TLC: Profundización de la desigualdad

09/09/2007
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En Costa Rica no se ha aprobado el TLC con Estados Unidos debido al gran movimiento social que se ha desarrollado en oposición a su aprobación. Esta oposición obedece, a nuestro juicio, a que aún sobreviven algunos de los resultados de lo que fue el estado social: servicios públicos de amplia cobertura, que conducen a la población a tener mucha conciencia de lo que puede perder; un sector intelectual crítico, que se dedicó a estudiar el tratado y a extender sus análisis al resto de la población; y una institucionalidad democrática que funciona en parte y dificultó el avance del debate en la Asamblea Legislativa.

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te se ha planteado un referendo para decidir el futuro del tratado, aunque se hace en medio de fuertes cuestionamientos a la imparcialidad del Tribunal Supremo de Elecciones, que ha puesto reglas del juego que no garantizan una participación igualitaria de las partes. Por ejemplo, no hay ninguna fiscalización sobre la labor de los medios, los cuales en su mayoría están claramente sesgados a favor de la aprobación del tratado; no se impide al presidente y sus ministros utilizar su tiempo y los recursos públicos para hacer propaganda a favor del tratado, mientras se pretende silenciar a las universidades públicas; no se establecieron mecanismos para el acceso a los medios por parte del sector opositor al tratado, etc.

Sin embargo, hay un movimiento social de oposición al tratado de grandes dimensiones y muy diverso en expresiones organizativas, de composición y de divulgación, cuya presencia no se termina con la aprobación o rechazo del tratado, sino que podría ser el germen de una transformación social más amplia.

En los párrafos siguientes se analizan algunos aspectos centrales de lo que representaría el TLC para Costa Rica.
Principales efectos negativos del TLC con Estados Unidos

Para plantearlo sintéticamente, el TLC entrega el país a las corporaciones transnacionales. Esto es claro a lo largo de todo el texto y se puede puntualizar en la entrega de:

* La biodiversidad, a través de los capítulos 15 de propiedad intelectual, que permitiría el patentamiento de seres vivos y 10 de inversión, que prohíbe, entre otras cosas, exigirles a las transnacionales transferencia de conocimiento, de manera que podrían investigar nuestras especies y llevarse "secretamente" el conocimiento que adquieran. Con ello se alimenta la industria farmacéutica y de cosméticos.

* El agua y los recursos naturales. Los capítulos 10 de inversión, 17 de ambiente y 20 de solución de controversias, en el mejor de los casos permiten a las transnacionales demandar a los estados cuando tomen medidas que consideren "equivalentes a la expropiación" o que "afecten sus beneficios" (art. 10.7.1 y anexo 20.2). Con ello su acceso al agua y los recursos naturales y su "derecho" a obtener ganancias adquieren predominio respecto a cualquier objetivo (humano o social) que tengan las medidas gubernamentales o municipales.

* La cultura y el conocimiento, a través de los capítulos 15 de propiedad intelectual y 10 de inversión, ya que también permiten a las transnacionales apropiarse de las semillas y del conocimiento tradicional sobre las cualidades de las plantas y los animales.

* Los mercados, a través de los primeros capítulos que permiten el ingreso de productos, que son subsidiados en Estados Unidos, sin pagar impuestos de importación en Costa Rica. Esto terminaría de destruir la ya maltrecha producción de alimentos y, con ello, la posibilidad de tener soberanía alimentaria. México es un buen ejemplo de ello, ya con el TLC con Estados Unidos y Canadá, han desaparecido casi dos millones de trabajadores/as agrícolas por la importación de alimentos estadounidenses[1]. Sin embargo, no se garantizan mejores precios para los/as nacionales, como también ha sucedido en México, donde los precios de la canasta básica han subido al mismo tiempo que se arruina a los/as campesinos/as[2].

* Los espacios de inversión actualmente estatales. En Costa Rica se entrega directamente el espacio de telecomunicaciones y seguros, pero también se entregan los demás servicios públicos, como agua, energía eléctrica y educación, por la misma razón que el agua y los recursos naturales: en la interpretación menos desfavorable, las transnacionales mantienen el derecho de demandar al Estado por medidas que consideren "equivalentes a una expropiación" o que "afecten sus beneficios", lo cual impide regular en esos campos e impide mantener el dominio público sobre ellos (ver Anexo II Medidas disconformes, lista de Costa Rica).

