La Agenda de los Derechos Humanos

Cumbre de los Pueblos de América

12/05/1998
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  • Opinión
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Del 18 al 19 de abril Santiago de Chile fue escenario de la II Cumbre de las Américas, que congregó a 34 mandatarios del continente, quienes aprobaron una Declaración Conjunta y un Plan de Acción para el siglo XXI, estableciendo como eje central las negociaciones para el Area de Libre Comercio de las Américas (ALCA) que deberán concluir hacia el año 2005. Con la finalidad de hacer escuchar la voz de la sociedad civil, en el Centro Cultural Alameda de esa misma ciudad, del 15 al 18 de abril se llevó a cabo la Cumbre de los Pueblos de América con la participación de diferentes sectores sociales de todo el continente que reivindican una integración con participación ciudadana y con estándares de derechos humanos. En esta ocasión recogemos la Declaración del Foro de Derechos Humanos que se realizó en el marco de esta cumbre paralela. Considerando que la democracia está estrechamente vinculada a los derechos humanos y que los Estados y sus autoridades sólo se justifican, en último término, en función del respeto, promoción y garantía de esos derechos fundamentales. Revalorizando todos los esfuerzos hechos en los países americanos por construir una agenda común de derechos humanos y asumiendo algunas propuestas recogidas para incidir en los distintos espacios de discusión y toma de decisiones en el que participan los Estados (Conferencia Mundial de Derechos Humanos 1993), Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y Gobierno, Chile 1996, Asamblea General de la OEA, Lima 1997). Afirmando que la democracia, entendida como un conjunto de prácticas socio-políticas, nace y encuentra legitimidad y justificación sí y sólo sí garantiza el principio de autodeterminación de los pueblos y se dirige a la plena realización de los ideales de la libertad, la igualdad y la solidaridad. Con la absoluta certeza de que sin justicia, ninguna gobernabilidad democrática puede estar asegurada, nos resulta necesario y urgente, que las más altas autoridades de nuestra región, incorporen en su debate el tema de los derechos humanos para la construcción de sólidas democracias en América. En ocasión de celebrarse en 1998 la Cumbre de las Américas, las Organizaciones No Gubernamentales de derechos humanos de América, ratificamos las propuestas que se han venido impulsando con la esperanza de que los gobiernos de América asuman como valores éticos de la democracia, los principios y valores aceptados por la comunidad internacional al consagrar normas de protección en materias de derechos humanos, considerando que éstos nunca deben sacrificarse en aras de modelos de desarrollo que atenten contra la dignidad humana, reafirmándose la democracia como escenario ideal para el pleno goce y disfrute de los derechos humanos. Las organizaciones que suscriben este documento consideran de mucha importancia el encuentro de los presidentes y recomiendan tengan en cuenta: 1.- La ratificación del principio de responsabilidad única y exclusiva del Estado en la protección de los derechos humanos, la cual no puede desplazarse hacia los particulares, ni en cuanto a las garantías para el disfrute de los derechos, ni en relación a la violación de éstos. 2.- La ratificación de los principios de cooperación y coordinación entre los mecanismos internacionales y regionales de protección de los derechos humanos, así como el derecho de los particulares afectados a elegir el mecanismo que mejor satisfaga su necesidad de respuesta oportuna y efectiva, así como el derecho a una reparación que incluya la restitución , compensación , rehabilitación., satisfacción y la garantía de no repetición de los actos agraviantes, según los principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones a los derechos humanos y al derecho humanitario internacional a obtener reparación (doc.ONU E/CN 4/1997/104). 3.- La promoción, el respeto, la exigibilidad y justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales, tanto en el terreno nacional como en el internacional, mediante el establecimiento y perfeccionamiento de mecanismos judiciales y administrativos que permitan a la población exigir el respeto de dichos derechos a nivel nacional, así como el desarrollo de un sistema integral de verificación y tramitación de denuncias a nivel internacional que incluya el reconocimiento de los particulares como actores fundamentales de dicho proceso. La importancia de garantizar los derechos económicos, sociales y culturales en los procesos de integración económica y política regional. 4.- El rechazo a la imposición de medidas legislativas o económicas que signifiquen menoscabo a los derechos adquiridos de los trabajadores/as y la denuncia de la incompatibilidad entre los tratados internacionales de derechos humanos y las medidas de ajustes estructural sugeridas por las agencias financieras multilaterales que signifiquen el desplazamiento de la responsabilidad del Estado hacia particulares, en materias tales como derecho a la salud, el trabajo, la educación, la vivienda y la seguridad social o la imposición de limitaciones al ejercicio pleno de las libertades sindicales. 