El mapa de la judicialización de la protesta social en Misiones

24/08/2010
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“No lo vamos a dudar. Recurriremos a la justicia cada vez que sea necesario
para garantizar que quienes ejercen el derecho a reclamar no impidan
la libre circulación de los demás ciudadanos”.
Jorge Franco
Ministro de Gobierno de Misiones
 
“El poder público persigue penalmente a quienes participan en protestas
sociales, en vez de ver a estos hechos como un homenaje a la democracia.
Son actos de heroísmo de personas que, con gran coraje cívico y a pesar
de haber sufrido situaciones tremendas, se levantan y reclaman al Estado
que cambie su actitud”.
Roberto Gargarella
Sociólogo, abogado constitucionalista
 
Desempleo, precarización laboral, explotación, pauperización educativa, abandono sanitario, hambre. Las causas enumeradas obligaron a trabajadores (ocupados y desocupados), peones rurales, estudiantes, afectados por represas, padres y vecinos autoconvocados de diferentes puntos de la provincia de Misiones a tomar las calles, rutas, edificios públicos y plazas en reclamo de soluciones al gobierno del Frente Renovador. Las respuestas obtenidas: represión, persecución política, criminalización, judicialización.
 
La política de la mano dura se impuso como oficial en el Estado del “Crecer más, crecer en paz”. Prueba de ello es que en los últimos tres años se abrieron más de cuarenta procesos judiciales contra luchadores populares, de los cuales varios ya se encuentran en avanzada instancia, próximos a dictamen de sentencia.
 
La judicialización de la protesta social es una realidad que atraviesa a todo el territorio nacional. Según estimaciones del espacio “Encuentro Memoria Verdad y Justicia” -integrado por más de 300 organizaciones de Derechos Humanos, políticas, sindicales, sociales y estudiantiles de todo el país- actualmente existen en Argentina cerca de 5.000 personas procesadas por participar de protestas sociales.
 
Conforme a datos oficiales, la provincia con mayor incidencia de pobres (29,5%) y la segunda en indigentes (7,9%) del país es Misiones (Inti, 2009). Vastos sectores de la población misionera tienen vulnerado los más elementales derechos: alimentación, trabajo, vivienda, salud, educación, seguridad social.
 
En la tierra colorada también está vedado el derecho a la protesta. “El primer derecho”, como destaca el constitucionalista Roberto Gargarella, para quien el reclamo social constituye la base para la preservación de los demás derechos. “Si esto falta hay razones para pensar que todo lo demás puede caer. Si esto no falta, uno puede reclamar por todo lo demás. En el núcleo esencial de los derechos de la democracia está el derecho a protestar, el derecho a criticar al poder público y privado. No hay democracia sin protesta, sin posibilidad de disentir, de expresar las demandas. Sin protesta la democracia no puede subsistir”, advierte.
 
Durante la década del '90 emergieron en Argentina nuevas formas de protesta, caracterizadas por la acción directa como el corte de ruta (piquete), el escrache (acción de repudio), los levantamientos comunitarios (estallidos sociales y puebladas), entre otros. El nuevo ciclo de protesta fue desplazando a repertorios tradicionales de acción colectiva, como la huelga y las grandes concentraciones políticas, propias de etapas anteriores. Y entre las nuevas modalidades se instaló con mayor fuerza el corte de ruta, como herramienta de resistencia contra el neoliberalismo.
 
Siempre que algún piquete o movilización tiene lugar sobre rutas o calles de Misiones funcionarios del gobierno provincial, jueces, fiscales, políticos y periodistas levantan la voz casi al unísono para expresar que “los derechos de uno terminan donde comienzan los del otro", en referencia al derecho a la “libre circulación”.
 
Según entienden importantes juristas y doctrinarios, no es posible equiparar el derecho a peticionar con el derecho a transitar, ya que los actores o grupos sociales no se encuentran en la misma condición socioeconómica. Quienes llegan al piquete u otra medida de fuerza (movilización, toma de edificio público, sentada, huelga, etc) están en una situación de evidente desventaja, ya que agotaron las instancias formales y/o administrativas, las autoridades no los atendieron y tampoco tienen recursos para acceder a los medios de comunicación masiva. Es por ello que ven en el corte de ruta o calles, la última salida para hacer valer los derechos que apuntan a la consagración de sus vidas.
 
