Paz sin paramilitarismo (I)

27/06/2016
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 cuando marchamos
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Es urgente implementar, sin más dilaciones, la estrategia acordada entre el gobierno del Presidente Santos y las Farc para erradicar el paramilitarismo de las elites locales, regionales y nacionales que lo promueven y financian con el fin de mantener sus privilegios y exterminar la oposición democrática y popular.

 

Hay que vincular a la sociedad civil en la ejecución del acuerdo alcanzado en esta materia en la Mesa de conversaciones de La Habana.

 

Entre la delegación del gobierno del señor Santos y los representantes de las Farc se ha tejido un documento clave para combatir el paramilitarismo y rodear de garantías a los combatientes revolucionarios de la insurgencia que harán su tránsito a la movilización política legal. De su construcción se han encargado Oscar Naranjo, Policía del gobierno y Pablo Catatumbo, plenipotenciario de la guerrilla.

 

Se trata de un muy sólido instrumento político para ejecutar la estrategia de erradicación del paramilitarismo como fenómeno violento que acompaña el Estado oligárquico colombiano desde finales de la segunda guerra mundial y con ocasión de la participación de soldados colombianos en la infame guerra contra el pueblo de Corea.

 

El paramilitarismo fue implantado por los asesores gringos de las Fuerzas Armadas Colombianas en plena “Guerra fría”, como parte de la ofensiva anticomunista y contrainsurgente de los gobiernos norteamericanos.

 

Dicho material se refiere a las garantías de seguridad y lucha contra las organizaciones criminales responsables de homicidios y masacres o que atentan contra defensores/as de derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos, incluyendo las organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo, y la persecución de las conductas criminales que amenacen la implementación de los acuerdos y la construcción de la paz.

 

Dada su trascendencia y sus alcances iniciales es conveniente verlo en detalle. Analizarlo y compartirlo directamente con las comunidades agrarias y populares para exigir su estricta aplicación en las localidades y regiones donde pulula esta perversa organización criminal de paramilitarismo que además de ser una agencia es una cultura y una patología de las elites dominantes.

 

Quiero abordar en este primer artículo el aspecto de la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad para el desmantelamiento de las organizaciones criminales responsables de homicidios y masacres o que atentan contra defensores de derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos, incluyendo las organizaciones delincuenciales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo, y la persecución de las conductas criminales que amenacen la implementación de los acuerdos y la construcción de la paz, que en adelante se conocerá como la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad.

 

En cumplimiento de lo acordado en el punto 2.1.2.1 relacionado con el Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política, literal d, (http://bit.ly/298kHFA ) que trata sobre la implementación de la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Desempeño del Sistema Integral de Protección y de los Avances en el Desmantelamiento de organizaciones criminales y de todas aquellas que amenacen el ejercicio de la política, el Gobierno Nacional y las FARC-EP acuerdan que el Gobierno creará y pondrá en marcha la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, la cual tendrá como objeto:

 

El diseño y hacer seguimiento de la política pública y criminal en materia de desmantelamiento de cualquier organización o conductas de que trata este acuerdo que amenacen la implementación de los acuerdos y la construcción de la paz.

 

La Comisión también armonizará dichas políticas para garantizar su ejecución.

 

El seguimiento y evaluación del desempeño del sistema integral de protección se realizará en la Instancia de Alto Nivel que se incluye en el 3.4.7.1.1 de este acuerdo.

 

La Comisión la preside el Presidente de la Republica.

 

La Comisión Nacional de Garantías de Seguridad será presidida por el Presidente de la República, estará conformada por el Ministro del Interior, Ministro de Defensa, Ministro de Justicia, Fiscal General de la Nación, Defensor del Pueblo, Director de la Unidad Especial de Investigación -punto 74 de la Jurisdicción Especial para la Paz-, Comandante General de las Fuerzas Militares, el Director General de la Policía Nacional, dos (2) representantes del nuevo movimiento que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal, dos (2) voceros en representación de las plataformas de derechos humanos y paz, y podrá invitar representantes de los partidos y movimientos políticos. La comisión podrá invitar organismos nacionales e internacionales especializados con presencia en los territorios y podrá apoyarse en experto/as sobre la temática cuando lo estime conveniente. La Comisión se conformará antes de la entrada en vigor del Acuerdo Final. En la conformación de la Comisión se promoverá la participación efectiva de las mujeres.

