Criminalización de la minoridad

Apunten contra los pibes

08/12/2008
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  • Opinión
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La justicia argentina rechazó la liberación de los menores de 16 años, dejando de lado las convenciones internacionales. La baja de la edad de imputabilidad en el centro de la discusión.

Lo más terrible de una cárcel es que quienes entraron en ella no pueden salir nunca. De este o del otro lado de los barrotes siguen estando presos. (...) La cárcel es, de hecho, infinita. (Jorge Luis Borges)

En medio de una disputa mediática en torno a la “inseguridad” en Argentina, la Corte Suprema de Justicia rechazó la liberación de los menores en conflicto con la ley que se encuentran detenidos en institutos destinados a chicos de menos de 18 años.

La medida refuta lo dispuesto hace un año por la Cámara de Casación Penal que ordenó la libertad progresiva de los menores alojados en un instituto de la Ciudad de Buenos Aires. El fallo de la Cámara había considerado “inconstitucional” el artículo 1 del decreto-ley 22.278 que establece el régimen penal de minoridad. Esta norma es una de las herencias de la última dictadura militar que aún persisten en la legislación argentina.

El mencionado apartado establece que “no es punible el menor que no haya cumplido dieciséis años de edad. Tampoco lo es el que no haya cumplido dieciocho años, respecto de delitos de acción privada o reprimidos con pena privativa de la libertad que no exceda de dos años…”.

Sin embargo, como se dice en Argentina, hecha la ley, hecha la trampa. Además de lo mencionado en el párrafo anterior, el artículo 1 determina que la autoridad judicial dispone de facultades para poner “al menor en lugar adecuado”, en caso de que los estudios realizados determinen que “el menor se halla abandonado, falto de asistencia, en peligro material o moral, o presenta problemas de conducta”.

¿Qué significa esto? Que los jueces pueden encerrar a los menores en un instituto hasta que lleguen a la mayoría de edad. A su vez, si el magistrado considera que el menor se encuentra “falto de asistencia” o “en peligro material o moral”, también puede decidir el encierro. En otras palabras, si el chico en problemas proviene de una familia de clase alta, el juez lo pondrá bajo custodia de sus padres. En cambio, si pertenece a una familia de bajos recursos, su destino será un instituto de menores.

En definitiva, la ley 22.278 da lugar a la reclusión de los chicos menores de 16 años, pese a la supuesta inimputabilidad. Asimismo, el factor socioeconómico supone un condicionamiento para las decisiones judiciales. Es decir, no sólo se criminaliza la minoridad sino también la pobreza.

Según Laura Musa, quien inició el juicio para la liberación de los menores, con el fallo de la Corte “todo queda bajo la discrecionalidad de los jueces, que cuando se trata de un chico de clase media que comete un delito, por lo general, lo devuelve a sus padres y los hace responsables de su contención. Pero si el chico es pobre lo deja internado hasta los 18 años. Recién entonces se decide si el chico es sometido a juicio para determinar si es verdad que fue autor de un delito o se lo deja en libertad”.

Más allá de los fundamentos formales del fallo, llama la atención el posicionamiento de uno de los magistrados de la Corte, la jueza Carmen Argibay encargada de los asuntos de infancia del órgano.

En declaraciones a la prensa, Argibay defendió la decisión del tribunal y explicó que “si largamos (a los menores) sin averiguar dónde pueden ir para estar seguros, hacemos de ellos chicos de la calle que van a sufrir el maltrato, la explotación o la muerte”. A esto agregó que “hay una cosa que creo todavía no se terminó en la Argentina desgraciadamente: que es el gatillo fácil y estos chicos están marcados”.

En cierta forma, las palabras de Argibay tienen sustento en la realidad. No es un dato desconocido que muchos chicos “estén marcados” por ciertos sectores de las fuerzas policiales. Sin embargo, suena cuanto menos ilógico disponer el encierro de una persona ante la posibilidad de convertirse en víctima de una agresión policial u otro tipo de peligro.

No hace falta agregar que lo adecuado sería desarticular un sistema de violencia como el “gatillo fácil” u ofrecer las garantías necesarias a los chicos en peligro.

Volviendo al fallo de la Corte Suprema, entre los fundamentos formales expuestos por el órgano, se pone en duda la constitucionalidad de la ley 22.278. Sin embargo, al contrario de lo decidido por la Cámara de Casación, la Corte no anula esa normativa.

Según el fallo, los “derechos especiales” para la minoridad deberían regir de acuerdo a los derechos internacionales que desde 1994 tienen rango constitucional.

Es decir, si los tratados internacionales sobre los derechos humanos están por encima de cualquier ley, la Convención sobre los Derechos del Niño prohíbe expresamente el encarcelamiento de los menores de edad en conflicto con la ley. Asimismo, llama a los Estados a buscar “alternativas a la internación en instituciones, para asegurar que (los menores) sean tratados de manera apropiada para su reintegración y adaptación social”.

En definitiva, en el fallo de la Corte Suprema quedan implícitos los fundamentos que podrían sustentar la declaración de inconstitucionalidad. No obstante, los miembros de la Corte quedaron atrapados en un contexto social, político y, sobre todo, mediático, en el cual el discurso pro mano dura suena más fuerte que cualquier fundamento constitucional.

Voces de mano dura

Como se menciona al comienzo del presente artículo, el polémico fallo se da en medio de discusiones respecto a la baja en la edad de imputabilidad. El constante bombardeo mediático respecto a delitos supuestamente cometidos por menores, funciona como generador de un discurso pro mano dura en determinados sectores de la opinión pública.

