A un año de la firma de los acuerdos de paz en Colombia

24/11/2017
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Foto: Revista Sur
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El 24 de noviembre del año 2016 después de una ardua renegociación de los Acuerdos suscritos entre el Gobierno Colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, FARC, para poner término a una cruenta conflagración armada de más de 53 años y que dejó como saldo luctuoso más de 220 mil asesinatos relacionados con el conflicto armado, más de 8.3 millones de víctimas, más de 65 mil desparecidos y más de 40 mil secuestros así como miles de mujeres violentadas y niños y niñas vejados/as sexualmente, se firmaba el llamado Acuerdo Final en el Teatro Colón de la ciudad de Bogotá. Llegar allí no había sido fácil pues se trataba de una negociación en la cual el Estado debía reconocer que no había logrado vencer en el campo de batalla a las guerrillas insubordinadas desde el mes de mayo de 1964, pero, también la guerrilla debió reconocer que no había derrotado a las Fuerzas Armadas Gubernamentales y que la vía armada para la toma del poder no era posible. Así pues los contendientes en la puja militar debían tomar el camino de la negociación política para salir de la confrontación militar. Volver a la política para salir de la barbarie.

 

Una agenda acotada en seis puntos fue el primer acuerdo logrado tras una negociación de cerca de 7 meses emprendida en el mes de febrero del año 2102. Así pues el primer logro era esta agenda que contemplaba seis puntos: (1) tema agrario, (2) reformas políticas, (3) dejación de armas y reincorporación de los combatientes así como las garantías de seguridad, (4) solución al problema de las drogas ilícitas, (5) víctimas y (6) implementación, verificación y refrendación. Con esta agenda la mesa de negociaciones se instala en la ciudad de Oslo el 16 de octubre del año 2102 y un mes más tarde, el 15 de noviembre se instala oficialmente la Mesa de Negociaciones en La Habana que se prolongarán hasta finales de agosto del año 2016 en que formalmente se cierra la Mesa para dar paso a la primera firma del Acuerdo Final en la ciudad de Cartagena el 26 de septiembre del año 2016, habían transcurrido cerca de cinco años desde el mes de febrero del año 2012 para llegar a un Acuerdo Final. Pero el viacrucis de la implementación apenas comenzaba. El Gobierno con la aprobación de la Corte Constitucional convocó un plebiscito para el 2 de octubre en que los partidarios del NO ganaron por cerca de 50 mil votos a los partidarios del SI. Una sociedad indiferente pues cerca del 60% del censo electoral no concurrieron a las urnas.

 

Se abrió así un proceso de renegociación. Se instaló una Mesa con los principales voceros del NO quienes presentaron sus propuestas de modificación. Al final y a pesar de haber incluido 59 modificaciones al texto original los partidarios y voceros del NO se manifestaron nuevamente en desacuerdo con aspectos centrales del Acuerdo Final. En tres se podrían acotar los desacuerdos (1) la exigencia que los principales líderes de la guerrilla de las FARC paguen cárcel por sus delitos y que mientras ello no ocurra se les prohíba participar en Política, (2) oposición a que se establezca una justicia transicional y que a ella concurran obligatoriamente tanto los principales responsables de la guerrilla, los militares comprometidos con graves crímenes de guerra y los civiles a título de terceros responsables cuando hayan sido participes de graves crímenes, (3) que el delito del narcotráfico no sea considerado conexo con el delito político cuando se haya cometido para financiar las actividades subversivas. Estos desacuerdos harían imposible la firma de un Acuerdo de Paz no solo en Colombia sino en cualquier proceso de negociación con fuerzas insurgentes en el mundo. Esos inamovibles se mantienen aún y por todos los medios los opositores tratan de torpedear los avances en la implementación en torno a estos aspectos que constituyen asuntos centrales del Acuerdo.

