Movilidad
31/08/2008
- Opinión
Cuando me siento a escribir esta contratapa, recuerdo la conversación que sostuve con Jorge Lanata cuando acordamos que ocupara este espacio dominical. “Sería bueno –me dijo Jorge– que le contaras al lector algunas de tus peripecias como diputado. Como las que padeciste con la Ley de Bosques. Que le contaras, como en un folletín, qué está pasando y qué vas a hacer en el capítulo siguiente, para tratar de que no te jodan. A lo mejor un día las reunís y tenés un libro…”
Pienso que no sería mala idea escribir la versión moderna de aquel famoso El Congreso que yo he visto, de Ramón Columba, aunque sin dibujitos ni posiciones conservadoras. Fiel a la propuesta, vuelvo nuevamente con el tema más caliente que tiene en sus manos la Cámara de Diputados: el proyecto del Ejecutivo sobre la movilidad de las jubilaciones. Antes fueron las retenciones móviles y la reestatización de Aerolíneas Argentinas (que seguirá proporcionando mucha tela para cortar).
A partir de esas experiencias, la dinámica parlamentaria empezó a cambiar para mejor. Para la mayoría de los legisladores se abrió una instancia distinta, que podía mejorar la imagen pública de la principal institución de la democracia: una instancia de participación efectiva en la elaboración de la ley, pensando, discutiendo y modificando los proyectos del Gobierno. Sin excluir de esa posición reflexiva y sanamente crítica a los propios diputados del oficialismo. Ahora se presenta una nueva oportunidad para el Poder Legislativo.
De nuevo el título incluye la palabra “movilidad”, esta vez referida a las jubilaciones. Una ley de gran trascendencia para cinco millones de argentinos que tienen derecho a una vida digna.
Creo que la norma en discusión es absolutamente necesaria, porque incorpora la movilidad de las prestaciones sociales a través de la ley y no vía decretos como ocurrió hasta ahora, pero nuevamente la propuesta oficial requiere de modificaciones esenciales que los representantes del pueblo debemos introducirle. Así lo han entendido varios colegas y por eso se ha encendido el debate en las comisiones de Previsión y Seguridad Social y Presupuesto y Hacienda.
El viernes pasado presenté mi propio proyecto de ley (4657-D-08), para dejar constancia oficial de mis diferencias. Las enumero a continuación, explicándolas de manera llana, para que el lector tenga una idea bien precisa de lo que se está discutiendo.
Primero: sostengo que la movilidad debe comenzar a partir del último aumento decretado por el Gobierno en el pasado julio. O sea, desde el primero de agosto de este año y no desde marzo del año próximo, como lo establece el proyecto oficial. Si los jubilados debieran esperar a que la ley se sancione en las dos cámaras, se promulgue y el Ejecutivo la reglamente, llegarían con un piso más bajo que el actual a la movilidad. Sufrirían un atraso de siete meses, en una economía que hoy –según algunas fuentes– padece una inflación anual que ronda el 25 por ciento.
Segundo: propongo que el índice que se utilice para determinar la movilidad sea el que realiza el Ministerio de Trabajo, que mide las variaciones salariales de los trabajadores estables y no el que elabora el INDEC. Por dos razones. La primera es que el INDEC toma en cuenta para ese indicador el salario de los trabajadores informales, más bajo que el de los trabajadores registrados y, por lo tanto, disminuye el promedio general. La segunda es que el INDEC ha visto dañada su credibilidad merced a prácticas desacertadas y en ciertos casos repudiables. El Estado argentino tuvo y tiene problemas para construir herramientas de intervención. Tiene ahora, además, una generalizada sospecha sobre sus cifras oficiales. Esto es particularmente grave para el tema en debate, y para muchos otros, porque es precisamente a partir de datos indubitables desde donde se puede legitimar públicamente la necesidad de crear o modificar impuestos, subsidios, emprendimientos, etc.
