Consulta: Sin Comentarios
- Opinión
La consulta sobre una reforma constitucional para el reconocimiento de los pueblos indígenas ha arrancado en Chile. Desde el lunes 13 de abril se ha puesto en marcha por instancias del Gobierno la operación de información a organizaciones indígenas para recabar sus puntos de vista. Las cartas están sobre la mesa. El juego ha comenzado. ¿Qué es lo que se está realmente consultando? ¿Y para qué?
El heraldo más vistoso de la consulta es el inserto a página completa que se ha publicado en la prensa. He aquí el anuncio: “El Gobierno convoca a las organizaciones de los Pueblos Indígenas a pronunciar su parecer sobre el siguiente texto cuya discusión en sus detalles deberá iniciarse por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento próximamente”, siguiendo el texto aprobado por el pleno del Senado el día siete de abril. Y he aquí la previsión: “El resultado de esta Consulta será puesto en conocimiento de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, a fin de que ésta pueda considerar los planteamientos emitidos cuando retome la discusión en particular sobre la materia”.
En cuanto al procedimiento de la consulta según los términos de la convocatoria publicada en la prensa, la misma no se plantea en forma interlocutoria con instancias ni del Gobierno ni del Congreso, sino como mera encuesta. Las organizaciones indígenas “podrán hacer llegas sus aportes, comentarios y propuestas” a direcciones de la Corporación Naciones de Desarrollo Indígenas (CONADI) o del Comisionado Presidencial de Asuntos Indígenas que se especifican.
La convocatoria ocupa una de las dos columnas en la que se divide la página. La otra es de estilo menos austero. Intenta motivar la participación con un tono de propaganda que en todo caso se ajusta a la sustancia de la convocatoria. En ningún momento se dice que vayan a reconocerse los derechos de los pueblos indígenas, pues de lo que se trata es de “la incorporación de la mención de la expresión Pueblos Indígenas en la Constitución”. No sobra ninguna palabra. Falta la de derecho.
Se dice que “el proceso de Consulta de los Pueblos Indígenas es uno de los compromisos asumidos por el Estado tras la ratificación del Convenio 169 de la OIT que entrará en vigencia el 15 de septiembre de este año”, pero en ningún momento se pretende que ya se esté cumpliendo con las exigencias de ese tratado internacional, el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes (artículo 6: las consultas han de celebrarse “de buena fe”, “mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas”, “de una manera apropiada a las circunstancias” y “con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas”).
La segunda columna anuncia actividades complementarias a la consulta, actividades “en forma paralela” a la misma. “Se implementarán actividades orientadas a facilitar el diálogo y la construcción de acuerdos entre las autoridades gubernamentales y las organizaciones de los pueblos indígenas”, entre las cuales “se cuentan capacitaciones a funcionarios públicos que trabajan directamente con comunidades y organizaciones indígenas, talleres provinciales y comunales con dirigentes indígenas acerca de la consulta y ciclos de charlas locales a solicitud de las comunidades”. La interlocución no es parte de la consulta, sino vía de impulso y potenciación de la encuesta que versa sobre la reforma aprobada por el Senado.
A dicho efecto la CONADI ha elaborado y está circulando un documento titulado “Consulta a los Pueblos Indígenas – Preguntas Frecuentes” en el que mediante la sucesión de interrogantes y respuestas explica el alcance de la reforma constitucional aprobada por el Senado. Ya se da definitivamente por sentado que sobre esto y nada más que sobre esto trata la consulta, a pesar de que se había anunciado que la misma versaría sobre “la idea” de reconocer constitucionalmente a los pueblos indígenas. Se trata de un proyecto de reforma cuyo parlamentario se retomará tras la consulta. Por lo demás, tanto las preguntas como las respuestas hacen irreconocible el contenido de la reforma constitucional. Definitivamente no se trata de información, sino de propaganda. El Gobierno no parece que esté procediendo a una consulta, sino incoando un resultado.
He recibido últimamente recomendaciones en el sentido de que la observación internacional debe abrir un margen de confianza a la consulta que está desarrollándose en Chile hasta que se manifieste con ella la posición indígena. Bien está lo primero si estuviera abriéndose espacio a lo segundo. Personalmente me instan a que, mientras que se realiza la consulta, suspenda mis comentarios sobre el caso. No los haré entonces. Confío desde luego en la inteligencia de quien me lea.
La recomendación ha venido de varias partes, inclusive de instancias de las mismas Naciones Unidas. Hay sólo una parte de la que no he recibido ninguna sugerencia de que callemos mientras que se consulta. Se trata de la parte indígena.
- Bartolomé Clavero es Miembro del Foro Permanente de Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas
Del mismo autor
- El difícil reto de la Declaración Americana sobre Derechos de los Pueblos Indígenas 15/07/2016
- Derechos de la Madre Tierra en medios no indígenas 29/10/2012
- Regulación y Conducción por el Estado y las Provincias? 16/07/2012
- Sentencia Constitucional sobre el caso TIPNIS 19/06/2012
- Río+20: Desarrollo Sostenible, Pueblos Indígenas e Instancias de Derechos de las Naciones Unidas 09/04/2012
- El Reglamento de Consulta en Trece Puntos 04/04/2012
- Justicia Indígena: Contradicciones de la Fundación para el Debido Proceso 20/03/2012
- Informe sobre el Perú tras la ley de consulta 23/01/2012
- Ataque Cruzado a la Ley de Consulta desde el Congreso y el Gobierno 13/12/2011
- Gentes sin derechos y enemigos sin garantías en los órdenes internacional y constitucional, 1945-1966 09/12/2011