 

El balance a un año de su aprobación 

 

La salida política al impasse que significó el triunfo del NO en el plebiscito consistió en someter a aprobación del Congreso de la República el texto del Acuerdo final lo que se hizo el 30 de noviembre de 2016 y que a mediados de diciembre fue declarado exequible por la Corte Constitucional después de arduos debates en búsqueda de alternativas para avanzar en la implementación de los Acuerdos. Para agilizar su implementación el Congreso aprobó un mecanismo rápido para reducir los tiempos y los debates en el Congreso de las leyes y actos legislativos de implementación de los Acuerdos el denominado Fast Track. Este mismo Acto legislativo debería ser revisado por la Corte Constitucional así como todos los decretos leyes, leyes y demás actos legislativos para brindar seguridad jurídica al proceso. Y es allí donde comienzan los problemas serios en la implementación pues la Corte Constitucional no ha sido lo suficientemente ágil a la hora de revisar los casi 40 decretos leyes promulgados por el Gobierno así como las leyes y actos legislativos aprobados por el Congreso con lo cual siempre habrá inseguridad jurídica mientras no se produzcan estos fallos por parte del máximo tribunal de justicia en el país. Pero además porque la Corte Constitucional misma ha metido mano en la modificación del Acuerdo Final. En su fallo sobre este Acto Legislativo la Corte tumbó dos normas que han hecho difícil la aprobación de las leyes  en el Congreso que buscan su implementación. La Corte tumbó la norma que establecía que cualquier cambio en el texto de las leyes y actos legislativos que buscaban desarrollar el Acuerdo deberían contar con el visto bueno del Gobierno Nacional y que el articulado de los proyectos, podrían ser votados en bloque. Con una argumentación formalista la Corte facultó a los congresistas para introducir modificaciones y con ello abrió la puerta a una renegociación y a la negociación clientelista de los parlamentarios con el Gobierno para su aprobación. Esto es lo que ha sucedido y la Corte no parece haber tomado nota de su error pues persiste en esta línea de interpretación en posteriores fallos.

 

Ahora bien a un año de firmado el Acuerdo Final vale la pena ver con algún grado de detalle en qué va la implementación del Acuerdo final. Primero en materia agraria. El Gobierno Nacional expidió un decreto ley el 902 del 29 de mayo de 2017 que en resumen contempla tres aspectos esenciales relacionados con el primer punto de los Acuerdos que se refiere al tema de tierras. En primer término adecúa la institucionalidad que deberá implementar el Acuerdo dándole un lugar central a la Agencia Nacional de Tierras que marcha muy lentamente en su tarea. En segundo lugar reglamenta el fondo de tierras para la paz que deberá disponer de tres millones de hectáreas para distribuir de manera gratuita entre familias campesinas sin tierra, siendo sus principales beneficiarias las familias víctimas. Este programa de redistribución de tierras deberá ser implementado en los próximos doce años y en tercer lugar el decreto se ocupa de generar también la institucionalidad para la formalización de la propiedad rural de 7 millones de hectáreas en manos de campesinos colonos que no tienen títulos de propiedad. El problema principal para avanzar en este que es punto central de los contenidos del Acuerdo Final en materia agraria consiste como ha sido señalado en falta de adecuados recursos para avanzar en la disposición de tierras una parte de las cuales deberán ser compradas por el Estado además de aquellas que provengan de la extinción de dominio de tierras en manos de los narcotraficantes y de tierras baldías propiedad de la Nación. Sobra decir que este decreto ley no ha sido aún revisado por la Corte Constitucional y hay una concepto de la Procuraduría General de la Nación ante la propia Corte Constitucional que pide que la Corte autorice su vigencia por un año pero que sus contenidos sean presentados al Congreso de la República para que sea aprobado mediante una ley ordinaria lo cual de ser aceptado por la Corte sería otro golpe mortal al proceso.

