El ALCA y la amenaza para los programas sociales

15/03/2001
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La sostenibilidad del medio ambiente y la justicia social en las Américas Maude Barlow

 

Resumen Los arquitectos del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA), cuyas negociaciones se encuentran actualmente en curso con la participación de 34 países, tienen la intención de que éste sea el acuerdo de libre comercio de más amplio alcance que se haya firmado en la historia. Si bien el modelo se fundamenta en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLC), el ALCA trasciende el alcance y poder del TLC. En su estado actual, el ALCA introduciría en el Hemisferio Occidental todas las disciplinas del acuerdo de servicios propuesto por la Organización Mundial del Comercio (OMC)-Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (GATS)-con los poderes del fallido Acuerdo Multilateral sobre Inversiones (MAI), a fin de crear un nuevo poder comercial con una nueva autoridad de amplios poderes que regiría cada aspecto de la vida en Canadá y en las Américas. El GATS, con negociaciones actualmente en curso en Ginebra, tiene el mandato de liberalizar el comercio mundial de servicios, incluso todos los programas públicos, y gradualmente eliminar todas las "barreras" gubernamentales contra la competencia internacional en el sector de servicios. El Comité de Negociaciones Comerciales del ALCA propone en este momento incorporar al pacto hemisférico un acuerdo de servicios similar y de mayor alcance. Propone además conservar y quizá expandir las disposiciones de "inversionista-estado" del TLC que confieren a las empresas el derecho sin precedentes de reivindicar sus intereses comerciales mediante tribunales comerciales de carácter vinculante. Si se combinan estos dos poderes en un solo acuerdo, se le dará a las empresas transnacionales del hemisferio el derecho de competir en el sector de servicios subvencionados por el gobierno, incluso sanidad, educación, seguridad social, cultura y protección ambiental. Por otra parte, el ALCA, tal como se lo ha propuesto, contiene nuevas disposiciones en políticas de competencia, compras del sector público, acceso a mercados y solución de controversias que, junto con la inclusión de servicios e inversiones, podría socavar la habilidad de todos los gobiernos de las Américas para crear y mantener leyes, normas y reglamentos destinados a proteger la salud, seguridad y bienestar de los ciudadanos y del medio ambiente que comparten. Además, los negociadores del ALCA parecen haber decido emular a la OMC en vez del TLC en áreas clave de normalización y solución de controversias, donde las reglas de la OMC son más rigurosas. Esencialmente, lo que han hecho los negociadores del ALCA, alentados por la comunidad de las grandes empresas de cada país, es tomar los elementos más ambiciosos de todos los acuerdos comercio e inversiones mundiales-ya sea existentes o propuestos-y reunirlos en este evidentemente ambicioso pacto hemisférico. Una vez más, al igual que en acuerdos anteriores como el TLC o la OMC, este tratado de libre comercio no contendrá en el texto principal ninguna garantía que proteja a los trabajadores, derechos humanos, seguridad social o normas sanitarias y ambientales. Una vez más, la sociedad civil y la mayoría de los ciudadanos que desean un tipo diferente de acuerdo de libre comercio han sido excluidos de las negociaciones y no podrán participar en las deliberaciones de la Ciudad de Quebec en abril de 2001. No obstante, nunca ha estado en juego tanto para los pueblos de las Américas; parecería ser que una confrontación es inevitable.

 

¿Qué es el ALCA?

 

El Área de Libre Comercio de las Américas es el nombre que se da al proceso de expansión del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLC) hacia los demás países del Hemisferio Occidental con la excepción de Cuba. Con una población de 800 millones de habitantes y un PIB combinado de USD 11 billones, el ALCA conformaría la zona de libre comercio más grande del mundo. Si los informes provenientes de los Grupos de Negociación encargados de los elementos clave del acuerdo son correctos, el ALCA será el acuerdo de libre comercio de mayor envergadura del mundo, con un alcance que influirá en todos los aspectos de la vida de los ciudadanos de las Américas. El ALCA fue lanzado por los 34 líderes de Norte, Centro y Suramérica y del Caribe durante la Cumbre de las Américas celebrada en Miami, Florida, en diciembre de 1994. En esa reunión, el Presidente Bill Clinton se comprometió a hacer realidad el sueño del ex-presidente George Bush de una acuerdo de libre comercio que abarcara desde Anchorage hasta Tierra del Fuego, y vinculase las economías del hemisferio y profundizase la integración de los países con fundamento en un modelo de libre mercado como el TLC. No obstante, hubo poco progreso real hasta la siguiente Cumbre de las Américas, esta vez realizada en Santiago de Chile en abril de 1998, momento en el cual los países establecieron un Comité de Negociaciones Comerciales (CNC), compuesta por los viceministros de comercio de cada país. Con el apoyo de un comité tripartito integrado por el Banco Interamericano de Desarrollo, la Organización de los Estados Americanos y la Comisión Económica para Latinoamérica y el Caribe (CEPAL), se establecieron nueve grupos de trabajo encargados de las áreas principales de las negociaciones: servicios; inversiones; compras del sector público; acceso a mercados (cobertura de aranceles, medidas no arancelarias, procedimientos aduaneros, reglas de origen, normas y barreras técnicas contra el comercio); agricultura; derechos de propiedad intelectual; subsidios, antidumping y derechos compensatorios; política de competencia y solución de controversias. Se establecieron también tres comités especiales no negociadores encargados de problemáticas relativas a las economías más pequeñas, la sociedad civil y el comercio electrónico. Estos comités y grupos de trabajo se reunieron con mayor frecuencia durante el transcurso de los años 1999 y 2000, y en los primeros meses de 2001, con más de 900 negociadores comerciales y montañas de material en Miami, donde se realiza la mayoría de las reuniones. Desde el principio, las grandes empresas y sus asociaciones y grupos de cabildeo han sido parte integral del proceso. En Estados Unidos, una variedad de comités empresariales asesoran a los negociadores de ese país y, bajo un sistema de comité de asesoría comercial, más de 500 representantes empresariales cuentan con autorización de seguridad suficiente y acceso a los documentos de negociación del ALCA. En la reunión ministerial celebrada en Toronto en noviembre de 1999, los ministros de comercio de las Américas acordaron implementar 20 "medidas de facilitación comercial" en el lapso máximo de un año a fin de agilizar la integración aduanera. Una de las tareas de los negociadores es comparar y consolidar los componentes clave de una variedad de acuerdos comerciales y de inversión establecidos en el área, con inclusión de: TLC, un acuerdo de libre comercio e inversión entre Canadá, EE.UU. y México; Mercosur, un mercado común del Cono Sur conformado por Brasil, Argentina, Paraguay y Uruguay; el Pacto Andino; y Caricom, la comunidad del Caribe. Se ha firmado también un número de tratados bilaterales de inversión (BIT) entre países individuales sobre la base del modelo "inversionista-estado" del TLC, con el cual las empresas pueden enjuiciar directamente a los gobiernos por presuntas violaciones de derechos de propiedad sin que primero intervengan sus propios gobiernos. Existen algunas diferencias entre estos pactos y acuerdos. Por ejemplo, la meta de Mercosur es convertirse en mercado común; el TLC, por otra parte, no ha establecido normas laborales comunes entre los tres miembros y, claramente, Estados Unidos no toleraría el libre movimiento de trabajadores provenientes de México. En cambio, Mercosur contiene algunas disposiciones y programas de índole social para trabajadores desplazados que no constan en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte. Pero las similitudes entre estos tratados tienen más peso que las diferencias. Tanto el TLC como Mercosur incluyen medidas para liberalizar las inversiones extranjeras y otorgan derechos de tratamiento nacional (no discriminatorio) a los inversionistas extranjeros. Ambos prohíben los "requisitos de desempeño" mediante los cuales los inversionistas extranjeros se verían obligados a promover la economía local y apoyar a los trabajadores del lugar. Además, ambos se fundamentan en un modelo de liberalización de comercio e inversiones que se adhiere estrictamente a los Programas de Ajuste Estructural (SAP) introducidos anteriormente en Latinoamérica por el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional (FMI). Bajo estos programas, la mayoría de los países en desarrollo se vio obligada a abandonar la industria nacional para dar lugar a intereses empresariales transnacionales; utilizar sus mejores tierras agrícolas para producir cultivos de exportación a fin de saldar la deuda externa; recortar el gasto público en programas sociales y abandonar los programas de atención médica, educación y seguridad social universales; liberalizar sus sectores de electricidad, transporte, energía y recursos naturales; y retirar las barreras reglamentarias contra las inversiones extranjeras. En las negociaciones existen tensiones de liderazgo. Desde 1995, el gobierno estadounidense no ha logrado renovar su legislación acerca de negociaciones rápidas (fast-track) que, básicamente, autoriza al congreso para adoptar acuerdos de libre comercio en su totalidad. Esto le ha dado a Brasil, indiscutiblemente el líder económico de Latinoamérica, las oportunidades de cuestionar la supremacía de Estados Unidos en las negociaciones y de ofrecerse para dirigir el proceso de integración económica de las Américas. Además, la invasión de la comunidad empresarial de la Unión Europea en Latinoamérica, especialmente en los sectores banca, telecomunicaciones, automotriz y productos de consumo, ha servido como catalizador de la reivindicación del liderazgo estadounidense en el hemisferio. La UE ha intensificado su presencia en la región, negociando acuerdos de libre comercio e inversión con países individuales tales como Chile, México y Brasil. Estados Unidos necesita que el ALCA concluya satisfactoriamente para mantener la predominancia de su sector empresarial en la región. Hay más presión todavía para que el ALCA llegue a buen puerto debido a la derrota del Acuerdo Multilateral sobre Inversiones (MAI) en la primera reunión ministerial de la OMC en 1996 y en la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) en 1998, además de la clausura de la "Ronda del Milenio" de la OMC en Seattle en diciembre de 1999. Efectivamente, es difícil para los funcionarios de la OMC conseguir un lugar donde celebrar una nueva reunión ministerial. Por otra parte, APEC, el foro de cooperación económica Asia-Pacífico, está tambaleándose y pocos creen que se convierta en una zona de libre comercio e inversión, como se esperaba. Muchos observadores y especialistas en comercio han identificado al ALCA como heredero natural de estos proyectos fallidos y temen que otro fracaso de este tipo podría poner en suspenso a estos acuerdos masivos de libre comercio durante años. Efectivamente, en una declaración difundida en enero de 2000, el representante comercial adjunto de Estados Unidos, Peter Allegeier, dijo que el ALCA ha cobrado nueva importancia tras el fiasco de Seattle y es muy posible que haya aspiraciones de trascender el alcance de la OMC, sin la necesidad de interacción. La próxima Cumbre de las Américas de nivel ministerial se llevará a cabo en la Ciudad de Quebec en abril de 2001. Durante la reunión se presentará a los líderes un primer borrador del Tratado de Libre Comercio de las Américas, de carácter decididamente provisional, sobre la base del cual se comenzará a elaborar el texto integral. Originalmente, se esperaba concluir e implementar el acuerdo para el año 2005; no obstante, algunos países, incluso Chile y Estados Unidos, están presionando a los demás para adelantar la fecha de ratificación a 2003, aunque esto dependerá del desarrollo de las negociaciones en la reunión cumbre de la Ciudad de Quebec.

