Pedofilia e incesto: relaciones invisibles
02/08/2006
- Opinión
Casos de pedofilia están saliendo a la luz en los últimos años, muchos de ellos sucedidos en el seño de la Iglesia Católica y cometidos contra niños y seminaristas por sacerdotes y obispos. En Internet se descubren redes de pedófilos y los gobiernos se preparan para reprimirlas, por ejemplo mediante el uso de medios electrónicos en casos de violaciones y abusos sexuales. En el Brasil, el gobierno federal está empeñado en combatir la violencia sexual contra niños y adolescentes, estimulando la creación y la actuación de los consejos responsables de velar por la aplicación del Estatuto de la Niñez y la Adolescencia (ECA), y poniendo a disposición el teléfono 100 para denunciar los casos.
Exclúyase del vocabulario la expresión “prostitución infantil”. No es el niño el que se prostituye; él es prostituido. Es víctima de abusos cometidos por adultos.
La pedofilia es un problema médico, no sólo moral. El no reconocimiento de esa patología perjudica la elaboración de políticas públicas, tanto para un tratamiento especializado como para la adopción de medidas preventivas. La patología es compulsiva y crónica. Si el pedófilo no es tratado, difícilmente dejará de causar nuevas víctimas.
Según estudios, el abuso sexual perpetrado por varones representa el 89%, y por mujeres el 11%. Las niñas son las principales víctimas. En un grupo terapéutico de tratamiento de pedófilos el 66% admitieron haber sufrido abuso sexual en la infancia.
Es necesario acabar con los mitos de que “el extraño es más peligroso que el familiar”, y que “las violaciones son practicadas sólo en las clases más pobres”. Muchas veces el enemigo vive en casa, y los abusos suceden en todas las clases sociales. Lo que sí es cierto es que la policía y la Justicia son remisas cuando se enteran de casos. Los procesos tardan, el agresor no es encarcelado, la flojedad de nuestras leyes acaba por oficializar la impunidad.
El incesto Hay otra forma de relación perversa que permanece silenciada e incluso no tipificada por nuestro Código Penal: el incesto. En la intimidad familiar, padres y madres, o padrastros y madrastras agraden sexualmente a hijos e hijas sin que se imponga ningún castigo. A veces se trata de niños de 3 ó 4 años, que todavía no saben expresarse y se mueven, traumatizados, en esa zona nebulosa de la incapacidad de discernir el gesto de cariño del acto de violación sexual. Las heridas abiertas en su siquismo son profundas y a veces indelebles.
Según la opinión de María Berenice Días, jueza del Tribunal de Justicia del RS y vicepresidenta del Instituto Brasileño del Derecho de Familia, “el abuso sexual contra niños y adolescentes es uno de los secretos de familia mejor guardados, siendo considerado el delito menos denunciado. Al contrario de lo que se piensa, es uno de los crímenes más democráticos, pues afecta a familias de todas las clases sociales y niveles culturales”.
“Se cree que apenas de un 10 a 15% de los casos de incesto son revelados, siendo que un 20% de las mujeres y de un 5 a un 10% de los varones han sido víctimas de abuso sexual en su infancia o adolescencia. En expresiva mayoría, un 90% de los delitos son cometidos por hombres que las víctimas amaban, respetaban y en quien confiaban: los padres biológicos son responsables de un 69.6% de las agresiones, en un 29.6% son los padrastros y en el 0.6 los padres adoptivos”.
En el caso de niños en edad de la razón, la víctima teme denunciar al/a la agresor/a, bien por cuestión de pudor, o por sentimiento de culpa por haberse entregado al juego erótico sin fuerzas para evitarlo. Las consecuencias son: sicosis, depresión crónica, comportamiento agresivo, delincuencia juvenil, entrada en el mundo de las drogas, vulnerabilidad ante la explotación sexual. Son frecuentes los casos de suicidio. En suma, las víctimas quedan irremediablemente comprometidas en su desarrollo neurológico, con efectos graves en su salud física, mental y espiritual.