* La fuerza de trabajo abundante y barata, cuyo derecho al empleo no aparece por ninguna parte, sino al contrario, se impide exigir determinado nivel de empleo a las transnacionales, y cuyos derechos laborales tampoco se garantizan ya que, excepto por unos 5 derechos, el país sólo se obliga a impedir su violación "si se afecta el comercio" (ver capítulo 16 laboral). Es decir, si perjudica a las transnacionales y no si perjudica a las/os trabajadoras/es.

* La soberanía nacional y la facultad de legislar, aplicar la justicia y regular. Se entrega la facultad de legislar porque el tratado estaría por encima de todas las leyes y no se puede aprobar ninguna ley—o mantener la vigencia de otra—que lo contradiga. La facultad de aplicar la justicia se afecta por el derecho de las transnacionales de elevar demandas ante tribunales arbitrales, de manera que jueces que no conocen nuestras leyes, nuestra jurisprudencia o interpretación de las leyes, podrían modificar decisiones internas tanto de tribunales como de organismos estatales de otro nivel, tomando en cuenta además solamente lo estipulado en el tratado y no lo que establece nuestra Constitución Política, que se hace real a partir de estas leyes. La facultad estatal de regular las actividades de las transnacionales se afectaría por lo mencionado en relación con los servicios públicos y los recursos naturales.

Es decir, el efecto negativo fundamental, y que se encuentra en todo el tratado, es la entrega del país a las transnacionales. La síntesis de esta entrega se encuentra en el artículo 9.14 (que está repetido en el 10.9.3.c) que dice que se pueden tomar medidas para proteger la salud y la vida, siempre y cuando no afecten el comercio.
Impactos sobre las mujeres más pobres

El impacto de lo anterior sobre las mayorías pobres y los/as trabajadores/as es evidente: nada en el TLC está puesto para favorecer a otros sectores que no sean las grandes transnacionales. Es más, Costa Rica es el único país que no hizo ninguna reserva para proteger a los sectores más vulnerables, sean estos pequeños productores, mujeres, indígenas, sectores empobrecidos, etc.

Por lo tanto, siendo las mujeres un sector ya en desventaja, el impacto de un tratado que no protege a los sectores más vulnerables, las afecta de manera particular. Esto es cierto para las mujeres campesinas, quienes han sido las principales protagonistas en la evolución de las variedades genéticas y de la alimentación, y que ahora encontrarían obstáculos para continuar con sus prácticas tradicionales, tanto porque la propiedad intelectual permite a las transnacionales llegar a patentar hasta plantas y especies animales, como porque se refuerza dicha propiedad sobre las semillas. También las mujeres campesinas productoras de alimentos, serían afectas si se aprueba el TLC porque se permite el ingreso de productos agropecuarios subsidiados en Estados Unidos, sin que paguen impuestos de importación en el país.

También es cierto para las mujeres trabajadoras asalariadas, porque el TLC cierra opciones laborales en general y, por lo tanto, sobre todo cierra opciones laborales a las mujeres, quienes tienen siempre una mayor tasa de desempleo y una mayor presencia en la llamada "informalidad". Nos dicen que el TLC aumenta las exportaciones y la inversión extranjera y que éstas aumentan el empleo. Sin embargo, ninguna de las premisas de ese razonamiento es cierta. Por un lado, el TLC no garantiza el aumento en las exportaciones ni en la inversión extranjera. De hecho, el año pasado Guatemala, Honduras y El Salvador, con TLC firmados, disminuyeron sus exportaciones a Estados Unidos[3]. Tampoco garantiza el aumento en la inversión extranjera: el año pasado la inversión extranjera en Costa Rica, sin TLC, fue mayor que la que hubo en todos los otros países de Centroamérica juntos[4]. Por otro lado, el aumento en las exportaciones y en la inversión extranjera no garantizan el aumento en el empleo. Entre 1994 y 2006 en Costa Rica la inversión extranjera se multiplicó por cinco y las exportaciones por tres y, sin embargo, aumentó la tasa de desempleo[5]. Esto es así porque la inversión extranjera desplaza producción nacional, de manera que algunas veces genera más desempleo que empleo. También es así porque simultáneamente con estos aumentos han venido aumentando las importaciones y se han desplazado productores/as y trabajadores/as nacionales. Todo esto se reforzaría con la aplicación del TLC.

