Desorden territorial, conflictos sociales y promoción de inversiones
- Análisis
No es ninguna novedad que uno de los principales problemas históricos que tiene nuestro país sea la ocupación desordenada que hemos tenido sobre nuestro territorio. El Estado no ha podido hasta el momento diseñar una organización política y territorial clara que busque enfrentar la diversa problemática que se desprende como consecuencias de ese desorden. El proceso de descentralización sigue siendo sumamente débil, es más, los últimos cinco años el Ejecutivo ha tenido una política de recentralización de las principales decisiones del Estado concentradas en el ejecutivo; lo que nos lleva a preguntarnos sobre el fracaso del proceso de descentralización. Si a esto le agregamos una crisis generalizada en las instituciones debido a la corrupción, la situación se agrava.
El desorden territorial puede ser identificado cuando nace un conflicto, si nos fijamos en la organización territorial nacional, podemos ver que esa tensión está presente en aproximadamente más del 70% de distritos de todo el país, donde existen conflictos por los límites territoriales o más del 80% que tiene la misma problemática a nivel de provincias. Por otro lado, si revisamos los conflictos sociales la Defensoría del Pueblo reporta 177 al mes de julio [1], de los cuales 130 son socioambientales (minería, hidrocarburos, energía, agroindustria, forestal), en su gran mayoría estos conflictos refieren superposiciones de intereses sobre un mismo espacio territorial.
En el caso de las más de 10 mil comunidades campesinas y nativas que habitan y ocupan más de un tercio de nuestro territorio nacional, se sabe que más del 50% de ellas no tiene definido límites exactos, al no estar georreferenciadas; lo que en algún momento generará conflictos de linderos, donde la mayoría de ellos no se reportan en los informes de la Defensoría que a julio refiere la existencia de 8 conflictos comunales. Peor aún, aproximadamente tres mil comunidades no cuentan con título de propiedad y la situación se agrava cuando el 49,6% de comunidades campesinas con información gráfica, tienen superposiciones de concesiones mineras en su territorio.
El diagnóstico parece estar claro, es necesario tener una política nacional que tenga por objetivo ordenar el territorio, esto significa para empezar, formalizar los derechos de propiedad y posesión de abajo hacia arriba. Para seguir refiriéndonos a las comunidades, significa entregar títulos de propiedad y registrar a las tres mil comunidades que faltan; actualizar la georreferencación de todas las comunidades, pero además ordenar y actualizar la información de las comunidades en el registro público de propiedad de predios. Después de ello hacer lo propio con los pequeños propietarios entregar títulos, georreferenciarlos y registrarlos. Es necesario también esclarecer los derechos de posesión y propiedad de las tierras del Estado, a nivel de gobierno local, regional y nacional; pero también respecto a las dudas y controversias que haya con tierras de comunidades.
El siguiente punto sería abordar diversa variedad de superposiciones de derechos que existen en un mismo espacio territorial, para eso los procesos de Ordenamiento Territorial en comunidades, gobiernos municipales, regionales; articulados por el gobierno nacional cumplirían una función importante y se empezaría a liberar a los territorios de esa alta conflictividad. Sin embargo la política actual del Estado para todos estos temas es diametralmente distinta. El Viceministerio de Gobernanza Territorial, de reciente creación y adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministro (PCM), no quiere hablar de conflictos, como si eso los anulara; en una entrevista el titular señaló que“(…) en el país hay 5 conflictos sociales y no los 217 que dice la Defensoría del Pueblo” [2]; lo cierto es que hasta el momento no sabemos cuál es la política territorial a implementar desde dicho Viceministerio.
Los conflictos territoriales en estricto, nos dan información sobre que actores se relacionan en un espacio territorial concreto. Cuando vemos por ejemplo que la mitad de un territorio comunal ha sido concesionado a una empresa minera o forestal; debemos preguntarnos qué está detrás de ello; hay claramente una política nacional de los últimos gobiernos que se manifiesta en un marco normativo, que permite y promueve un tipo de política determinada. Éste quizás es el quit del asunto: cambios en las reglas de juego para “ordenar” el territorio pero bajo reglas del mercado. Estas tensiones en los territorios donde se contraponen diversos intereses se irán manifestando tras 5 años de agresivos cambios en la legislación que han abierto las puertas al acceso a tierras y recursos naturales sin discreción.
Para verificar esos cambios normativos solo tenemos que recordar la ley 30230, la ley 30327, el Decreto Legislativo 1191 y 1210 en el gobierno de expresidente Humala. Estas normas son vistas por el anterior y actual gobierno como medidas necesarias para “destrabar” la inversión. Es por eso que a un año de gobierno del presidente Kuczynski llegaron una avalancha de 112 Decretos Legislativos (DL), 65 de ellos dirigidos a “reactivar la economía”, lo que en muchos casos significa flexibilizar los procedimientos es el caso del DL 1330 o DL 1333 que crea la institución denominada APIP con procedimientos ad hoc para otorgar títulos en tierras públicas o privadas donde se desarrollaran proyectos de inversión priorizados; decreto que el Congreso de la República acordó su derogatoria por vicios de inconstitucionalidad, pero que el Ejecutivo se niega a publicarla.
Recientemente el 28 de julio el presidente actual presentó el proyecto de ley 1718-2017-PE, que toma mucho de las disposiciones inconstitucionales del DL 1333, para insistir en dar vía rápida a los proyectos de inversión. El fundamento es el mismo hay una necesidad que se cree procedimientos especiales únicamente para grandes proyectos de inversión. La inversión privada y pública es necesaria para nuestro país, pero esta inversión se tiene que hacer en el marco de respeto a los derechos de propiedad de todos los peruanos; el Estado no puede favorecer constantemente a un grupo de inversionistas reduciendo los procedimientos de acceso a la tierra y recursos naturales, a costa de debilitar los derechos a la tierra y al territorio de las comunidades campesinas y nativas, de los agricultores familiares o de los pequeños propietarios; proteger estos derechos significa finalmente respetar los derechos humanos y cumplir la principal función del Estado que es velar por el bienestar común de todas y todos los peruanos.
Notas
[1] Ver Informe de la Defensoría del Pueblo: http://www.defensoria.gob.pe/conflictos-sociales/objetos/paginas/6/48reporte_mensual_de_conflictos_sociales_n_161_-_jul.pdf
[2] Ver en El Comercio: http://elcomercio.pe/peru/violacion-orden-juridico-consecuencias-412919
Luis Hallazi Méndez es abogado y politólogo, investigador en Derechos Humanos y en mecanismos para el ejercicio de un Derecho Transformador.
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