 

¿Qué contiene el ALCA?

 

Esencialmente, tal como se lo ha planificado, el ALCA es una expansión del TLC de América del Norte, tanto por incluir a una diversidad de nuevos países en el pacto como por extender el alcance del libre comercio a nuevos sectores sobre la base de nuevas y rigurosas disposiciones de la OMC. En una declaración difundida a la par de la cumbre original de Miami de 1994, los ministros hicieron una serie de recomendaciones en forma de una declaración. En ésta, dijeron que se había llegado a un acuerdo con respecto a varios "objetivos y principios" clave, con inclusión de: * integración económica del hemisferio
* fomento de la integración de los mercados de capital
* coherencia en relación con la Organización Mundial del Comercio
* eliminación de barreras comerciales arancelarias y no arancelarias
* eliminación de subsidios para exportaciones agrícolas
* eliminación de barrearas para las inversiones extranjeras
* marco jurídico para proteger a inversionistas y sus inversiones
* medidas para mejorar las compras del sector público
* nuevas negociaciones para la inclusión de servicios
Desde ese entonces, la información sobre lo que contiene exactamente el ALCA ha sido escasa. Sin embargo, tras reuniones con la oficina del representante comercial de Estados Unidos, la entidad denominada Public Citizen's Global Trade Watch informa que EE.UU. se ha empeñado en liberalizar el sector servicios, incluso sanidad, educación, servicios ambientales y servicios hídricos. El ALCA también incluirá disposiciones acerca de inversiones similares a las que contenía el fallido Acuerdo Multilateral sobre Inversiones y el Capítulo II del TLC, sobre la base de las cuales las empresas podrán enjuiciar directamente a los gobiernos por las ganancias que se pierdan debido a la promulgación de leyes diseñadas para proteger la salud y la seguridad, las condiciones laborales o las normas ambientales. El Grupo de Miami-Estados Unidos, Canadá, Argentina y Chile-tienen el objetivo de obligar a todos los países de las Américas a aceptar la biotecnología y los alimentos genéticamente modificados (OGM), lo que promovería los intereses de empresas de biotecnología como Cargill, Monsanto y Archer Daniels Midland por encima de los requisitos de supervivencia de los pequeños agricultores, campesinos y comunidades de toda Latinoamérica. Finalmente, según informa Public Citizen, Estados Unidos está tratando de expandir al resto del hemisferio las reglas de proteccionismo empresarial acerca de patentes, plasmadas éstas en el TLC- reglas que otorgan a la empresa titular de una patente en un país determinado los derechos monopólicos de comercialización de un artículo en toda la región, lo que por ende imposibilitaría el acceso del pueblo a medicinas tradicionales. Por otra parte, los informes de los mismos negociadores han pasado inadvertidamente a manos del público. Últimamente, se filtró un informe confidencial del grupo de negociación de servicios fechado el 7 de octubre de 1999. Éste contiene planes detallados sobre las disposiciones del ALCA en materia de servicios. Sherri M. Stephenson, Vicedirectora de Comercio de la Organización de los Estados Americanos, elaboró un escrito para una conferencia de comercio que se había de realizar en marzo de 2000 en Dallas, Texas, en el cual informaba acerca del mandato y progreso de los nueve grupos de trabajo, clasificados por sector. Los sitios Web del ALCA y los documentos del gobierno canadiense también contienen información importante. En conjunto, estos informes revelan un plan para crear el tratado comercial más amplio que jamás se haya negociado. La combinación de un acuerdo de servicios totalmente nuevo en el ALCA y las disposiciones existentes (y quizá hasta extendidas) del TLC con respecto a inversiones representan una amenaza completamente nueva para todos los aspectos de la vida de los pueblos de las Américas. Esta poderosa combinación otorgará a las empresas transnacionales del hemisferio nuevos derechos, mismo en las áreas supuestamente protegidas de sanidad, seguridad social, educación, servicios de protección ambiental, suministro de agua, cultura, protección de recursos naturales y todos los servicios gubernamentales, tanto federales como provinciales y municipales.

 

Mandatos de los nueve grupos de negociación

 

1. Servicios El mandato del grupo de negociación de servicios es de orden masivo: "Establecer disciplinas para liberalizar progresivamente el comercio de servicios, de modo que permita alcanzar un área hemisférica de libre comercio, en condiciones de certidumbre y transparencia" y desarrollar un marco "que incorpore derechos y obligaciones en servicios de alcance integral". Se trata de un nuevo tratado diseñado a fin de que sea compatible con el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (GATS)- negociaciones sobre servicios de la OMC actualmente en curso. El Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios fue establecido en 1994, tras concluir la Ronda de Uruguay del GATT, y fue uno de los tratados adoptados cuando se formó la OMC en 1995. Las negociaciones comenzarían cinco años más tarde con el objetivo de "elevar el nivel de liberalización gradualmente". Tal como se había programado, las tratativas se iniciaron en febrero de 2000, bajo la presidencia del embajador canadiense en la OMC (y ex-Ministro de Comercio Internacional) Sergio Marchi. La meta común de Europa, Estados Unidos y Canadá es lograr un acuerdo general para diciembre de 2002. Se trata de un "acuerdo de marco multilateral", lo que significa que en un principio se define un amplio mandato y posteriormente se agregan nuevos sectores y reglas mediante negociaciones permanentes. Básicamente, el GATS tiene como mandato restringir las acciones del gobierno con respecto a servicios por medio de un conjunto de limitaciones jurídicas de carácter vinculante con el soporte de sanciones comerciales ejecutadas por la OMC. El propósito fundamental es restringir el suministro de servicios de todos los niveles de gobierno y facilitar el acceso a contratos gubernamentales por parte de las empresas transnacionales en innumerables áreas, incluso sanidad, cuidado hospitalario, atención domiciliaria, odontología, puericultura, cuidado del anciano, educación-primaria, secundaria y postsecundaria-museos, bibliotecas, servicios jurídicos, asistencia social, arquitectura, energía, servicios hídricos, servicios de protección ambiental, propiedad inmobiliaria, seguros, turismo, servicios postales, transportes, campo editorial, teledifusión y muchos otros sectores. El tratado de servicios del ALCA tiene un alcance más amplio todavía que el del GATS. Además de incorporar "derechos y obligaciones integrales", será aplicable a "todas las medidas (que según Canadá significa 'leyes, reglas y otros instrumentos reguladores oficiales') que afecten al comercio de servicios, tomadas por todos los niveles de gobierno cuando éstos actúen según los poderes otorgados por las autoridades gubernamentales". El acuerdo acerca de servicios, según el grupo negociador, debería tener "cobertura universal de todos los sectores de servicios". Se otorga a los gobiernos el derecho de regular estos servicios, aunque únicamente de maneras compatibles con las "disciplinas establecidas en el contexto del tratado del ALCA". El marco del tratado sobre servicios tiene seis elementos de consenso. Incluyen: * cobertura sectorial ("cobertura universal de todos los sectores de servicio");
* tratamiento de nación más favorecida (el acceso otorgado a inversionistas/empresas de un país del ALCA deberá ser otorgado a inversionistas/empresas de todos los demás países del ALCA);
* tratamiento nacional (deberá darse a los inversionistas/empresas de todos los países del ALCA el mismo tratamiento que se da a los proveedores de servicio nacionales y locales);
* acceso a mercados ("disciplinas adicionales en relación con medidas que restringen la habilidad de los proveedores de servicio para ingresar en mercados");
* transparencia (disciplinas "que hagan de conocimiento público todas las medidas pertinentes que podrían incluir, entre otros elementos, nuevas leyes, reglamentos, directrices administrativas y acuerdos internacionales adoptados por todos los niveles de gobierno que afecten al comercio de servicios");
* denegación de beneficios ("los miembros del ALCA contarán con la capacidad para denegar los beneficios del acuerdo de servicios a un proveedor que no cumpla con los criterios establecidos". Los criterios incluirían "propiedad, control, residencia y actividades empresariales sustanciales). Esta lista representa nuevos poderes de alcance integral de un tratado comercial que invalida la regulación gubernamental y otorga inmensas facultades a las empresas de servicios en un ALCA expandido. Por ejemplo, si se incluyen los derechos de tratamiento nacional en el ALCA, todos los servicios públicos de todos los niveles de gobierno se abrirían a la competencia de empresas de servicio extranjeras con fines de lucro. Este acuerdo prohibiría a todo gobierno nacional o subnacional ofrecer financiamiento preferencial a proveedores nacionales en diversos servicios como ser sanidad, puericultura, educación, servicios municipales, bibliotecas, cultura y servicios hídricos y de alcantarillado. La combinación de este amplio acuerdo de servicios y la extensión de las reglas de inversión otorga poderes sin precedentes al ALCA y a los intereses privados que promueve el tratado. Por primera vez en un acuerdo de comercio internacional, las empresas de servicio transnacionales contarán con derechos competitivos en una gama completa de suministros de servicios gubernamentales y tendrán el derecho de enjuiciar a cualquier gobierno que se resista a indemnizarlas financieramente. Las palabras de Sherri Stephenson, Vicedirectora de Comercio de la OEA, muestran claramente que la meta real de este gigante del sector servicios e inversiones es reducir o destruir la habilidad del los gobiernos del hemisferio para suministrar servicios financiados por el sector público (considerados como "monopolios" en el mundo del comercio internacional): "Debido a que los servicios no se ven sujetos a barreras en forma de aranceles aduaneros o impuestos, el acceso a mercados se ve restringido por los reglamentos nacionales. Por lo tanto, la liberalización del comercio de servicios presupone la modificación de leyes y reglamentos nacionales, hecho que dificulta y sensibiliza estas negociaciones para los gobiernos". El grupo de negociación de servicios del ALCA ha solicitado la organización de inventarios nacionales de medidas que afecten (i.e. inhiban) el libre comercio de servicios.