Tampoco se protegen los derechos laborales porque los países sólo se comprometen con unos pocos derechos laborales y sólo exigen su cumplimiento para que no se afecte el comercio (ver artículo 16.2.1.a). Al igual que con la salud y la vida, los derechos laborales se subordinan a los intereses comerciales.

El TLC afectaría a las trabajadoras domésticas o amas de casa de manera particular porque tendría un impacto negativo sobre los servicios públicos y sobre el consumo básico. En cuanto a los servicios públicos, en Costa Rica se abrirían telecomunicaciones y seguros, afectándose el acceso a los servicios telefónicos (que se han vuelto claramente más caros cuando pasan del control estatal al transnacional). Pero hay otros servicios que quedan sujetos a la aplicación de las normas generales del tratado, como el agua, la energía eléctrica y la educación. En todos esos casos o no se excluye el servicio de la aplicación de las normas del tratado, como sucede con la energía eléctrica, o la supuesta exclusión se condiciona a que sean "servicios sociales" (ver Anexo II Medidas Disconformes, lista de Costa Rica), lo cual no es cierto para agua y educación. De manera que las transnacionales podrían reclamar los privilegios a la inversión extranjera como, por ejemplo, el trato nacional. En agua puede significar que no se pueda dar prioridad a las comunidades frente a las canchas de golf de los hoteles, en educación puede significar tener que compartir el presupuesto de educación como ya está sucediendo en Chile. Los servicios de salud sí están excluidos de algunas normas generales del tratado pero, ni en salud ni en ninguno de los otros servicios se excluye el derecho de las transnacionales de demandar al estado, ante tribunales arbitrales, por "medidas equivalentes a la expropiación" o por "medidas que afecten sus beneficios". Es decir, en cualquier caso se limita la facultad del estado de regular los servicios públicos, con lo que se favorece la orientación que quieran darles las transnacionales, que no es otra que la de generar ganancias, acabando así con la organización de servicios solidarios y universales. Esto conduciría al mayor control transnacional sobre estos servicios, y la experiencia internacional ha mostrado que este control no mejora la calidad y sí aumenta los precios. Un ejemplo cercano y reciente lo constituyen los apagones que ha habido en Nicaragua, donde la energía eléctrica se pasó a una transnacional española. En cuanto al consumo básico, la apertura del mercado de alimentos básicos y el posible desplazamiento de la producción nacional afecta no sólo a los/as productores/as, sino el consumo. Lo que se ha encontrado en México, como se dijo, es que al mismo tiempo que se desplazan productores nacionales, aumentan los precios al consumo, quedando toda la ganancia en manos de las empresas intermediarias o exportadoras desde Estados Unidos[6].
Las mujeres en Costa Rica y el TLC

Las mujeres en Costa Rica son en su mayoría trabajadoras domésticas. Si a ellas sumamos quienes trabajan en el llamado "sector informal"[7], que no es un empleo estable sino el refugio de quienes no tienen opciones laborales, llegamos a más del 80% del total de mujeres mayores de 15 años[8].

De las trabajadoras extradomésticas en espacios más formales, la mayoría están concentradas en la industria maquiladora, sobre todo de ropa, la enseñanza y el servicio doméstico. En la industria de la ropa las condiciones laborales son muy deficientes: trabajo sumamente intenso por el ritmo, los riesgos y las jornadas, con poca protección y sin libertad sindical. Además, la manera en que se definen los salarios conduce a esa intensidad y al aumento en la jornada sin que se reconozcan las horas extraordinarias.

En la enseñanza, cuando se trabaja en el sector público se tienen todos los derechos laborales, aunque los salarios son bajos y el trabajo muy intenso.

