El derecho al aborto en la encrucijada judicial

26/09/2007
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El 28 de septiembre es el día de la lucha por el derecho al aborto, ese derecho vulnerado una y otra vez y dramáticamente simbolizado en los últimos días con el caso Gauna. Según los últimas datos del Programa de Investigación Sanitaria del ministerio de Salud, en el país hay casi un aborto por cada nacimiento y a lo largo de la vida cada mujer tiene un promedio de dos abortos inducidos. Sin embargo, los datos no bastan: forman parte de una telaraña donde conviven derechos supuestamente legales con altísimas tasas de resistencia.

Porque no se cumple con un derecho establecido por la ley, Ana María de 20 años murió de cáncer en mayo de este año en el Hospital Iturraspe de Santa Fe. Las autoridades le negaron el tratamiento y el aborto terapéutico ya admitido por el Código Penal argentino. Si no es necesaria una decisión judicial en los casos del aborto legal ¿por qué la joven de 19 años de Paraná tuvo que recorrer pasillos de tribunales para que le otorguen un derecho que ya está otorgado por ley? Por eso, desde múltiples sectores solicitan el cumplimiento efectivo del artículo 86 del Código Penal de la Nación que contempla los casos en que la práctica del aborto no es punible: a) cuando esté en peligro la vida o la salud de la mujer y b) cuando el embarazo sea producto de una violación sobre una mujer “idiota o demente”.

Es que a pesar de que existe el derecho raras veces las mujeres, cuya situación se encuadra en lo establecido por esa legislación, pueden acceder a un aborto legal y seguro. La razón es porque con frecuencia los profesionales de la salud exigen una autorización judicial, debido al temor a ser procesados por el delito de aborto o por mala praxis o por una objeción de conciencia. Y algunos jueces aducen no encontrarse facultados a autorizar la práctica puesto que consideran que el Código no es claro al respecto.

Mientras tanto, las víctimas deben padecer duras batallas legales. En estos momentos la joven de Paraná violada, cuya edad mental es la de una nena de 5 años y hasta este fin de semana llevaba 18 semanas y media de gestación, cuenta con un fallo de la Corte de la provincia de Entre Ríos que determinó que “no es necesaria autorización alguna” para la concreción de un aborto legal, contemplado en los supuestos establecidos en el artículo 86 del Código Penal. Sin embargo, los médicos del hospital donde tenía que hacerse la intervención se negaron a hacerla por una objeción de conciencia.

En este momento, un proyecto que busca establecer un régimen de procedimiento en los casos de aborto legal se encuentra en debate en el Congreso y que es el resultado de dos iniciativas unificadas, una impulsada por la diputada kirchnerista Juliana Marino y otra por la socialista Silvia Augsburger. El proyecto tuvo la aprobación de la Comisión de Salud y actualmente se encuentra en Legislación Penal, donde diputados del PRO, del Movimiento Popular Neuquino (MPN) y del partido del ex dictador Antonio Bussi presentaron otras iniciativas, diametralmente opuestas, que pretenden restringir los abortos legales que están en vigencia.

Aún más, la semana pasada el interbloque de PRO solicitó un encuentro entre juristas para responder a inquietudes técnicas referidas al proyecto. Luis Velazco y Analía Pastore, ambos profesores de la Universidad Católica Argentina, apuntaron su presentación a la defensa de la vida del niño por nacer por sobre la mujer y calificaron de “inconstitucional” el artículo 86 del Código Penal por violar tratados internacionales de defensa de los derechos del niño. Por otra parte y en ese mismo ámbito, los juristas Andrés Gil Domínguez y Lucila Larrandart con amplia trayectoria en la materia, respaldaron la iniciativa puesto que “garantiza el derecho al aborto a las mujeres de escasos recursos que mueren por realizarse intervenciones clandestinas”.

“El hecho tuvo repercusiones positivas y fue muy importante”, explicó la diputada Marino a Artemisa Noticias. “Las explicaciones de los juristas fueron impecables. Y si se logra salir de la Comisión de Legislación Penal y llegar al recinto sentamos un precedente. Y si logramos llegar al Senado tendremos la posibilidad de que muchos legisladores escuchen las fundamentaciones del proyecto como sucedió en el debate entre los juristas, donde las explicaciones fueron tan claras que no hubo objeciones sobre el planteo del proyecto. Confiamos en que la propuesta se trate en noviembre. Si no, perdería estado parlamentario y tendríamos que empezar todo de nuevo”.

En tanto, los otros legislativos que están dando vueltas son:

1 - El proyecto de la diputada del Frente para la Victoria Marta Debrasi que lo presentó el año pasado ante el Congreso nacional, acompañada entre otros por la diputada justicialista María del Carmen Rico.