 

Mientras se surte el proceso de formalización del nuevo partido político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal, la mesa de conversaciones definirá dos experto/as independientes para integrarla.

 

El enfoque de su trabajo

 

El trabajo de la Comisión estará enfocado a:

 

a) La Comisión Nacional de Garantías de Seguridad será la instancia para el diseño, el seguimiento, la coordinación intersectorial y la promoción de la coordinación a nivel departamental y municipal para el cumplimiento del Plan de acción que el Gobierno Nacional lleve adelante para combatir y desmantelar las organizaciones y perseguir las conductas punibles objeto de este acuerdo;

 

b) Formulará y evaluará el Plan de acción permanente para combatir y desmantelar las organizaciones y conductas objeto de este acuerdo;

 

c) Evaluará la respuesta institucional y el impacto de los resultados en la desarticulación de las organizaciones y conductas objeto de este acuerdo;

 

d) Coordinará con las autoridades departamentales y municipales, la generación de mesas técnicas para hacer seguimiento a manifestaciones criminales objeto de esta Comisión, incluyendo la recepción de reportes y denuncias, que contribuya a complementar el esfuerzo estatal;

 

e) Recomendará reformas que contribuyan a eliminar cualquier posibilidad de que el Estado, sus instituciones o sus agentes puedan crear, apoyar o mantener relaciones con las organizaciones objeto de este acuerdo;

 

f) Solicitará a las autoridades la remisión de informes sobre cualquier materia relacionada con las organizaciones y conductas objeto de este acuerdo y hará seguimiento del contenido de dichos informes;

 

g) Diseñará y construirá las estrategias de su competencia para identificar las fuentes de financiación y los patrones de actividad criminal de las organizaciones y conductas objeto de este acuerdo; entre dichos patrones se tendrán en cuenta aquellos que afectan de manera particular a las mujeres, niñas, niños, adolescentes y población LGTBI.

 

h) Realizará recomendaciones para la derogación o modificación de las normas a fin de identificar aquellas disposiciones que, directa o indirectamente, posibiliten y/o promuevan la creación de las organizaciones y conductas objeto de este acuerdo;

 

i) Propondrá los mecanismos para la revisión de antecedentes de los servidores/as públicos en todas las instituciones del Estado con el fin de verificar cualquier involucramiento que hayan tenido los anteriores con grupos y/o actividades de paramilitarismo o violaciones de Derechos Humanos;

 

j) Informará periódicamente a las ramas del poder público, a la opinión pública y a los organismos internacionales acerca de los avances y obstáculos en la lucha contra las organizaciones y conductas objeto de este acuerdo;

 

k) Garantizará el suministro de información por parte de las entidades o instituciones que participen de la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, a la “Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición” y a la Unidad de investigación y desmantelamiento de organizaciones criminales y sucesoras del paramilitarismo -punto 74 de la Jurisdicción Especial para la Paz- (http://bit.ly/227tOL3 );

 

l) Realizará recomendaciones a las ramas del poder público para ajustar y priorizar las acciones y estrategias de la política y legislación de inteligencia del Estado en la lucha contra las organizaciones y conductas objeto de este acuerdo;

 

m) Hará seguimiento al régimen de controles sobre los servicios de vigilancia y seguridad privada y formulará propuestas tendientes a actualizar las normas que regulan los servicios de vigilancia y seguridad privada, con el propósito de que sus servicios correspondan al fin para el que fueron creados y en ningún caso, de manera directa o indirecta, faciliten la acción de las organizaciones y conductas criminales objeto de este Acuerdo.

 

n) Diseñará políticas para el sometimiento a la justicia de las organizaciones criminales y sus redes de apoyo objeto de este acuerdo, definiendo tratamientos específicos para los integrantes de dichas organizaciones y redes, incentivando y promoviendo un rápido y definitivo desmantelamiento de las anteriores. Dichas medidas nunca significarán reconocimiento político.

 

o) Garantizará la aplicación de los enfoques territoriales, diferencial y de género en el diseño, implementación y seguimiento de las políticas y estrategias que sean objeto de esta comisión.

 

Se trata, pues, de un importante dispositivo institucional que ojala se eche a rodar desde ya para desactivar esta potente máquina de muerte y exterminio en las regiones.

 

Armenia, 27 de junio 2016.

 

https://www.alainet.org/es/articulo/178402?language=es
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