5.- La reafirmación de la estrecha e indisoluble relación existente entre Democracia, Desarrollo y Derechos Humanos, para lo cual es indispensable ampliar el conjunto de derechos políticos reconocidos a los ciudadanos y en especial el de la participación en las decisiones políticas, el establecimiento de sistemas electorales independientes y la promoción de programas destinados a alcanzar la autonomía, imparcialidad y profesionalización del Poder Judicial. 6.- La independencia de la administración de justicia y su fortalecimiento, a partir de sistemas de designación y remoción de jueces y funcionarios/as, acordes con la idoneidad y la imparcialidad coma garantía de la vigencia de los derechos constitucionales y del acceso a la justicia para todos y todas. 7.- La impunidad constituye un fenómeno internacional y generalizado en la región, cuyos efectos sobre nuestros países tienen directa relación con las dificultades que han presentado nuestras sociedades para reconciliarse y reencontrarse efectivamente con la democracia, generándose, por el contrario, fuertes tensiones que incluso han puesto en riesgo los espacios de libertades ya ganados. La impunidad, como ausencia de verdad, justicia y reparación, frente a las graves violaciones a los derechos humanos, permea y corroe nuestras sociedades en sus basamentos éticos y morales . En este sentido , es urgente que las autoridades de nuestra región reconozcan las fallas de los sistemas jurídicos e implementen las reformas necesarias para erradicar la impunidad. 8.- La creación de una Corte Penal Internacional Permanente es necesaria como complemento a los sistemas judiciales nacionales para investigar y procesar por graves delitos como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y las serias violaciones de las leyes humanitarias internacionales. Instamos a los Estados a comprometerse a crear una Corte Penal Internacional justa, eficaz e independiente, mediante la elaboración de un estatuto progresivo durante la próxima Conferencia Diplomática en Roma. 9.- La importancia de garantizar el habeas corpus y el amparo como recursos breves, sencillos y efectivos para la protección de los derechos fundamentales. El rechazo contra toda medida que atente contra el pleno disfrute del derecho a la vida, la integridad física y la protección contra la desaparición forzosa, derechos que se ven particularmente afectados a causa del abuso de poderes excepcionales por parte del ejecutivo, el fuero militar ?en ocasiones extendido a cuerpos policiales- y medidas prejudiciales que en la práctica se convierten en obstáculos a la justicia, las amnistías a responsables de violaciones de los derechos humanos, la extensión del secreto sumarial más allá de todo límite, la interferencia del poder ejecutivo o de fuerzas económicas o políticas en el poder judicial y otros mecanismos que facilitan la impunidad. 10.- El establecimiento de canales y mecanismos que aseguren una creciente intervención de las mujeres, minorías, niños y adolescentes, grupos étnicos, pueblos indígenas, comunidades negras, discapacitados, aquellos discriminados en razón de su orientación sexual y otros sectores discriminados o vulnerables, incluyéndolas en la toma de decisiones que afecten y comprometan el disfrute de sus derechos. 11.- Recomendamos a los Estados incorporen en sus legislaciones, normas que garanticen un ejercicio libre y responsable de los derechos reproductivos, profundizando la prevención y la plena información de las mujeres, y servicios públicos de la salud gratuitos que permitan el acceso voluntario de éstas a los métodos preventivos relacionados con su salud reproductiva e integral. 12.- El impulso de programas de formación en Derechos Humanos hacia los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, así como a las Fuerzas Armadas, la incorporación de los Derechos Humanos en los programas de educación formal y no formal desde el preescolar hasta la educación superior y la adecuación y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico interno al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, con el objeto de promocionar con seriedad y eficacia una cultura acorde con el respeto y la defensa de los Derechos Humanos, por parte de los Estados. 13.- La inclusión de la perspectiva de género en los niveles de los organismos normativos nacionales e internacionales, en los programas, textos, informes que se laboren, que contribuya a una lectura de la realidad reveladora de las causas y efectos de la discriminación contra las mujeres de modo que permita superarla y desarrollar una cultura de participación igualitaria, que valore en toda su dimensión las posibilidades y aportaciones propias de la mujer. 14.