Causa molestias limitantes de nuevo grupo

Cumplimiento de tratados indispensable para nueva relación: Indígenas en la ONU

01/10/2008
  • Español
  • English
  • Français
  • Deutsch
  • Português
  • Opinión
-A +A
El cumplimiento de los tratados, convenios y los compromisos adoptados en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, son los requisitos mínimos para una nueva relación de los pueblos indígenas con los Estados, demandan delegados del mundo que acuden a Ginebra.
 
En el marco de una reunión previa a la instalación del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU que sesionará del 1 al 3 de octubre en el Palacio de las Naciones, los representantes indígenas, externaron su molestia, que este nuevo grupo adscrito al Consejo de Derechos Humanos del organismo internacional, carezca de atribuciones para efectuar recomendaciones.
 Los indígenas, demandaron a las Naciones Unidas mayores facultades al Mecanismo de Expertos, a fin de que pueda efectuar recomendaciones al Consejo de Derechos Humanos, dado que solo cuenta con posibilidades de realizar propuestas.
 
El cónclave indigena, expresó su preocupación y exigió que el CDH de la ONU, dé mayores atribuciones a los expertos.
 
Durante su deliberación, los delegados indios acusaron a los gobiernos de pretender acotar su participación, debilitando para ello las facultades del mecanismo de expertos.
 
En su análisis, definieron que solicitaran a los expertos del nuevo grupo en la ONU, tomar en cuenta las demandas ancestrales de los pueblos indígenas, entre los que destacan los territorios, recursos naturales, la consulta libre previa e informada, la educación, así como la implementación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada en Nueva York, el 13 de septiembre del año pasado.
 
Para los indígenas, mientras los países no cumplan con los compromisos en cuanto a los tratados, la declaración, el Convenio 169 de la Organización del Trabajo (OIT), es difícil que se hable de una relación adecuada con los pueblos indígenas.
 
Los mexicanos Adelfo Regino dirigente de Servicios del Pueblo Mixe del estado de Oaxaca, así como Marcelino Díaz de Jesús, Nahua del estado de Guerrero, enfatizaron que los Estados tienen la obligación de asegurar la implementación de la Declaración de la ONU en la materia.
 
Regino y Díaz de Jesús, abundaron que lo que piden no es algo nuevo y que la declaración de las Naciones Unidas, solo es la concreción de los derechos que los mismos gobiernos han reconocido desde hace tiempo.
 
Ambos dirigentes, al igual que el Kuna Estebancio Castro, el mapuche Aucán Huilcaman, la estadounidense de origen Yaqui Andrea Carmen y otros mexicanos como Carlos Cadena de la Fundación Siempre amigos, Lucia Ruano, Jesús Ramírez y la investigadora de la Universidad Anahuac, Zulima García, estimaron que el Mecanismo de Expertos debe prestar atencion a seminarios como el relativo a tratados, soberanía permanente sobre los recursos naturales, entre otros.
 
El cónclave pidió esto ante el atroz saqueo de los recursos naturales, los proyectos de desarrollo que arrasan los pueblos indígenas y la criminal represión contra los dirigentes indígenas en el mundo, dados a conocer en Ginebra.
 
De manera específica el caucus indígena, recomendó que el nuevo mecanismo de expertos se apoye en investigaciones hechas por el extinto Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas y en todo caso partir de la experiencia acumulada en la ONU por más de 25 años.
 
Mecanismo de expertos
 
El Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, fue creado por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, el 14 de diciembre del 2007, con el propósito de continuar la labor del extinto Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas.
 
De acuerdo a información proporcionada por el Centro de Documentación, Investigación e Información de los Pueblos Indígenas (Docip), el Mecanismo de Expertos es un organismo subsidiario del Consejo de Derechos Humanos con un mandato específico. Lo integran cinco miembros.
 
El Mecanismo en cuestión, proveerá al CDH, principal órgano de derechos humanos de las Naciones Unidas, de conocimientos temáticos especializados sobre los derechos de los pueblos indígenas.
 

Según el mandato, el Mecanismo proveerá al Consejo de los conocimientos especializados principalmente en estudios y asesoramientos basado en la investigación, y podrá presentar propuesta al CDH a fin de que éste las examine y apruebe.

 Los cinco expertos nombrados por el Consejo para el periodo 2008 – 2011, son Catherine Odimba Kombe de la Republica del Congo, Jannie Lasimbang de Malasia, John Bernhard Henriksen de Noruega, Jose Carlos Morales de Costa Rica y Jose Mencio Molintas de Filipinas.
 
