Apropiación de acta de los Acuerdos de Paz podría violar la Constitución de la República

07/10/2014
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Según las autoridades del Archivo General de la Nación, el acta original de los Acuerdos de Paz debe estar en los archivos de Casa Presidencial y no en manos privadas ya que este documento oficial de contenido histórico debe ser resguardado y protegido en las instancias correspondientes, como lo mandata la Constitución de la República en su artículo 63.
 
La firma de los Acuerdos de Paz se realizó en el Castillo de Chapultepec, México en 1992. El acta oficial quedo en manos de expresidente Alfredo Cristiani
La firma de los Acuerdos de Paz se realizó en el Castillo de Chapultepec, México en 1992.
El acta oficial quedo en manos de expresidente Alfredo Cristiani
 
La apropiación del acta de los Acuerdos de Paz por el expresidente de la República, Alfredo Cristiani, podría violar el artículo 63 de la Constitución, que delega la custodia y la conservación de la riqueza artística, histórica, arqueológica del país al Estado, así lo consideró el subdirector del Archivo General de la Nación (AGN), Carlos Aguiluz.
 
Aguiluz dijo que de corroborarse esto, la Fiscalía General de la República (FGR) puede actuar de oficio, pero antes se realizarán las gestiones por la vía del entendimiento con el exmandatario.
 
“Los secretarios de Cultura y Participación Ciudadana, Transparencia y Anticorrupción están en trámites para solicitar al expresidente Cristiani, el documento original de la firma de los Acuerdos de Paz”, explicó Aguiluz.
 
Agregó que la sustracción o eliminación de documentos era una práctica que tenían los gobiernos antes de firmarse la paz, debido a que no había una ley que exigiera y protegiera el patrimonio cultural.
 
“Acabábamos de salir de una guerra y la división entre patrimonio privado y público no se entendía muy bien, porque veníamos de una época de dictadores y la apropiación de documentos se dio. Es hasta ahora que se está dando una cultura diferente de cuidar lo público”, consideró el funcionario.
 
Aguiluz dijo que por el momento también se está investigando la sustracción de otros documentos oficiales, que no están contemplados en los inventarios pero que se conoce su existencia y en manos de quién pueden estar.
 
Para que un documento ingrese al AGN se deben considerar tres factores: cultural, científico e histórico, requisitos que el acta de los Acuerdos de Paz cumple y las vías de entrada pueden ser por una transferencia o donación, explicó Aguiluz.
 
Las reacciones de Aguiluz surgen luego que el pasado viernes se realizara una audiencia oral en el Instituto de Acceso a la Información Pública, en la que Domitila Rosario Piche Osorio interpusiera un recurso de apelación por la respuesta de la Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP) de la Presidencia, sobre la inexistencia de los Acuerdos de Paz en el archivo de esa institución.
 
Según información de la Unidad de Acceso a la Información de la Presidencia (UAIP), la entidad buscó sin éxito si los gobiernos anteriores registraron o guardaron el documento de la firma para entregar una copia a la ciudadana.
 
Añadió que debido a la inexistencia del documento, la Unidad de Archivo “gestiona el documento ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) como un esfuerzo proactivo para localizarlo”.
 
Sobre este tema, el Secretario de Participación Ciudadana, Transparencia y Anticorrupción, Marcos Rodríguez, aclaró, durante el programa Gobernando con la Gente del pasado sábado, que de comprobarse que Cristiani guardó la copia del acta serán las instancias legales quienes determinarán si incurrió en la violación del artículo 286 del Código Penal, que establece una pena de uno a tres años de cárcel a quien oculte documentos en prejuicio del Estado.
 
https://www.alainet.org/es/active/77800?language=en
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