- La ratificación de los Pactos e Instrumentos protectores de los Derechos Humanos por parte de todos los Estados, sin reservas que disminuyan su eficacia. En particular, recomendamos la ratificación del Pacto de San Salvador sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales. El envío regular de peticiones por la Asamblea General de la OEA para que los Estados no ratificantes expliquen su reticencia. El impulso de nuevos mecanismos que garanticen la efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales como un Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas. 15.- El cumplimiento por los Estados de las observaciones y recomendaciones formuladas por los distintos órganos del Sistema de Protección Universal y Regional de los Derechos Humanos. 16.- La aplicación del Derecho al Desarrollo como un derecho universal e inalienable y como parte integrante de los derechos humanos fundamentales, tal como ha sido declarado por la Asamblea General de la ONU en 1986. 17.- Poner énfasis en la transparencia de la gestión pública, y en particular, en la creación de mecanismos concretos para garantizar la participación ciudadana en el diseño, supervisión e implementación de políticas públicas a nivel nacional e internacional. Asimismo, garantizar la creación de mecanismos de participación y fiscalización ciudadana en las instituciones financieras internacionales, la OMC, el Grupo de Revisión de la Implementación de Cumbres y la OEA. 18.- La protección del medio ambiente como derecho indivisible e interdependiente con los demás. Sólo a través de políticas de desarrollo que garanticen un medio ambiente seguro, sano y ecológicamente racional se puede satisfacer equitativamente el derecho a la vida digna de las generaciones actuales, sin afectar el derecho a las generaciones futuras a satisfacer equitativamente sus necesidades. El carácter irreversible de los daños ambientales, exige que los Estados consideren prioritario evitar actividades que reviertan el impacto ambiental frente a los beneficios económicos inmediatos que puedan generar. Se deben establecer mecanismos que garanticen que los países desarrollados asuman el costo de los gastos ambientales de las actividades, tanto públicas como privadas, generadas en los países en desarrollo, estableciendo controles que minimicen dichos gastos, así como respondiendo debidamente a los daños producidos. 19.- La formulación de una declaración expresa de condena a todas las formas de discriminación y/o multidiscriminación por condición de género y orientación sexual, de razas, de etnias, de religión, de grupos sociales o culturales, de nacionalidad y opinión política. Así como la puesta en práctica efectiva de los tratados internacionales y regionales ratificados por los Estados sobre esta materia. 20.- La protección especial nacional e internacional para las personas discapacitadas y de la tercera edad, trabajadores/ras migrantes, población sin techo, desplazados/das internos/as, afectados/as por el VIH/SIDA y múltiples grupos discriminados y marginados. 21.- La necesidad de no discriminar a portadores/ras y enfermos/as del VIH/SIDA y el resguardo de su derecho a recibir los tratamientos necesarios que les garanticen mejor calidad de vida en todos los niveles incluyendo a quienes se encuentren privados/as de libertad. 22.- La condena e inclusión de medidas internas e internacionales eficaces para erradicar las prácticas y políticas de "limpieza social" que se manifiestan entre otras formas, por el exterminio físico, la marginación o los atentados contra las prostitutas, homosexuales, lesbianas, niños y niñas de la calle, comunidades negras e indígenas, así como otros grupos sociales discriminados por la sociedad. 23.- La protección de niños, niñas y jóvenes desplazados por la violencia política, víctimas de conflictos armados y en situación de abandono. La condena del tráfico de niños y niñas, falsas adopciones, negación de su identidad, venta de sus órganos, prostitución y de toda otra forma de abuso que vaya en contra de su desarrollo, y la consideración de estas prácticas como violaciones masivas de los derechos humanos de la niñez. La protección legal de niños y adolescentes trabajadores y la erradicación de toda forma de explotación económica. 24.- El cumplimiento por parte de los Estados de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y la Niña, respetando su legítima identidad y resaltando su condición de sujetos de derechos humanos. La promulgación de leyes severas que castiguen los crímenes de los cuales son objeto, y la exigencia de respetar los mecanismos adoptados por la ONU, tales como el límite de dieciocho años para la imputabilidad penal. Así como cumplir con las Reglas de las Naciones Unidas en relación a la administración de justicia (Beijing) y a la protección de menores privados de libertad (Ryadh). 25.- El reconocimiento específico de los/las desplazados/das internos/nas u los derechos que les son inherentes, la creación de un órgano independiente e internacional que les brinde protección y la agilización de los procedimientos que garanticen su cumplimiento, así como la protección de la población que se desplaza por causa de la violencia hacia otros países, garantizándoles la seguridad y el derecho a no ser devueltos a su país de origen sin su consentimiento, ni a ningún país donde su vida, su integridad o su libertad se encuentren amenazadas. 