Chevron en Ecuador: un asunto de poder

Chevron no solo sale más que bien librada, sino que ha logrado trasladar al país de su papel de víctima al banquillo de los acusados; además, Ecuador le ha pagado y no al contrario.

12/08/2016
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  • Opinión
Contaminación por Texaco en la Amazonía ecuatoriana.  Foto: ALAI contaminacion petrolera en la amazonia ecuatoriana   alai
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Chevron (Texaco), corporación transnacional de las más poderosas del mundo, se queja de haber sido víctima de trato injusto, denegación de justicia y otros maltratos por parte de Ecuador, pequeño país andino. Despliega una contundente ofensiva, por varias vías, para reclamar por hechos que alega sucedieron entre 1964 y 1992, es decir justamente cuando los gobiernos colocaban los intereses corporativos externos por encima de las prioridades nacionales. Acaba de conseguir así que Ecuador le pague 112 millones de dólares [1], monto que adquiere un peso relativo mayor en momentos de dificultades económicas derivadas de la caída de los precios del petróleo y del terremoto que afectó gravemente el litoral en abril último.

 

¿Cómo ha sido posible semejante acción injusta? La trama de poder en que se basa, no por previsible menos escandalosa, ha recorrido ya largos y sinuosos caminos. La transnacional, luego de haber causado significativos daños ambientales en la Amazonía ecuatoriana, invirtió la responsabilidad y, con insospechados argumentos, impuso en 2009 una demanda ante la Corte Permanente de Arbitraje de la Haya [2], acusando a la República del Ecuador, es decir al pueblo y sus instituciones, de causarle perjuicios extendidos en un cierto lapso de tiempo.

 

Previamente, poblaciones amazónicas afectadas por los gravísimos daños ambientales causados por esa transnacional durante su operación en el país, impulsaron el proceso judicial conocido como el caso de los ‘afectados’ [3], desarrollado entre 2003 y 2011, logrando en instancias nacionales una sentencia que obliga a la corporación a indemnizar con una suma de 9.500 millones de dólares a los demandantes, unas 30.000 personas. Esta sentencia no sólo ha incumplida por la Chevron, sino que ésta vuelve a la carga acusando a estas comunidades indígenas y campesinas de extorsión.

 

Por supuesto ha esquivado también el dictamen de pedir perdón a las comunidades afectadas, omisión que la sentencia original penalizaba con un resarcimiento adicional de 8.500 millones de dólares. Sin embargo, la Corte Nacional de Justicia de Ecuador ratificó en noviembre 2013 la decisión legal a favor de los afectados amazónicos, pero eliminó la cláusula sobre daños punitivos (pedido de perdón), que fueron recusados por Chevron, aduciendo que los daños punitivos no se encontraban regulados en el marco nacional.  Ahora, al contrario, más bien Chevron parece abrigar la expectativa de que el país le pida perdón en el marco del arbitraje.

 

La demanda de arbitraje de la Chevron a Ecuador contiene elementos tanto para eludir su responsabilidad en el caso de los ‘afectados’, como para coartar las políticas de soberanía energética, productiva y económica enunciadas en el país. Las corporaciones recurren a este tipo de arbitrajes dado su carácter extrajudicial, ‘expedito’ y distante de los ‘rudimentos’ de la legislación internacional, que supone para los países una renuncia de sus prerrogativas nacionales y en algunos casos hasta internacionales.

 

Más aún, como señala el experto Gus Van Harten [4], sólo las corporaciones pueden demandar a los gobiernos y estos últimos apenas pueden defenderse, en medio de procesos que no son independientes ni transparentes, y cuyos procedimientos no son claros. Los demandantes ejercen influencia directa en la selección de los árbitros, en la definición de la sede de los arbitrajes y de otros elementos, optimizando así las condiciones para obtener reiterados resultados en su ventaja.

 

Esto ha sido evidente en la demanda de Chevron contra Ecuador. En el proceso se han adoptado variantes de procedimiento que comprenden la inclusión constante de nuevos elementos, la subdivisión de problemáticas, e incluso un reinicio que le permitió agregar alegatos a la demanda en curso. Mientras tanto, durante años la defensa de Ecuador no obtuvo respuesta a sus requerimientos, a tal punto que, luego de un cúmulo de solicitudes sin respuesta, el país se vio obligado a pedir, sin éxito, la cesación de algunos de los árbitros [5].

 

Así mismo, las definiciones de ‘perjuicio’ o de ‘injusticia’ con las que la corporación formula su demanda, no se remiten a las conocidas conceptualizaciones de desigualdad o injusticia apegadas a los principios de derechos humanos, sino que apuntan a alguna perturbación del privilegio de ‘trato más favorable’ para la inversión, el comercio y la rentabilidad, que se ha posicionado como argumento inapelable en estos tribunales de arbitraje internacional.