Tercero: propongo que la actualización semestral de haberes que plantea el proyecto, incorpore la PBU (Prestación Básica Universal), un monto fijo pagado por el Estado y que compone sustantivamente el haber jubilatorio. Adicionalmente considero que la PBU también debe modificarse semestralmente a través de los mecanismos que fija la nueva ley y no mediante decretos del PEN como ocurre ahora.
Cuarto: introduzco una modificación que morigera el riesgo de incurrir en posibles fallos de inconstitucionalidad, al reconocer a los ciudadanos que hayan recurrido a la justicia y obtenido sentencia firme a favor de su reclamo, el derecho a que se les respete el monto fijado en los tribunales.
Quinto: es necesario incorporar la cláusula de intangibilidad de los aportes previsionales, que estaba incluida en un fenecido proyecto de mi autoría, el 1748-D-2005. La intangibilidad establece que los recursos destinados al financiamiento del sistema previsional no puedan ser desviados a otras erogaciones del Estado. Por último, debe modificarse la fórmula del índice a emplear.
El proyecto del Ejecutivo determina que un 45 por ciento de la actualización se vinculará al incremento per cápita del sistema previsional y un 50 por ciento a la variación que experimenten los salarios. La suma, obviamente, no da 100, sino 95 por ciento. Ese cinco por ciento, acumulativo cada año, configura un deterioro de las jubilaciones reales que debería evitarse. No puede argumentarse que es un “colchón” para asegurar que no haya un mayor déficit de los recursos previsionales. No es un buen argumento proponer que las prestaciones disminuyan en términos reales para evitar el déficit.
La iniciativa del Poder Ejecutivo es muy positiva. Su dirección es correcta y genera mi apoyo en términos generales, pero creo que es posible introducirle reformas que profundicen el criterio universal, solidario y protector que debe fundamentar estas importantes decisiones legislativas.
La palabra jubilación debería recuperar sus raíces y no ser asimilada a una suerte de maldición. ¿Qué júbilo puede encontrar el jubilado en el momento existencial en que más lo necesita, si la sociedad que ayudó a construir lo margina? El Estado, conviene recordarlo una y otra vez, debería ser el refugio de los más débiles.
- Miguel Bonasso es periodista y diputado nacional argentino.
Pienso que no sería mala idea escribir la versión moderna de aquel famoso El Congreso que yo he visto, de Ramón Columba, aunque sin dibujitos ni posiciones conservadoras. Fiel a la propuesta, vuelvo nuevamente con el tema más caliente que tiene en sus manos la Cámara de Diputados: el proyecto del Ejecutivo sobre la movilidad de las jubilaciones. Antes fueron las retenciones móviles y la reestatización de Aerolíneas Argentinas (que seguirá proporcionando mucha tela para cortar).
A partir de esas experiencias, la dinámica parlamentaria empezó a cambiar para mejor. Para la mayoría de los legisladores se abrió una instancia distinta, que podía mejorar la imagen pública de la principal institución de la democracia: una instancia de participación efectiva en la elaboración de la ley, pensando, discutiendo y modificando los proyectos del Gobierno. Sin excluir de esa posición reflexiva y sanamente crítica a los propios diputados del oficialismo. Ahora se presenta una nueva oportunidad para el Poder Legislativo.
De nuevo el título incluye la palabra “movilidad”, esta vez referida a las jubilaciones. Una ley de gran trascendencia para cinco millones de argentinos que tienen derecho a una vida digna.
Creo que la norma en discusión es absolutamente necesaria, porque incorpora la movilidad de las prestaciones sociales a través de la ley y no vía decretos como ocurrió hasta ahora, pero nuevamente la propuesta oficial requiere de modificaciones esenciales que los representantes del pueblo debemos introducirle. Así lo han entendido varios colegas y por eso se ha encendido el debate en las comisiones de Previsión y Seguridad Social y Presupuesto y Hacienda.