 

Al lado del decreto ley de tierras el Gobierno Nacional expidió otros decretos que buscan desarrollar mecanismos complementarios como el decreto que busca poner en marcha el proceso para la aprobación de 16 Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial que beneficiaría a 170 municipios en los cuales se vivió el conflicto de manera intensa en los últimos cincuenta años así como decretos con fuerza de ley para facilitar la construcción de puestos de salud, escuelas, un plan de construcción de vías terciarias, que buscan desarrollar la dotación de bienes públicos en éstas regiones azotadas por el conflicto de manera intensa en los últimos años. Aquí nuevamente el principal problema radica en que el Gobierno Nacional no ha destinado los recursos necesarios en el presupuesto nacional para su adecuada implementación y el mayor riesgo es que los decretos se conviertan en letra muerta. Hasta ahora no se ha entregado una sola hectárea para beneficiar a las familias víctimas de la confrontación armada.

 

En materia de reforma rural integral el Gobierno tardíamente ha presentado un proyecto de Ley de Tierras que no representa  avances significativos en materia de redistribución de la propiedad en que apenas 2500 propietarios son los dueños del 52% de la tierra productiva del país. La tasa de concentración de la propiedad rural en Colombia medida por el coeficiente de Gini es de 0.87% en donde 1 sería que toda la tierra estuviera en manos de un solo propietario. Aun siendo un proyecto sumamente conservador es muy poco probable su rápida aprobación por parte del Congreso de la República. En este organismo más del 30% de los parlamentarios son terratenientes.

 

Las reformas políticas

 

El segundo punto de la Agenda se refiere a reformas políticas para una apertura democrática. Al momento se han aprobado pocas reformas de este punto que junto con el Agrario fueron las justificaciones que en su momento esgrimieron los insurgentes para levantarse en armas contra el Estado. Se ha aprobado un Estatuto de la Oposición que da mayores garantías a los partidos y movimientos políticos que se declaren en oposición a los gobiernos de turno. Este estatuto no se ocupó de los organismos de Control que en su elección no garantiza su imparcialidad y eficacia en la lucha contra la corrupción y en garantías para los funcionarios y partidos de la oposición. Nos referimos a la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y la Contraloría General de la República cuyos titulares provienen del establecimiento tradicional por su forma de elección.

 

Han sido aprobadas las normas que les permiten a las antiguas FARC participar en la campaña electoral próxima que tendrá su primera prueba de fuego en las elecciones al Congreso de la República el próximo 11 de marzo y en la cual cualquiera sea el resultado que obtengan tendrán garantizadas 5 curules en el Senado de la República y 5 en la Cámara de Representantes, así mismo se ha aprobado su financiamiento tanto para su funcionamiento como para la creación de su centro de pensamiento. Así mismo se ha aprobado que sus máximos dirigentes podrán estar en las listas y que será la Jurisdicción Especial de Paz la que determine si el ejercicio de los cargos de representación popular son compatibles con las penas que se les impongan.

 

En el centro del Acuerdo estaba la conformación de una Misión Electoral Especial, MEE, que estaría conformada por siete expertos que debería presentar una propuesta de reforma electoral para ampliar y profundizar la democracia. Esta Misión entregó su informe en el mes de Abril. Contemplaba como ejes la creación de una Corte Electoral independiente como máximo tribunal para juzgar y dirimir los procesos por violación de la legislación electoral, un autoridad administrativa también independiente y con instrumentos para hacer vigilancia de los procesos electorales así como un fortalecimiento del financiamiento estatal de las campañas políticas aumentando los mecanismos  de vigilancia y control a procesos electorales que en Colombia son signados por la corrupción y la violación de normas sobre financiamiento ilegal de las actividades políticas y principalmente de las elecciones. El Gobierno y los Partidos Políticos no atendieron la propuesta de la MEE y presentaron un proyecto totalmente recortado y que ha venido siendo cambiado en sus contenidos esenciales al punto que los propios Comisionados han pedido su retiro del Congreso por apartarse totalmente de las propuestas presentadas. Si se aprueba como parece probable será un proyecto para favorecer al clientelismo, no resuelve la autonomía e independencia de la Autoridad Electoral y restringe la democracia al prohibir o establecer serios limites a los llamados grupos significativos de ciudadanos. Aquí hay un total incumplimiento del Acuerdo Final.