Si el incesto es invisible y sucede en la intimidad familiar, ¿cómo se sabe que constituye un caso de salud pública? A través de los consultorios de sicólogos, sicoanalistas y siquiatras, además de los confesonarios, a donde llegan los casos antes o después. Ninguna criatura víctima de incesto sobrevive a él impunemente. Ni siempre es practicado por el padre o madre biológicos, sino por el/la compañero/a de la madre o del padre. Incluso, a veces, en una misma familia el incesto tiende a darse en serie: todos los hijos, sobre todo las hijas, son víctimas de abusos, y éstos se repiten habitualmente.
Debido a su gravedad y al crecimiento vertiginoso de casos, ciertamente estimulados también por la cultura erotizada que respiramos, éste es un grave problema de salud pública y exige medidas adecuadas, urgentes y enérgicas. Sobre todo debido a la escasez de servicios especializados para atender a las víctimas y a sus familiares.
La mayoría de las víctimas son niñas comprendidas en la franja etaria de los 3 a los 13 años, con frecuencia penalizadas por el silencio cómplice de las madres, que temen la reacción de su compañero, la destrucción del núcleo familiar y la pérdida de la dependencia económica en que viven. Sin embargo hay un momento en que la madre, angustiada ante las alteraciones síquicas manifestadas por la niña, la lleva al consultorio médico sin que lo sepa el marido. Aquí está el punto crucial. Hay casos en que el profesional de la salud, en nombre de una supuesta “ética médica”, se deja atrapar por la red de complicidades e impide que, debido a su silencio, se interrumpa el ciclo de la violencia. De hecho, él toma partido por el opresor, cuando la ética exige la defensa del agredido.
El poder público La Justicia debiera prestar oídos al menor indicio de sospecha. La criatura agredida sexualmente debe contar con una urgente tutela judicial. El agresor debiera ser alejado de la convivencia familiar desde el momento en que el denunciante comunique a las autoridades policiales y judiciales la noticia de sospecha de violencia sexual.
Las leyes brasileñas evitan la palabra incesto y no lo tratan de frente. El Código Penal apenas se refiere al aumento de la pena en 1/3 “si el crimen es practicado contra una persona menor de catorce años” (art. 263). Como le concierne a la jurisdicción de la Infancia y la Juventud juzgar el pedido de alejamiento del agresor de la convivencia familiar, la competencia represora recae en el ECA, que recoge los deberes y derechos de los padres en relación con los hijos.
El ECA “dispone acerca de los crímenes practicados contra el niño y el adolescente, por acción o por omisión, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación penal” (art. 225, VII, I). En la sección II, “Sobre los crímenes en específico, el ECA no menciona el incesto ni al agresor ascendente (padre, madre, tío, abuelo). Éste es ignorado por el estatuto. Y el/la menor víctima de incesto no es objeto de tratamiento diferenciado. La brecha abierta por el ECA es traspasar a la criatura molestada por “malos tratos” a una familia sustituta, dándole amparo, orientación médica, etc. Pero eso exige pruebas. Ahora bien, ¿cómo probar el incesto? La tutela de la Justicia para con la criatura molestada ¿no debiera darse inmediatamente que haya sospecha o denuncia? ¿Qué agresor incestuoso actuará en presencia de testigos? ¿Cómo exigir a la criatura que, además de la violencia sufrida, deponga contra el agresor, al que está unida por lazos afectivos y/o de parentesco?
Al tratar “De las medidas de protección”, el ECA habla de violación, falta, omisión o abuso de los padres o responsable (art. 98, II), lo cual es insuficiente, pues no tipifica el abuso sexual y en espacial el incesto. Falta en el estatuto un capítulo específico sobre el tema, ya que las medidas enunciadas para la protección de la criatura son vagas y no tratan de lo más importante: el alejamiento y el castigo del agresor.
En el caso concreto del incesto hay que introducir en nuestra legislación, en nombre de los derechos de la niñez y la adolescencia, el principio de la inversión del trabajo de prueba, o sea que hasta que haya prueba en contrario el sospechoso sea considerado culpable, basándose la sospecha en una prueba pericial, como el laudo de un pediatra o de un terapeuta.
Hay que romper esa barrera de silencio, pues se da más perversión dentro de los hogares de lo que supone nuestra vana ingenuidad. (Traducción de J.L.Burguet)
- Frei Betto es escritor, autor de “Alfabeto. Autobiografía escolar”, entre otros libros.
https://www.alainet.org/es/articulo/116430
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