Arranca la negociación de la Convención sobre Diversidad Cultural
23/09/2004
- Opinión
La diversidad cultural es una de las mayores riquezas de la
humanidad, y su respeto no solo es un derecho de los pueblos,
sino que, en un marco de diálogo y cooperación, es una condición
para poder caminar hacia la paz y la convivencia mundiales.
Los acontecimientos mundiales de este nuevo siglo han puesto en
evidencia la urgencia para la humanidad de encontrar respuestas
para hacer avanzar el respeto y el fomento de la diversidad
cultural. No obstante, tales respuestas se encuentran
marginadas -cuando no anuladas- ante el empuje de la
globalización neoliberal y del llamado "libre comercio", y de la
ofensiva militarista, cuyas consecuencias incluyen una tendencia
hacia la homogeneización cultural, las presiones -
particularmente hacia los países en desarrollo- para el abandono
de sus políticas de soberanía cultural, y las crecientes
dificultades de supervivencia de la producción cultural local e
independiente.
En este escenario, ha surgido una iniciativa, promovida en el
marco de la UNESCO, de elaborar una convención internacional de
carácter normativo y vinculante, que aporte respuestas a las
amenazas concretas a la diversidad cultural en la era de la
globalización y que defienda el derecho de las naciones y
pueblos a proteger y estimular su creación cultural.
La Convención estuvo concebida como un instrumento jurídico
permanente, que daría sustento legal a las medidas y políticas
soberanas que adopten los estados nacionales en esta materia.
Propiciaría un mayor equilibrio en los intercambios entre
culturas de distintas partes del mundo y prestaría legitimidad a
las propuestas de modificar los acuerdos comerciales en este
sentido. También establecería normas que los Estados firmantes
se comprometerían a respetar, en el sentido de dar garantías
para la diversidad de expresiones culturales en cada país, en un
marco de libertad de expresión. No obstante, las negociaciones
se anuncian difíciles en cuanto al estatus legal de la
Convención, sobre todo ahora que EE.UU. está de regreso en la
UNESCO.
Este mes de septiembre (20-25) se realiza en Paris una primera
reunión intergubernamental, donde se inician las negociaciones
en torno a esta "Convención sobre la Protección de la Diversidad
de los Contenidos Culturales y las Expresiones Artísticas", que
se espera terminar para su aprobación en la 33o sesión de
Conferencia General de la UNESCO, en octubre 2005, antes de que
concluyan las negociaciones de la ronda de Doha en el marco de
la Organización Mundial del Comercio -OMC-.
Patrimonio común de la humanidad
El primer borrador de la Convención, que se discute en Paris, se
inspira en la Declaración Universal sobre la Diversidad
Cultural, que los gobiernos miembros de la UNESCO adoptaron por
unanimidad en noviembre del 2001, solo dos meses después de los
atentados del 11 de septiembre, que reafirma la convicción de
que el diálogo intercultural es el mejor garante de la paz, en
rechazo de la tesis que auguraba un choque ineluctable entre
civilizaciones. Ambos documentos reconocen que la diversidad
cultural es patrimonio común de la humanidad y tan necesaria
para el género humano como la biodiversidad para los seres
vivos.
El texto preliminar de la Convención, elaborado en un proceso
previo de consultas informales, destaca el carácter dual -
cultural y económico- de los bienes y servicios culturales, los
cuales no se deben considerar mercancías o bienes de consumo
como los demás, porque "son portadores de identidades, valores y
significados". Sitúa el vínculo entre la diversidad cultural y
el desarrollo, afirmando que los aspectos culturales y
económicos del desarrollo tienen igual importancia.
El documento establece que los Estados Partes, en conformidad
con los derechos humanos universalmente reconocidos, "afirman su
derecho soberano a adoptar medidas para proteger y promover la
diversidad de las expresiones culturales en sus respectivos
territorios, y reconocen su obligación de protegerla y
promoverla tanto en sus territorios como en el plano mundial".
(Art. 5.1). También estipula que los Estados Partes pueden
"adoptar medidas, en especial reglamentarias y financieras, para
proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales
en sus respectivos territorios, especialmente cuando éstas se
hallan en peligro o en situación de vulnerabilidad". [Art.
6.1]. Tales medidas, según el texto, pueden consistir en
reservar un espacio a los bienes y servicios culturales
nacionales; adoptar disposiciones relativas a la lengua
utilizada; garantizar a las industrias culturales independientes
un acceso efectivo a los medios de producción, difusión y
distribución; conceder ayuda financiera pública; promover el
libre intercambio y circulación de ideas, expresiones, bienes y
servicios culturales; y estimular y apoyar a las instituciones
del servicio público.