 

2. Inversiones El grupo de negociaciones sobre inversiones tiene como mandato establecer un "marco legal justo y transparente para promover las inversiones mediante la creación de un entorno estable y previsible que proteja al inversionista, sus inversiones y flujos relacionados, sin crear obstáculos para las inversiones provenientes del exterior del hemisferio". Se fundamenta en el capítulo acerca de inversiones del TLC, Capítulo 11, que según explica Barry Appleton, experto canadiense en aspectos jurídicos de comercio, "es el corazón y espíritu del TLC". El TLC fue el primer tratado de comercio internacional del mundo en permitir que un interés privado, usualmente una empresa o sector industrial, pase por encima de su propio gobierno y, a pesar de no ser signatario del tratado, cuestione directamente las leyes, políticas y prácticas de otro gobierno miembro del TLC si esas leyes, políticas y prácticas inciden en los "derechos" de la empresa en cuestión. El Capítulo 11 otorga a la empresa el derecho de enjuiciar al gobierno por ganancias perdidas actuales y futuras que surjan a raíz de acciones de ese gobierno, sin importar la legalidad de dichas acciones o el propósito por el cual fueron efectuadas. El Capítulo 11 fue empleado exitosamente por la empresa Ethyl Corp. de Virginia para obligar al gobierno canadiense a revocar la legislación que prohibía la venta transfronteriza de su producto, MMT, un aditivo para gasolina que ha sido prohibido en muchos países y al que el primer ministro canadiense Jean Chrétien una vez denominó "neurotoxina peligrosa". S.D. Myers, una empresa estadounidense de eliminación de residuos de PCB, también amenazó con utilizar el Capítulo 11 para obligar a Canadá a revocar la prohibición de exportaciones de PCB-interdicción a la que ese país se comprometió en cumplimiento de la Convención de Basilea, acuerdo que prohibe el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos. La compañía estadounidense encausó exitosamente al gobierno canadiense y percibió USD 50 millones por daños y perjuicios en relación con los negocios perdidos durante el corto plazo en que se mantuvo en efecto la prohibición. Una empresa de exportación de agua, Sun Belt Water Inc. de Santa Bárbara, California, está enjuiciando al gobierno canadiense por 14.000 millones de dólares porque Columbia Británica prohibió la exportación de agua en grandes cantidades en 1993, acción que imposibilitó el negocio de exportación de agua de la empresa en aquella provincia. Además, la empresa canadiense Methanex-la productora de metanol más grande del mundo-está enjuiciando al gobierno estadounidense debido a que California ordenó en 1999 retirar paulatinamente a este controvertido contaminante empleado como aditivo de gasolina. En 1996, Metalclad Corporation, una empresa estadounidense de eliminación de residuos, acusó al gobierno mexicano de violar el Capítulo 11 cuando el Estado de San Luis Potosí denegó el permiso para reabrir las instalaciones de eliminación de desechos. El gobernador del estado ordenó la clausura del sitio después de que una auditoría geológica demostró que las instalaciones contaminarían el suministro local de agua. Posteriormente, el gobernador declaró que el sitio sería parte de una zona ecológica de 600.000 acres (casi 243.000 hectáreas). Metalclad dijo que esto constituía un acto de expropiación e inició una causa por daños y perjuicios. En agosto de 2000, un tribunal del TLC expidió un fallo a favor de la empresa y ordenó al gobierno mexicano pagar USD 16,7 millones a título de indemnización. El grupo negociador de inversiones ha progresado considerablemente en cuanto a la inclusión en el ALCA de los mismos derechos de inversionista- estado que constan actualmente en el TLC, en algunos caso potenciándolos, incluso: * definiciones básicas de inversión e inversionista;
* alcance de su aplicación (sumamente amplio);
* tratamiento nacional (ningún país puede discriminar a favor de su sector nacional);
* tratamiento de nación más favorecida (el acceso que se otorga a inversionistas de un país miembro de ALCA deberá otorgarse a los inversionistas de todos los países miembros del ALCA);
* expropiación e indemnización por pérdidas (un "inversionista o empresa puede reclamar indemnización financiera por ganancias y negocios que se pierdan debido a la creación o implementación de reglamentos, incluso leyes ambientales, por parte del gobierno de otro signatario del TLC);
* personal clave (habilidad de las empresas para mover a sus profesionales y técnicos de un país al otro por encima del proceso normal de migraciones);
* requisitos de desempeño (limitación o eliminación del derecho de un país a exigir requisitos de desempeño en relación con inversiones extranjeras); y
* solución de controversias (un panel de burócratas designados del área comercial pueden invalidar la legislación gubernamental u obligar al gobierno en cuestión a pagar una indemnización a fin de mantener la legislación). La inclusión de disposiciones sobre inversiones de tan amplio alcance representa una forma de introducir en el ALCA el Acuerdo Multilateral sobre Inversiones, una propuesta de tratado sobre inversiones de la OCDE que fue abandonada en vista de la fuerte resistencia de la sociedad civil. En combinación con la propuesta de disposiciones fortalecidas sobre acceso a mercados, agricultura y derechos de propiedad intelectual, y la propuesta de disposiciones de amplio alcance sobre servicios y compras del sector público, estas disposiciones sobre inversiones otorgarán nuevos poderes a las empresas del hemisferio que les permitirán cuestionar todos los reglamentos y actividades del gobierno, y socavar la habilidad de éste para suministrar seguridad social y protección sanitaria a sus ciudadanos.

 

3. Compras del sector público El mandato del grupo de negociación de compras del sector público es muy claro: "ampliar el acceso a los mercados para las compras del sector público de los países del ALCA" dentro del nuevo acuerdo. Esto se logrará mediante "un marco normativo que asegure la apertura y la transparencia en los procedimientos de las compras del sector público" que asegure "la no discriminación en las compras del sector público" y "un examen imparcial y justo para la resolución de los reclamos y apelaciones relativos a las compras del sector público". El mandato del ALCA en lo que respecta a las compras del sector público parece ir más allá que su contraparte de la OMC-el tratado de la OMC sobre compras del sector público-cuyo fin es evitar que los gobiernos fomenten el desarrollo de la economía nacional al momento de comprar bienes. Las medidas afectadas por la OMC incluyen aquellas que favorecen a los proveedores locales o nacionales, establecen normas de contenido nacional o imponen reglas de inversión en la comunidad. No obstante, por el momento, la OMC no ejecuta las reglas de acceso a mercados o tratamiento nacional en la compra de bienes y servicios gubernamentales directos. Sin embargo, el grupo de negociación del ALCA parece ir mucho más lejos, al abrir todos los contratos, servicios y bienes gubernamentales a licitaciones en las que podrán participar otras empresas de los países del ALCA. El grupo de negociación ha solicitado un inventario de los sistemas de clasificación internacionales pertinentes, como también una compilación de las estadísticas de compras de cada gobierno.

