Comunas, autogobierno e inseguridad frente al delito
16/09/2013
- Opinión
La relación entre el autogobierno comunal y la inseguridad frente al delito, puede ser vista desde una dimensión problemática y otra resolutiva. La primera supone diagnosticar cómo la inseguridad, la violencia y algunos delitos, obstaculizan a la organización, formación, movilización, articulación y autogobierno popular y su construcción, desde abajo, de la democracia socialista. La segunda, plantea una exploración sobre las posibilidades de aportar a la transformación de las condiciones que generan la inseguridad, desde las experiencias del autogobierno comunal, en articulación con el Estado. Se comparten aquí algunas ideas preliminares sobre ambas dimensiones, que están orientando una investigación en curso.
Dimensión 1. Entre las múltiples consecuencias negativas de la inseguridad frente al delito (pérdida de vidas, de salud, de propiedades, de proyectos personales; temor generalizado y reproducción de la desigualdad, entre otras), se encuentra la obstaculización al proyecto del autogobierno popular.En particular, la existencia de grupos armados(muchas veces fragmentarios y volátiles) con control de espacios en algunos barrios populares, en disputa con otros actores armados, genera enfrentamientos y configura una inestable territorialización violenta. Esta, a su vez, dificulta los espacios, tiempos y calidad de reunión de la comunidad y sus organizaciones, para deliberar, planificar o hacer seguimiento a proyectos.
Aunque los jóvenes que ejercen violencia dentro de la comunidad, son parte de ésta y existen vínculos familiares y afectivos importantes, existe un claro conflicto de intereses entre ellos y la organización popular que, al buscar construir formas de autogobierno, aspira potenciar el ejercicio colectivo del poder en el mismo territorio. Por otra parte, el temor por las consecuencias de estas y otras formas de violencias, alimenta un círculo vicioso de desconfianza a los “otros” y deseos de “soluciones rápidas”, que promueve un pensamiento conservador, de aislamiento, de autocuidado individual, ajeno a la solidaridad; así como la legitimación de nuevas formas de violencia.
Dimensión 2.Es posible contribuir a prevenir, controlar o reparar aquellos delitos, violencias o temores, que más daño ocasionan a la comunidad, desde el autogobierno comunal, siempre que se diferencien las responsabilidades del Estado de las de la comunidad[1].El ejercicio de la violencia es, y debe seguir siendo, un monopolio del Estado, sometido a contraloría social y guiado por los principios de derechos humanos. No debe confundirse un “pueblo en armas” para defender sus intereses, en momento de conflicto abierto y ruptura del estado de derecho, con un pueblo que “resuelve” sus conflictos cotidianos intra-clase de manera violenta y armada, en contra de sus propios intereses colectivos. Es al Estado a quien le toca cumplir, de manera exclusiva, la función policial y la investigación penal, para proteger a la población de la violencia.
Algunas líneas estratégicas que involucran a los autogobiernos comunales, en una estrategia integral de convivencia y seguridad, que se desprenden de la Gran Misión “¡A Toda Vida! Venezuela”, son las siguientes:
1. La realización, por las distintas formas de expresión del poder popular y sus instancias de agregación, de diagnósticos participativos de los principales conflictos y violencias que afectan a la comunidad (cómo se expresan; dónde, cuándo y cómo ocurren; quiénes son los principales víctimas y victimarios; en qué contextos y magnitudes ocurren), de sus principales factores generadores y consecuencias. Del diagnóstico debe nacer una política local de convivencia solidaria, a ejecutar junto a distintas agencias del Estado. El proceso de diagnóstico y construcción de soluciones es politizador, en el sentido de mostrar la complejidad del problema y las relaciones sociales de exclusión y subordinación que lo generan.
2. Esta política debe incluir un énfasis en la prevención social. Esto es, atacar (junto al Estado), las causas económicas, sociales y culturales, que se encuentren en la raíz del delito, la disposición de las personas a cometerlos y los contextos que lo favorecen. En particular: a) trabajando por la inclusión, empoderamiento y protagonismo de sectores vulnerables a la violencia: varones jóvenes, niñas/os y mujeres y; b) el potenciamiento de la vida comunitaria (sus dinámicas deportivas, culturales, políticas, económicas, lúdicas) a partir de la recuperación y ocupación de espacios públicos.
3. El incremento de la capacidad comunitaria para administrar y resolver conflictos, al margen de la justicia penal, con formas de justicia restaurativa que comprometan a la persona ofensora a reparar los daños ocasionados a la persona ofendida, en el marco de la justicia de paz comunal, dejando saldos de aprendizajes colectivos.
4. Organizar comités de contraloría social de la función policial, para garantizar un servicio eficiente y eficaz, consistente con el respeto a los derechos humanos. Exigiendo a la policía la investigación de los hechos más graves y la determinación de responsabilidades para evitar su impunidad; así como la activación de servicios de policía comunal, que realicen actividades de proximidad y patrullaje a pie por lugares intrincados del barrio.
Estas líneas de acción pueden optar a financiamientos de distintos fondos del Estado (entre ellos, ONA y ministerios del Deporte y de Comunas y Movimientos Sociales); además de ejecutarse en articulación con diversas instituciones públicas con responsabilidad en cada una de ellas. En cualquier caso, toca a cada autogobierno comunal decidir si considera relevante experimentarlas o innovar, de otra forma, en las necesarias respuestas colectiva a nuestros déficit de convivencia solidaria.
Antonio J. González Plessmann
Director de la Línea de Investigación en Convivencia y Seguridad Ciudadana de GIS XXI.
Publicado en Correo del Orinoco 2013-09-15
[1]En una política integral de seguridad ciudadana el Estado no reniega de su responsabilidad. Por el contrario, es el pivote central de la misma, aunque involucre a otros actores en una estrategia de articulación de fuerzas, en este caso, a los autogobierno comunales.
https://www.alainet.org/fr/node/79324
Del mismo autor
- La funcionalidad de la violación al derecho a la vida 24/01/2017
- ¿Hay algo nuevo en el mundo del hampa? 21/07/2015
- Debatir sobre derechos humanos 22/06/2015
- ¿Usted ya leyó la Resolución 8610? 05/03/2015
- ¿Fracasó el modelo? 27/01/2015
- 10 medidas para disminuir los homicidios 17/11/2014
- Discursos callejeros en torno a lo “Malandro” 05/10/2014
- Balance de la instrumentalización de los derechos humanos 05/10/2014
- La izquierda y los derechos humanos 19/06/2014
- Cinco mitos en la coyuntura venezolana de derechos humanos 04/03/2014