 

La sede del arbitraje es Estados Unidos, país reconocido por una importante simbiosis entre la economía corporativa y el ámbito político. Como señala Alejandro Teitelbaum [6] -autor de una importante obra sobre transnacionales, derechos humanos y democracia-, resulta expresivo el caso de la ex secretaria de Estado estadounidense, Condoleezza Rice, miembro de varias corporaciones, cuyos servicios en el directorio de Chevron fueron tan apreciados que quisieron ponerle su nombre a un importante buque.[7]

 

No es ese un caso aislado, numerosos estudios y seguimientos de caso arrojan datos y cifras sobre cómo el conjunto de ‘mecanismos de solución de controversias’ contemplan, en palabras de la estadunidense Lori Wallach, “especiales privilegios y derechos solo para unos: los inversionistas extranjeros, a quienes se les otorga más poder que a la ciudadanía y a los gobiernos” [8].

 

Son parte de esta arquitectura del comercio transnacional los acuerdos de inversión, tales como el Tratado Bilateral de Inversiones entre Ecuador y Estados Unidos [9], bajo cuyo paraguas mercantil Chevron ampara su demanda de arbitraje y alega ser víctima de denegación de justicia, de una supuesta colusión intersectorial y otros. Pero se trata, a todas luces, de una aplicación retroactiva, pues el TBI firmado en 1993 sólo entró en vigencia en 1997, mientras que la compañía se retiró del país en 1992.

 

Es por ese tipo de sesgos reiterados, que denotan el afán excesivo de velar a toda costa por la plena seguridad de las inversiones realizadas por las multinacionales, colocando a los Estados receptores y a sus pueblos en un segundo plano, que más que de ‘reglas’ de comercio transnacional se habla de una ‘arquitectura jurídica de la impunidad’ [10].

 

 

 

El poder en toda su amplitud

 

 Chevron figura entre las mayores transnacionales del mundo, sólo sus ingresos operativos y ventas en el 2015 ascendieron a 129.900 millones de dólares [11], equivalente a tres veces y media el presupuesto nacional ecuatoriano de ese mismo año, 36.317 millones de dólares [12], y a 16 veces el presupuesto de salud. Y eso que, debido a la depreciación del petróleo en el mercado mundial, 2015 no fue un año tan bueno para la transnacional comparado con el 2014, cuando sus ingresos operativos fueron de 200.500 millones de dólares [13], es decir cinco veces y media más que el mencionado presupuesto anual del país.

 

Su poderío se expresa en una amplia expansión por el mundo y en operaciones estratégicas y fusiones, como la ocurrida el 2000 con Texaco.  Sus prácticas de poder y estrategia integral, son patentes también en la estrategia de la demanda arbitral contra Ecuador, cuyos componentes comunicacional, económico y político actúan como complemento de una ofensiva legal sin barreras

 

Es más, la amplitud de sus acciones contra Ecuador deja ver que la demanda de arbitraje es apenas una parte de una movida estratégica relacionada con geo economía petrolera. Un indicio: el petitorio formulado al gobierno de Estados Unidos en 2012 para que suspenda las ventajas arancelarias al Ecuador, como medida de presión indirecta.

 

En el proceso de arbitraje, mientras acusa a Ecuador de ‘colusión’ entre gobierno y pueblo afectado y censura su eventual encuentro, la transnacional desborda el claustro arbitral cuando lo requiere, fustiga a las instituciones ecuatorianas y a sus voceros con adjetivos varios. Las palabras 'corrupción', 'fraude', 'coaligados', son incluso argumentos de la demanda. Eso se refleja en una sostenida acción comunicacional de descrédito del país, cuyos alcances el autor Orlando Pérez llega a interpretar como propios una estrategia de golpe blando [14].

 

Ecuador por su parte, en desigualdad de condiciones, se ha movido con circunspección, quizá buscando precautelar su reputación, inerme ante una multiplicidad de ardides que han trastocado su situación de víctima por la de acusado. Es una defensa 'defensiva' y disciplinada a los condicionamientos del mecanismo arbitral.

 

Así las cosas, ¿hay otra salida?, ¿se puede revertir el escenario arbitral, máxime si persisten situaciones pendientes?,  ¿se puede plantear un restablecimiento de equilibrio, a la luz de nuevas evidencias que muestran la lesión causada al Ecuador?

 

Abundante bibliografía, con significativas credenciales académicas, sustenta los sesgos del sistema arbitral y de los tratados de inversión, como los que presenta la transnacional para acusar al Ecuador. Está en debate igualmente el desbalance de un sistema injusto, que prioriza la seguridad de las inversiones privadas y coloca a los países como concurrentes de menor rango, que deben defenderse por fuera del amplio acervo de legislación internacional y de derechos humanos, como si las cuestiones de soberanía fueran sólo un malentendido de términos contractuales.

