Proceso de paz y desescalamiento militar
15/03/2015
En el curso de los procesos de paz, internos e internacionales, se han sucedido fases de intensificación o de distensión de las hostilidades de guerra en correspondencia con la dinámica política y militar y las propias posiciones de las partes. La experiencia de las últimas décadas en Colombia muestra tal tipo de circunstancias. Pero así mismo resulta claro que cuando una negociación registra avances decisivos se tiene a la dinámica de desescalamiento o distensión militar. Más aún, las fases finales de un proceso de paz exitoso, invariablemente se relacionan con el cese del fuego y las hostilidades hacia finalizar la guerra, con los consiguientes compromisos de desarme y reintegración de ex combatientes a la vida civil.
Antecedentes de procesos de paz y desescalamiento militar
En términos de antecedente histórico fue a partir de la política de paz y el inicio de conversaciones y diálogos entre el gobierno Betancur y la mayoría de los movimientos insurgentes que se sucedió un primer escenario de desescalamiento militar. Los pactos de tregua y cese al fuego bilateral con las FARC, el EPL y el M19, con efectos entre 1984 y 1987[1]. A pesar del fracaso final de ese proceso, posteriormente con la primera elección popular de los alcaldes, en 1988, que precisamente fue una medida derivada del proceso de paz, sin que se tratara de reanudar un proceso de paz, estas mismas guerrillas declararon treguas unilaterales temporales como gesto político de entendimiento, a favor de la participación ciudadana en tales comicios. Con posterioridad, se repitieron declaratorias de ceses al fuego unilaterales temporales y en ocasiones regionales o locales, por parte de todas las guerrillas, incluido el ELN, como gestos de entendimiento político o con el fin de propiciar soluciones humanitarias.
El M19 al asumir de forma independiente una negociación de paz con el gobierno Barco en 1989 adoptó un cese al fuego unilateral no respondido públicamente con un cese al fuego recíproco por parte del gobierno, pero sí adoptado en la práctica. Así, la mesa de negociación trató los asuntos políticos de la agenda convenida, con apoyo en la consulta en Mesas de Análisis y Concertación con participación ciudadana, social e institucional, hasta conseguir el pacto de paz. La negociación contó con una dinámica de distensión militar que posibilitó la concentración con garantías de los efectivos guerrilleros en Cauca, hasta protocolizar el pacto final de paz. No obstante, fracasó el compromiso principal de este acuerdo, un proyecto de reforma constitucional en el Congreso que incluía un referendo para la paz. En tal situación, el M19 decide pasar a la vida legal, de forma que sus principales dirigentes salieron a la actividad política y electoral como forma de presión, sin que se hubieran convenido aún términos para ellos. Sin embargo, el gobierno antes que atacarlos militarmente o proceder a capturarlos, agilizó los términos de las garantías jurídicas y políticas en consecuencia.
El EPL declaró en 1989 una tregua unilateral en disposición a emprender un proceso de paz definitivo a condición de que se hiciera realidad la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente, con el ánimo de que en ella y en el proceso de paz participara unificada la CNGSB. Sin embargo, la respuesta oficial fue una fuerte ofensiva militar que impuso el retorno a las hostilidades. Pero en 1990, al tomar fuerza en determinados sectores políticos y sociales la exigencia de la convocatoria de tal Constituyente, el EPL inició otra tregua unilateral con un gesto de alto riesgo militar pero de fuerte mensaje político. Declaró unilateralmente diez zonas del país como territorios de campamentos para diálogos de paz, ubicados en distintos departamentos, con el ofrecimiento de iniciar las negociaciones de paz. En nueve de ellos se logró pronto el entendimiento con mediación de las autoridades territoriales y de sectores sociales, sólo en una hubo cruentos enfrentamientos pero que pronto cesaron y se instaló otra zona con igual propósito. A la vez, los movimientos armados regionales PRT y MAQL concurrieron con el EPL en una negociación coordinada frente a los gobiernos sucesivos de Barco y de Gaviria, pero con mesas independientes dadas las condiciones distintas de cada movimiento.