Ante esta situación, el Estado ejecuta respuestas violentas, criminaliza a sus actores y los judicializa, en lugar de otorgarles una protección especial y una efectiva y rápida solución a los problemas que ponen sobre el tapete.
 
Lista negra Renovada
 
“La persecución judicial contra los luchadores sociales significa que el Estado represor está intacto y que no dudan en desplegar toda la fuerza para acallar a quienes reclaman”, expresa desde Puerto Iguazú la docente y militante del Polo Obrero (PO) Ramona Romero, caso emblemático de la judicialización de la protesta social en Misiones. La mujer, junto con siete padres autoconvocados (Edgardo Landa, José Aquino, Evaristo Barroso, José Luis Suárez, Alberto Escobar, Santiago Galeano) y el sindicalista Angel Sosa, fueron procesados en agosto de 2008 por reclamar mejores condiciones educativas para las escuelas más pobres y abandonadas de la ciudad de las casi-maravillosas Cataratas. “No sólo estoy en las puertas de un juicio oral, sino que durante los activos reclamos que llevaban a cabo los padres defendiendo la educación de sus hijos, he sido sistemáticamente perseguida, con causas prefabricadas, presiones psicológicas por parte de las autoridades con acoso policial y separada del cargo de directora de la Escuela 694 de modo totalmente ilegal”, señala.
 
Apoyar y solidarizarse con los históricamente hambreados y pisoteados tareferos (peones de la yerba mate) de Montecarlo, fue motivo suficiente para que la Justicia también imputara y procesara a Rubén Ortiz y Carlos Di Marco, integrantes de la mesa de conducción del Movimiento Social de Misiones (MSM). “En nombre del derecho a la libre circulación, que quizás en esta lucha la ponemos en juego, lo que se trata de tapar es el derecho a la alimentación. Cuando vamos a la ruta lo que estamos defendiendo es el derecho a la comida, el derecho a la vida. Creo que con esto de criminalizarnos están tratando de tapar la destrucción de trabajo y de vida y el hambre que genera el modelo productivo centrado en las pasteras y en los megaaserraderos. Los criminales acá son los Ministros de Agricultura y los gobernadores que afianzaron, de la dictadura en adelante, el modelo de la pastera. Esos son los criminales, los que deberían hoy rendir cuentas”, enfatiza Ortíz. Di Marco agrega: “Claramente es un intento de disciplinamiento del legítimo reclamo social de los sectores de mayor vulnerabilidad. Es como una 'espada de Damocles', de intentar mantener una presión contra algunos dirigentes para quitarles libertad de conciencia y de movimiento”.
 
Desde Eldorado, el vocero de los docentes autoconvocados de esa localidad y también integrante del PO, Aníbal “Tato” Zeretzki, sostiene: “La escalada de procesos judiciales contra los que pelean es la expresión de la impotencia de este gobierno de los 'derechos humanos' ante el reclamo organizado por parte los diferentes sectores de trabajadores y movimientos sociales frente a la precarización de las condiciones laborales”. El dirigente acumula dos causas en su contra por luchar contra la designación del oficial de policía Darío Sarubbi como director de un colegio público; y en similar situación se encuentran los padres autoconvocados Francisca Duarte, Hilda González, Nancy Urbina y Jorge Mereles, y la docente Roxana Feierabend. Además, Zeretzki tiene otra causa por participar en un corte de ruta junto a trabajadores desempleados de la “Capital del Trabajo”. Sostiene que “la respuesta ante estos atropellos no puede ser otra que la solidaridad activa del conjunto de los trabajadores”.
 