 

Una demanda internacional extrajudicial contra la República no es un juicio cualquiera, pues a más de afectar la soberanía, tiene que ver con geo economía y geo política petrolera. En otras palabras, es una cuestión de Estado, que impacta al pueblo y sus instituciones, que deberían comprometerse en una estrategia sostenida de defensa integral y multidisciplinaria.

 

Ecuador tiene para defenderse no sólo la evidencia de un ecocidio [15], que produjo consecuencias irreversibles en uno de los entornos más biodiversos del mundo, sino que en los 24 años transcurridos luego de la partida de la transnacional, un remanente de unas 800 piscinas de residuos tóxicos al descubierto contaminaron agua, aire y tierra, impidieron prácticas agrícolas, sustrajeron el disfrute del hábitat, causaron enfermedades, y otros efectos nocivos.

 

Esa sólo es una parte de las consecuencias ulteriores de una mala práctica ambiental deliberada pues, como ha señalado el Presidente Rafael Correa, en esa época ya existían tecnologías para evitar estos ecocidios. El causado deliberadamente en Lago Agrio por Chevron es de magnitud extraordinaria, pues resulta 85 veces mayor al provocado accidentalmente por la British Petroleum en el Golfo de México en 2010 [16], caso que sí obtuvo reparación ambiental pues Estados Unidos reaccionó como país afectado.

 

Así, desde una mirada geopolítica y  especialmente de defensa de la soberanía, puede resultar determinante la exposición documentada de hechos y cifras, para mostrar al mundo las evidencias de la contaminación. Esa línea fue asumida por el Presidente Correa, amparado por el mandato constitucional de defender pueblo, soberanía y territorios. Se marcó así un verdadero hito, al recuperar el sentido de responsabilidad de la gestión de Estado en función de legítimos intereses propios, de modo inverso a la tendencia obsecuente de gobernantes anteriores, que actuaron más bien como auxiliares de las corporaciones foráneas.

 

La dinámica así generada logró articular voces y acciones de movimientos sociales, personalidades, diversos actores sociales del mundo, que han hecho suya la defensa de Ecuador ante esa perversa inversión de papeles. En la misma línea, numerosas instituciones, congresos nacionales, instancias internacionales, y hasta la OPEP, han emitido su solidaridad con el país.

 

 El pago, los embargos y otras confusiones

 

Chevron utiliza sin ambages argumentos del caso ‘afectados ’ para sustentar el arbitraje, sostiene que este caso –impulsado por la población como demanda particular, no de gobierno- vulnera el mencionado Tratado Bilateral de Inversiones; pide al país ordenar el cese de las acciones emprendidas por esas comunidades en otros países para lograr que se cumpla con la sentencia ya lograda.  Más aún, denuncia como un incumplimiento de laudos arbitrales que el gobierno no anule tal sentencia de Lago Agrio [17] y no coarte las acciones subsecuentes de los amazónicos [18]. Es decir, llega a exigir que una función del Estado ecuatoriano –la ejecutiva-, intervenga en otra función que es independiente –la judicial-, pero al mismo tiempo, y en contradicción con tal postura, acusa como fraudulento cualquier intercambio entre nacionales –el gobierno nacional y el colectivo de ‘afectados’-.

 

Con este tratamiento arbitrario y contradictorio que impone Chevron en el arbitraje, se entreteje una maraña de juicios y apelaciones, en distintas sedes del mundo, para eludir el pago que ella sí tiene pendiente con los ‘afectados’, indígenas y campesinos amazónicos. Se crea así una contexto complejo y confuso, como se evidenció en el reciente episodio de pago forzoso de 112 millones de dólares por el laudo arbitral de ‘denegación de justicia’.

 

Los ‘afectados’, en procura de mecanismos para hacer respetar la sentencia a su favor, interpusieron en su momento un embargo sobre los bienes de la Chevron en Ecuador y otros países. Por eso, cuando se anunció el pago del Ecuador a la Chevron, reclamaron se les entregue el monto del arbitraje como un abono a los 9.5 mil millones de dólares que la transnacional les debe.

 

A su vez, la Chevron pretendía un embargo de bienes ecuatorianos para capturar por la fuerza los 112 millones y evadir su responsabilidad con los ‘afectados’, quienes entonces tuvieron que levantar el embargo en Ecuador, al considerar que, siendo parte del país, cualquier confiscación de los bienes nacionales no constituye un resarcimiento para ellos, ni para el pueblo ecuatoriano, sino al revés.

 

En síntesis, la Chevron no solo sale más que bien librada, sino que ha logrado trasladar al país de su papel de víctima al de acusado, cobrar en lugar de pagar, pues recibe ilegítima e injustamente una suma cuantiosa en tanto elude el pago a que le obliga la sentencia a favor de los ‘afectados’.  Y el proceso sigue, pues el laudo arbitral es sólo un componente de una demanda más amplia aún en curso. 

