Excesivo optimismo

30/04/2006
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No obstante que es de reconocerse la labor desarrollada por el Grupo Plural de Trabajo de Seguimiento a Atentados a Periodistas y Medios en su difícil tarea por lograr normatividades y mecanismos de protección a los informadores, ahora que son blanco de toda clase de atentados incluyendo los asesinatos y las desapariciones, era de excesivo optimismo pensar que se había dado en el Congreso de la Unión un paso decisivo en ese sentido. Efectivamente el Grupo legislativo que preside la perredista Beatriz Mojica Morga, tal y como lo había prometido, llevó al pleno de la Cámara de Diputados y logró la aprobación de las reformas en el Código Penal Federal que despenalizan los delitos de injuria, difamación y calumnia; y la salvaguarda del secreto profesional del periodista. Sin embargo, en el primer caso, la normatividad fue congelada por el Senado de la República hasta un nuevo periodo ordinario o uno extraordinario al que se cite, aunque no creemos que se convoque exclusivamente para atender el reclamo de los periodistas. En el segundo caso la lucha del gremio es porque se eleve a norma Constitucional el secreto profesional del periodista, para que se convierta en regla de cumplimiento general en toda la República, ya que en esas condiciones seguirán prevaleciendo las leyes mordazas privativas en las entidades federales, como es el caso ignominioso del desgobernador de Chiapas, Pablo Salazar Mendiguchia. Con 370 votos a favor, ninguno en contra y tres abstenciones el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la minuta del Senado de la República por la que se reforma el Código Federal de Procedimientos Penales y el Código Penal Federal respecto a salvaguardar el secreto profesional y la reserva de información de periodistas, abogados, consultores médicos, o ministros de culto. Como se puede observar, no se refiere sólo al ejercicio periodístico, engloba a otros profesionales e inclusive a los ministro de culto, aunque aclara en una adición del artículo 243 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales, así como las reformas y adiciones a los artículos 215 y 225 del Código Penal Federal, que en caso de ser citados por alguna autoridad, los arriba mencionados no podrán ser obligados a declarar sobre la información que poseen. Al fundamentar el dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, la diputada priísta, María de Jesús Aguirre Maldonado indicó que las modificaciones permiten sancionar hasta con diez años de prisión y de mil a dos mil días de multa, la conducta del servidor público que obligue a declarar a alguno de los profesionistas respecto a la información obtenida en el desempeño de su actividad empleando cualquier medio ilícito como la incomunicación, la intimidación o la tortura. Del mismo modo, la Cámara de Diputados aprobó con 361 votos a favor y 13 abstenciones, el dictamen que deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal referente a los delitos de injurias, difamación y calumnia. Tras considerar que deben ser los jueces de lo civil quienes resuelvan si las personas, periodistas y comunicadores actúan dentro o fuera de la ley al difundir su información u opiniones, los diputados decidieron eliminar la pena de prisión a quien abuse de la libertad de expresión, dejando abierta la posibilidad de demandar la reparación del daño moral causado a terceros por la vía civil. La minuta previamente aprobada por el Senado de la República, referente al secreto profesional del periodista fue aprobada sin mayor trámite por la colegisladora, la Cámara baja; en cambio, en una actitud que cuando menos causa sospechas, la minuta aprobada por la Cámara de Diputados respecto de la despenalización de los delitos de injuria, difamación y calumnia relacionados con el ejercicio periodístico, fue congelada por la colegisladora, la Cámara de Senadores. Lo dicho, fue excesivo el optimismo del gremio, por lo que la lucha continuará y con más fuerza. - Teodoro Rentería Arróyave es periodista y escritor, vicepresidente de la Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP.
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