El caso Sarayaku pone a prueba la democracia y el Estado de Derechos
25/06/2012
- Opinión
El sábado 21 de abril de 2012, en vísperas del Día Mundial de la Madre Tierra, Alexis Mera, Secretario Jurídico de la Presidencia de la República y portador, según sus palabras, de instrucciones del propio Presidente Rafael Correa, le dijo a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al Pueblo Kichwa de Sarayaku, a la Comisión Interamericana y a la opinión pública nacional e internacional, que en relación al caso que sigue Sarayaku contra el Estado ecuatoriano ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos "El Estado reconoce la responsabilidad y está dispuesto a llegar a cualquier acuerdo de reparación".
Esta trascendental declaración fue hecha en el marco de la histórica visita realizada por el Presidente de la Corte, Diego García Sayán y la Jueza Radhys Abreu, al territorio de Sarayaku en la selva amazónica del Ecuador. Era la primera vez en que la Corte Interamericana visitaba el territorio de un pueblo indígena dentro del trámite de una causa sometida a su resolución, por tanto se trataba de una diligencia inédita en la que la justicia interamericana se acercó a las víctimas para escuchar el relato de sus padecimientos de su propia boca y en su propio contexto.
Fue, también, la primera vez dentro del largo proceso iniciado por Sarayaku en 2003 ante la Comisión Interamericana y que sigue ahora ante la Corte Interamericana, en que el Estado ecuatoriano reconoce su responsabilidad respecto a las violaciones de derechos humanos denunciadas por Sarayaku.
Sarayaku denunció al Estado ecuatoriano ante la CIDH porque su territorio fue concesionado en 1976 a la empresa argentina CGC, sin que se le haya informado, consultado, mucho menos obtenido su consentimiento. En 2002 y 2003 la petrolera ingresó al territorio de Sarayaku contra la voluntad del pueblo, resguardada por personal armado del Ejército ecuatoriano y colocó una gran cantidad de explosivos (1.600 kgs.) en más de 400 puntos de la selva sagrada de Sarayaku que luego fueron abandonarlos allí provocando en los miembros del pueblo indígena, zozobra y pérdida de acceso a los recursos del bosque que sostienen su vida.
La presencia petrolera en Sarayaku se tradujo en abuso, prepotencia, destrucción, dolor. A la agresión contra la Pachamama se sumó la violencia contra los miembros del pueblo que fueron detenidos ilegalmente, torturados, amenazados e impedidos de circular por su propio territorio.
Frente a estos atropellos, la respuesta de Sarayaku fue de gran dignidad. Consientes que tenían la razón, apostaron por las reglas de juego impuestas por la sociedad blanco-mestiza y demandaron el cumplimiento de los derechos humanos que el Estado ecuatoriano se ha comprometido a respetar. Esa convicción les llevó a reclamar justica, primero en la ciudad de Puyo donde la justicia local no pudo amparar sus derechos frente a tan poderosos intereses y luego en escenarios tan distantes e inaccesibles para ellos como la sede de la CIDH en Washington DC. y la sede de la Corte Interamericana en San José de Costa Rica.
Ante todos esos organismos Sarayaku demostró una postura digna y clara.
El Estado ecuatoriano, por su parte, a lo largo de los nueve años de litigio del caso Sarayaku, de los cuales cinco han sido bajo el actual gobierno, ha tenido como postura negar los hechos, negar las responsabilidades y denigrar a Sarayaku. Solo el 21 de abril de este año, a un paso de que la sentencia sea dictada, cambia su posicionamiento y se allana.
Es destacable el cambio y Sarayaku lo ha sabido valorar. Ha anunciado, sin embargo, que confía en que la Corte Interamericana hará justicia y solo se sentará a conversar con el Gobierno una vez que la sentencia sea pronunciada y respecto al cumplimiento de las medidas de reparación que disponga la sentencia.
El Estado se ha sometido, por tanto, a que sean los jueces interamericanos los que determinen las medidas reparatorias que deba cumplir respecto a violaciones de derechos humanos cuya responsabilidad ha aceptado.
Siendo plausible el reconocimiento de responsabilidades, el Estado debe estar preparado para asumir, plenamente, sus consecuencias jurídicas. Las medidas reparatorias que dictará la Corte no pueden quedarse solamente en indemnizaciones y medidas de satisfacción, que por justicia merece Sarayaku. Incluirán, sin lugar a dudas, medidas que garanticen que las condiciones que generaron la violación de derechos no se repitan. La más importante medida de garantía de no repetición que ha pedido Sarayaku es que el Estado regule y cumpla efectivamente el derecho a la consulta y el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas, frente a decisiones del poder público que afecten gravemente sus derechos.
La Corte deberá ceñirse a sus propias líneas jurisprudenciales de respeto a los derechos territoriales indígenas y profundizará en el Caso Sarayaku, el estándar de respeto al consentimiento de los pueblos ancestrales que ya estableció en la sentencia del caso Saramaka v. Surinam de 2007.
El Estado ecuatoriano deberá ser consecuente con la definición del Art. 1 de su propia Constitución que define al Ecuador como un Estado de Derechos y de Justicia y demostrar al mundo que aquello no son solo palabras al viento. Deberá acatar la sentencia del caso Sarayaku y cumplir las medidas reparatorias, más aún si éstas no harán sino ratificar los compromisos ya adquiridos de respeto y garantía de los derechos de los pueblos indígenas.
Consultar y obtener el consentimiento de las comunidades que sufrirán directamente y en carne propia los impactos ambientales y sociales de los proyectos petroleros, mineros o de cualquier naturaleza que se pretenda realizar en sus territorios es un imperativo ético, lógico y jurídico. Lo contrario, es decir perpetuar la práctica de hechos consumados para entregar concesiones a transnacionales a espaldas y contra la voluntad de los habitantes ancestrales, solo genera conflictos, dolor y pérdidas. La democracia exige que los derechos se cumplan.
Quito, 26 de mayo de 2012
- Mario Melo es Abogado de Sarayaku. Asesor de Fundación Pachamama
https://www.alainet.org/pt/node/159034
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