El paro de la Rama Judicial:

Un conflicto lleno de dilemas, paradojas y arbitrariedades

16/10/2008
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Tras 43 días en cese de actividades, los funcionarios de la Rama Judicial regresaron a sus labores, dando así por terminado uno de los paros más prolongados y polémicos en la historia de la justicia colombiana. Duplicó en tiempo de duración el paro que en el 2006 realizó ASONAL (principal organización sindical de los servidores de la justicia), casi por las mismas razones que adelantó el paro que acaba de terminar).

 

Para empezar, tanto en el 2006 como ahora, con estos paros los jueces, fiscales y empleados judiciales se pusieron —y pusieron al país— en un difícil dilema que surge del vacío normativo que existe para calificar la naturaleza de su movimiento de protesta, del choque entre dos derechos. Porque, de un lado, está el derecho que todos los colombianos tenemos al servicio de la justicia, considerado un servicio público esencial, que es el argumento de base para prohibir la huelga en este sector estatal (de hecho lo que los jueces hicieron fue un paro, no una huelga). Pero, en el otro lado de la balanza pesa el derecho que tienen todos los trabajadores de defender sus reivindicaciones y derechos laborales que en el caso de la Rama Judicial, han sido sistemáticamente violados por el Estado. Pues no hay que olvidar que en el meollo de los dos paros está el incumplimiento de la Ley 4 de 1992, por parte del Gobierno. Ésta es la norma que en 1992 aprobó el Congreso Nacional como ley marco en materia salarial y prestacional para los empleados públicos. Como fruto de la necesidad de fortalecer la Rama Judicial frente a los desafíos de la nueva Constitución Nacional y el acoso de la corrupción de la época, esta ley incluyó un parágrafo que textualmente señala: “… dentro del mismo término revisará el sistema de remuneración de funcionarios y empleados de la rama judicial sobre la base de la nivelación o reclasificación atendiendo criterios de equidad”.

 

Pero, ese parágrafo todos los gobiernos, desde el de César Gaviria hasta el actual, lo han desconocido. Ninguno avanzó para hacerlo cumplir. Se trata pues de una larga deuda que el Estado tiene con los servidores judiciales, y en ese sentido su protesta fue y es legítima. Y el Decreto 4040 que en el 2004, expidió el presidente, Álvaro Uribe, no hizo más que ahondar las diferencias salariales entre los distintos niveles jerárquicos de la Rama Judicial. Este Decreto incrementó en un 70% el salario de la cúpula de la Rama, es decir de los magistrados, procuradores y fiscales que actúan ante tribunales.

 

Pero, dejó intacta la base salarial de los nivelas inferiores, lo que se consideró un acto discriminatorio. De ahí la insistencia que desde ese año viene haciendo ASONAL, para que se haga efectiva la nivelación de los salarios de los funcionarios de base, y de ahí los dos paros que ha realizado.

 

Diferencias abismales

 

Si bien la Rama Judicial no es la más mal paga dentro de la función del Estado (hay otros servidores públicos que ganan mucho menos), al interior de ella hay diferencias salariales abismales. Mientras un magistrado o delegado ante las Altas Cortes devenga $14 millones (gracias a la gabela que les concedió el presidente Uribe en 2004), un juez municipal gana en promedio $3 millones, siendo éstos los funcionarios que tienen la mayor carga laboral por ser los que deciden los casos en primera instancia. Y la situación de los secretarios de los despachos es peor: ganan $1´200.000, sueldo indigno para un profesional, ya que para desempeñar este cargo hay que ser abogado titulado.

 

El punto salarial fue pues el que concentró las expectativas y se convirtió en el motivo central de las diferencias entre el Gobierno y ASONAL, organización sindical que presentó exigencias que en términos presupuestales valían $600.000 millones, suma que en el desarrollo de las negociaciones rebajaron a la mitad, y ahí se plantó. El Gobierno, por su parte, empezó ofreciendo $60 mil millones y terminó imponiendo 133 mil millones, con la promesa de hacer otra revisión salarial en mayo, siempre y cuando la situación de las finanzas públicas lo permitan.

 

Y aquí la palabra clave es “imposición”, porque eso fue lo que hizo el Gobierno con la declaración de Conmoción Interior, que expidió como recurso expedito y extremo para quebrar el paro de los jueces y empleados de los juzgados, toda vez que la ilegalidad del mismo no la pudo decretar. Y es la primera paradoja de este paro: la nueva ley de huelgas, aprobada a mediados de este año, establece que la declaratoria de ilegalidad de una huelga sólo la pueden decretar los jueces. Pero, como en este caso eran los jueces los que estaban en paro, esta no se decretó.

 

Con la Espada de Damocles de la Conmoción Interior, pesando sobre su cabeza, ASONAL logro finalmente un acuerdo con el Gobierno que mejoró la oferta salarial, garantizó el pago de los días no laborados y que se recuperen posteriormente; que impide sanciones para quienes participaron en el paro y que mantiene abierta la mesa de negociación.

 

Pero el tema de la nivelación salarial no fue el único en el pliego de peticiones presentado por ASONAL, que constó de 9 puntos más, relacionados con estabilidad laboral y los concursos de méritos en la Fiscalía (esta dependencia es la única de la Rama Judicial que no ha hecho concurso de méritos, por lo que hoy tiene 18 mil empleados en provisionalidad); también con garantías de respeto a la independencia de la justicia y a los fallos de los jueces; con presupuesto suficiente para las necesidades y el desarrollo de la justicia; con mejoras en las instalaciones de juzgados y Fiscalías, incluyendo el CTI y las direcciones administrativas; con aumento de la planta de personal para evitar turnos de trabajo excesivos y con garantía de protección a la integridad del personal judicial, sobre todo en zonas de conflicto del país.