 

Este punto dos de los Acuerdos también contemplaba la creación de 16 circunscripciones de Paz para beneficiar a 167 municipios en donde se vivió con mayor intensidad el conflicto armado entre las FARC y el Estado. Al momento de escribir estas líneas el proyecto ha sido aprobado pero hay diferencias entre los textos aprobados en Cámara y senado y está a la espera de la votación en la Cámara de Representantes que introdujo una modificación que acertadamente a nuestro modo de ver no aceptó el Senado de la República. Según el texto de la Cámara y en el cual siguen insistiendo  se excluiría de la votación a los ciudadanos que residen en todas las cabeceras municipales. El Senado aprobó, que solo se excluirá a las cabeceras municipales de aquellos municipios que tienen más de 50 mil habitantes en sus cabeceras. Esperamos que se subsane esta discrepancia y que se puedan elegir los 16 representantes por un lapso de ocho años para hacer visibles a estos territorios y a las víctimas que serán quienes podrán presentar sus candidatos.

 

Como parte del Acuerdo Final se contemplaba la aprobación de una Ley estatutaria de fortalecimiento y protección de las organizaciones de la sociedad civil que debería ser preparado con ellas. Se surtió un proceso sumamente limitado de consulta y aún el proyecto no existe. Aquí hay un incumplimiento de lo pactado.

 

Garantías de seguridad y reincorporación de los excombatientes

 

En este punto también los incumplimientos y atrasos son evidentes lo cual presenta un grave riesgo para la reincorporación de los excombatientes a la vida civil. Las instalaciones de las 26 zonas veredales no estuvieron adecuadas en el tiempo estipulado y aún hoy una parte de ellas no ha sido culminada. Se ha cumplido con la entrega de recursos de forma individual a los guerrilleros con un 90% de un salario mínimo y una suma de dos millones de pesos para gastos al momento de abandonar las armas. Los proyectos productivos no arrancan dado que una buena parte de ellos busca desarrollar actividades rurales y el Estado no ha dispuesto de las tierras adecuadas y necesarias para ello sin que se despejen los proyectos colectivos a los que aspiraban ingresar los guerrilleros desmovilizados. Este es un asunto que presenta retrasos que hacen peligrar el proceso toda vez que además el Estado ha sido incapaz de copar los territorios aledaños a las zonas veredales con lo que han aumentado los riesgos para la seguridad de los excombatientes. 16 guerrilleros han sido asesinados así como varios familiares de los excombatientes. En un informe reciente de la Misión de Seguimiento de las Naciones Unidas se señaló que hoy solo permanecen en las zonas veredales el 45% de los excombatientes. Distintos actores armados acechan a esta guerrillerada para incorporarlos a sus filas con ofertas económicas tentadoras. No obstante hasta el momento la inmensa mayoría permanece fiel al cumplimiento de los Acuerdos y menos del 5% han abandonado el proceso para fortalecer las disidencias. No obstante y dados los incumplimientos señalados existe un real peligro que las deserciones aumenten con el paso del tiempo de no establecer correctivos inmediatos lo cual sería un fracaso grave para el proceso.

 

En materia de seguridad se aprobó una ley para facilitar la incorporación de unos 1200 excombatientes a la Unidad de Protección para que integren los esquemas de seguridad de los mandos guerrilleros que requieren protección. Hasta el momento se han incorporado a esta Unidad cerca de 400 excombatientes.  Pero se ha avanzado poco en dos asuntos que son cruciales para la seguridad de los exguerrilleros.

 

