo que sí tienen son sospechas debido a las “casualidades” que han visto en todo el proceso que van desde el silencio de la Fiscalía, la tardanza para judicializar, la resistencia al allanamiento de las propiedades del expresidente, el haber presentado el caso en el 1° de Paz – por lo que automáticamente iba a pasar al 1° de Instrucción – cuando ese 30 de abril estaba de turno el 13° de Paz. “Nos cuesta creer que sean casualidades. Si mira el conjunto de cosas y ahora le suma que llega un juez cuestionado y pone la reserva total lo menos que puede pensar es que hay una intención de que el proceso no sea el que el país necesita”.  El amparo, aseguró, puede basarse en una violación al acceso de información y a la verdad.
 
Los señalamientos también han sido hechos por la exmagistrada de la Corte Suprema, Mirna Perla Jiménez que en 2004 fue una de las funcionarias que se opuso a que el entonces presidente del Órgano Judicial, Agustín García Calderón frenara una indagación contra Flores y sus ministros clave como Miguel Lacayo, María Eugenia Brizuela de Ávila, Francisco Bertrand Galindo, entre otros.
 
El magistrado de la Sala de lo Constitucional, Rodolfo González dijo en un evento convocado por FUDADES, que las causales de la reserva establecidos en el Código Procesal Penal como las argumentadas por el juez “dan margen a arbitrariedad” porque puede ser “susceptible de abuso por parte de un juez”. 
 
Miércoles, 28 Mayo 2014
 
 
https://www.alainet.org/en/node/85894
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