Breves apuntes desde la perspectiva jurídica

El asesinato de Ghassem Soleimani por parte de EEUU

06/01/2020
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Foto extraída de nota de prensa titulada "Téhéran sert un avertissement à Trump après ses menaces", La Presse (Canada), edición del 5/01/20120

 

La operación militar desde un dron de combate realizada por Estados Unidos en territorio iraquí para eliminar físicamente al general iraní Ghassem Soleimani el pasado 2 de enero ¿constituye o no una violación a las normas del derecho internacional público? Es lo que se intentará brevemente exponer en las líneas que siguen.

Drones y asesinatos selectivos

Como es sabido, un dron de combate es un vehículo no tripulado de combate aéreo — también conocido por sus siglas en inglés "UCAV, unmanned combat air vehicle".

Con relación a la cuestionable práctica de algunos Estados que consiste en eliminar físicamente desde un dron militar a personas (una técnica moderna a la cual recurren Estados como Arabia Saudita, Estados Unidos, Francia, Israel, Pakistán, Reino Unido, Rusia y Turquía en particular en Medio Oriente, pero también más recientemente en el desierto del Sahel - caso de Francia), esta práctica se ha concentrado en eliminar a personas o grupos de personas sospechosas de pertenecer a entidades armadas consideradas como terroristas. En su informe del 2010 (véase texto completo), el Relator Especial de Naciones Unidas sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias refiere a la práctica detallada de Israel, Estados Unidos y Rusia (pp.5-9).

No obstante, y salvo error de nuestra parte, nunca un dron de combate usado por un Estado había eliminado físicamente a un alto funcionario perteneciente al aparato militar de otro Estado.

 

La actual Relatora Especial de Naciones Unidas sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias (véase cuenta en twitter) hizo ver inmediatamente que la justificación oficial de la operación contra la vida de Ghassem Soleimani por parte de Estados Unidos es poco sólida al señalar que:

"#Pentagon statement on targeted killing of #suleimani: 1. It mentions that it aimed at “deterring future Iranian attack plans”. This however is very vague. Future is not the same as imminent which is the time based test required under international law. (1)"

No cabe duda que las justificaciones oficiales dadas por Estados Unidos y su particular interpretación de las reglas imperantes serán objeto de fuertes debates en los círculos jurídicos especializados, así como en futuras sesiones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.

La administración norteamericana y su irrespeto a normas básicas internacionales

No es la primera vez que una administración norteamericana ignora algunas de las reglas fundamentales del ordenamiento jurídico internacional, causando estupor e indignación en diversas latitudes, ante una acción militar como la acaecida el pasado 2 de enero (y cuyas consecuencias son impredecibles y se extienden más allá del Medio Oriente).

En primer lugar, las autoridades de Irak no fueron consultadas por parte de Estados Unidos, desconociendo así Estados Unidos la soberanía territorial de Irak y la obligación, que tiene todo Estado, de consultar las autoridades de otro Estado y contar con su consentimiento previo a cualquier acción en su territorio. Es muy posible que esta violación flagrante a la soberanía de Irak lleve a sectores políticos en Irak a ordenar a sus autoridades el retiro de las fuerzas norteamericanas de su territorio, estimadas en unos 5.200 efectivos.

En segundo lugar, el intentar justificar esta acción aduciendo que Estados Unidos ejerció su "legítima defensa" contradice la letra del mismo Artículo 51 de la Carta de Naciones Unidas suscrita en 1945: la idea de ejercer la legítima defensa de manera "preventiva" constituye una peligrosa deriva interpretativa, que Estados Unidos usó de forma groseramente falaz para justificar su agresión a Irak en abril del 2003. La Carta de Naciones Unidas no da margen alguno para una acción militar de un Estado contra otro Estado basada en una legítima defensa "preventiva" o "anticipada".

De alguna manera, Estados Unidos ha optado con esta acción por poner a prueba a toda la comunidad internacional, y ello explica el repudio generalizado a esta acción militar, considerada por las autoridades de Irán como una verdadera "declaración de guerra". Esta decisión pone en alerta máxima a todas las embajadas norteamericanas en Medio Oriente, a sus bases militares y a sus empresas; así como a los aliados de Estados Unidos en varias partes del mundo y a sus nacionales, como por ejemplo el Reino Unido (véase nota de prensa titulada "Iran crisis: 'We will not lament Soleimani's death,' Boris Johnson says" del 5/01/2020). Francia y Países Bajos han también solicitado a sus nacionales en Medio Oriente reforzar todas las medidas de seguridad.

Cabe señalar que el único Estado en celebrar y felicitarse por la realización de esta acción militar norteamericana fue Israel, mediante declaraciones oficiales brindadas a la prensa por su Primer Ministro. En octubre del 2019, el jefe de los servicios de inteligencia israelí había declarado en medios de prensa que Ghassem Soleimani podría ser el blanco de una futura operación de sus servicios (véase nota del Times of Israel titulada "Mossad chief: Iran’s Soleimani ‘knows his assassination is not impossible’ ", edición del 11/10/2019).

Un pequeño detalle de forma pasado desapercibido

Resulta de interés señalar que en su comunicado oficial, el Departamento de Defensa de Estados Unidos consideró oportuno precisar que la acción se hizo siguiendo órdenes del Presidente de Estados Unidos. En efecto, se lee en el texto que:

"At the direction of the President, the U.S. military has taken decisive defensive action to protect U.S. personnel abroad by killing Qasem Soleimani".

Se trata de una precisión raramente incluida en comunicados oficiales del Departamento de Defensa, y que podría indicar que el Pentágono no estaba de acuerdo en escoger esta opción militar y que desea hacer ver que la entera responsabilidad de esta acción, y en particular sus consecuencias, recaen en el Presidente (véase comunicado del Departamento de Defensa, disponible en este enlace).

Los próximos días permitirán saber cuán acertada (o desacertada) fue la opción escogida por el actual ocupante de la Casa Blanca para responder a los daños sufridos por la Embajada de Estados Unidos en Irak por parte de manifestantes enardecidos el 31 de diciembre del 2019. Como bien se sabe, esta legación diplomática (cuya sede fue inaugurada en enero del 2009 y es la más grande que posee Estados Unidos, con una superficie mayor a la del Vaticano) está ubicada en la Zona Verde de máxima seguridad en la capital iraquí.

A modo de conclusión

Con esta operación militar realizada con un dron de combate, Estados Unidos desafía nuevamente al resto de la comunidad internacional, y sienta un peligroso precedente que violenta las reglas fundacionales del ordenamiento jurídico internacional: esta acción militar norteamericana en Irak amerita una condena generalizada firme y sin ambigüedades por parte de todos los integrantes de la comunidad internacional.

 

Sábado, 4 de enero de 2020

 

Nicolás Boeglin

Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, UCR.

Contacto: nboeglin(a)gmail.com

 

 

https://www.alainet.org/es/articulo/204064
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