En las zonas de campamentos guerrilleros de paz con el M19 –en Cauca- y el EPL –en La Guajira, Bolívar, Córdoba, región de Urabá, Antioquia, Risaralda, Putumayo, Norte de Santander- así como con las milicias campesinas del PRT –Montes de María- e indígenas del MAQL –Cauca- existieron reglamentaciones convenidas en las mesas de negociación, con compromisos de distensión militar. Entre ellas el cese de acciones ofensivas de las partes, zonas desmilitarizadas con respecto a las tropas oficiales y de presencia guerrillera, anillos neutrales, instalación de retenes de las partes, puestos de control permanentes con delegados de las partes y agentes facilitadores, instalaciones de atención humanitaria a cargo de la Cruz Roja, respeto y libre tránsito a autoridades y personas civiles de la región, cese del reclutamiento guerrillero, cese de vuelos militares sobre tales zonas. Los compromisos progresivos de distensión militar se cumplieron, sin dejar de existir algunos hechos violatorios, en especial ataques militares gubernamentales en algunas zonas de campamentos guerrilleros que ocasionaron víctimas entre personas combatientes que acataban al momento la condición de cese al fuego. En ese contexto se produjo la convocatoria de la Constituyente de 1991, lo cual hizo posible consolidar los pactos de paz con el EPL, PRT y MAQL, quienes tuvieron representación en esta corporación[2].
Entre 1991 y 1992 las FARC y el ELN a nombre de la CGSB sostuvieron conversaciones de paz con el gobierno Gaviria en Caracas y Tlaxcala siendo el tema de cese al fuego bilateral el más tratado, pero sin que se llegara a resultados definitivos. También trataron el tema humanitario hacia definir compromisos de las partes e iniciaron una agenda temática que se frustró con la suspensión de estos diálogos. Entre tanto, la fracción guerrillera y miliciana CRS –ex integrantes del MIR PL y del ELN- se apartó de la estructura del ELN e inició un propio proceso de paz que concluyó en 1994, motivado por los avances democráticos conseguidos por la Constitución Política de 1991. Esta agrupación sufrió en medio de las conversaciones repetidos ataques oficiales que causaron la muerte de forma arbitraria de uno de sus comandantes y negociadores y de un número significativo de sus integrantes. Ante la situación el pacto de paz habilitó una veeduría internacional en cabeza de los Países Bajos y Pax Cristhi. Igualmente, accedieron a pactos de paz regionales tres agrupaciones milicianas, autónomas, quienes desmovilizaron y desarmaron sus estructuras en las comunas de Medellín en 1994. En años posteriores también lo hicieron algunas otras fracciones guerrilleras o milicianas en varias regiones, entre ellas el MIR COAR también en Medellín en 1998.
Simultáneamente durante los años noventa se produjo un importante despliegue guerrillero principalmente de las FARC pero también del ELN que se acompañó de varios tipos de acciones violatorias al derecho humanitario a la vez que se produjo el cruento despliegue paramilitar que ocasionó miles de víctimas de violaciones a los derechos humanos en distintas regiones. Las FARC ganaron en iniciativa táctica, contundencia al concentrar notable fuerza en los operativos de incursión regional, copamiento de áreas, combates, tomas de poblaciones, al punto de ocasionar varias derrotas a contingentes y campamentos o instalaciones de las Fuerzas Militares. Las conversaciones de paz adelantadas con ambas guerrillas por el gobierno Pastrana llevaron con las FARC a una “zona de distensión”, desmilitarizada con relación a los efectivos oficiales y de concentración guerrillera, ubicada en cinco municipios de Meta y Caquetá, mientras en el resto del país operaba la intensificación de las hostilidades. Con el ELN, por el contrario, fracasó la instalación de otra zona de distensión en el sur de Bolívar, en medio de la presión paramilitar, la inconsecuencia de las tropas oficiales con el proceso de paz y la misma presencia de las FARC en la región. Estos intentos de paz a pesar de algunos acuerdos parciales finalmente fracasaron, en medio de crecientes hechos de violaciones a los derechos humanos y al derecho humanitario que comprometieron a las partes.
Sobrevino una década de ofensiva militar estatal que produjo un cambio en la dinámica militar y en la relación de fuerzas. Desde antes de la ruptura de las conversaciones de paz el gobierno Pastrana con el importante apoyo en el Plan Colombia, que fue ante todo un costoso plan de guerra con respaldo y participación directa de EEUU, inició una intensa ofensiva militar contra las guerrillas, en especial contra las FARC. El presidente Uribe asumió con la promesa de aniquilar las guerrillas y si bien no logró derrotarlas consiguió golpearlas, debilitarlas y replegarlas de manera notable hacia partes altas de montaña, selváticas y de frontera, en una acción dirigida ante todo contra las FARC, entre 2002 y 2010. Esta actuación estatal tecnificó las fuerzas militares, introdujo con eficacia las incursiones aéreas, los comandos conjuntos y los bombardeos de aniquilamiento, pero a la vez se relacionó con la comisión de graves violaciones a los derechos humanos, en especial ejecuciones de personas de población civil por parte de las tropas oficiales, presentadas falsamente como supuestas bajas guerrilleras en combate. Las guerrillas tuvieron que actuar de manera más encubierta y fluida, pero de forma que intensificaron el uso de las minas antipersonal, los sabotajes, el uso de terrorismo y la toma de rehenes y los secuestros.