 

4. Acceso a mercados El mandato del grupo de negociación de acceso a mercados es seleccionar una metodología y un cronograma para la eliminación de los aranceles y las barreras no arancelarias restantes, y acordar el ritmo al que se reducirán los aranceles. Los aranceles son impuestos fronterizos; bajo el TLC y la OMC, se han eliminado en gran medida en Canadá y las Américas. Las barreras no arancelarias comprenden todas las reglas, políticas y prácticas gubernamentales, aparte de los aranceles, que pueden tener impacto en el comercio. Potencialmente, las barreras no arancelarias incluyen todo lo que hacen los gobiernos, incluso la prestación de servicios y la protección de la salud y la seguridad de sus ciudadanos. Su inclusión en el mandato de este grupo de negociación expande considerablemente el alcance de las disposiciones de acceso a mercados del TLC. Estas disposiciones se expanden también de otra forma importante. Según el TLC, el acceso a mercados está sujeto a tratamiento nacional. Esto significa que los bienes importados provenientes de otro país del TLC deben ser tratados "no menos favorablemente" que los bienes nacionales. Sin embargo, el tratamiento nacional que dispone el TLC no se extiende a las compras del sector público o a subsidios nacionales, y se lo aplica a servicios únicamente de forma limitada. Esto protege a la mayoría de los programas gubernamentales en caso de que se cuestione el tratamiento nacional. Bajo las reglas propuestas del ALCA, parece ser que las reglas de acceso a mercados tendrán una cobertura más amplia de los servicios. Además, las restricciones en materia de compras del sector público que permiten a los gobiernos proteger a los proveedores locales se verán sujetas a cuestionamientos a raíz de la expansión del mandato de las disposiciones sobre compras del sector público. Por otra parte, se ha asignado al grupo de negociación de acceso a mercados la tarea de identificar y eliminar "las barreras técnicas comerciales" al igual que en la OMC. El acuerdo sobre barreras técnicas al comercio (TBT) de la OMC es un régimen internacional para armonizar las normas aplicables al medio ambiente y otros sectores que efectivamente crea un techo aunque no un piso para tal reglamentación. Según las reglas del acuerdo, una nación debe estar preparada a demostrar, en caso de ser cuestionada, que sus normas ambientales y de seguridad son "necesarias" y requieren "los medios menos restrictivos desde el punto de vista comercial" para lograr las metas de conservación, seguridad alimentaria o normalización sanitaria. Esto significa que una nación tiene la obligación de demostrar un elemento negativo-a saber, que no existe ninguna otra medida compatible con la OMC que proteja el medio ambiente. El acuerdo TBT de la OMC establece también un código de procedimiento oneroso para establecer nuevas leyes y reglamentos tan exigentes que sería muy difícil para cualquier nación cumplir con ellos. Si bien el TLC contiene disposiciones acerca de normas técnicas, éstas no son tan rigurosas como las del acuerdo TBT de la OMC. El TLC sí exige que las barreras técnicas no constituyan "un obstáculo innecesario al comercio". Sin embargo, le TLC reconoce el derecho de todas las partes a mantener normas y medidas reguladoras que promuevan un nivel más alto de protección que el que se lograría con medidas fundamentadas en normas internacionales, siempre y cuando estas normas se apliquen de manera que no discriminen entre bienes importados y nacionales. Al elegir las disposiciones más estrictas de la OMC, los negociadores del ALCA han introducido restricciones más rigurosas en los gobiernos de la Américas y han limitado su derecho a regular los intereses de sus ciudadanos.

 

5. Agricultura El mandato del grupo de negociación de agricultura es eliminar los subsidios de exportación agropecuaria que afectan al comercio en el hemisferio, sobre la base del acuerdo sobre agricultura (AOA) de la OMC; "disciplinar" otras prácticas agrícolas que distorsionan el comercio; y garantizar que las "medidas sanitarias y fitosanitarias" no se utilicen como una barrera oculta al comercio, utilizando al acuerdo de la OMC como modelo. Las disposiciones del acuerdo sobre agricultura de la OMC establecen conjuntos de reglas sobre el comercio de alimentos y restringe las políticas agrícolas nacionales en lo que compete al nivel de apoyo a los agricultores, la capacidad de mantener reservas de alimentos de emergencia, el establecimiento de reglas de seguridad alimentaria y la habilidad de garantizar el suministro de alimentos. El acuerdo de la OMC sobre la aplicación de normas sanitarias y fitosanitarias (SPS) establece restricciones para las políticas gubernamentales relativas a la seguridad de alimentos y salud animal y vegetal, desde plaguicidas y contaminantes biológicos hasta la inspección de alimentos, etiquetado de productos y alimentos genéticamente modificados, Al igual que en el caso del TBT, el acuerdo SPS de la OMC va más lejos que el TLC. La disposiciones del TLC en sí mismas no imponen ninguna norma específica; establecen un enfoque general para garantizar que las medidas SPS se empleen por razones científicas legítimas y no oculten barreras al comercio. Los países miembros están aún facultados para tomar medidas SPS a fin de proteger la vida y la salud de humanos, animales y plantas en niveles que consideren "adecuados". Mientras el TLC "alienta" a las partes para que armonicen sus medidas sobre la base de las normas internacionales pertinentes, la OMC tiene como meta retirar el poder de decisión de los gobiernos nacionales con respecto a salud, alimentación y seguridad, y otorgárselo a entidades normalizadoras internacionales como Codex Alimentarius, un grupo elite de científicos con sede en Ginebra, controlado mayormente por las grandes empresas agroalimentarias. El acuerdo SPS de la OMC ha sido utilizado para derrotar al "principio de precaución"; según el acuerdo, éste no constituía fundamentos suficientes para establecer controles reguladores. (El principio de precaución permite llevar a cabo acciones reguladoras cuando existan riesgos de daño, mismo si hay incertidumbre científica sobre el alcance y la naturaleza del impacto potencial que podría tener un producto o práctica.) Al elegir el acuerdo SPS de la OMC y no las disposiciones SPS del TLC, quienes elaboran el tratado del ALCA apuntan a retirar totalmente el derecho de los gobiernos individuales de las Américas a establecer normas en las áreas cruciales de sanidad, seguridad alimentaria y medio ambiente.

 

6. Derechos de propiedad intelectual El mandato del grupo de negociación de derechos de propiedad intelectual es "reducir las distorsiones del comercio hemisférico y promover y asegurar una adecuada y efectiva protección de los derechos de propiedad intelectual". El término propiedad intelectual se refiere a tipos de propiedad intangible como patentes, que generalmente otorgan al titular un poder exclusivo. Las reglas comerciales de propiedad intelectual extienden este derecho exclusivo, a menudo ejercido por las empresas, a otros países signatarios del acuerdo. A partir del 1º de enero de 2000, todos los países del ALCA están sujetos a las reglas del Acuerdo sobre aspectos de derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (TRIPS). Este acuerdo establece reglas mundiales ejecutables sobre patentes, copyright y marcas registradas. Actualmente ha trascendido mucho más allá del alcance inicial de proteger invenciones originales o productos culturales y ahora permite la práctica de patentar plantas y formas animales como también semillas. Promueve la prioridad de los derechos privados de las empresas por encima de los de las comunidades locales y su patrimonio genético y medicina natural. Permite a las empresas farmacéuticas mantener la carestía de las medicinas; últimamente, el acuerdo TRIPS fue invocado para evitar que los países en desarrollo suministren medicinas genéricas más baratas a los pacientes de SIDA del Tercer Mundo. El grupo de negociación de propiedad intelectual del ALCA ha especulado que podría ir más lejos que el acuerdo TRIPS de la OMC en ciertas áreas no especificadas. Sin duda, al contar con los poderes adicionales del Capítulo 11, la cláusula de inversionista-estado, los derechos de propiedad intelectual del ALCA se beneficiarán de poderes de ejecutabilidad adicionales como ser multas en efectivo y penas severas.

 

7. Subsidios, antidumping y derechos compensatorios El mandato del grupo de negociación de subsidios, antidumping y derechos compensatorios es "examinar maneras de profundizar, si correspondiera, las disciplinas existentes que figuran en el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias de la OMC y... llegar a un entendimiento común con miras a mejorar, cuando sea posible, las reglas y procedimientos relativos a la operación y aplicación de las legislaciones sobre dumping y subvenciones, a fin de no crear obstáculos injustificados al comercio en el Hemisferio". El acuerdo de la OMC establece limites con respecto a lo que los gobiernos pueden y no pueden subsidiar. Muchos países en desarrollo lo han criticado severamente por favorecer a los países del Hemisferio Norte y a las grandes empresas agroalimentarias. Además, el Artículo XXI del GATT exime a las actividades de la esfera militar, incluso subsidios masivos gubernamentales para la investigación y exportación, a fin de proteger los "intereses esenciales de seguridad" de los gobiernos. Debido a que la exención de seguridad protege a la industria bélica contra un cuestionamiento de la OMC, fomenta el gasto de los gobiernos en el sector militar y cualquier industria relacionada a la seguridad nacional. Considerando que la mayoría del gasto militar se concentra en las economías de unos pocos países del Hemisferio Norte, la exención de seguridad de la OMC otorga a estos países una inmensa ventaja competitiva por encima de los países más pequeños.

