Denigraciones y difamaciones

24/05/2006
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El daño está más que echo, sin embargo la decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el sentido de prohibir las contracampañas basadas y sustentadas en las denigraciones y las difamaciones, debemos de considerarlas como una de las disposiciones de mayor trascendencia porque incidirá favorablemente, precisamente en la salud pública de la nación. La resolución del alto Tribunal que ordena al Partido Acción Nacional y a su candidato, Felipe Calderón Hinojosa la suspensión de la transmisión de los anuncios en contra de candidato perredista, Andrés Manuel López Obrador, aunque ya estaban fuera del aire, tiene su mensaje intrínseco en la misma frase de sustento de la sentencia: "No se vale caer en denigraciones y difamaciones porque sé mal informa a la sociedad". En consecuencia, la declaración del PAN de que acepta la resolución y no apelará el falló sale sobrando porque jurídicamente el TEPJF es la última instancia en cuanto a procesos electorales. También es ocioso el comentario del Instituto Federal Electoral, que no actuó en su momento, de que acatará la decisión. Sentencia, y esto es los más importante, que sentará un precedente de valor. No volver a transmitir tres anuncios que denigran y difaman al candidato Andrés Manuel López Obrador, fue el termino de la sentencia emitida, después de reprobar el uso de expresiones como "López Obrador es un peligro para México" y "López Obrador permitió estos delitos".Así el Tribunal Electoral frenó la guerra de spots de Acción Nacional de la más baja estofa. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sin lugar a dudas, estableció criterios que de ahora en adelante deberán regir en las campañas políticas; en cierta forma es el primer paso firme para acabar con las contracampañas, que además son pagadas con el dinero del pueblo que llega a los partidos políticos por medio del IFE, porque como todos sabemos, por ley, nuestra incipiente democracia nos cuesta y mucho, y luego para que se tire en basura propagandística. Hasta el más lego en estos menesteres sabía y apreciaba la ínfima calidad de los contenidos de los anuncios que se suponen debería de ser políticos., por eso mismos se agrega que los spots deben estar sujetos al "canon de la veracidad", para que no haya una difusión de premisas falsas. Además, se exige que las bases para elaborar los mensajes se sustenten en elementos creíbles y racionales, y en esa forma, los contenidos de los spots deben contribuir a fomentar el voto y a coadyuvar a la valoración de las propuestas políticas. De rebote también se prohibieron los dos spots priístas en los cuales Roberto Madrazo, afirma que "Mentir es un hábito para ti", porque no se puede sacar esta conclusión por la declaración que hizo el candidato perredista de que deberían realizarse hasta 10 debates, cuando finalmente sólo aceptó acudir a uno. Bien por los magistrados que establecieron que tiene facultades para revisar y resolver estos casos. Las difamaciones y las agresiones deforman todo proceso electoral. Es de esperarse que el IFE actúe en consecuencia con los asuntos que aun tiene pendientes. Todo es por la salud pública de nuestro México. - Teodoro Rentería Arróyave es periodista y escritor, vicepresidente de la Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP.
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