Entre 2005 y 2007 el gobierno Uribe y el ELN sostuvieron ocho rondas de conversaciones en La Habana, con participación de la sociedad civil y acompañamiento internacional, de forma que consensuaron términos para un Acuerdo Base que iniciaría las negociaciones, pero que al momento de firmarlo fracasó ante las exigencias no realistas del gobierno de concentrar e identificar a los integrantes de esta guerrilla, en el mismo momento de inicio de las negociaciones de paz, hecho frustró este proceso. Durante estas conversaciones el ELN decretó varias treguas unilaterales temporales, como gesto político de entendimiento con motivos de finales de año y de realización de elecciones, pero con posterioridad denunció que antes que conseguir reciprocidad oficial las fuerzas estatales las utilizaban para penetrar y hostigar a sus frentes en distintas regiones[3].
Negociación de paz actual con las FARC y desescalamiento militar
En el desarrollo del actual proceso de paz entre el gobierno Santos y las FARC varias fuentes gubernamentales, estatales y de organizaciones sociales evidencian que durante los dos años de conversaciones, en desarrollo de las fases exploratorias y de negociación, las hostilidades militares se han intensificado[4]. Constatan que de manera general el conflicto armado tiende a ser marginal, a relocalizarse en zonas periféricas, pero que no cesa. A partir de 2007 en particular las FARC retomaron cierto nivel de iniciativa principalmente en el suroccidente del país. Entre tanto el ELN, han mantenido una dinámica militar notablemente menor, con una táctica defensiva de preservación de fuerzas y solo en la reciente fase de exploración retoma cierta iniciativa de actuación militar en las regiones de presencia de sus frentes.
A la par con el positivo desarrollo del avance de las negociaciones Gobierno-FARC el 20 de diciembre de 2014 ésta guerrilla decretó un cese unilateral del fuego, indefinido y condicionado a que sus efectivos no sean atacados por las tropas oficiales. Entre enero y febrero distintas fuentes han corroborado el cumplimiento por las FARC del cese al fuego decretado[5]. Esta situación llevó al gobierno a considerar de inmediato el tema del cese al fuego y a las hostilidades, bilateral e indefinido, anticipando su tratamiento incluido en la agenda de negociación en el punto tercero, titulado Fin del Conflicto, el cual incluye otros seis tópicos en tal perspectiva. En consecuencia la Subcomisión Técnica Fin del Conflicto que había sido formalmente instalada seis meses atrás, inició en firme sus trabajos este mes de febrero de 2015, dando prioridad al asunto del cese al fuego bilateral y definitivo. En tal contexto, es de reconocer que el gobierno varió su posición de mantener la ofensiva militar hasta conseguir el acuerdo final de paz, de manera que habilita tratar el cese bilateral del fuego y las hostilidades en el curso de la negociación. Además, ambas partes comparten el concepto de avanzar hacia el desescalamiento del conflicto armado. Por su parte las FARC mantienen la propuesta de convenir de inmediato un cese al fuego bilateral y agregan la de suscribir un armisticio, con compromisos militares de las partes.
Esta situación configura de hecho en la actualidad la posibilidad de conseguir un cese bilateral de las acciones ofensivas. Si bien las FARC denuncia la existencia de operativos militares oficiales en su contra en varias regiones que ya dieron lugar a enfrentamientos recientes en Cauca, lo que prima y debe primar en la parte gubernamental es el compromiso de no emprender operativos militares ofensivos contra esta guerrilla, so pena de provocar el rompimiento de la tregua guerrillera, con alto costo político frente a la sociedad y la comunidad internacional y con el riesgo de debilitar la confianza, el acumulado político de la negociación en curso y la tendencia al respaldo creciente al proceso de paz en la opinión ciudadana. Sin embargo, el gobierno tiene ambigüedades al respecto: No plantea con claridad ni parece totalmente dispuesto a asumir la distensión militar. Tiene una actitud defensiva ante los opositores al proceso de paz que le han criticado injustamente de inconsecuencia en la acción contraguerrillera. No le es fácil adoptar formalmente el cese bilateral de los fuegos tras haber proclamado repetidamente que no cesaría la ofensiva militar en las negociaciones. Se cuida ante las resistencias a su política de paz en el estamento militar, a sabiendas de los hechos de infiltración y sabotaje que a su seno alientan opositores al proceso.
