Qué pasa en las Fuerzas Armadas?

22/08/2005
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Durante la pasada crisis de mayo y junio la institución armada tuvo que desmentir que hubiera ningún intento de golpe de Estado (dejando aislado al Ejecutivo de la COB en su demanda de un gobierno civil-militar), y el entonces Jefe de Estado Mayor tuvo que negar que tuviera algo que ver con los grupos exaltados que le pedían se hiciera cargo del gobierno. El 9 de junio el Alto Mando Militar tuvo una participación decisiva en los resultados de dicha jornada al ‘exhortar' a los parlamentarios a que tomaran en cuenta las opiniones de la población. El nuevo presidente Rodríguez, como parte de su incondicional acercamiento al Poder Legislativo, tuvo que acceder a la exigencia de los presidentes de ambas cámaras y sustituir inmediatamente a ese Alto Mando. Y en las últimas semanas se ha desatado una conmoción política en torno a la conformación de una ‘agrupación ciudadana' que pretende expresar! la opinión política de los militares (al menos en la Asamblea Constituyente). Mientras tanto continúa el desacuerdo de la institución armada con las decisiones del Poder Judicial en torno al fuero militar y al secreto militar. Incluso se ha llegado a pronunciar amenazas contra el sistema democrático… Es inevitable que la sociedad se pregunte qué está pasando dentro de las Fuerzas Armadas. Veamos algunos hechos y formulémonos algunas preguntas. ¿Qué es “TRADEPA”? Pese a su connotación histórica (T-RADEPA, en evidente alusión a la logia del ex presidente Gualberto Villarroel), la sigla oficialmente significa ‘Transparencia Democrática Patriótica' y pretende ser el nombre de una agrupación ciudadana que viene tramitando su personalidad legal desde el pasado 23 de mayo. Según informes de prensa sus representantes formales son en su mayoría civiles (¿familiares de militares?) y en este momento está en curso la recolección de las 55 mil firmas que requiere para su inscripción en la Corte Electoral. Lo sorprendente es que se estaría recogiendo esas firmas en varias unidades militares (incluso habría denuncias de oficiales que se sienten presionados a firmar) y que en el caso de la IIª División de Ejército (en Oruro) sus instalaciones servirían como ‘oficina regional' de la agrupación. Más sorprendent! es fueron las declaraciones del ministro de Defensa Víctor Jemio en el sentido de que efectivamente las Fuerzas Armadas, al no poder ‘deliberar' (por precepto constitucional), necesitan un instrumento como ése para poder expresar sus ideas, una extralimitación inaceptable que llevó al Presidente Rodríguez a destituir inmediatamente a dicho ministro (sustituido por Gonzalo Rocabado). Pero la sorpresa llega a su límite cuando el Comandante de las FF AA (Marco A. Justiniano) ratifica las expresiones del destituido ministro, y sólo tras una reunión con el Presidente las rectifica limitando la representación de dicha agrupación a los militares del servicio pasivo, y su campo de acción a la Asamblea Constituyente. Y superando todas las sorpresas los ciudadanos nos sentimos transportados a 1980 cuando el general (en retiro) Luis Jemio, hermano del ex ministro, amenaza públicamente, por televisi&oac! ute;n, con acudir a ‘otros métodos' si a los militares ! no se le s permite tener su propio ‘brazo político'… ¿Será que los militares del servicio pasivo sí pueden ‘deliberar'? ¿No siguen siendo parte de las FF AA?, ¿no siguen cobrando su sueldo del presupuesto militar? ¿Se podrá permitir que la no-deliberación directa (a nombre de las FFAA) sea sustituida por una deliberación indirecta (a través de un partido político o una agrupación ciudadana)? ¿Será lógico que conformen una instancia de deliberación política unos señores que pueden darse el lujo de amenazar a la sociedad con utilizar ‘otros medios', cosa que las demás agrupaciones y partidos no pueden? ¿Por qué el Comandante Justiniano no sufrió la misma suerte que el ministro Jemio? ¿Y el otro Jemio, por ser del servicio pasivo puede amenazar impunemente con apelar al uso de la violencia? El levantamiento del secreto militar En el marco del juicio de responsabilidades a Gonzalo Sánchez de Lozada por las matanzas de Octubre de 2003, la Corte Suprema de Justicia (basándose en los Artículos 118 de la Constitución, 279 del Código de Procedimiento Penal, y 98 de la Ley Orgánica de las FFAA) acaba de levantar el secreto militar respecto de aquellos sucesos. Como consecuencia de esta resolución el Fiscal Gareca anuncia la comparecencia y declaración