En ese sentido, fue el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Daniel Scioli, quien manifestó públicamente su intención de bajar la edad de imputabilidad hasta los doce o catorce años para delitos graves.

La provincia gobernada por Scioli no sólo es la de mayores recursos del país, sino también la que registra, junto a la Ciudad de Buenos Aires, los índices de inseguridad más altos. En ese contexto, la ausencia de políticas concretas para la solución del problema, es un lastre difícil de eludir para quien ocupe el cargo.

Frente a esa ausencia de políticas, lo que se intenta es “tapar” el problema con consignas pro mano dura. Scioli y sus asesores no pueden desconocer que una medida como la baja de la edad de imputabilidad, no es solución para el problema social de la inseguridad. Sin embargo, algunos de sus hombres más cercanos hacen todo lo posible para instalar esa idea.

Tal es el caso del jefe de la Policía Bonaerense, Daniel Salcedo, quien semanas atrás aseguró que, según datos de su fuerza, los menores cometen “un millón de delitos graves por año” en la provincia de Buenos Aires. Las estimaciones de la Policía Bonaerense no coinciden con ninguno de los estudios realizados por organismos gubernamentales e independientes. A primera impresión, los datos provistos por Salcedo parecen descabellados.

Salcedo y el ministro de Seguridad bonaerense, Carlos Stornelli, suelen aparecer en los medios anunciado la detención de menores o denunciando que fueron chicos los autores de determinado delito, aunque las pruebas no siempre sean acertadas.

Al cierre de esta edición, el comisario Salcedo confirmaba a los medios de comunicación que los autores de un crimen cometido en la localidad de Del Viso, en la provincia de Buenos Aires, “eran chicos de entre 14 y 15 años”. Apenas unas horas después, el único detenido y principal sospechoso era un joven de 20 años.

Asimismo, en otras oportunidades, Salcedo cuestionó el Régimen Penal Juvenil ya que impide retener a los menores de edad en las comisarías. Evidentemente, Salcedo desconoce los principios fundamentales de los Derechos del Niño que prohíben que un menor sea alojado en una cárcel o comisaría como los adultos.

La contracara de Salcedo y Stornelli, fue la subsecretaria de de Niñez y Adolescencia de Buenos Aires, Martha Arriola, quien fue desplazada de su cargo por Scioli, debido a sus cuestionamientos acerca del proyecto para bajar la edad de imputabilidad. Arriola había declarado que “la inseguridad no se resuelve criminalizando a los pibes”.

Una aspirina para un cáncer

Según datos publicados por el diario Critica de la Argentina, sobre mil ochocientos delitos cometidos por menores, casi el 75 por ciento lo llevan a cabo chicos punibles. Es decir, de entre 16 y 18 años.

Por otro lado, un informe realizado por el Ministerio de Desarrollo Social argentino y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), señaló que el 70 por ciento de los chicos que están encerrados en un instituto de menores cometió un delito contra la propiedad. Aunque aclara que en la mayoría de los casos, el ilícito se cometió sin armas.

Respecto a esto, Diego Freedman, consultor de Unicef, explica que “ampliar el alcance del sistema penal no mejora la cantidad y violencia de los delitos”.

En definitiva, centrar la discusión acerca de la inseguridad en la cuestión de los menores, es desviar el problema central. El problema central es un conflicto socio-económico que se resuelve a través de políticas de inclusión para los más de 400 mil menores de edad que no asisten a la escuela y no tienen empleo en la provincia de Buenos Aires.

Por esto mismo llama la atención que sea Scioli quien impulse una reforma a la baja de la edad de imputabilidad, teniendo en cuenta la grave crisis que atraviesa la región que gobierna. El deber de Scioli (y el resto de los funcionarios provinciales y nacionales) es ni más ni menos que garantizar el cumplimiento de los derechos de los niños. Si de encerrarlos se trata, se ha tomado el camino equivocado.

En este marco, la decisión de la Corte Suprema de mantener a los menores encerrados -basándose en una ley que roza la inconstitucionalidad-, supone un nuevo argumento a favor de los sectores que impulsan un aumento de la mano dura.

El endurecimiento de las leyes contra la delincuencia en Argentina, no ha dado resultados positivos. Desde la aprobación de las llamadas “leyes Blumberg” en 2004 (en referencia a Juan Carlos Blumberg, padre de un joven asesinado, a partir de lo cual se convirtió en paladín de la mano dura y candidato a gobernador de la provincia de Buenos Aires), la situación no ha mejorado.

Tampoco había mejorado antes, cuando Carlos Ruckauf fue gobernador bonaerense (1999-2002) y su ministro de Seguridad fue el represor Aldo Rico. Ambos arribaron con un discurso fuertemente emparentado al combate del delito y el “garrote” para los delincuentes. El segundo duró cuatro meses en el cargo y debió renunciar. El primero estuvo dos años como gobernador y huyó a un puesto en la administración nacional.

Como estos pueden mencionarse uno y mil casos más en Argentina y el mundo que dan prueba de que el endurecimiento de las políticas contra el delito no trae consigo una mejora en los niveles de seguridad.

Creer (o intentar hacer creer a la sociedad) que bajar la edad de imputabilidad es un paso para solucionar el grave problema de la delincuencia es como intentar curar un cáncer con aspirinas.


Fuente: Agencia Periodística del MERCOSUR (APM), Facultad de Periodismo y Comunicación Social, Universidad Nacional de la Plata,  Argentina. 
http://www.prensamercosur.com.ar

https://www.alainet.org/pt/node/131315?language=en
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