En tales circunstancias puede darse el cese bilateral a las acciones ofensivas de las partes en un contexto de fragilidad y de evidentes riesgos, pero de forma que si se logran sortear tales dificultades y se avanza en los acuerdos faltantes de la agenda temática y en los de refrendación, aplicación y verificación, podría llegarse a consolidar una positiva coyuntura de distensión militar en el curso del presente año. Por supuesto en tal perspectiva se llegaría a formalizar más adelante un cese al fuego y a las hostilidades, bilateral y definitivo. Sin embargo, en lo inmediato si prospera la situación negativa de reiteradas incursiones y ataques de las Fuerzas Militares en zonas guerrilleras se rompería la tregua guerrillera y se retornaría a las hostilidades abiertas, cerrando la tendencia al desescalamiento militar. A favor de tal situación está el alegato de altos mandos militares de no tener limitaciones territoriales para su actuación y el de tener la obligación legal de combatir la subversión. Pero en todo caso, sea que se preserve la distensión militar con base en la suspensión de acciones ofensivas de las partes o sea que se retorne a los enfrentamientos, la negociación prevista seguirá su curso, y hacia al final del proceso tendrá que implementarse el acuerdo de cese bilateral y definitivo del conjunto de las hostilidades.
Elementos del desescalamiento
A propósito del desescalamiento militar es preciso reconocer que si bien su hecho más decisivo es la situación del cese de los fuegos al momento previsto, con base en la declaratoria unilateral de las FARC, éste incluye otros hechos y posibilidades. Entre los hechos previos de distensión están las cuatro declaratorias de treguas unilaterales y temporales, decretadas por las FARC con anterioridad en el curso de las actuales negociaciones, como gesto político de entendimiento en las coyunturas electorales recientes y en las finalizaciones de año.
Ha sido síntoma de distensión militar también el que al seno de la comandancia de las Fuerzas Militares se haya conformado el Comando de Transición, en función de todos los temas del Fin del Conflicto, y con implicaciones en la política y en la dinámica militar estatal previstas. A la vez, las FARC en reciprocidad han conformado un Comando de Normalización, en función de tratar los de igual manera los asuntos relativos a la finalización de las hostilidades, de forma que ha trasladado a La Habana a un número importante de sus principales comandantes en tal perspectiva. Esto ha implicado que parte de los principales mandos militares de las partes han pasado al espacio de la negociación de paz, hecho inédito en los procesos de paz en el país y de gran significación.
Así mismo, obran también como factor de desescalamiento militar el dispositivo convenido para tratar incidentes derivados de las hostilidades militares, tanto con relación a la facultad habilitada para los países garantes –Cuba y Noruega-, en términos de actuar de inmediato como facilitadores o dado el caso de mediadores –hecho convenido a partir de lo sucedido con la retención del general Alzate-. Se suma en el mismo sentido la participación que se ha tenido con el CICR, en calidad de intermediario humanitario neutral, independiente e imparcial, que ha propiciado entre otros buenos oficios el apoyo para la liberación efectivos de la fuerza pública en poder de la guerrilla.
Además, en la perspectiva del desescalamiento militar las condiciones actuales exigen a las partes considerar el cese de determinadas formas de hostilidades que puedan precisamente provocar la ruptura del cese al fuego guerrillero decretada y oficial asumida de hecho. Entre ellas las campañas de incursión territorial en zonas de reconocida presencia de la contraparte, los ataques oficiales a estructuras guerrilleras y a sus campamentos. Las incursiones guerrilleras a nuevas áreas o territorios y las consiguientes acciones de control territorial a través de la siembra de minas antipersonal.