El Acuerdo Final planteaba la necesidad de conformar una Comisión Nacional de Garantías al más alto nivel del Estado la cual fue instalada pero no ha avanzado en sus tareas centrales. La principal de ellas el dotar al Estado de una política pública de desmonte de las estructuras paramilitares que representan la principal amenaza para los excombatientes y sus familias. Esta tarea fue asumida de manera unilateral por el Gobierno y la Fiscalía General de la Nación. En efecto el Gobierno expidió un decreto que reglamenta la conformación de la Unidad de desmonte de las estructuras sucesoras del paramilitarismo que a nuestro juicio viola el Acuerdo final  que estableció  de manera muy clara que dicha Unidad aunque adscrita a la Fiscalía General de la Nación debería ser autónoma tanto financiera como administrativamente. Así mismo ella debería contar con su propio cuerpo de policía judicial así como tendría la dirección de un cuerpo elite  de la Policía Nacional para su actuación en contra de los grupos paramilitares que ahora eufemísticamente se llaman Grupos Armados Organizados, GAO. El decreto ley  898 de 2017 expedido por el Gobierno Nacional subordinó esta Unidad al Fiscal General de la Nación acabando de tajo con la pretensión de contar con un cuerpo especializado de persecución a estas bandas criminales. Néstor Humberto Martínez Neira, Fiscal General se empeñó en lograr que esta unidad estuviera bajo su dirección lo cual no es ninguna garantía de eficacia y transparencia toda vez que este organismo ha fracasado en la tarea de enfrentar al crimen organizado de los grupos paramilitares en cambio aprovechó el decreto para hacer una reestructuración de la Fiscalía General que no tiene nada que ver con el cumplimiento del  Acuerdo Final. Este decreto se encuentra en revisión en la Corte Constitucional.

 

Un segundo componente era el dotar de una estrategia política al Estado para el desmonte de las estructuras  paramilitares avanzando en lograr un Pacto Nacional para sacar definitivamente las armas de la política, ésta que debería ser la principal función de la Comisión Nacional de garantías no ha sido hasta ahora abordada por dicha Comisión. El Ministerio de Justicia ha presentado sin el aval de ese organismo un proyecto de Ley que busca dar incentivos penales y económicos a las  organizaciones paramilitares para su desmovilización y sometimiento a la justicia, lo cual es parte central a nuestro modo de ver de ésta política. El proyecto se encuentra a consideración del Congreso de la República y en él como lo hemos expresado no se dan plena garantía a las víctimas en este proceso de sometimiento a la justicia y además es un proyecto de incentivos penales sin que se contemple por ningún lado los planes económicos y sociales que se pondrán en marcha en aquellos territorios en que estos grupos ejercen dominio territorial como es el caso del Urabá Chocoano y antioqueño  por poner un  ejemplo visible pero que se extiende a otras regiones del país. Este proyecto no tiene tiempo para  su trámite por la vía del fast track y por tanto deberá volver a presentarse para ver si en lo que queda de la legislatura que culmina el 16 de diciembre pueda ser aprobado. La irresponsabilidad del Congreso de la República y de las mayorías de la coalición de Gobierno ha puesto en serio riesgo el inicio de un proceso de sometimiento que ha sido aceptado en principio por el llamado clan del Golfo o como ellos se autodenominan  Autodefensas Gaitanistas de Colombia que es la estructura paramilitar con mayor presencia y peso en el país.

 

Solución al problema de las drogas ilícitas            

 

Este punto de los Acuerdos tampoco cuenta con avances significativos.[i]   El contenido de los acuerdos era ambicioso al plantear que la política antidrogas psicoactivas debería basarse en una concepción de disminución del daño y un tratamiento como problema de salud pública. Los organismos creados para poner en marcha esta política ni siquiera se mencionan en la Agenda de implementación de los Acuerdos. Una parte central de dicho punto tiene que ver con la política de sustitución de cultivos de uso ilícito principalmente de los cultivos de coca que cubren unas 146 mil hectáreas según el monitoreo de Naciones Unidas para el año 2016. El Acuerdo acertadamente contemplaba que debería ponerse en marcha un proceso de sustitución voluntaria para unas 120 mil familias que derivan su sustento de dicha actividad. Al momento se han inscrito en el programa unas 115 mil familias. El programa marcha lento y el Gobierno ha adoptado una política contradictoria que contempla erradicación forzada al tiempo que se pretende un componente de erradicación voluntaria y concertada. Esta política bifronte ha chocado con las comunidades en aquellos territorios con fuerte presencia de las FARC en el pasado reciente. Tres problemas se presentan que de no resolverse daría también al traste con una política que a todas luces nos parece adecuada y la más conveniente para enfrentar este problema de los cultivos de uso ilícito. La primera la falta de recursos económicos para financiar a las familias campesinas que se acojan al programa. En los próximos dos años se debería disponer de unos 2.8 billones de pesos para cubrir a 70 mil familias y de unos 3.6 billones de pesos si se aspira a cubrir las 115 mil familias ya inscritas en el Programa. Estos recursos no han sido aforados en el presupuesto nacional. Sin ellos no es posible avanzar en el cumplimiento del programa. Un segundo problema tiene que ver con la necesidad de contar con el Fondo de Tierras para la paz para que una parte importante de los campesinos beneficiarios del programa puedan asentarse dado que en los territorios que hoy ocupan no se puede hacer el proceso de sustitución por tratarse de tierras de propiedad de las comunidades afrocolombianas o indígenas como es el caso de Tumaco para poner un solo ejemplo. Así que sin tierra en donde asentar a esas decenas de miles de familias no será posible avanzar en el desarrollo del programa.