2 - A mediados de 2006, el diputado kirchnerista Fernando Navarro presentó una iniciativa en la Legislatura bonaerense. El proyecto se reflotó este año cuando se reabrió el período de sesiones ordinarias y entre las singularidades contempla un pedido de autorización judicial para casos que no están contemplados en el artículo 86 de la legislación penal.

3- En Córdoba la legisladora Isabel Bianciotti (UCR) presentó a fines de la semana pasada un proyecto de ley que habilita la posibilidad de interrumpir un embarazo si proviene de una violación o de un atentado al pudor.

4- A su vez, en la Legislatura de Río Negro se había empezado a estudiar en 2005 un proyecto promovido por la diputada Marta Milesi, pero quedó finalmente cajoneado.

Por afuera

El 28 de mayo pasado, unas 250 organizaciones de mujeres, sociales y de derechos humanos encolumnadas en la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto presentaron en el Congreso de la Nación un proyecto de ley de legalización de la interrupción voluntaria del embarazo. La iniciativa elimina el aborto del Código Penal y lo legaliza hasta las 12 semanas de gestación para cualquier mujer que lo solicite, sin más requisitos que su propia voluntad, previo consentimiento informado. Pero además establece el derecho al aborto por fuera de ese plazo y determina que los servicios públicos de salud tendrán que realizar en forma gratuita el procedimiento médico y los establecimientos de las obras sociales y las prepagas deberán incorporarlo a sus coberturas. También prevé la objeción de conciencia para los profesionales que no quieran practicar abortos.

“Hasta ahora no lo discutió ninguna comisión”, explica Mabel Bianco, titular de la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM) y miembro de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto. “Y en ese sentido, de los proyectos presentados el único que se trató es el de las diputadas Marino y Augsburger. En nuestro país la primera causa de muerte materna es a raíz de complicaciones de aborto. Sobre esto existe una mayor visibilidad en la sociedad que en general entiende cuando ocurren estos casos como el de la joven de Paraná. El problema es que es una mayoría silenciosa al lado de una minoría ruidosa que se expresa permanentemente y encima hay quienes les prestan atención. Me refiero a todos los grupos conservadores sean católicos o no, que llegan al nivel de confundir que el Código Penal en su artículo 86 es inconstitucional”.

Según un informe elaborado por el Centro de Estudio de Estado y Sociedad (Cedes), que contó con el apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas (Unfpa), existe un amplio consenso a favor de la despenalización del aborto en el país: seis de cada diez consultados dijo estar de acuerdo con el hecho de que una mujer no sea penada por la ley ni vaya presa por haber interrumpido voluntariamente un embarazo. En algunos supuestos como cuando la salud mental de la mujer es afectada por la gestación o el parto o si el embarazo proviene de una violación, el consenso en torno de la despenalización fue aún mayor: entre el 70 y el 80 por ciento está de acuerdo.

La encuesta fue realizada entre mayores de 18 años del Área Metropolitana de Buenos Aires, de las ciudades de Córdoba, Rosario y Mendoza. La muestra fue de 500 personas, la mitad hombres y la otra mitad, mujeres. El trabajo indagó las percepciones de la ciudadanía sobre derechos sexuales y reproductivos y se hizo a mediados de 2006. El estudio también determina que siete de cada diez argentinos considera que la Iglesia Católica debería “flexibilizar” su posición sobre el aborto. El 72 por ciento de los entrevistados dijo ser católico.

“Este es un debate que tenemos que darnos todos y todas como ciudadanos más allá de la creencia que tengamos y de la tradición a la que pertenezcamos. En ese sentido, es fundamental la separación de la Iglesia del Estado”, detalló Coca Trillini, de la organización Católicas por el Derecho a Decidir, una entidad que este año presentó una guía titulada Aborto no es una mala palabra que incluye un conjunto de estrategias de comunicación para defender la propia postura frente a un adversario que rechaza su visión y a un público que no tiene posición tomada o que a partir de la discusión se replantea ciertas cuestiones.

Los datos

Se estima que en la Argentina anualmente se producen entre 460 mil y 600 mil interrupciones voluntarias del embarazo: casi un aborto por cada nacimiento registrado en el país. Y a lo largo de su vida fértil, en promedio, cada mujer tendría dos abortos inducidos. Además, se deduce que por cada aborto que termina con complicaciones que demandan atención hospitalaria, siete no la requieren. Los datos se desprenden de un estudio encargado por la Comisión Nacional de Programas de Investigación Sanitaria (Conapris), del Ministerio de Salud de la Nación, a un equipo encabezado por reconocidas investigadoras en la temática: Edith Alejandra Pantelides, del Conicet y el Centro de Estudios de Población (Cenep), y Silvia Mario del Instituto Gino Germani de la UBA.