de más de 15 oficiales; mientras algunos jefes militares expresan su molestia y el asesor legal de las FFAA manifiesta públicamente que con dicha resolución ‘se pone en riesgo la seguridad nacional'… Este desacuerdo empalma con la demanda formulada el 7 de agosto por el almirante Justiniano en el sentido de que el Congreso Nacional establezca una delimitación entre la justicia penal y la justicia militar (ya que los ‘resultados no deseados' de los últimos conflictos sociales ‘pretenden ser aprovechados por algunos grupos minoritarios para echar sombras sobre la actuación institucional') demanda que fue considerada pertinente por el Presidente de la República y ‘peligrosa' por el presidente de las Juntas Vecinales de El Alto (que percibe en ello un intento de legalizar la represión). Eso de ‘resultados no deseados' ¿no recuerda a los ‘efectos colaterales' de que habla G. W. Bush? Y eso de la ‘seguridad nacional' ¿no recuerda los tiempos dictatoriales de los generales Bánzer y García Meza? ¿Será saludable para una sociedad que quiere ser democrática que exista en su seno una institución que no responde ante el conjunto de la sociedad ni ante sus instancias judiciales? Jurisdicción militar e impunidad Periódicamente la ciudadanía se entera de hechos que no pueden menos de intranquilizarla. Ahí está el caso del soldado Fredy Moisés Kanqui, repentinamente muerto de un balazo que le habría disparado el Subteniente Luis Fernando Paredes (en estado de ebriedad). Es posible que el responsable reciba la pena máxima, pero en todo caso nos encontramos con que el asesinato de un ciudadano por otro se ventila en la justicia interna militar, de ella depende su sanción, la justicia ordinaria no tiene nada que hacer, y si el veredicto resultara absolutorio los familiares del fallecido no tendrían ante quién apelar. En este caso todavía cabe esperar que se haga justicia, en otros ésta no aparece, es el caso del general Waldo Jordán , cuyo ascenso a General de División ha sido observado por la Comisión de Defensa del Senado por el hecho de que dicho oficial ha sido acusado de desv! iación de frazadas (convertidas en ponchos) que habían sido donadas para los damnificados de Viacha, de empleo de soldados y material militar en la construcción de su hotel, de instalación de una tranca para el presunto cobro a vehículos de contrabando, de apropiación de un giro bancario de 2.600 dólares, y de denuncias de extorsión. Pero resulta que el general Jordán ‘negó los cargos' ante el Tribunal Militar y fue liberado de todos ellos... ¿Se puede confiar en una ‘justicia aparte' y ejercida de manera privada por una institución del estado, sea cual fuere? ¿Se puede considerar ‘democrática' una sociedad que mantiene distintos ‘fueros' en su seno? ¿Qué necesidad tienen las Fuerzas Armadas de ocultar acusaciones, juicios, procesos o testimonios cuando están en juego las reglas de la convivencia ciudadana y del respeto a los derechos humanos? El indudable derecho de opinión y expresión de los militares Cuando todo el país se encuentra conmocionado y al borde de la refundación, es inevitable que la conmoción alcance a la institución ‘tutelar' de la patria, y que en su seno se produzcan movimientos de opinión respecto de los grandes problemas de la nación; pero para que esos movimientos tengan sentido deberán producirse de manera abierta y democrática. Por supuesto será importante que a la hora de la refundación del estado todos los oficiales y clases (y soldados) de las diferentes Fuerzas tengan la oportunidad y el espacio para opinar, ya que está en juego su país y también el destino de su propia institución. Pero ese derecho de expresión no tendrá valor si no es horizontal e igualitario, y por tanto no puede estar mediado por generales y almirantes (sean activos o pasivos), ni por organizaciones amañadas u oscuramente dirigidas, ni podrá ampara! rse en ningún tipo de fueros ni privilegios (ni menos en amenazas). Además hay algo que debe quedar definitivamente claro: Así como los militares tienen todo el derecho de opinar sobre la refundación del país (y habrá que buscar la modalidad para que ello ocurra), la ciudadanía en su conjunto tiene también el derecho de opinar sobre el rol de las Fuerzas Armadas en el nuevo país que queremos re-fundar. - Bolivia Press 2005, Nº 11 (21 de agosto) Boletín electrónico quincenal del Centro de Documentación e Información Bolivia (CEDIB) cedib@cedib.org - www.cedib.org
https://www.alainet.org/es/active/9063
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