 

El país queda inmerso en la trampa de un sistema arbitral que tiene más relación con los negocios de las transnacionales que con sistemas de justicia.  Para salir urge refrescar la estrategia de defensa, con una mirada más integral que nunca, donde todo apunte a defender al pueblo y su soberanía; para eso cada ecuatoriano/a cuenta, cada acción solidaria cuenta, cada gesto de coherencia cuenta.

 

- Irene León es socióloga ecuatoriana.

 

(Versión del artículo actualizada el 19/8/2016)

 

[1]  Entre 1991 y 1993 Texaco (Chevron) planteó siete demandas comerciales a Ecuador, por hechos sucedidos en décadas anteriores. En 2016 la Corte Federal de Washington ratificó una sentencia de ‘denegación de justicia’ de la Corte Internacional de Arbitraje de la Haya, que obligó al país a pagar 96.3 millones de dólares, más intereses, a la transnacional (a lo largo del artículo se alude a dólares USA).

 

[2]  Permanent Court of Arbitration, PCA Case No. 2009-23: 1.Chevron Corporation and 2. Texaco Petroleum Company v. The Republic of Ecuador, https://pcacases.com/web/view/49

 

[3]  Juicio 2003-0002, Corte de Justicia de Sucumbíos, Juez Nicolás Zambrano, febrero 2011. http://www.redibec.org/pdf/sentencia_TEXACO.pdf

 

[4]  Gus van Harten, Five Justifications for Investment Treaties: A Critical Discussion, York University - Osgoode Hall Law School, 2010, Canadá, http://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=1622928

 

[5]  Diego García Carrión, Caso Chevron: defensa del Ecuador frente al uso indebido del arbitraje de inversión, Procuraduría General del Ecuador, Gestión 2008-2015, Ecuador, 2015

 

[6]  Alejandro Teitelbaum, Al Margen de la Ley: Sociedades Transnacionales y Derechos Humanos. ILSA, Bogotá: 2007, pag. 86

 

[7]  Idem 6, pag. 87

 

[8]  Transnational Institute, Laurie Wallach, ‘Public policies under attack’, Netherlands:2015, https://www.tni.org/es/node/22496

 

[9]  SICE, Tratado entre la República del Ecuador y los Estados Unidos de América sobre promoción y la protección de inversiones,  http://www.sice.oas.org/bits/usaec_s.asp

 

[10]  Juan Hernández Zubizarreta y Pedro Ramiro, Contra la lex mercatoria: Propuestas y alternativas para desmantelar el poder de las transnacionales, ICARIA, España 2015

 

[11]  Chevron, 2015 Annual Report, https://www.chevron.com/-/media/chevron/annual-report/2015/2015-Annual-R...

 

[12]  Ministerio de Finanzas, ‘Proforma del Presupuesto General del Estado’, República del Ecuador 2015, http://www.finanzas.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2014/11/Proforma...

 

[13]  Idem. 11

 

[14]  Orlando Pérez, co autor del libro La verdad no contamina, El Telegrafo, Ecuador, 2014, estima que la campaña de comunicación de Chevron, asociada a la estrategia de golpes blandos, cuesta unos 700 millones de dólares. http://ecuadorinmediato.com/index.phpmodule=Noticias&func=news_user_view...

 

[15]  Son 80.000 toneladas de residuos petrolíferos vertidos entre 1964 y 1992, en un entorno de unas 500.000 hectáreas, en Lago Agrio, Amazonía ecuatoriana.

 

[16]  En 2015 la British Petroleum se comprometió a indemnizar 20.800 millones de dolares, por el derrame de 4.9 millones de barriles de crudo en el Golfo de México en 2010 http://www.bp.com/en_us/bp-us/commitment-to-the-gulf-of-mexico/deepwater..., http://internacional.elpais.com/internacional/2015/10/05/actualidad/1444...

 

[17]    Idem 3

 

[18]  Según la Chevron, las cosas son así: “On February 7, 2013, the Tribunal issued its Fourth Interim Award in which it declared that the Republic of Ecuador “has violated the First and Second Interim Awards under the [BIT], the UNCITRAL Rules and international law in regard to the finalization and enforcement subject to execution of the Lago Agrio Judgment within and outside Ecuador, including (but not limited to) Canada, Brazil and Argentina.” The Republic of Ecuador subsequently filed in the District Court of the Hague a request to set aside the Tribunal’s Interim Awards and the First Partial Award (described below), and on January 20, 2016, the District Court denied the Republic’s request.” Chevron, 2015 Annual Report, pgs 50-53 https://www.chevron.com/-/media/chevron/annual-report/2015/2015-Annual-R...

URL de origen: http://www.alainet.org/es/articulo/179469

 

https://www.alainet.org/es/articulo/179469?language=en
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