Diferencia y relación entre exigencias humanitarias y desescalamiento militar
Es importante discutir que si bien los compromisos de orden humanitario además de contribuir a aliviar la situación de las víctimas, proteger la población y los bienes civiles, ayudan a alimentar el clima de confianza y el entendimiento entre las partes, así como alimental la legitimidad y el respaldo ciudadano a las negociaciones de paz. Sin embargo, en sí mismo, por su carácter, los compromisos humanitarios no constituyen hechos militares, por tanto no se califican en sí como hechos de desescalamiento o de distensión militar, aunque puedan alentarlos y relacionarse en tal sentido con ellos. Al respecto, es de reiterar que las hostilidades de guerra que se desarrollan entre las partes deben dirigirse solo hacia objetivos militares, es decir personal, instalaciones, lugares, armas y dispositivos que constituyen ventaja militar efectiva, de forma que su ataque neutraliza una ventaja militar concreta.
Por tanto, el derecho humanitario reconoce que las acciones propias de la guerra tienen eficacia militar, son idóneas, pero a la vez les impone limitaciones en sus métodos y en sus medios. En tal sentido, cuando se ataca a la población y los bienes civiles o a todo lo que tenga protección humanitaria definida, no constituye en propiedad un hecho de guerra o de hostilidad militar sino una infracción al DIH. Como tal, se trata de conductas proscritas que constituyen acciones ilegítimas en el contexto del conflicto armado.
Esta aclaración es importante, pues si bien la fuerza pública adopta programas y compromiso de respeto a los derechos humanos y al derecho humanitario y manifiesta el gobierno y sus mandos compromiso con no repetir las graves violaciones que la han comprometido, así como las FARC adoptaron compromisos con no tomar rehenes civiles, ni realizar secuestros extorsivos y recientemente elevaron el compromiso hacia el no reclutamiento de menores, estos hechos loables y positivos, son parte de compromisos imperiosos, ineludible y que han sido de permanente exigencia desde la sociedad, esferas del Estado y por la comunidad internacional. En consecuencia vale advertir que no existe claridad gubernamental en compromisos propiamente de desescalamiento militar y que adopta un discurso de exigencias unilaterales de compromisos humanitarios a la contraparte, malentendiéndolas como hechos de hostilidades militares a cesar.
En la relación a reconocer en la relación entre los compromisos humanitarios y el desescalamiento de la guerra que se registra en el contexto del proceso de paz avanzado con las FARC, es de advertir que independientemente de que exista o no proceso de paz, siempre ha tenido y tiene vigencia la agenda de exigibilidad humanitaria, que implica dos elementos: 1. Las obligaciones unilaterales ineludibles de regulación humanitaria cada parte, que mantienen vigencia sea cual sea el escenario de la guerra. 2. Las posibilidades de convenir acuerdos humanitarios de regulación entre las partes y con ellos la opción de echar mano al apoyo de entes humanitarios, por excelencia el CICR. Bastante experiencia en Colombia existe tanto en términos de las exigencias humanitarias demandadas a las partes como en torno a la realización de acuerdos especiales, denominados en nuestro medio como humanitarios. Precisamente, todas las liberaciones producidas de personal de la fuerza pública retenido y capturado por las FARC en desarrollo de las hostilidades ha dado lugar a este tipo de acuerdos espaciales así como han existido reiteradas experiencias anteriores con todas las guerrillas al respecto y también durante las últimas dos décadas con el ELN, guerrilla pionera históricamente en demandar la posibilidad de este tipo de acuerdos entre las partes en contienda.
A propósito de la regulación humanitaria el CICR desde hace dos años propuso un acuerdo de regulación en el curso de las negociaciones de paz y vale reconocer que las FARC formalmente expresó disposición e y adoptó la propuesta de un acuerdo de regulación humanitaria, pero el gobierno la pospuso en términos de conseguir tales compromisos en el contexto de los acuerdos de paz previstos.
Discusión sobre el concepto de hostilidades
En consecuencia, otra discusión importante hace referencia al concepto de hostilidades militares. En la teoría y el derecho militar así como en el DIH se reconoce históricamente y hasta la actualidad el concepto de hostilidades militares. Con él se hace referencia a los hechos que implican la actuación de fuerza bélica ejercida por los beligerantes o las contrapartes en medio de la contienda. En tal sentido, las normas de la guerra y en consecuencia las disposiciones humanitarias hacen referencia expresa a conceptos tales como apertura de hostilidades, participación directa en las hostilidades, desarrollo de las hostilidades, cese de las hostilidades y finalización de las hostilidades. Tema central para el derecho humanitario es el de la conducción de las hostilidades, pues precisamente la imposición de limitaciones en los medios y métodos a emplear, es la base de la protección de la población civil, de los bienes civiles y de los propios combatientes. Los medios hacen referencia a las armas y los métodos a las estrategias, tácticas, planes operacionales y estratagemas a emplear.