26.- La efectiva implementación del derecho al asilo y/o refugio por parte de los Estados que no lo han hecho, reglamentándolo internamente en consonancia con los instrumentos internacionales que los vinculan. 27.- La ratificación de la Convención de Ottawa sobre el desmantelamiento y destrucción pública de todos los arsenales de minas terrestres anti-personales que, en este momento, se encuentran en manos de las Fuerzas Armadas de los países participantes de la Cumbre. 28.- La afirmación de los derechos a la comunicación, a la investigación y a la recepción de información y opiniones. Establecer la obligación de los Estados miembros de derogar todos los mecanismos de censura oficiales, así como todas las figuras penales que supongan una protección especial para funcionarios/rias. Garantizar el pluralismo informativo, facilitando el acceso a los medios de difusión masiva de las organizaciones intermedias de la sociedad, con espacios fijos en los medios del Estado y otorgando la administración de éstos a una conducción plural, ajena al poder gubernamental. 29.- Rechazar la violencia física y sicológica a los conscriptos en los establecimientos militares. Deben promulgarse leyes que garanticen el derecho a la objeción de conciencia y se adopten medidas destinadas a garantizar que las eventuales prestaciones sustitutorias no tengan carácter discriminatorio o disuasorio. 30.- Solicitar a los Estados de las Américas que demuestren su voluntad de apoyo al Sistema Internacional de Protección de Derechos Humanos, a través de la concesión de recursos económicos suficientes para garantizar su funcionamiento efectivo. 31.- Los Estados de las Américas deben mostrar su compromiso con el Sistema Interamericano a través de mecanismos de implementación de las decisiones de la Comisión y de la Corte. 32.- El proceso de evaluar el Sistema Interamericano de Derechos Humanos debe hacerse propiciando una discusión más amplia con Organizaciones No Gubernamentales, expertos y gobiernos, con el común propósito de que las reformas que eventualmente se propongan, beneficien a las víctimas de violaciones de derechos humanos a quienes el sistema tiene el propósito de defender, así como a las tareas de promoción y defensa en general. 33.- La propuesta de reforma del Sistema Interamericano no puede pretender fusionar la Comisión a la Corte Interamericana, limitar la admisibilidad de los casos, aumentar el carácter confidencial de las decisiones y restringir la representación de Organizaciones No Gubernamentales e individuos, medidas éstas que lo debilitarían gravemente. En consecuencia, para fortalecer al Sistema Interamericano, proponemos que se consideren, entre otros, los siguientes aspectos: a) La búsqueda de una mayor eficacia del sistema y el examen público de la situación de los derechos humanos. b) El fortalecimiento de la Comisión y de la Corte Interamericana, así como de las medidas cautelares y provisionales del sistema. c) La flexibilidad en la admisibilidad de los casos, la inclusión en el procedimiento ante la Corte de la participación independiente de la víctima o de su representante y la transparencia en sus criterios y trámites. d) El reconocimiento de la condición de entidades consultivas a las Organizaciones No Gubernamentales ante la OEA y la adopción de una Declaración Interamericana de Protección a los Defensores de Derechos Humanos. 34.- Las personas que la Asamblea General de la OEA elija para integrar los órganos del Sistema Interamericano, deben ser personas moralmente intachables y de reconocida trayectoria de compromiso con los derechos humanos y se debe asegurar una adecuada independencia de los órganos del sistema, de acuerdo a lo estipulado en la Convención Americana. 35.- El Foro de Derechos Humanos de la Cumbre de los Pueblos de América, solicita en relación a la puesta en marcha de los trabajos para formalizar el Acuerdo de Libre Comercio para las Américas (ALCA) que sean consideradas las siguientes propuestas: a) Que la firma del Tratado Comercial incluya necesariamente una Cláusula Democrática y una Social que garanticen, en el marco de los acuerdos de integración, la vigencia del Estado de Derecho, de las Instituciones democráticas, del respecto irrestricto a los derechos humanos y, en particular, a los derechos fundamentales de los/las trabajadores/ras. b) Que se garantice de manera efectiva la participación de la sociedad civil en el proceso de diseño, adopción e implementación del acuerdo que establezca el Area de Libre Comercio de América, definiendo claramente agenda, oportunidad y mecanismos transparentes de participación y responsabilidad de los distintos actores del proceso. c) La adopción de una "Carta Social Americana" en donde se aseguren los derechos económicos, sociales y culturales de los pueblos de América. Para finalizar, exhortamos a los Presidentes, que se garantice la participación de las Organizaciones No Gubernamentales en las próximas Cumbres de las Américas.
https://www.alainet.org/es/articulo/104280?language=es
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