 

8. Política de competencia El mandato del grupo de negociación de política de competencia es "garantizar que los beneficios del proceso de liberalización del ALCA, no sean menoscabados por prácticas empresariales anticompetitivas". El grupo de negociación ha acordado "Avanzar hacia el establecimiento de una cobertura jurídica e institucional a nivel nacional, subregional o regional que proscriba la ejecución de prácticas empresariales anticompetitivas" y "desarrollar mecanismos que faciliten y promuevan el desarrollo de la política de competencia y garanticen la aplicación de las normas sobre libre competencia entre y dentro de los países del Hemisferio". Básicamente, la meta de la política de competencia, elemento relativamente nuevo en las negociaciones comerciales, es reducir o eliminar las prácticas que parezcan proteger los monopolios nacionales. Canadá propone que cada país adopte medidas e "inicie la acción necesaria" para "proscribir la conducta comercial anticompetitiva". Aparentemente, la meta es promover la competencia; pero el resultado, particularmente para los países en desarrollo, es que a menudo se ven obligados a desmembrar los monopolios existentes para ofrecer a las empresas transnacionales extranjeras la excelente oportunidad de comprar las empresas nacionales más pequeñas y establecer un nuevo monopolio protegido por acuerdos de la OMC tales como TRIPS y el Acuerdo de Servicios Financieros que protegen las mega-fusiones mundiales.

 

9. Solución de controversias El mandato del grupo de negociación de solución de controversias es "establecer un mecanismo justo, transparente y eficaz para la solución de controversias entre los países del ALCA" y "diseñar medios para facilitar y fomentar el uso del arbitraje y otros medios alternativos de solución de diferencias para resolver controversias privadas en el marco del ALCA". Queda aún por verse si el mecanismo de solución de controversias será un calco del modelo del TLC o de la OMC. Sin embargo, el mandato de grupo de negociación incluye "tomar en cuenta, entre otros, el entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de controversias de la OMC". De ser éste el caso, es más probable que el sistema del ALCA para la solución de controversias entre gobiernos se asemeje más al de la OMC que al del TLC. Bajo el TLC, un país que pierde un caso frente a un panel de solución de controversias debe aceptar el fallo y ofrecer una "indemnización adecuada" al otro gobierno o verse sujeto a represalias en forma de "beneficios equivalentes". El TLC no crea un conjunto común de leyes comerciales para los países miembros. Los paneles de solución de controversias del TLC fallan sobre la base de las leyes comerciales nacionales del país importador. Por otra parte, la función del panel de solución de controversias de la OMC es decidir si la práctica o política en cuestión de un país determinado constituye efectivamente una "barrera al comercio", e invalidar la práctica disputada si se considera que así debe ser. Bajo la entidad de solución de controversias de la OMC, un país, que a menudo actúa en nombre de sus propios intereses empresariales, puede cuestionar las leyes, políticas y programas de otro país e invalidar sus leyes nacionales. El país que pierde tiene tres opciones: cambiar su legislación a fin de que corresponda con el fallo de la OMC; pagar permanentemente una indemnización en efectivo al país ganador; o verse sujeto a sanciones comerciales severas y permanentes por parte del país ganador. Decenas de leyes nacionales y estatales sobre sanidad, seguridad alimentaria y medio ambiente han sido derogadas mediante este proceso de la OMC. De más está decir que los fallos afectan a los países más pobres de manera diferente que a los ricos. Las sanciones aplicadas a países que dependen de uno o dos cultivos de exportación para sobrevivir pueden ser devastadoras. No es de sorprenderse que la mayoría de las impugnaciones de la OMC fueron iniciadas por países ricos. Efectivamente, Estados Unidos promovió casi la mitad de las 117 impugnaciones iniciadas entre 1995 y 2000. Por supuesto, el recurso a "inversionistas" privados (i.e. empresas) que consta en el Capítulo 11 del TLC no existe en la OMC. Parecería ser que los negociadores del ALCA elegirán conservar los poderes de composición privada de controversias que contienen las disposiciones inversionista- estado del TLC, y a la vez optar por las condiciones más exigentes de la OMC en cuanto a controversias entre estados. Esto correspondería con las demás propuestas del ALCA; sea cual fuere el modelo existente o propuesto que contenga las "disciplinas" más fuertes, ése es el modelo que elegirá el ALCA. Se han reunido también tres comités no negociadores. El comité de economías más pequeñas ha "reconocido la asimetría" entre los diferentes países de las Américas y la necesidad de elaborar un plan "a fin de crear oportunidades para la participación total de las economías más pequeñas y aumentar su nivel de desarrollo". No obstante, el plan parece ser impreciso y consiste mayormente en suministrar "una base de datos de necesidades de asistencia técnica de las economías más pequeñas". En ninguna parte del mandato de este comité se reconoce la inmensa disparidad entre los ricos y los pobres del hemisferio, tanto dentro de cada país como entre naciones diferentes. El comité de la sociedad civil reconoce que "la sociedad civil ha surgido como nuevo protagonista en el diálogo acerca del comercio". Si bien su mandato es recibir puntos de vista de la sociedad civil para analizarlos y presentar la gama de opiniones a los ministros de comercio del ALCA", el propósito de todo diálogo es "mantener la transparencia en el proceso de negociación y llevar a cabo las negociaciones de manera que se profundice el conocimiento y apoyo del público al ALCA". Parecería ser que el verdadero papel que juega el comité no es escuchar sino hacer un simulacro de diálogo real. Efectivamente, dice Stephenson, el beneficio del trabajo de este comité "podría aliviar la presión relacionada con problemáticas laborales y ambientales". Por otra parte, el comité conjunto de expertos del sector público y privado en comercio electrónico, es un comité muy importante cuyo tema de concentración tiene todas las características de un sector emergente. Durante los últimos años ha habido un explosión de comercio electrónico. En el año 2000, las ventas vía comercio electrónico en Estados Unidos ascendieron a casi USD 30.000 millones, un aumento de 75% en un año. Para 2005-año en el que se prevé la ratificación del ALCA-el comercio electrónico podría manejar un cuarto del comercio mundial. Estados Unidos ha identificado la meta de adoptar reglas mundiales para un régimen no regulador de comercio electrónico orientado hacia el mercado. Si se eliminan los impuestos en este tipo de comercio, se podría perder anualmente miles de millones de dólares, los que reduciría aún más las bases de financiamiento para programas gubernamentales. El comité, dominado en gran medida por los más poderosos productores empresariales de hardware, software y equipos de comunicaciones Internet, tales como Microsoft y AT&T, ya ha llevado a cabo análisis extensos sobre problemáticas relativas al comercio electrónico y ha intercambiado opiniones con otras organizaciones tales como la OMC y la OCDE. Ha encargado varios estudios clave sobre todos los aspectos del comercio electrónico y claramente se está convirtiendo en el centro motriz de la familia del ALCA. Finalmente, el comité de negociaciones comerciales del ALCA ha identificado tres áreas donde habría "acuerdos anticipados"-silvicultura, energía y pesca-que se esperan acordar durante la cumbre ministerial de la Ciudad de Quebec en abril de 2001. Esto significa que se podría llegar a un acuerdo en estas áreas antes de la fecha prevista para la ratificación del ALCA de 2005, eliminándose los aranceles en estos recursos ambientalmente sensibles sin que el público tenga la oportunidad de dar a conocer su punto de vista. ¿Qué impacto tendrá el ALCA en los pueblos de las Américas?

 

Seguridad Social

 