Este ABC de la guerra y del derecho humanitario es preciso recordarlo pues equivocadamente el gobierno y las Fuerzas Militares malentienden el concepto de hostilidades. En algunas declaraciones han señalado de forma errónea que la fuerza pública no estaría desarrollando hostilidades militares y atribuyen también erróneamente que las guerrillas están desarrollando hostilidades con referencia a sus conductas violatorias al derecho humanitario, para concluir, de manera también equivocada con referencia a las hostilidades, que lo debido es que cesen los ataques contra la población civil.
Insistimos que ambas partes, todas las partes en contienda, tienen la obligación unilateral e ineludible de acatar las prohibiciones del derecho humanitario, pero tema aparte, en el contexto del proceso de paz mantienen su curso las hostilidades militares entre las partes, bien en términos de escalamiento o de desescalamiento militar. Resultaría además incoherente que si bien el gobierno Santos tuvo la virtud de reconocer la existencia del conflicto armado no reconozca en consecuencia la consiguiente realización de diversos tipos de acciones militares de guerra que se le asocian, es decir de las hostilidades en curso. Precisamente, en desarrollo de las respectivas leyes del Plan de Desarrollo por cada mandato gubernamental, el Ministerio de Defensa ha implementado los respectivos Planes de Guerra, de los cuales se han derivado líneas estratégicas y operacionales de las Fuerzas Militares y para nuestro caso de las mismas fuerzas de la Policía, en el contexto de las hostilidades.
La propuesta de armisticio de las FARC
Sobre la propuesta de las FARC de suscribir con el gobierno un armisticio, previo al acuerdo de paz, es preciso advertir que no es descartable tal opción, que puede ser considerada por la Subcomisión Técnica de Fin del Conflicto, pues se relaciona con sus tópicos a tratar. Pero así mismo es de advertir que sería negativa tal propuesta si de ella se deriva una fase adicional o una condición previa a lo ya pactado, hacia conseguir un acuerdo integral para los siete tópicos a abordar en el tema relativo a la finalización de las hostilidades: Cese al fuego y las hostilidades bilaterales y definitivas. Dejación de las armas. Reincorporación de los excombatientes a la vida civil. Revisión de la situación de las personas privadas de la libertad por pertenecer o colaborar con las FARC. El combate a las organizaciones criminales y contra quienes atentan contra los movimientos sociales, políticos y los defensores de derechos humanos. Reformas y ajustes institucionales con iniciativa gubernamental hacia la construcción de la paz. Garantías en seguridad. Y esclarecimiento del fenómeno del paramilitarismo.
Para el derecho humanitario un armisticio es un convenio militar con objetivos políticos y militares orientado a compromisos de las partes en función de ellos, orientados a la suspensión de las hostilidades, por lo regular por un tiempo indeterminado, con efectos directos en los teatros de operaciones de la guerra. Sin embargo, “un armisticio no pone término al estado de la guerra, que sigue existiendo con todas sus consecuencias jurídicas”[6]. La experiencia internacional hace referencia a los armisticios con énfasis en soluciones precisamente de suspensión de hostilidades y de habilitación de soluciones humanitarias como canje de prisioneros, traslado y atención de heridos, etc. Con frecuencia son comparados o asimilados también a los acuerdos de tregua y a los de regulación humanitaria.
En consecuencia, puede entenderse que precisamente los temas tratados en la agenda a partir del acuerdo de Fin del Conflicto, no solo podrá sino que deberá asumir asuntos relacionados históricamente con los armisticios en las guerras, más aún es viable entender que sin que necesariamente así se denomine puede ser equivalente a un armisticio, pero que resultaría inconveniente y quizás inviable si se tratara de introducir una fase de prolongación de las hostilidades de guerra, no dando lugar de inmediato al acuerdo final de paz con todas sus consecuencias previstas.
