El Presidente no tiene quien lo juzgue
03/06/2008
- Opinión
Algunos de los congresistas implicados en la llamada parapolítica —mezcla criminal de la política con el narcotráfico y el paramilitarismo— reclaman el principio de la doble instancia como garantía constitucional para su derecho de defensa. Aparentemente tienen razón, la segunda instancia hace parte del debido proceso y es un componente sustancial del derecho de defensa.
La regla general es que todos los procesos judiciales son de doble instancia. Los procesos penales del presidente y de los congresistas son procesos de única instancia, son excepciones constitucionales al principio de la doble instancia, es decir, en ellos no existe la posibilidad de apelar la sentencia.
A los congresistas los juzga la Corte Suprema de Justicia en virtud de su fuero y al Presidente lo juzga la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
Los procesos de única instancia se consagran por razones de economía procesal y por razones de moralidad pública, no existen razones discriminatorias o pretensiones de violar el derecho a la igualdad en su consagración. Estas excepciones las señala el constituyente primario o las prescribe el legislador.
Frente a errores judiciales en estos procesos de única instancia caben las acciones de revisión, el recurso extraordinario de casación o las acciones de tutela con miras a lograr una recta administración de justicia o corregir las iniquidades que surjan.
La doble instancia no es la única forma de lograr una recta administración de justicia y, es más, la doble instancia no hace parte del núcleo del derecho fundamental al debido proceso. La Constitución Política de 1991 (Art. 31) deja a la ley, al Congreso de la República la facultad de señalar los procesos de única instancia.
Los congresistas que renuncian a su fuero para ser juzgados como particulares por la Fiscalía General de la Nación tienen derecho al debido proceso, pero lo que están haciendo, en nombre de la búsqueda de una garantía procesal, es evadir la acción de la justicia.
Los congresistas que renuncia al fuero son prófugos de la justicia, son congresistas que se sienten más cercanos al ex viceministro de justicia Mario Iguarán que al presidente de la Corte Suprema de Justicia, enemistado con el presidente Uribe V. Los congresistas desaforados quieren que la justicia sea subjetiva, no quieren estar en manos de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los intimida la independencia y la imparcialidad, se sienten con más confianza en manos de un ex miembro del poder ejecutivo. Son reos que manipulan el poder.
Es decir, los ex congresistas no buscan garantías judiciales, buscan seguridad “democrática”, buscan la sombra del poder ejecutivo para salir airosos de sus gravísimos cargos de concierto para delinquir.
Pero, ante esta fuga procesal, la tortilla se puede voltear y pedir, en consecuencia, una segunda instancia para el presidente Uribe V., en el caso del proceso que por cohecho ha iniciado la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
Con certeza el presidente Uribe V., al contrario de los congresistas, se siente más seguro, “democráticamente” hablando, con su proceso de única instancia en la Cámara de Representantes. Siendo coherente, y si lo que los parapolíticos buscan es garantías y no seguridad democrática el Presidente de la República debería tener una segunda instancia en la Corte Suprema de Justicia o en una alta Corte del Estado.
El juez natural del Presidente debería ser la Corte Suprema de Justicia y no la Cámara de Representantes.
Lejos estará el interés del presidente Uribe V. de gozar de una garantía de doble instancia en un proceso penal en donde es juzgado por sus subordinados. Ningún Presidente de Colombia renunciará a su fuero, ni va a reclamar la garantía universal de impugnación mientras esté siendo juzgado por una instancia política sometida a sus decisiones administrativas.
En Colombia el Presidente no tiene quien lo juzgue. Los presidentes son felices e inocentes con los errores de sus jueces de primera instancia.
Ni Belisario Betancur con su Karma del Palacio de Justicia, ni Ernesto Samper con el proceso 8000, ni Uribe V. con la parapolítica y la Yidispolítica verán una sentencia condenatoria gracias a su fuero de ser juzgados en procesos de única instancia.
La regla general es que todos los procesos judiciales son de doble instancia. Los procesos penales del presidente y de los congresistas son procesos de única instancia, son excepciones constitucionales al principio de la doble instancia, es decir, en ellos no existe la posibilidad de apelar la sentencia.
A los congresistas los juzga la Corte Suprema de Justicia en virtud de su fuero y al Presidente lo juzga la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
Los procesos de única instancia se consagran por razones de economía procesal y por razones de moralidad pública, no existen razones discriminatorias o pretensiones de violar el derecho a la igualdad en su consagración. Estas excepciones las señala el constituyente primario o las prescribe el legislador.
Frente a errores judiciales en estos procesos de única instancia caben las acciones de revisión, el recurso extraordinario de casación o las acciones de tutela con miras a lograr una recta administración de justicia o corregir las iniquidades que surjan.
La doble instancia no es la única forma de lograr una recta administración de justicia y, es más, la doble instancia no hace parte del núcleo del derecho fundamental al debido proceso. La Constitución Política de 1991 (Art. 31) deja a la ley, al Congreso de la República la facultad de señalar los procesos de única instancia.
Los congresistas que renuncian a su fuero para ser juzgados como particulares por la Fiscalía General de la Nación tienen derecho al debido proceso, pero lo que están haciendo, en nombre de la búsqueda de una garantía procesal, es evadir la acción de la justicia.
Los congresistas que renuncia al fuero son prófugos de la justicia, son congresistas que se sienten más cercanos al ex viceministro de justicia Mario Iguarán que al presidente de la Corte Suprema de Justicia, enemistado con el presidente Uribe V. Los congresistas desaforados quieren que la justicia sea subjetiva, no quieren estar en manos de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los intimida la independencia y la imparcialidad, se sienten con más confianza en manos de un ex miembro del poder ejecutivo. Son reos que manipulan el poder.
Es decir, los ex congresistas no buscan garantías judiciales, buscan seguridad “democrática”, buscan la sombra del poder ejecutivo para salir airosos de sus gravísimos cargos de concierto para delinquir.
Pero, ante esta fuga procesal, la tortilla se puede voltear y pedir, en consecuencia, una segunda instancia para el presidente Uribe V., en el caso del proceso que por cohecho ha iniciado la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
Con certeza el presidente Uribe V., al contrario de los congresistas, se siente más seguro, “democráticamente” hablando, con su proceso de única instancia en la Cámara de Representantes. Siendo coherente, y si lo que los parapolíticos buscan es garantías y no seguridad democrática el Presidente de la República debería tener una segunda instancia en la Corte Suprema de Justicia o en una alta Corte del Estado.
El juez natural del Presidente debería ser la Corte Suprema de Justicia y no la Cámara de Representantes.
Lejos estará el interés del presidente Uribe V. de gozar de una garantía de doble instancia en un proceso penal en donde es juzgado por sus subordinados. Ningún Presidente de Colombia renunciará a su fuero, ni va a reclamar la garantía universal de impugnación mientras esté siendo juzgado por una instancia política sometida a sus decisiones administrativas.
En Colombia el Presidente no tiene quien lo juzgue. Los presidentes son felices e inocentes con los errores de sus jueces de primera instancia.
Ni Belisario Betancur con su Karma del Palacio de Justicia, ni Ernesto Samper con el proceso 8000, ni Uribe V. con la parapolítica y la Yidispolítica verán una sentencia condenatoria gracias a su fuero de ser juzgados en procesos de única instancia.
- Rafael Rincón es director del Consultorio de Derechos y Gobernabilidad háBeas Corpus, Medellín- Colombia
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