Los poderes expandidos propuestos para el ALCA, combinados con el Capítulo 11 del TLC y la introducción de una "cobertura universal de todos los sectores de servicio" presentan una grave amenaza para los programas sociales. Algunos gobiernos suministran servicios de sanidad universal, educación pública, puericultura, jubilaciones, asistencia social y muchos otros servicios sociales sin fines de lucro. Hasta las recientes negociaciones GATS, y las actuales negociaciones del ALCA, muchos gobiernos han sostenido que estos programas sociales son un derecho fundamental de la ciudadanía y, en consecuencia, los han excluido de los acuerdos comerciales. Sin embargo, con estos dos acuerdos, todos los gobiernos de las Américas se están exponiendo a amenazas de sanciones comerciales por parte de empresas transnacionales prestadoras de servicios que tienen interés en desmembrar los monopolios gubernamentales restantes del hemisferio. El área de servicios es el sector del comercio internacional que manifiesta el mayor grado de crecimiento. De todos los servicios, sanidad, educación y agua son los sectores potencialmente más lucrativos. Los gastos mundiales en servicios hídricos actualmente exceden 1 billón de dólares anuales; en educación exceden 2 billones de dólares y en sanidad 3,5 billones de dólares. Las rapaces y poderosas empresas transnacionales han tomado como blanco a éstos y otros servicios; indefectiblemente, tienen como meta desmantelar completamente los servicios públicos al someterlos a las reglas de competencia internacional y a las disciplinas de la OMC y del ALCA. (A esta altura, más de 40 países, incluso todos los europeos, han incorporado el área educación al GATS, abriendo así el sector de educación pública a la competencia empresarial extranjera, y casi 100 países han hecho lo mismo con el sector sanidad.) En Estados Unidos, el cuidado de la salud se ha convertido en un negocio de inmensa magnitud; las empresas gigantes de servicios de salud están registradas en la bolsa de comercio de Nueva York. Rick Scott, presidente de Columbia, la empresa hospitalaria con fines de lucro más grande del mundo, dice que el área sanidad es un negocio igual que el sector aerolíneas o la industria de rodamientos y se ha comprometido a destruir todos los hospitales públicos de Norteamérica debido a que no son "buenos ciudadanos empresariales". Las entidades inversionistas como Merrill Lynch y The Lehman Brothers prevén que la educación pública se privatizará en el hemisferio dentro del plazo de una década, como ocurrió con salud pública, y dicen que cuando esto ocurra se generarán ganancias ilimitadas. Si se incluyen los servicios en el ALCA, cosa que parece ser certera, las empresas extranjeras con fines de lucro de los sectores sanidad, educación y otros servicios sociales de todo el hemisferio tendrán el derecho de establecer una "presencia comercial" en cualquier parte de Norte, Centro y Suramérica. Tendrán derecho a competir por fondos públicos con instituciones públicas como hospitales, escuelas y guarderías. Las normas que rigen a los trabajadores de los sectores salud, educación, puericultura y servicios sociales se verán sujetas a las reglas y criterios del ALCA a fin de que no constituyan obstáculos para el comercio. Las empresas educativas de todo el hemisferio estarán facultadas para conferir títulos. Los servicios extranjeros de telemedicina serán legales. Ningún país podrá detener la competencia transnacional de profesionales en sanidad y educación de bajo costo. Si algún gobierno de cualquier nivel intentase resistirse y mantener estos servicios bajo control nacional, todas las empresas de servicios del hemisferio tendrán el derecho legal de solicitar judicialmente indemnizaciones financieras por ganancias perdidas según las disposiciones inversionista-estado del ALCA. No se trata de especulación; en áreas que cubre actualmente el TLC, ya hay muchos precedentes de gobiernos que revocan decisiones y pagan indemnizaciones a intereses privados afectados por políticas gubernamentales. La realidad es simple: una vez establecida la privatización en el sector público, será casi imposible revertirla. Con el pasar del tiempo, los gobiernos no podrán financiar con fondos públicos el cuidado de la salud, los programas sociales y la educación, ya que estarían dispuestos a conceder a los contratistas privados de otros países del ALCA el acceso equitativo a tales fondos.

 

Medio Ambiente

 

El borrador del ALCA, en su forma actual, no contiene garantías en cuanto al medio ambiente. El mandato original del ALCA, elaborado en 1994 durante la primera Cumbre de las Américas, contenía la promesa de promover la integración económica del hemisferio de tal forma que se "garantizase el desarrollo sostenible y a la vez se protegiese el medio ambiente". En 1996, se realizó una importante cumbre en Bolivia sobre desarrollo sostenible a fin de garantizar que los principios de la Cumbre de Rio de 1992 serían parte integral del proceso del ALCA. La cumbre (en la que los grupos de la sociedad civil y del sector ambiental brillaron por su ausencia) dio origen a sesenta y cinco iniciativas, conocidas como "Plan de Acción de Santa Cruz", y al Comité Interamericano de Desarrollo Sostenible. No obstante, el proyecto no contó ni con fondos suficientes ni con un mandato claro; generalmente se considera que esta cumbre fue un fracaso. En consecuencia, en la cumbre de Santiago de 1998, se dejó de lado por completo la meta de desarrollo sostenible en el nuevo mandato del ALCA y se separaron totalmente los aspectos comercio y medio ambiente. Con George W. Bush actualmente en la Casa Blanca, hay aún más certeza de que las problemáticas ambientales relativas al libre comercio hemisférico se dejarán de lado.

 

Capítulo 11

 

Como se ha documentado anteriormente, si bien en breve (véase Inversiones, en "¿Qué es el ALCA?"), y como consta en un número de fuentes adicionales, las disposiciones inversionista-estado del TLC ya han tenido un grave impacto en la política ambiental. No sólo se ha impugnado exitosamente una cantidad de reglamentos sanitarios y ambientales en Canadá, Estados Unidos y México, sino que el Capítulo 11 se utiliza para crear un "efecto de enfriamiento" mediante el cual se advierte a los gobiernos que no conviene tomar ciertas medidas reguladoras por temor de violar las disposiciones acerca de inversiones del TLC. Como explica el experto en aspectos jurídicos del comercio Steven Shrybman, "las disposiciones de inversionista-estado del TLC representan nada menos que un desvío radical de las normas legales nacionales e internacionales de por lo menos tres maneras fundamentales. En primer lugar, otorgan a las empresas el derecho de ejecutar directamente un tratado internacional del cual no son partes signatarias y según el cual no tienen obligaciones. Segundo, extienden el arbitraje comercial internacional a reclamaciones que no tienen nada que ver con contratos comerciales sino con leyes y políticas gubernamentales. Tercero, crean derechos jurídicos sustantivos con respecto a expropiación y tratamiento nacional que van más allá de los que están a disposición de la ciudadanía o de las empresas locales". Toda reglamentación nueva, introducida por cualquier nivel de gobierno, puede ser impugnada por las empresas del hemisferio que tengan intereses en el sector en cuestión. Fundamentalmente, los gobiernos deberán estar preparados a pagar un alto precio por el derecho de proteger la salud ambiental, animal y humana en el ámbito de su mandato. El abogado en asuntos comerciales Barry Appleton explica que "podrían condimentar la comida de los niños con plutonio líquido; si se lo prohíbe y la empresa productora es estadounidense, habrá que pagar una indemnización". Los ministros del medio ambiente tienen actualmente una menor jurisdicción que sus homólogos del sector comercial. Cuando los ministros de los países del TLC anunciaron en diciembre de 1998 que facultarían a la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCE)-la entidad TLC que se ha convertido en un organismo de control sin poder-para examinar los casos relacionados con el Capítulo 11, transgredieron los límites establecidos por el ministerio canadiense de relaciones exteriores y comercio internacional (DFAIT) y sus instituciones hermanas de Washington y Ciudad de México. Meses después, los ministros del medio ambiente invalidaron totalmente los nuevos poderes, limitando a la entidad de tal forma que por poco casi la desmantelan. Considerando estos antecedentes y la eliminación de la meta de desarrollo sostenible en los principios del proceso del ALCA, no puede esperarse que las problemáticas ambientales sean consideradas eficazmente en el pacto comercial hemisférico.

 

Energía

 

Si bien no existe un grupo de negociación ALCA dedicado exclusivamente a temas de energía, hay un consenso para llegar a un "acuerdo anticipado" sobre este asunto en la cumbre de la Ciudad de Quebec del mes de abril. Efectivamente, es muy probable que el ALCA haga eco de las disposiciones sobre energía que forman parte integral del TLC. En este acuerdo, los negociadores crearon una política energética continental liberalizada, antiambiental y anticonservación, fundamentada en exportaciones generadoras de grandes ganancias a corto plazo y de alto costo, controlada por las empresas de energía transnacionales, con poco interés en el aumento de precios o en las consecuencias ambientales se sus acciones. Si se extiende al resto del hemisferio este régimen energético desregulado, tendrá consecuencias devastadoras en la lucha contra el uso excesivo de combustibles fósiles en los países de las Américas. Sería útil para los países latinoamericanos productores de energía como Venezuela y Bolivia saber qué fue lo que pasó con las reservas energéticas de Canadá bajo estas reglas, ya que éstas serán aplicables a todos los países de Latinoamérica bajo el ALCA. En Canadá, para cumplir con dichas disposiciones del TLC, se invalidaron los poderes de la entidad reguladora National Energy Board y se desmanteló la "garantía de suministro vital" que exigía que Canadá mantuviese un superávit de gas natural suficiente para 25 años. Actualmente, no hay ninguna entidad gubernamental ni ley que garantice que los canadienses contemos con un suministro adecuado de energía propia en el futuro. (No obstante, Estados Unidos ha declarado que su propia reserva de 25 años sí es necesaria por razones de seguridad nacional y, en consecuencia, actualmente la conserva.) Los solicitantes de permisos de exportación, ya sean canadienses o estadounidenses, ya no tienen que aducir evaluaciones de impacto de exportación, y el sistema de distribución de gas íntegramente canadiense fue abandonado, lo que generó la frenética construcción de gasoductos norte-sur. Se prohibió la aplicación de impuestos al suministro canadiense de energía y así los gobiernos perdieron una fuente de ingresos tributarios, además de beneficiar a clientes estadounidenses con lo que era un fijación de precios preferencial para clientes nacionales. Más importante todavía, el acuerdo comercial impuso un sistema de "repartición proporcional" mediante el cual el suministro canadiense de energía a Estados Unidos está garantizado en perpetuidad. En lo que se puede denominar una sorprendente renuncia de soberanía, el gobierno de Canadá acordó que ya no tiene el derecho de "rechazar una solicitud de licencia o revocar o cambiar una licencia de exportación de energía a Estados Unidos", mismo si fuese por razones relativas a prácticas ambientales o conservación. Esto conllevó un aumento espectacular en la venta de gas natural a los mercados estadounidenses; en una década, las exportaciones se han cuadruplicado, ascendiendo a 8,5 mil millones de pies cúbicos (240 millones m3) por día. Aproximadamente el 55% de la producción total canadiense de gas se exporta a Estados Unidos, donde las empresas de distribución de ese país -que proveen a una población mucho más grande- han logrado firmar contratos a largo plazo al menor precio posible. Los consumidores canadienses deben ahora competir por sus propios recursos energéticos contra una economía diez veces más grande con reservas que decrecen permanentemente y una demanda que va en aumento. La situación del sector petrolero es la misma. Canadá produce actualmente 2,3 millones de barriles por día y envía 1,3 de éstos a Estados Unidos. Los acuerdos de libre comercio obligaron a Canadá a comprometerse a una política energética controlada por exportaciones masivas y garantizadas a Estados Unidos, al control empresarial de las provisiones y a una política económica que depende más que nunca de la explotación de recursos primarios. Debido a que, en relación con impugnaciones comerciales, se eximió a los subsidios gubernamentales canadienses para la exploración de petróleo y gas, los fondos públicos del país seguirán siendo utilizados para la exploración no controlada de combustibles fósiles ambientalmente destructivos, proceso que ya ha destruido los hábitats del norte y amenaza los delicados desovaderos de la costa de Cabo Bretón y Terranova, todo para el beneficio de las empresas transnacionales. En el ALCA, estas disposiciones se extenderán a los demás países de las Américas, naciones que deben tomar conciencia de la pérdida de soberanía en el suministro de energía y en la responsabilidad ambiental que acompaña a esos recursos.