Necesidad de implementar la verificación
Un elemento de especial importancia actual es el relativo a las formas de verificación que deben aplicar tras acuerdos de cese al fuego o tregua militar así como en general para el cumplimiento y aplicación de todo lo pactado al final del proceso de negociación. El alto riesgo actual es que no hay nada convenido ni aplicado al respecto y sin embargo se asiste a una situación de eventual consolidación de un cese bilateral en las acciones ofensivas. No ha sido encomendada tal labor como se requiere a entes con idoneidad, capacidad de independencia, imparcialidad y neutralidad así como como recursos técnicos. No existen referentes territoriales, ni metodologías, ni formas de reportes ni de acompañamientos ni de otras dinámicas del caso determinadas. No hay nada acordado entre las partes cuando en principio la labor de verificación requiere la aprobación y la consiguiente disposición de las partes en conflicto.
Es conocido que las FARC propusieron que su declaratoria unilateral contara con veeduría de entes como UNASUR, la CELAC y el Frente Amplio por la Paz. Sin embargo, de hecho, el Frente Amplio por la Paz asumió una forma de verificación propia, autónoma, con respaldo en organizaciones y redes sociales, de manera que ya produjo su primer informe, el cual ha sido recibido con atención por las partes, lo que le proporciona legitimidad y aliento para dar continuidad a esta forma de actuación ciudadana y social en respaldo directo al proceso de paz, a pesar de sus serias limitaciones políticas de aprobación y logísticas y técnicas para actuar en correspondencia. En igual sentido han jugado positivamente los reportes sobre la dinámica del conflicto armado que proporcionan varias ONG e instituciones, dentro de las cuales se destaca por su carácter, posibilidades y trayectoria la Defensoría del Pueblo, de manera que el Defensor del Pueblo ha adoptado también una especie de positivo rol de observación, con apoyo en el mandato legal que le asiste y con el concurso de la labor de su institución en las regiones, en especial del programa de Alertas Tempranas.
En concordancia con las anteriores consideraciones, si bien será en propiedad que al final de los acuerdos se resuelvan estos compromisos de manera integral, en el último punto de la agenda sobre Refrendación, Verificación y Aplicación, la coyuntura de cese de acciones ofensivas decretada por las FARC y la consiguiente reciprocidad gubernamental que se espera, exigen anticipar un tratamiento mínimamente adecuado para solventar el riesgo advertido ante la carencia de una forma de verificación inmediata convenida. No obstante, el importante apoyo actual que brindan las iniciativas que se perfilan al respecto desde la sociedad civil y desde las propias esferas estatales.
- Álvaro Villarraga Sarmiento es Directivo del CNMH, integrante de FUCUDE, catedrático universitario
Fuente: Semanario Virtual Caja de Herramientas Nº 438
Semana del 13 al 19 de marzo de 2015
Corporación Viva la Ciudadanía
[1]El pacto firmado con las FARC tenía mayor dimensión pues comprometía reformas sociales, con énfasis la reforma agraria y las garantías para el reintegro a la vida civil, por lo cual constituyó propiamente un pacto de paz. El pacto conjunto con el EPL y el M19 sentaba la premisa para desarrollar en condiciones de tregua la agenda de paz siendo la divisa del M19 conseguir con un diálogo nacional un consenso de rectificaciones democráticas y siendo la propuesta del EPL convocar una Asamblea Nacional Constituyente, la cual de forma soberana adoptara una reforma política, social e institucional de reformas democráticas. El ELN no participó de los diálogos de paz con el gobierno nacional. Ver: Actores en Conflicto por la Paz, Socorro Ramírez y Alberto Restrepo, 1986. Tregua y cese al fuego bilateral con las FARC, EPL, M19 y ADO, Biblioteca de la Paz, tomo I, Álvaro Villarraga (comp.), 2008.
[2]Acuerdos con el EPL, PRT, MAQL y CRS, Diálogos con la CGSB, Biblioteca de la Paz, tomo I, Álvaro Villarraga (comp.), 2008.
[3] Diálogos exploratorios de paz Gobierno-ELN, Biblioteca de la Paz, tomo VII, Álvaro Villarraga (comp.), 2013.
[4] Entre tales fuentes el Programa de DDHH y DIH de la Vicepresidencia, la Defensoría del Pueblo, el CERAC, Paz y Reconciliación y el CINEP.
[5] Frente Amplio por la Paz, CERAC, Defensoría del Pueblo y declaraciones del propio Presidente de la República Juan Manuel Santos.
[6] Pietro Verri, Diccionario de Derecho Internacional de los Conflictos Armados, CICR, Tercer Mundo Editores, Bogotá, 1998, página 9.
https://www.alainet.org/es/articulo/168241?language=es
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