El trabajo Mortalidad Materna en la Argentina elaborado por el Centro de Estudios de Estado y Sociedad (Cedes) arroja que 27,4 por ciento de las defunciones maternas registradas entre noviembre de 2002 y octubre de 2003 en Chaco, Formosa, San Juan, San Luis, Tucumán y Mendoza es producto de complicaciones del aborto y demostró que el riesgo de muerte materna aumenta diez veces cuando la estructura hospitalaria no es la adecuada. En Mendoza, las muertes por aborto llegan al 35 por ciento.

“Es una situación ligada a la situación de pobreza. Y las zonas donde mayormente se registran los abortos inseguros es donde se tienen menos recursos como el NOA y el NEA”, afirmó Valeria Isla, coordinadora del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable del Ministerio de Salud, desde donde trabajan en la elaboración de una normativa para garantizar el acceso a los abortos permitidos por la ley. El punto central del protocolo es que dejará expresamente indicado que no se requiere una autorización judicial para llevar adelante la práctica médica.

“El objetivo es mejorar el acceso al aborto no punible. Por una lado, vemos que en los equipos de salud existe un desconocimiento de la legislación y, por otro, no se separan las cuestiones personales. Se desconoce que hay una responsabilidad pública que se debe cumplir. El caso de la chica de Paraná es un caso típico de aborto no punible. Estamos trabajando para evitar que se repitan más casos como éste, y así evitar el sufrimiento que padecen las víctimas”, sostuvo Isla.

El proyecto cuenta la participación de una serie de expertas y con el apoyo del Organización Panamericana de la Salud (OPS) y de la Federación Internacional de Planificación Familiar (IPPF, por su sigla en inglés), una entidad que hace un mes presentó un informe en Buenos Aires sobre el impacto de las leyes restrictivas del aborto en las mujeres pobres en el que advierte que durante este año unas 70 mil mujeres morirán en todo el mundo como consecuencia de la práctica de abortos inseguros.

Por su parte, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi) envió en mayo pasado al Congreso de la Nación y a los ministerios de Salud de todo el país el Protocolo para la Atención Sanitaria de Casos de Abortos legales, para recomendar su aplicación y la puesta en marcha del protocolo de atención sanitaria post aborto elaborado por el Ministerio de Salud de la Nación. Así, la propuesta establece plazos precisos para permitir a los médicos actuar con celeridad, la creación de un grupo interdisciplinario en cada centro de salud para abordar los pedidos de aborto y la elaboración de un Registro Nacional de Objetores de Conciencia.

En mayo de este año, la ciudad de Buenos Aires se convirtió en el segundo distrito del país en reglamentar los abortos legales para que se realicen sin la exigencia de una autorización judicial en los hospitales públicos en los que se conformará un equipo interdisciplinario que evaluará cada pedido de aborto para determinar si se encuadra dentro de los supuestos previstos en el artículo 86 del Código Penal. El primer distrito que aprobó una medida en ese sentido fue la provincia de Buenos Aires donde desde enero pasado existe una normativa que establece que cualquier mujer víctima de una violación, y no sólo aquellas “idiotas o dementes”, puede reclamar un aborto en el sector estatal. Así, un equipo interdisciplinario tiene a su cargo el estudio de cada caso y en ocho días tiene que estar resuelto el aborto sin judicializarse.

En tanto, a mediados de junio de este año, el Concejo Deliberante de Rosario sancionó una ordenanza similar al protocolo bonaerense con alcance en los hospitales públicos municipales. El documento fija que las prácticas médicas deberán realizarse garantizando que la mujer no sea discriminada y reciba una atención humanizada, rápida, efectiva y con asesoramiento y provisión de insumos anticonceptivos. A nivel provincial, la aprobación de una normativa todavía está en discusión. La diputada provincial por el PS, Lucrecia Aranda, es quien lleva adelante el pedido para que sea tratado el proyecto presentado ante la Legislatura en el año 2004.

En la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (CIPD) (El Cairo, 1994) la Argentina y otros 178 países reconocieron que el aborto inseguro constituye uno de los principales problemas de salud pública, y se comprometieron a disminuir su incidencia a través de la expansión y el mejoramiento de los servicios de planificación familiar. Además, se acordó que cuando el aborto no fuera contrario a la ley debe ser realizado sin riesgos, mientras que si el aborto no estuviera permitido, se debe proveer atención posaborto de calidad, con consejería anticonceptiva para evitar su repitencia. El país también ratificó la plataforma de la Conferencia Mundial sobre la Mujer realizado en Beijing en 1995, donde se convalidó lo expresado en El Cairo, y se instó a los gobiernos a revisar las leyes que penalizan a las mujeres que se han sometido a abortos ilegales. Ambos acuerdos fueron reafirmados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en las reuniones de revisión realizadas en 1999 y 2000.

Fuente: Artemisa Noticias.
https://www.alainet.org/es/articulo/123467?language=en
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