 

La polémica conmoción interior

 

Llama la atención, como otra paradoja más de este paro, que la fórmula de solución no haya salido de la mesa de negociaciones sino del clamor que un poderoso banquero hizo ante una asamblea gremial. En efecto, el banquero, Luis Carlos Sarmiento Angulo, durante la asamblea anual de Anif, hizo fuertes críticas a la congestión judicial, a la falta de sistematización en los despachos, a los eternos términos de los procesos, y de contera propuso que el Gobierno decretara el Estado de Conmoción Interior para acabar con el paro judicial. De inmediato el Gobierno acogió la propuesta y lo decretó, por un plazo de 90 días, una medida que la Constitución Nacional consagra y que le da al Ejecutivo facultades extraordinarias para legislar, es decir, para asumir el rol del Congreso y así intervenir en situaciones que atentan contra la convivencia ciudadana y la seguridad del Estado. Con el argumento de que el paro judicial estaba atentando contra ambas cosas, el Poder Ejecutivo terminó metiéndose en el “rancho” del Poder Judicial, en un país donde, se supone, hay una democracia con poderes independientes.

 

Para justificar su declaratoria el Gobierno presentó las cifras de lo que el país estaba perdiendo por cuenta del paro, que tasó en $126 mil millones mensuales, más los problemas de funcionamiento institucional: 90.500 procesos judiciales paralizados, 50.000 tutelas no tramitadas (muchas relacionadas con la atención en salud), 13.000 solicitudes judiciales represadas, 2.017 delincuentes en libertad por la imposibilidad de legalizar su captura, miles de menores que no reciben los títulos para cuota alimentaria; e incluso decenas de parejas extranjeras adoptantes de niños varadas por no contar con la autorización de los jueces.

 

La declaratoria del Estado de Conmoción Interior para acabar con el paro en la justicia es, sin duda, lo más polémico y preocupante de todo el episodio del paro judicial, toda vez que suspende garantías democráticas que afectan no sólo a los huelguistas sino a todos los colombianos.

 

Pero la pregunta primera es otra: ¿Era necesaria la declaratoria de Conmoción Interior?, ¿qué pretende realmente el Gobierno con ella? Porque la verdad es que sigue vigente así el paro haya terminado. Y eso es lo que preocupa: que el Gobierno aproveche la medida excepcional para, a su amparo, dictar normas que por la vía administrativa, y no parlamentaria, modifiquen el sistema de la justicia. Por cuenta de la Conmoción se puede restringir el derecho de un juez a impartir justicia, ya que hasta los notarios, que son cuotas políticas nombradas a dedo por el Gobierno de turno, podrán impartirla. De hecho el ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio, ya advirtió que el Decreto de Conmoción Interior se mantendrá porque fue hecho, no para acabar con el paro judicial, sino para contrarrestar sus efectos, o sea para descongestionar los despachos y tramitar las 40 mil tutelas y los 130 mil procesos que siguen sin fallarse. En suma: la Conmoción es un paso más en la vía de la concentración del poder en el Ejecutivo, en desmedro de la Rama Judicial

 

En ese sentido se escucharon muchas voces en contra de la medida. La primera fue desde luego la de Fabio Hernández, presidente de ASONAL, quien la calificó de exagerada, pensada para amedrentar a los participantes de una huelga que, en su concepto, es legal, y confió en que la Corte Constitucional no avale los decretos que planea expedir el Gobierno. Rafael Ostau de Lafont, vicepresidente del Consejo de Estado, dijo por su parte que si bien la situación del paro judicial era compleja, el Gobierno debió buscar mecanismos previos, que los tiene a la mano, antes de decretar el Estado de Conmoción Interior, versión que evidencia una de las paradojas de esta historia: si bien la administración de la justicia es esencial para cualquier sistema democrático, a su vez la democracia debe garantizar la resolución de los conflictos por vías de concertación y no de la imposición. Por tal razón varios analistas y magistrados creen que la Corte Constitucional puede tumbar los decretos que expida el Gobierno, entre ellos el que más preocupa es que el Consejo Superior de la Judicatura pueda nombrar jueces.

 

Carlos Gaviria, presidente del Polo Democrático y ex magistrado de la Corte Constitucional, dijo que la medida del Gobierno no era necesaria, máxime cuando se negó a escuchar a los trabajadores de la Rama Judicial. La declaratoria se presta para que tome decisiones sobre otros asuntos que no tienen que ver con la justicia.

 

Y la columnista Claudia López, en su muy leída columna de El Tiempo, opinó que parece cuando menos una locura que el Gobierno suspenda la plena vigencia de la democracia para confrontar una huelga laboral. “Un Estado que no puede respetar y manejar una huelga legal y administrar justicia eficazmente sin suspender la vigencia de la democracia, es un mamarracho de democracia que no merece ser considerado Estado de Derecho”, conceptuó esta columnista.

 

Y desde la tolda sindical, la Central Unitaria de Trabajadores, CUT, denunció que el Gobierno de Uribe lo que busca es recortar las mínimas garantías democráticas y, en especial, golpear la movimiento sindical y al resto de las organizaciones sociales. Porque no es cierto que el cese de actividades de ASONAL ponga en riesgo al Estado y sus instituciones, toda vez que en oportunidades anteriores los mismos trabajadores judiciales han denunciado la crisis en que se encuentra la Rama Judicial. Tanto así que gobiernos anteriores han expedido Conmociones Internas para superar la congestión y los problemas de la justicia, y las cosas continúan igual.

 

Octubre de 2008

 

Fuente: Semanario Virtual Caja de Herramientas

Corporación Viva la Ciudadanía. www.vivalaciudadania.org

https://www.alainet.org/en/node/130399
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