------------------------
 
Puntos de Consenso para la declaración de apertura del Cónclave de los Pueblos Indígenas en la primera sesión del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (MEDPI).
 

1.       Asesoría temática y estudios

 

A.      Apoyar la Resolución L.17 del Consejo de Derechos Humanos en la cual el Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas debe “preparar un estudio sobre la experiencia adquirida y las dificultades con que se tropieza para la plena aplicación del derecho de los pueblos indígenas a la educación y que preste “asistencia al Comité Preparatorio haciendo un examen y presentando recomendaciones como contribuciones al resultado de la Conferencia de Examen de Durban”.

 

Los miembros del Cónclave de Pueblos Indígenas expresamos nuestro compromiso y esperamos contribuir en estos importantes estudios. Alentamos a los miembros del Mecanismo de Expertos sobre los derechos de los pueblos Indígenas a buscar activamente y a incorporar en ellos y en otros estudios que puedan llevarse a cabo, la contribución de los pueblos indígenas.

 

B.      Sin embargo, el Cónclave de los Pueblos Indígenas expresa respetuosamente su preocupación de que en esta Resolución se haga referencia a los Pueblos Indígenas como “Interlocutores pertinentes” y pedimos que en futuras Resoluciones del Consejo, en vez de éste término se haga referencia a “Los Pueblos Indígenas e interlocutores pertinentes”.

 

C.      Reafirmando la necesidad de asegurar la continuidad y seguir construyendo sobre la base del trabajo y los logros previos, el Cónclave Indígena hace un llamado a los miembros del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, a dar especial énfasis a la revisión del estado actual de la implementación de las recomendaciones y conclusiones de los estudios, realizados por el Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas. Estos estudios, como por ejemplo, el de soberanía permanente sobre los recursos naturales, los tratados y acuerdos, consideran temas de interés principal para los Pueblos Indígenas . Recogen las contribuciones realizadas durante muchos años por los pueblos indígenas del mundo y contienen importantes recomendaciones que merecen un mayor estudio y seguimiento.

 

D.      El conclave indígena recomienda al Mecanismo de Expertos que cuando se definan los temas prioritarios para su estudio o consideración, de especial importancia a temas de relevancia global y transversal para los pueblos indígenas. 

 

E.      En base a esto, un tema prioritario de trabajo y estudio para el Mecanismo de Expertos deber ser, revisar y proponer al Consejo medidas y mecanismos a nivel nacional, regional e internacional para la implementación y monitoreo de la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

 

2.       Participación

 

A.      El Cónclave Indígena afirma que se debe asegurar la participación plena y efectiva de los Pueblos Indígenas en todos los trabajos que realice el Mecanismo, incluyendo también las contribuciones basadas en testimonios orales de los representantes tradicionales, ancianos y portadores del conocimiento.

 

B.      En base al éxito de las metodologías utilizadas por el anterior GTPI, el Cónclave recomienda al Mecanismo de Expertos, que los pueblos y naciones indígenas, así como las ONGs, puedan ser llamadas a contribuir en la realización de los estudios y propuestas en áreas o temas de su interés y experticia.

 

C.      La Organización de las Naciones Unidas deberá garantizar un financiamiento adecuado para el efectivo funcionamiento del Mecanismo de Expertos, así como la participación plena y efectiva de los pueblos indígenas en los trabajos del Mecanismo de referencia.

 

3.       Otras recomendaciones

 

A.      El conclave global de los pueblos indígenas hace un llamado al Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas para que recomiende al Consejo de Derechos Humanos que la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas , como norma adoptada por el Consejo y la Asamblea General, sea una de las normas de derechos humanos que se use como base para la evaluación de los Estados en el proceso de mecanismo de Revisión Periódica Universal .

B.      Finalmente y de acuerdo tanto con la resolución de la Asamblea General A/res/61/295 , como con el espíritu y el texto de las resoluciones 6/36 y L.17 del Consejo de Derechos Humanos , la base legal y marco para todo el trabajo del Mecanismo deberá ser la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

 
Ginebra, Suiza

- Genaro Bautista, comunicador indígena mexicano, es miembro de la Agencia Internacional de Prensa India (AIPIN).

 
https://www.alainet.org/es/articulo/130093?language=es
Suscribirse a America Latina en Movimiento - RSS