Lo que puede esperarse en los sectores mencionados, si se llegara a aprobar el TLC, sería grave para todos. Iniciemos con el caso de la industria de la ropa. Esta rama está siendo afectada, con o sin TLC, por la manera en que se estructura la rama a nivel internacional, con el control por parte de las grandes transnacionales de las cadenas de producción y comercialización. En los países nuestros se realizan solamente las fases de costura y acabado y bajo el control de las transnacionales. A las últimas no les preocupa si la producción proviene de Centroamérica, de India, de China o de Vietnam, y pueden desplazar sus plantas productivas o cambiar sus contratistas de un país a otro. Siendo así, con la eliminación de las cuotas de importación, que se aprobó en la Organización Mundial del Comercio (OMC) y se generalizó en el 2005, la competencia de la ropa proveniente de Asia ha desplazado la producción proveniente de Centroamérica y México. El TLC no protege la ropa proveniente de los últimos países, por lo cual ya ha estado claro que se mantiene la tendencia. De hecho, el año pasado disminuyeron las exportaciones de ropa hacia Estados Unidos de todos los países de la región, excepto Nicaragua[9]. Y también ha disminuido la producción y la exportación de ropa de México[10].

En la enseñanza se podría esperar que el TLC condujera al crecimiento de la educación privada, donde los salarios son menores y no se respetan los derechos laborales, entre ellos la libertad sindical que daría alguna posibilidad de defensa.

En el servicio doméstico se ubican sobre todo las migrantes nicaragüenses. El tratado estipula que los países no adquieren compromisos respecto a los trabajadores/as migrantes (art. 11.1.4.5), de manera que su situación de desprotección se mantendría.
Los servicios públicos y el TLC

En cuanto a los servicios públicos, el TLC tiene como uno de sus ejes favorecer la expansión transnacional en los servicios públicos. Esta expansión modifica la lógica con la que tradicionalmente se han prestado estos servicios en Costa Rica: de estar basada en la solidaridad y la atención de necesidades a la generación de ganancias donde no importan las necesidades humanas. Los servicios dejan de ser considerados mecanismos para la atención de necesidades o derechos humanos y pasan a ser considerados mercancías, a las cuales sólo pueden acceder quienes pueden pagarlas. Con ello, sectores crecientes de la población van siendo excluidos del acceso a los servicios. Cuando esto sucede, las mujeres, trabajadoras domésticas encargadas de asegurar la sobrevivencia de su familia y el acceso a los servicios, tendrían una carga mayor para tratar de encontrar alternativas a lo que, hasta ahora, han sido la atención médica, la educación pública, el agua potable, la energía eléctrica y los teléfonos.

En síntesis, el TLC es un instrumento para favorecer la expansión transnacional sin límites, dejando a los sectores más desfavorecidos de nuestra población totalmente desprotegidos, entre ellos a las mujeres de los sectores populares.

- Maria Eugenia Trejos es economista, especialista en estudios laborales, miembro de Pensamiento Solidario, una organización que se formó para analizar el TLC y para la divulgación de sus contenidos. Es analista del Programa de las Américas.  

Fuente: Programa de las Américas del Centro de Relaciones Internacionales (IRC) http://www.ircamericas.org



[1] INEGI, disponible en www.inegi.gob.mx.

[2] Vargas, Oscar René. ¿Qué es el CAFTA? Un tratado entre desiguales Centroamérica-Estados Unidos, UPOLI, Managua, 2003.

[4] CEPAL, Estimaciones sobre la base de cifras oficiales al 24 de abril de 2007.

[5] COMEX con base en cifras del BCCR y PROCOMER en http://www.comex.go.cr/estadisticas/inversion/IED%202006.pdf; INEC: Encuestas de Hogares.

[6] Ver nota No.2.

[7] Entre ellas están las servidoras domésticas a quienes, con mucha frecuencia, se les violan sus derechos laborales, comenzando por el reconocimiento del salario mínimo.

[8] INEC 2006 , principales resultados Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 2003 en www.inec.go.cr y Organización Internacional del Trabajo: Panorama Laboral 2004 p: 98-99, en www.oit.org.pe/portal/documentos/texto_completo_2004.pdf, revisado en noviembre de 2006.

[9] En CEPAL (Comisión Económica para América Latina y el Caribe) 2007. Istmo Centroamericano: evolución económica durante 2006 y perspectivas para 2007, 16/04/2007.

[10] INEGI 2005: Industria maquiladora de exportación. Estadísticas económicas, publicación mensual, septiembre, p. 25.

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