Interrupción legal del embarazo en Veracruz
- Opinión
- Prohibir la ILE violenta derechos de las mujeres previstos en el artículo cuarto de la Constitución
La declaratoria de una segunda Alerta de Violencia de Género en Veracruz que obliga a los tres poderes a garantizar el derecho, los servicios y la difusión acerca de la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas, es un hecho insólito.
Se trata de un claro reconocimiento de que las violaciones sexuales y el abuso a niñas y mujeres forman parte de los agravios a la vida y libertad de las mujeres. Pero su inteligente demanda dio fruto este 13 de diciembre.
Además, la recomendación viene del Gobierno Federal, de Segob a través de CONAVIM, y recomienda al gobierno estatal, una mezcla de PAN/PRD, que de inmediato elabore un programa para atender los embarazos no deseados, como son los que son resultado de una violación y aquellos donde corre peligro la salud de la mujer. Se llegó hasta este punto después de una larga lucha, que no sólo incluye Veracruz, sino todo el país.
El 13 de diciembre un grupo de activistas que lanzaron una plataforma llamada Mira que te Miro, en conferencia de prensa hablaron de cómo en México no se cumplen los acuerdos firmados en el llamado Consenso de Montevideo, acuerdos que garantizan los derechos sexuales y reproductivos de las mexicanas.
Lo que sucedió en Veracruz hará historia, aunque hay que esperar la reacción de derecha conservadora, esa que hace caso omiso de la Constitución y el Estado laico.
También podría haber una lluvia de demandas de AVGM por esto que se llama agravio comparado, el cual debe decretarse cuando una legislación violenta los derechos humanos de las mujeres. Prohibir la ILE violenta esos derechos, que están previstos en el artículo cuarto de la Constitución. Los violenta cuando se hace caso omiso de que el embarazo producto de una violación, desde 1931 permite realizar el aborto, sin más.
Ahora el argumento, de un derecho inscrito hace décadas, estuvo en la cancha de la autoridad. El tema es que las mujeres no lo saben. La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), es un órgano del gobierno ubicado en la Secretaría de Gobernación que tiene la obligación de velar porque se cumpla la ley en materia de violencia contra las mujeres, esto es muy claro. De ahí que la demanda de las veracruzanas haya sido escuchada y atendida, no sin resistencia.
El boletín de Gobernación señala que el gobierno de Veracruz afirmó que acepta. Híjole, será verdad, me pregunto. Cuando en 2004 la Asamblea de Representantes del entonces Distrito Federal acordó modificar el Código Penal capitalino y la ley de Salud, las fuerzas de la derecha reaccionaron, sin éxito. No lograron echar abajo la decisión; sin embargo, el grupo Mira que te Miro, hizo notar que en cascada 18 entidades legislaron sobre derechos del no nacido, que buscaba frenar el de la mujer. No obstante, ellas mismas reiteraron que no puede ser frenado, ni las excepciones de aborto, añejas en nuestras legislaciones.
Por ello es aún más interesante que la 2ª. declaratoria de AVGM en Veracruz, -la primera está vigente por violencia feminicida- incluya que en todos los centros de salud exista personal no objetor de conciencia sobre la ILE, y además obligue a cumplir con la Norma 046 que obliga al sector salud a detectar todos los casos de violencia sexual contra las mujeres y a denunciarlos a la autoridad. Ahora, han dicho las veracruzanas, no se cumple en amplias franjas de la entidad con esta norma.
Hay que recordar, porque no se trata de una postura o una opinión, sino de aplicar la ley, que miles de mujeres y niñas siguen exponiendo su vida en la práctica del aborto clandestino; muchas son obligadas a tener hijos no deseados y muchas otras a tener esos hijos de la violencia que ofende a toda la sociedad, que violenta a las mujeres y pone en riesgo a nuevos seres humanos que son recibidos con hostilidad y quienes más adelante van a recibir rechazo y maltrato.
La Conavim en la declaratoria solicita a los tres poderes del Estado de Veracruz que se modifiquen los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal, referentes a la interrupción del embarazo, y señala textual que: “persiste en la entidad la situación de agravio comparado, identificada por el Grupo de Trabajo en su informe, relacionada con las restricciones a los derechos humanos de las mujeres, que contempla el Código Penal del Estado de Veracruz, en sus artículos 149, 159 y 154 y la falta de implementación adecuada de la NOM 046.
Ahora es claro que las modificaciones que habrá de llevar a cabo la legislatura deberán permitir la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación y cuando exista algún peligro para la salud de la mujer, además que en los casos de violación no deberá existir un tiempo límite ya que actualmente es de 90 días.
Toca el turno también a autoridades y medios de comunicación, cuando la CONAVIM señala que las mujeres deberán ser informadas sobre la posibilidad de acceder a la interrupción del embarazo sin necesidad de justificarse y sin obstáculos.
Trascendente es este asunto. Uno, porque muestra la importancia de la intervención de la sociedad civil, de las mujeres haciendo presión política con argumentos, del avance en conocimientos y capacidad de asesoría jurídica y de movilización. Muestra todo ello de que aún tenemos un camino que recorrer.
SemMéxico, Cd. de México, 14 diciembre 2017.
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