 

Un tercer problema tiene que ver con el control que la Fuerza Pública Estatal debe hacer del territorio en donde se asientan dichos cultivos. El vacío que se presentó en dichos territorios con la salida de las FARC no fue cubierto oportunamente por las Fuerzas de Policía y del Ejército y allí llegaron grupos criminales de paramilitares,  bandas de narcotraficantes o escuadras del Ejército de Liberación Nacional, ELN, como es el caso del departamento del Chocó o la región del Catatumbo en el Norte de Santander o en Tumaco en el departamento  de Nariño. Sin asegurar militarmente el territorio no es posible la puesta en marcha de esta política de sustitución de cultivos. A lo anterior habría que agregar que el proyecto que busca despenalizar a los cultivadores no avanza en el Congreso de la República.

 

Víctimas                        

 

Se dijo siempre que en el centro del proceso deberían estar las víctimas a las cuales deberían garantizarse sus derechos a la verdad, a la justicia, a las garantías de no repetición y a la reparación. Y en efecto el punto quinto es robusto en el Acuerdo Final que contempla mecanismos e instrumentos para satisfacer los derechos de las víctimas pero nuevamente hay que registrar que siendo un punto central los avances que han sido significativos sin embargo son insuficientes para la garantía de los derechos de los 8.3 millones de víctimas directas que dejó el conflicto armado en el país.

 

Fue aprobado un decreto Ley el 589 del 5 de abril del presente año que crea y pone en marcha el proceso de conformación de la  Unidad que busca esclarecer la desaparición de más de 65 mil personas que ya han sido reconocidas por el Estado como víctimas de desaparición forzada directamente relacionadas con el conflicto armado. El Comité de Escogencia nombró a Luz Marina Monzón como directora de dicha Unidad y está en plena marcha la conformación de dicha Unidad. Los retos son enormes y uno de ellos es dotar de suficientes recursos a este organismo para que desarrolle sus actividades.

 

El Acuerdo contemplo así mismo la creación de una Comisión para el esclarecimiento de la verdad, la convivencia y la No repetición que fue reglamentado mediante el decreto ley 588 del 5 de abril de 2017. El Comité de Escogencia seleccionó a los 11 comisionados que deberán entregar un informe dentro de tres años y contarán con un periodo de seis meses para adelantar las labores de aprestamiento para el funcionamiento de la Comisión. Al frente de la misma fue nombrado Francisco de Roux un sacerdote jesuita muy comprometido en la defensa de los derechos humanos y de los derechos de las víctimas.