María Antonella Scappini y Daniela Judith Fontana, de la Coordinadora de Trabajadores Desocupados (CTD) Aníbal Verón, fueron procesadas en abril de 2009 por participar junto a vecinos de una decena de barrios de Posadas de un corte en la Ruta Nacional 12, en reclamo de bolsones de comida, planes sociales y trabajo genuino. “El gobierno judicializa la protesta como un intento de tapar las problemáticas sociales. Llamativamente, se abren causas en un contexto de profundización de la lucha de sectores populares de diferentes puntos de Misiones: tareferos, desocupados, afectados por la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) y trabajadores precarizados”, observa María Antonella.
 
A fines de septiembre 2009, se desató una feroz represión contra afectados por la represa de Yacyretá de la Capital provincial que intentaban cortar pacíficamente la ruta 12 a la altura del arroyo Zaimán. Dos personas fueron fuertemente golpeadas y detenidas y están procesadas por interrumpir el tránsito y desobedecer “a la autoridad”. Son Brígido Olivera, vocero de los afectados por la represa y Roberto Gutiérrez, técnico electricista del barrio Poujade. Desde hacía varias semanas los dirigentes resistían junto a decenas de vecinos, a los desalojos compulsivos que se venían ejecutando desde el ente binacional. Y reclamaban que el 51 por ciento de los ingresos por la venta de energía de la EBY se destine a acción social y al cuidado del medio ambiente. “Nosotros nos manifestamos en la ruta porque nos habían dejado sin nada. Nos manifestamos en defensa de nuestros derechos, en defensa de los más elementales Derechos Humanos”, señala Gutiérrez.
 
La Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) en la figura de su secretaria general Nora Dedieu, tiene dos causas abiertas por llevar adelante manifestaciones en calles y edificios públicos: Un reclamo y una acción frente al edificio de Hacienda en agosto de 2008, y otra movilización en el Ministerio de Salud, en demanda de mejoras en el tercerizado, precario y nocivo servicio de limpieza, que dejó en mayo de ese año tres víctimas fatales y siete intoxicados graves. La dirigente gremial considera que “la actitud del gobierno es totalmente repudiable, en vez de escuchar y abrir espacios de diálogo para dar una respuesta concreta y satisfactoria a las necesidades de la comunidad, lo que recibimos es la judicialización y la represión”. Por su parte, Norberto Godoy, delegado del gremio en la sede central del Registro de las Personas -que funciona en la Capital provincial- fue procesado días atrás por participar de una protesta pacífica en el edificio del organismo, en reclamo por las malas condiciones edilicias y laborales de los empleados de la institución.
 
También en Posadas, 25 dirigentes de la Corriente Clasista y Combativa (CCC) se encuentran procesados por participar de manifestaciones callejeras y por supuestos delitos cometidos el 5 de marzo, luego de la feroz represión policial desatada contra mujeres y hombres desempleados. Los manifestantes, llegados de una veintena de barrios periféricos de la ciudad, acampaban desde hacía tres días en la coqueta Plaza 9 de Julio en demanda de fuentes de trabajo. Federico Padolsky, uno de los procesados de la organización, observa que la judicialización de la protesta “es una política que está llevando adelante el kirchnerismo a nivel nacional, es la nueva manera que tienen de perseguir políticamente. Ya no se es un dirigente social perseguido y judicializado, sino un delincuente común. Porque como tienen el verso de los Derechos Humanos, intentan mantener ese discurso. Pero acá hay una realidad: hay muy pocos genocidas de la última dictadura presos y hay más de 5000 dirigentes populares procesados en el país por luchar”.
 
Derecho constitucional
 
El abogado constitucionalista y sociólogo Roberto Gargarella, profesor de “Derecho Constitucional” en las universidades Torcuato Di Tella y la Nacional de Buenos Aires, reflexiona que la criminalización de la protesta social implica “pensar la protesta a partir del derecho penal y además pensarla dando una cierta respuesta que apunta al hostigamiento, la hostilidad institucional hacia la protesta. A mi me parece que los dos puntos son errados, primero porque la protesta merece ser pensada desde otro lado, sobre todo cuando hablamos de protestas vinculadas con derechos fundamentales sistemáticamente violados. Y segundo, y para aquellos que quieren pensar la protesta desde el código penal, lo que ya de por sí es un error, porque el código penal también prevé muchas herramientas y la selección de herramientas que se hace también es indebida”.
 