 

Agua

 

De igual manera, es improbable que, bajo el ALCA, Estados Unidos no extienda a los demás países del hemisferio las disposiciones del TLC con respecto a recursos hídricos. Estas disposiciones establecen un mercado continental de agua en caso de que se inicien las exportaciones comerciales de agua; este es un asunto que exige la atención inmediata de aquellos países preocupados por los planes de privatización del suministro de agua. El Capítulo 3 del TLC establece obligaciones, incluso derechos de tratamiento nacional, con respecto al acceso a mercados para el comercio de bienes. Utiliza la definición de "bienes" del Acuerdo general sobre aranceles aduaneros y comercio (GATT) que claramente incluye "aguas, incluso aguas naturales o artificiales, y aguas aireadas". Cuando se estaba negociando el TLC, sus opositores exigían que se eximiese expresamente al agua. Los gobiernos argüían que en ese momento el agua no se comercializaba en ninguno de los países del TLC; por lo tanto, el agua en su estado "natural" gozaba de seguridad. Los detractores argüían que toda protección de esta índole sería, en el mejor de los casos, sólo temporaria y que en cuanto cualquier jurisdicción comenzase a vender agua con fines comerciales, las disposiciones clave del TLC entrarían en efecto, lo que socavaría el control público del agua. Existen tres disposiciones clave del TLC que ponen en peligro al agua una vez que ésta se comercializa. La primera es la relativa a tratamiento nacional, según la cual ningún país puede discriminar a favor de su propio sector privado en cuanto al uso comercial de los recursos hídricos. Una vez que se expide a una empresa una licencia para la exportación de agua, los "inversionistas" (i.e. las empresas) de otros países del TLC tienen el mismo "derecho de establecimiento" que las empresas nacionales con respecto al uso comercial del agua. La segunda disposición consta en el Capítulo 11, en la cláusula inversionista-estado. Es aplicable al agua de dos maneras. En primer lugar, si cualquier país, estado o provincia del TLC intenta autorizar únicamente a empresas nacionales para exportar agua, las empresas de los demás países del TLC tendrán derecho a indemnizaciones financieras. Segundo, si cualquier gobierno del TLC promulgase legislación para prohibir la venta de agua en grandes cantidades, en virtud de ese mismo acto el agua se convertiría en un "bien" comercial; los derechos del inversionista que constan en el Capítulo 11 entrarían en vigor gracias a la misma ley que los excluye, posibilitando la demanda de indemnización financiera por oportunidades perdidas. La tercera disposición clave consta en el Artículo 315, "repartición proporcional", la misma disposición que creó un mercado continental de energía. Según los artículos 315 y 309, ningún país puede reducir o restringir la exportación de un recurso una vez establecida su comercialización. Además, ningún gobierno puede imponer un impuesto a la exportación o cobrar más a los clientes de otro país del TLC que a los clientes nacionales. Las exportaciones de agua estarían garantizadas al nivel adquirido durante los 36 meses precedentes; cuanto más agua se exporte, más será el caudal que se deberá exportar. Mismo si se determinase que el movimiento masivo de agua daña el medio ambiente, dichos requisitos continuarían en vigor. El tratado ALCA que se ha propuesto contiene otra amenaza adicional contra la soberanía y conservación del agua. La lista de servicios del GATS cuya negociación se encuentra actualmente en curso, incluye "servicios ambientales". Es muy probable que los servicios ambientales, que incluyen servicios hídricos, se incorporen de manera similar al ALCA. Esto significa que los servicios públicos de agua podrían ser impugnados según las disposiciones de tratamiento nacional del acuerdo propuesto, lo que ocasionaría que servicios tales como el suministro de agua o tratamiento de aguas residuales sean privatizados y subcontratados a empresas hídricas transnacionales como Suez Lyonnaise des Eaux y Vivendi. Si cualquier gobierno intentase mantener los servicios de agua en manos del estado, estas empresas tendrían enormes derechos de indemnización según el Capítulo 11. Esta pérdida de control público del agua es de suma urgencia para los países latinoamericanos, donde la privatización, promovida en gran medida por el Banco Mundial, se está extendiendo rápidamente. Combinados con los acuerdos TBT y SPS de la OMC y los planes de acuerdos "anticipados" en las áreas de silvicultura y pesca, el tratado ALCA promete ser desastroso para la administración de las Américas.

 

Agricultura y Seguridad Alimentaria

 

Los agricultores de las Américas ya han sentido el impacto total de la competencia mundial según los mandatos onerosos de los programas de ajuste estructural del Banco Mundial y del FMI, como también el de las disposiciones sobre agricultura de la OMC. Se ha retirado de la voz inglesa "agriculture" (agricultura) el elemento "culture" (cultura), reemplazándoselo con "business" (empresa). Bajo el nuevo sistema alimentario mundial, la agricultura, mediante la cual los agricultores cultivaban alimentos para el pueblo y las comunidades, ha sido reemplazada por un sistema "agroempresarial", industria agroalimentaria en la cual las empresas transnacionales producen alimentos con fines de lucro sin que importen las normas de seguridad alimentaria o los derechos de los agricultores. Debido a que la OMC prohíbe los controles de exportación e importación, sólo los agricultores sumamente grandes, los grandes países y las grandes empresas podrán sobrevivir. En consecuencia, el acuerdo sobre agricultura de la OMC ha beneficiado casi exclusivamente a las grandes empresas agroalimentarias del mundo, sin que importe su país de origen. Al elegir los acuerdos sobre agricultura (AOA) y las normas (SPS) de la OMC, los negociadores tienen la intención de otorgar nuevos poderes mediante este pacto para restringir los derechos tradicionales de los agricultores y bajar el nivel de la legislación alimentaria. Según las disciplinas de la OMC, los agricultores ya no pueden negociar colectivamente los precios de los productos con compradores nacionales, por una parte, y extranjeros, por la otra. La eliminación del soporte de precios nacionales para proteger a los agricultores los ha dejado a la merced de los precios internacionales. Por otra parte, el acoso de los acuerdos AOA de la OMC contra las medidas no arancelarias, tales como las normas ambientales y los programas de gestión de suministro, ha sido utilizado para rebajar las garantías de salud pública y protección de agricultores. Por ejemplo, mediante la OMC, Estados Unidos ha impugnado exitosamente los requisitos impuestos por Japón a las importaciones agrícolas en materia de pruebas de residuos de plaguicidas en relación con la salud. Los países ya no pueden mantener reservas alimentarias de emergencia en caso de sequía o cosecha deficitaria; actualmente, deben comprar lo que necesitan en el mercado abierto. "Autosuficiencia alimentaria" significa ahora contar con el dinero suficiente para comprar comida, a diferencia de la habilidad para producirla. El acuerdo SPS de la OMC ha tenido un impacto terrible en el derecho de los pueblos del mundo a contar con alimentos seguros. Canadá y Estados Unidos han utilizado exitosamente el acuerdo SPS para revocar una prohibición europea de la carne vacuna norteamericana que contiene hormonas dañinas y posiblemente cancerígenas. La UE, sumamente sensible a la preocupación por el trastorno de la vaca loca, puso en vigor una interdicción del uso no terapéutico de hormonas en su sector alimentario, citando diversos estudios que establecían un nexo entre éstas y la enfermedad. El panel de la OMC exigió "certeza científica" de que estas hormonas causan cáncer u otros efectos adversos para la salud, eviscerando así el principio de precaución como base de los reglamentos de seguridad alimentaria. El ALCA parece estar dispuesto a promover un modelo de agricultura en el hemisferio; los resultados serán devastadores para los agricultores de Latinoamérica.

 

¿Qué depara el futuro para una América Latina bajo el ALCA?