 

El Acuerdo contempló la creación de una Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, que tiene como propósito brindar justicia a las víctimas del conflicto armado. Crea un sistema de justicia restaurativa en donde el propósito central es brindar verdad, establecer un sistema de penas que tiene como fin restituir los derechos de las víctimas hasta dónde ello sea posible. Las penas son blandas pero a cambio los actores centrales del conflicto deberán brindar plena verdad sobre los crímenes en los cuáles tomaron parte, de no hacerlo, se verán ante la posibilidad que el Tribunal de Justicia para la Paz los condene hasta 20 años de cárcel intramural. También se contemplan penas restrictivas a la libertad. Todo ello deberá ser aprobado en una ley que los propios jueces ya elegidos deberán presentar al Congreso de la República para su aprobación. Como hemos dicho los fallos de la Corte Constitucional en esta materia han limitado el alcance de esta jurisdicción al establecer que los terceros responsables no serán de competencia de esta jurisdicción sino de la jurisdicción ordinaria con lo cual se da un duro golpe a los contenidos de los Acuerdos pues lo que se buscaba es que este fuera un Tribunal de cierre del conflicto armado del Estado con las FARC al que deberían concurrir los guerrilleros de las FARC, los militares comprometidos en crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad y los civiles que participaron activamente en delitos atroces con motivo del conflicto armado. Es verdad que retóricamente la jurisdicción ordinaria contempla penas más altas que es el argumento que esgrime la Corte para justificar su decisión, pero, lo que ignora deliberadamente el Tribunal Constitucional es que las 13 mil empresas y personas señaladas por los paramilitares de ser determinadores o financiadores de crímenes atroces duermen el sueño de los justos en la Fiscalía que dirige el señor fiscal, Néstor Humberto Martínez; a quien se debe en buena medida la restricción de ésta jurisdicción. Así como al Centro Democrático y a Cambio Radical y a sectores del Partido Conservador.

 

Como ya se dijo el Comité de escogencia ya nombró a los 38 jueces que conforman esta jurisdicción así como el director de la Unidad de investigación adscrita a la misma. Se está a la espera de la aprobación de una ley estatutaria que reglamenta el acto legislativo para que los jueces y magistrados se puedan posesionar y comiencen su trabajo. Su primera tarea será la presentación de un proyecto de ley que establezca los procedimientos y las penas   que deberá aprobar el Congreso de la República.

 

El Acuerdo Final contempla así mismo la puesta en marcha de un proceso de consulta con las organizaciones y con las víctimas no organizadas para aprobar una política de reparación a las víctimas. Hay que tener en consideración que la política pública de reparación existente, ley 1448/2011 es insuficiente y minimalista pues entre otros aspectos desconoce los derechos de las víctimas al lucro cesante y al daño emergente y a que la propia ley que contempla unas tasas muy bajas de indemnización esta desfinanciada y a cinco años de concluir no ha logrado indemnizar a más de 780 mil víctimas sobre un universo de indemnizaciones que se aproxima a los 3.2 millones habida cuenta que la indemnización por el hecho victimizante de desplazamiento forzado no es individual sino al núcleo familiar. Esta consulta como lo señala el Comité de Seguimiento de la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo  fue restringida tanto en sus participantes como en los temas que fueron puestos a consideración de los 9 foros regionales y del Foro Nacional realizado en Bogotá en el mes de abril del presente año. El hecho concreto es que el proyecto de política pública no existe hasta el momento y las víctimas siguen a la espera de que se haga justicia también en la reparación a la que tienen derecho de acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos.

 

Así pues en las páginas anteriores quisimos hacer un breve balance de los logros  y las dificultades del proceso de implementación de los Acuerdos. Como supondrán nuestros lectores los balances que se han presentado por estos días dejan muy mal parado tanto al Estado como y sobre todo al Congreso de la República que hizo de la aprobación de los acuerdos en este último período un mecanismo de chantaje y de negociación desvergonzada de la paz a cambio de prebendas burocráticas y de recursos para su próxima campaña electoral.

 

Pedro Santana Rodríguez

Director de Revista Sur

 

Bogotá 22 de noviembre de 2017.

 

NOTAS     

 

[i] En este mismo número de la Revista hay un análisis detallado del mismo. Ver artículo de Camilo González Posso. Balance de un año de la implementación de la política de sustitución de cultivos de coca.

 

https://www.sur.org.co/ano-la-firma-los-acuerdos-paz-colombia/

 

 

 

https://www.alainet.org/es/articulo/189431?language=es
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