Aunque no aparece expresamente consagrado en la Constitución Nacional, el derecho a la protesta deriva del juego armónico de los artículos 33, 75 inciso 22 (convenciones y pactos de derechos humanos), 14 (el derecho a peticionar), artículos 14 y 32 (derecho a la libertad de expresión), artículo 14 (derecho de reunión), artículo 14 bis (derecho de huelga) y artículo 36 (derecho de resistencia).
 
“La protesta social es otra forma o medio de peticionar ante las autoridades, con el fin de hacer cumplir, exigir o hacer reconocer derechos, con la diferencia de que se trata de un medio informal, que no se agota en un mero pedido o solicitud a la autoridad, sino por el contrario implica otras cuestiones como la de reunión, libre asociación o participación social y política en el espacio público, la libertad de expresar y hacer saber sus opiniones”, se apunta en el manual de derechos humanos para organizaciones sociales “El derecho a tener derechos” (2009).
 
Uno de los coordinadores de la citada obra, el abogado, sociólogo y docente en la Universidad Nacional de La Plata Esteban Rodríguez, sostiene que la criminalización de la protesta “es una de las manifestaciones de la judicialización de la política, la posibilidad de transformar los conflictos sociales en litigios judiciales; de leer la realidad bajo la lupa del código penal”. Y advierte que se pretende despolitizar, deshistorizar, y “sacar de contexto a los conflictos sociales, así como también emplazar a otras instituciones como interlocutores de los problemas sociales”.
 
Asimismo, analiza que la violencia institucional “es la mano derecha del Estado, la manera que eligió el Estado de Malestar para estar en una sociedad cada vez mas polarizada, segregada y compartimentada; pero también son las prácticas represivas que nunca se desandaron en la democracia. Estas prácticas constituyen una rémora de la última dictadura en el Estado y también en la sociedad en general. Porque sabido es que no hay represión sin ciertos niveles de consenso social”.
 
El látigo procesal con que se marca a quienes participan de protestas sociales en Misiones no hace más que agravar la acuciante situación de injusticia social . El Estado debería detener esta política persecutoria y criminalizadora, atender seriamente las problemáticas que originan las medidas de fuerza entre los sectores más postergados y ordenar, de forma inmediata, el desprocesamiento de todos los dirigentes sociales de la tierra colorada injustamente judicializados.
 
FUENTES CONSULTADAS
 
1- GARGARELLA, Roberto. El derecho a la protesta. El primer derecho. Bs. As., Ad-Hoc, 2005.
 
2- RODRÍGUEZ, Esteban. Prácticas de Estado. El derecho a la protesta, criminalización, violencia institucional y el nuevo desafío de las organizaciones de derechos humanos. Tomado de la página Web del Colectivo de Investigación y Acción Jurídica: www.ciaj.com.ar
 
3- RODRÍGUEZ Esteban, APELLA Gabriel y RELLI Mariana (coordinadores).
El derecho a tener derechos. Manual de derechos para organizaciones sociales. Derechos Humanos. 2009.
 
4- ARCHIVO. Diario El Territorio.
 
5- RODRÍGUEZ, Esteban. Entrevista a Roberto Gargarella. Tomado de la página web del Colectivo de Investigación y Acción Jurídica: www.ciaj.com.ar
 
6- SVAMPA, Maristella y PANDOLFI, Claudio. La criminalización de la protesta en Argentina. Tomado de www.maristellasvampa.net
 
7- ARCHIVO. Prensa Movimiento Social de Misiones.
 
8- INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI). Mapa de Pobreza e Indigencia. Análisis por Provincias y Regiones. Septiembre de 2009.
 
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Sebastián Korol
Co-director de Revista Superficie: www.revistasuperficie.com.ar
https://www.alainet.org/es/active/40389
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