Entre las obligaciones de los países signatarios estarían la
promoción activa de la diversidad de las expresiones culturales
y la protección de las formas vulnerables de expresión cultural.
Estarían obligados asimismo a sensibilizar y educar al público
respecto a la importancia de la diversidad cultural. El texto
contiene también una sección sobre la cooperación internacional,
que propone medidas de apoyo y tratamiento preferencial al
desarrollo de la producción cultural en los países en
desarrollo.
No obstante, la negociación recién empieza y desde ya existen
presiones para reducir el mandato de la Convención. Uno de los
temas más polémicos es la relación de la Convención con otros
instrumentos internacionales. Es evidente que solo tendrá
fuerza frente a los acuerdos comerciales si tiene un estatus
igual o mayor a éstos, pues de lo contrario, quedará como simple
expresión de buena voluntad, sin poder vinculante. El debate ya
está enganchado entre una posición que se limita a expresar que
la Convención no afectará los derechos y obligaciones que tengan
los Estados Partes en virtud de otros instrumentos
internacionales; y otra que admite una excepción cuando el
ejercicio de tales derechos y obligaciones "cause serios
perjuicios o constituya una amenaza para la diversidad de las
expresiones culturales". Esta segunda versión dotaría de una
base legal para el cambio de políticas de un país que ya ha
comprometido su soberanía cultural en el marco de un acuerdo
comercial. Para ciertos sectores, toda vez, ninguna de estas
posiciones es suficiente, sobre todo que la segunda tampoco
admite excepciones en relación a los derechos de propiedad
intelectual.
Otro aspecto polémico es la falta de sanciones para las
violaciones a la Convención y la debilidad de los mecanismos de
resolución de litigios.
Actores e intereses en juego
Los países francófonos han cumplido un rol central en promover
la Convención, con los gobiernos de Francia, Québec y Canadá a
la cabeza. Francia tiene una larga historia de enfrentar a
EE.UU. en torno a la "excepción cultural" en el marco de los
acuerdos comerciales. Han sido activos también los ministerios
de la cultura de los 63 países miembros de la Red Internacional
sobre Políticas Culturales, un espacio informal para
intercambiar y explorar políticas culturales frente a los nuevos
retos del sector, que en varias oportunidades han expresado
posiciones contrarias a aquellas de los ministerios de comercio
de los mismos países.
EE.UU., que se reintegró a la UNESCO hace un año, se ha mostrado
poco favorable a la Convención, pero por ahora no hace una
oposición frontal. Extraoficialmente, sin embargo, su
delegación ha expresado preocupación ante una convención que
podría dar pretexto a los gobiernos a controlar la información;
se trata del mismo argumento que utilizó en los años 70 para
descarrilar el proyecto del nuevo orden mundial de la
información, en la misma UNESCO.
Por el lado de la sociedad civil y de los sectores
empresariales, quienes han tenido una participación más activa
durante el proceso previo son las redes de artistas y de
pequeñas y medianas productoras culturales. Estas últimas buscan
defender sus posiciones frente al cuasi monopolio de las cinco
mega corporaciones mundiales del sector. Estos sectores están
agrupados principalmente en las Coaliciones para la Diversidad
Cultural, que existen en 16 países y han formado un comité de
enlace internacional. En América Latina existen coaliciones en
Argentina, Chile, Colombia, México, Perú y Uruguay. Estos
grupos han logrado introducir varias propuestas en la
elaboración del primer borrador de la Convención, y expresan un
fuerte respaldo a la iniciativa, si bien siguen presionando para
que se fortalezca su estatus en términos de la protección legal
de la diversidad cultural y como mecanismo para excluir a la
cultura de las negociaciones comerciales.
En cambio ha habido poca presencia en el proceso, hasta ahora,
de otros sectores de la sociedad civil, con lo cual están poco
presentes algunos temas pertinentes, que fueron desarrollados,
por ejemplo, en el marco de la reciente Cumbre Mundial de la
Sociedad de la Información (Ginebra 2003), como el
cuestionamiento a la concepción de derechos de propiedad
intelectual, la defensa del concepto de bienes públicos globales
o la defensa de la pluralidad mediática y de su rol de servicio
público. Tampoco han tenido mayor participación los grupos
indígenas, afro descendientes y otros, que desarrollaron
propuestas relacionados en el marco de la Conferencia Mundial
contra el Racismo (Durban 2001).
Más allá de las posibilidades de participación en el mismo
proceso de negociación de la Convención, ésta abre una coyuntura
propicia para ampliar el debate e interpelar a las autoridades
nacionales a asumir responsabilidades en la materia.
https://www.alainet.org/es/articulo/110593
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