El viernes pasado presenté mi propio proyecto de ley (4657-D-08), para dejar constancia oficial de mis diferencias. Las enumero a continuación, explicándolas de manera llana, para que el lector tenga una idea bien precisa de lo que se está discutiendo.
Primero: sostengo que la movilidad debe comenzar a partir del último aumento decretado por el Gobierno en el pasado julio. O sea, desde el primero de agosto de este año y no desde marzo del año próximo, como lo establece el proyecto oficial. Si los jubilados debieran esperar a que la ley se sancione en las dos cámaras, se promulgue y el Ejecutivo la reglamente, llegarían con un piso más bajo que el actual a la movilidad. Sufrirían un atraso de siete meses, en una economía que hoy –según algunas fuentes– padece una inflación anual que ronda el 25 por ciento.
Segundo: propongo que el índice que se utilice para determinar la movilidad sea el que realiza el Ministerio de Trabajo, que mide las variaciones salariales de los trabajadores estables y no el que elabora el INDEC. Por dos razones. La primera es que el INDEC toma en cuenta para ese indicador el salario de los trabajadores informales, más bajo que el de los trabajadores registrados y, por lo tanto, disminuye el promedio general. La segunda es que el INDEC ha visto dañada su credibilidad merced a prácticas desacertadas y en ciertos casos repudiables. El Estado argentino tuvo y tiene problemas para construir herramientas de intervención. Tiene ahora, además, una generalizada sospecha sobre sus cifras oficiales. Esto es particularmente grave para el tema en debate, y para muchos otros, porque es precisamente a partir de datos indubitables desde donde se puede legitimar públicamente la necesidad de crear o modificar impuestos, subsidios, emprendimientos, etc.
Tercero: propongo que la actualización semestral de haberes que plantea el proyecto, incorpore la PBU (Prestación Básica Universal), un monto fijo pagado por el Estado y que compone sustantivamente el haber jubilatorio. Adicionalmente considero que la PBU también debe modificarse semestralmente a través de los mecanismos que fija la nueva ley y no mediante decretos del PEN como ocurre ahora.
Cuarto: introduzco una modificación que morigera el riesgo de incurrir en posibles fallos de inconstitucionalidad, al reconocer a los ciudadanos que hayan recurrido a la justicia y obtenido sentencia firme a favor de su reclamo, el derecho a que se les respete el monto fijado en los tribunales.
Quinto: es necesario incorporar la cláusula de intangibilidad de los aportes previsionales, que estaba incluida en un fenecido proyecto de mi autoría, el 1748-D-2005. La intangibilidad establece que los recursos destinados al financiamiento del sistema previsional no puedan ser desviados a otras erogaciones del Estado. Por último, debe modificarse la fórmula del índice a emplear.
El proyecto del Ejecutivo determina que un 45 por ciento de la actualización se vinculará al incremento per cápita del sistema previsional y un 50 por ciento a la variación que experimenten los salarios. La suma, obviamente, no da 100, sino 95 por ciento. Ese cinco por ciento, acumulativo cada año, configura un deterioro de las jubilaciones reales que debería evitarse. No puede argumentarse que es un “colchón” para asegurar que no haya un mayor déficit de los recursos previsionales. No es un buen argumento proponer que las prestaciones disminuyan en términos reales para evitar el déficit.
La iniciativa del Poder Ejecutivo es muy positiva. Su dirección es correcta y genera mi apoyo en términos generales, pero creo que es posible introducirle reformas que profundicen el criterio universal, solidario y protector que debe fundamentar estas importantes decisiones legislativas.
La palabra jubilación debería recuperar sus raíces y no ser asimilada a una suerte de maldición. ¿Qué júbilo puede encontrar el jubilado en el momento existencial en que más lo necesita, si la sociedad que ayudó a construir lo margina? El Estado, conviene recordarlo una y otra vez, debería ser el refugio de los más débiles.
- Miguel Bonasso es periodista y diputado nacional argentino.
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