 

Se está prometiendo todo tipo de cosas a los países de Centroamérica, Suramérica y el Caribe con respecto al ALCA: se les dice que el comercio y las inversiones más liberalizadas crearán la potencia comercial más grande de la historia, ofreciendo prosperidad a los millones de habitantes de la región que actualmente no tienen ni trabajo ni esperanza. Los latinoamericanos deben analizar estas promesas detenidamente antes de firmar impulsivamente este pacto. La realidad es que Latinoamérica ha estado viviendo bajo este modelo del ALCA desde hace ya más de una década. Se fundamenta en los programas de ajuste estructural del Banco Mundial y del FMI que los latinoamericanos ya conocen muy bien. En primer lugar, fueron los criterios imperativos de liberalización y privatización del ajuste estructural los que ocasionaron el desmantelamiento de sus infraestructuras públicas. A fin de cumplir con los requisitos de alivio de la deuda, decenas de países de las Américas se vieron obligados a abandonar los programas sociales públicos, lo que permitió a empresas extranjeras con fines de lucro entrar y vender sus "productos" de sanidad y educación a los "consumidores" que pudiesen pagar. Actualmente, estos países tienen permiso para mantener dichos programas únicamente para los más pobres. No obstante, estos servicios son tan inadecuados que las empresas no tienen interés y, por ende, millones de habitantes del hemisferio no cuentan con los elementos básicos de educación y servicios de salud. No es de sorprenderse que los países latinoamericanos estén sufriendo una invasión de empresas de salud estadounidenses, tales como Aetna International y American International, firmas que tienen una crecimiento anual de 20% en esa región. Bajo el ALCA, el proceso se acelerará, lo que eliminará por completo la medicina tradicional, la educación y la diversidad cultural. Efectivamente, la meta es lograr una armonización mundial económica y cultural, según un funcionario superior estadounidense de la OMC, quien agrega que "básicamente, no se detendrá hasta que los extranjeros empiecen a pensar como americanos, actuar como americanos y, sobre todo, comprar como americanos". La última década de liberalización de comercio e inversiones ha causado mucho sufrimiento en Latinoamérica. Las tasa de interés sobre las deudas han aumentado del 3% en 1980 a más de 20% en la actualidad. Latinoamérica, como región tiene la tasa de distribución de ingresos no equitativa más alta del mundo. Tras tomar la medicina del libre mercado, hay más pobreza ahora que en 1980 y el poder adquisitivo del trabajador latinoamericano ha decaído en un 27%. El 85% del crecimiento laboral ha ocurrido en el sector precario, sin protección o beneficio alguno. México, después de ocho años en el TLC, tiene un nivel de pobreza sin precedentes de 70%. Durante esos años el salario mínimo perdió más de tres cuartos de su poder adquisitivo. En la actualidad hay 90 millones de latinoamericanos indigentes y 105 millones no tienen acceso a ningún tipo de servicio médico. El número de niños que trabajan ha crecido espectacularmente; hoy en día hay al menos 19 millones de niños que trabajan en condiciones terribles. El movimiento desesperado que se desencadenó para explotar los recursos naturales de la región ha causado una degradación masiva del medio ambiente y el uso de plaguicidas y fertilizantes se ha triplicado desde 1996; existen hoy 80.000 sustancias químicas que se producen y utilizan en las Américas. La explotación actual de los recursos naturales latinoamericanos por parte de empresas canadienses y estadounidenses aumentaría considerablemente bajo el nuevo pacto hemisférico. Las empresas transnacionales de minería, energía, agua, ingeniería, silvicultura y pesca tendrían nuevo acceso a la base de recursos invalorables de cada país y contarían además con el derecho de impugnar a cualquier gobierno que tratase de limitar dicho acceso, valiéndose de las disposiciones de inversionista-estado. La habilidad de los gobiernos para proteger el medio ambiente o establecer normas ambientales con respecto a la extracción de recursos naturales se vería considerablemente reducida al igual que el derecho del garantizar que las actividades de las empresas extranjeras generen empleos en el lugar. La afiliación al ALCA bajo estas condiciones "equivaldrían a un suicidio", afirma la coalición de sindicatos del Cono Sur. En diciembre de 2000, los principales sindicatos de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay celebraron una cumbre sindical del MERCOSUR, donde exhortaron a los gobiernos para que sometan al ALCA a un plebiscito nacional, en el cual, según creen, se derrotaría al tratado. El proceso ALCA está aumentando un nivel de pobreza en la región que ya va en aumento, según dijeron los líderes sindicales, y está imponiendo "límites a las instituciones nacionales que deberían decidir el futuro de cada país, dejando de lado los mecanismos que permiten a la sociedad garantizar la administración democrática del estado".

 

Conclusión

 

Si las condiciones y recomendaciones de los grupos de negociación del ALCA conforman la base sustantiva de un pacto de comercio hemisférico, el proceso en su totalidad es inaceptable y los ciudadanos de las Américas deben luchar para derrotarlo por completo. A pesar de que los gobiernos declaran que estas nuevas reglas de comercio e inversión fueron negociadas en colaboración con sus ciudadanos, el tratado propuesto para el ALCA no refleja ninguna de las inquietudes expresadas por la sociedad civil y contiene las disposiciones que los ambientalistas, grupos de derechos humanos y justicia social, agricultores, pueblos indígenas, artistas, trabajadores y muchos otros consideran más atroces. La integridad de todos los programas sociales, reglamentos ambientales y recursos naturales peligra bajo el ALCA. En su estado actual, no hay colaboración alguna que pudiese convertir a este pacto comercial en un acuerdo aceptable. Esto no quiere decir que los ciudadanos de las Américas se opongan a las reglas que rigen al comercio y a los vínculos económicos entre nuestros países; siempre y cuando se basen en un conjunto diferente de supuestos fundamentales, tal como la Declaración de Derechos Humanos de Naciones Unidas y reglas ambientales sólidas, los ciudadanos de las Américas estarían preparados a iniciar un proceso tendente a desarrollar lazos estrechos entre ellos mismos y con los pueblos del mundo. No obstante, éste no puede comenzar con los supuestos y las metas del ALCA. Dicho proceso debe comenzar con una revisión de los tratados comerciales actuales como los de la OMC y el TLC; es hora de concebir un nuevo sistema de comercio internacional con fundamento en la democracia, sostenibilidad, diversidad y desarrollo, alternativas con respecto a las cuales se está realizando una valiosa labor. Por encima de todo, el mundo del comercio internacional deberá dejar de ser el reino exclusivo de las elites protegidas, los burócratas comerciales y los negociadores del poder empresarial. Cuando entiendan lo que está en juego en estas negociaciones hemisféricas, los pueblos de las Américas se movilizarán para derrotarlas. Ése es el destino que las tratativas se merecen.

 

FUENTES

 

The State of the FTAA Negotiations at the Turn of the Millennium, ponencia preparada para la conferencia "Trade and the Western Hemisphere," organizada por la Southern Methodist University, Dallas, Texas, 25 de marzo de 2000, por Sherri M. Stephenson, Vicedirectora de Comercio, Organización de los Estados Americanos Report to the Trade Negotiations Committee, documento de acceso restringido del grupo de negociación sobre servicios del ALCA, donde se delinea su mandato, filtrado en octubre de 2000 Services and Trade in the Western Hemisphere: Liberalization, Integration and Reform, colección compilada por Sherri. M. Stephenson, Brookings Institute, Washington, 2000 Social Exclusion, Jobs, and Poverty in the Americas, escrito preparado para el foro Americas Civil Society Forum, noviembre de 1999, Toronto, por Hemispheric Social Alliance and Common Frontiers-Canada Forgotten Promises and Forgotten Lessons: The OAS, the FTAA and Environmental Protection, escrito preparado para el International Centre for Democratic Development Workshop, Windsor, 5 de junio de 2000, por Christine Elwell, miembro del Sierra Club of Canada Navigating NAFTA, A Concise User's Guide to the North American Free Trade Agreement, Barry Appleton, Carswell, Toronto, 1994 MAI, The Multilateral Agreement on Investment and the Threat to Canadian Sovereignty, Tony Clarke y Maude Barlow, Stoddart, Toronto, 1997 Whose Trade Organization? Corporate Globalization and the Erosion of Democracy, Lori Wallach y Michelle Sforza, Public Citizen, Washington DC, 1999 GATS: How the World Trade Organization's New "Services" Negotiations Threaten Democracy, Scott Sinclair, The Canadian Centre for Policy Alternatives, Ottawa, Ontario, 2000 The World Trade Organization, A Citizens' Guide, Steven Shrybman, The Canadian Centre for Policy Alternatives, Ottawa, Ontario, y James Lorimer and Co. Ltd, Halifax, Nueva Escocia, 1999 Invisible Government, the World Trade Organization: Global Government for the New Millennium?, Debi Barker y Jerry Mander, International Forum on Globalization, San Francisco, 2000 Investigación sobre servicios: Ellen Gould, Vancouver Investigación sobre comercio electrónico: Sarah Anderson of the Institute for Policy Studies, Washington Investigación sobre Latinoamérica: Karen Hansen-Kuhn, Development Gap, Washington Print Frame The Council of Canadians 502-151 Slater Street, Ottawa, Ontario, K1P 5H3, Canada Telephone: 613-233-2773, 1-800-387-7177 - Fax: 613-233-6776 www.canadians.org - inquiries@canadians.org

 

- Maude Barlow es presidenta nacional del Council of Canadians, el grupo de propugnación pública más grande de Canadá, y una de las directoras del International Forum on Globalization. Es autora y coautora de 12 bestsellers. Su nuevo libro, Global Showdown: How the New Activists are Fighting Global Corporate Rule, escrito juntamente con Tony Clarke, será publicado por la editora Stoddart en febrero de 2001.

https://www.alainet.org/es/active/1637?language=es
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