Reelección o Presidencia vitalicia?

16/10/2008
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Para analizar el actual debate sobre la segunda reelección presidencial empecemos con una pregunta elemental: ¿Se puede legislar, o peor aún, cambiar la Constitución para beneficiar a una sola persona? Y la respuesta obvia será que: de poder se puede, lo que pasa es que nunca será compatible con una democracia liberal y menos con un Estado Social de Derecho que es lo que nos hacen creer que existe en Colombia.

 

El referendo, que pretende permitir una segunda reelección de Uribe en el 2010, va en esa vía: pasar por encima de la Constitución Nacional y adecuar nuestra institucionalidad a los intereses de un solo hombre. Pero, en la soberbia uribista que no entiende de razones sino de mayorías y que confunde popularidad con legitimidad, no sólo se propone una nueva reelección en 2010, sino que sin sonrojarse si quiera, la clientelista bancada conservadora introdujo un articulito a la reforma política para que Uribe aspire también en el 2014. A este paso, ya sólo falta que José Obdulio promulgue la elección vitalicia de Uribe con la herencia del trono presidencial de su primogénito.

 

Sin embargo, el estropicio de perpetuarse en el poder tiene varias dificultades: la primera, como ya lo dijimos, es la inocultable intención de reformar la Carta con nombre propio. La segunda, que en el afán de no perder los puestos, los contratos y las embajadas los promotores del referendo formularon mal la pregunta y dejaron a Uribe por fuera. Y la tercera, que con la sentencia de la Corte Constitucional que dio vía libre a la primera reelección sentó jurisprudencia expresa para prohibir un nuevo período por sustitución parcial de la Constitución, por lo cual el referendo que llega al Congreso no tiene competencia en la materia y la única forma de imponer la reelección es por una Asamblea Nacional Constituyente o por un golpe jurisprudencial y constitucional propinado por una nueva Corte del bolsillo uribista (que sería uno de los posibles efectos del desequilibrio de poderes que trajo la primera reelección).

 

Comencemos diciendo que las reformas constitucionales deben ser generales,  abstractas y de aplicación futura. Es por esto, que sólo por excepción existen conflictos de interés parlamentario en sus discusiones y aprobación. Por eso, el texto del referendo que reza: "quien haya ejercido la Presidencia de la República por dos periodos constitucionales podrá ser elegido por otro periodo", causó la duda de la benevolencia del proyecto, al intuir el manoseo de la Constitución para favorecer los intereses personales del Presidente y de quienes se benefician directamente de la burocracia y contratación de su Gobierno. Duda, confirmada por el congresista antioqueño, de Alas-Equipo Colombia, Oscar Arboleda, quien presentó la  ponencia de modificación al texto de referendo (de "ejercido" a "elegido") aduciendo que esto permitiría la inmediata candidatura de Uribe para un tercer período.

 

Este sólo hecho, va a abrir la puerta para que tanto en la aprobación del referendo como en la reforma política (donde los congresistas ofrecen a Uribe, pública y abiertamente la reelección en el 2014), la oposición y organizaciones de la sociedad civil soliciten el impedimento de aquellos parlamentarios con cuotas burocráticas en el Gobierno o con ofrecimientos que se destapen en el camino. Una vigilante sociedad civil puede plagar de incómodos derechos de petición a los integrantes de las bancadas quienes, sintiendo el peligro que supone la pérdida de investidura por comprobarse sus marcados intereses personales en la aprobación del referendo o de la reforma política, lo pensaran dos veces antes de negociar su voto por sostener o fortalecer su participación en el Gobierno. Por otro lado, ante el antecedente de la Yidis-política, los organismos de control e inclusive la misma Corte Suprema de Justicia deberían conformar una  Alta Comisión de seguimiento al proceso aprobatorio del referendo y de la reforma.

 

El otro lío de la segunda reelección inmediata vía referendo constitucional, parte de la reputación y la ignorancia de sus promotores. Su principal impulsor, Luis Guillermo Giraldo, más conocido como el "Doctor Tajada", gracias al destape del tristemente famoso caso de corrupción conocido como "el robo a Caldas", también es cuestionado por miembros de su propio partido de la U, que como la senadora, Martha Lucía Ramírez, lo acusan cuando fue secretario de la colectividad de desaparecer con Carlos García (entonces presidente de la U) seis mil millones de pesos que esa corporación recibió del Estado colombiano. Por si fuera poco, la misma financiación de la campaña del referendo hoy es motivo de controversia. Giraldo no ha podido explicar, nada más y nada menos que, la entrada de mil novecientos millones de pesos a una iniciativa donde sus principales promotores y sus familiares son contratistas, miembros de la burocracia central o gozan de las mieles del servicio diplomático. A este poco fiable contexto, se suma la desafortunada redacción (para ellos) del texto del referendo, que limita la reelección a quien haya ejercido por dos períodos la presidencia de la República, sin darse cuenta que Uribe tan sólo lleva un período y le falta mucho para terminar el segundo.

 

Ante esto, ya hay sectores del Congreso que como Oscar Arboleda, pretenden cambiar el texto del referendo, ignorando o pasando por alto que el Congreso, ante una iniciativa ciudadana, tan sólo puede negarla o aceptarla. El único momento en que el Congreso puede modificar la iniciativa es después de que la Corte la declare parcialmente exequible. Si el Congreso llega a modificar el texto de la iniciativa popular, la viciaría inmediatamente por un desvío de forma en su trámite.

 

Y por último, el fallo de la Corte que permitió la primera reelección inmediata, hoy se convierte en el principal obstáculo para una segunda. La Corte y todos aquellos que argumentaron la no vulneración de los principios esenciales de la Carta de 1991 por la reelección presidencial inmediata (entre ellos el Gobierno mismo), sentaron su posición sobre que ésta sólo podía ser por una sola vez.

 

Para la Corte, permitir la reelección por una sola vez fue una especie de ampliación del período con el aval del voto popular. Por esto, la estipulación de un período presidencial fijo, la no perpetuidad en el poder y su democrática alternancia, el equilibrio e independencia de poderes, la igualdad frente a la elección presidencial y los derechos esenciales de la oposición, en esencia, no se verían alterados.

 

Hoy, lo que vemos es el gran error de dejar la arquitectura institucional al vaivén de las encuestas. El resultado del experimento es un Presidente que abusa del poder atacando la oposición política y social, manejando los medios de comunicación a su antojo, manipulando al Congreso, captando los órganos de control, controlando las cortes y atacando la rama judicial. Un Presidente, que como él mismo lo acepta "vive en campaña" y que en un círculo vicioso generado por su primera reelección esta ad portas de reelegirse indefinidamente. Un Presidente que pretende remplazar la Constitución por los libros de José Obdulio y al Estado Social de Derecho por un remedo de democracia cada vez más a la sombra de una verdadera tiranía de las mayorías.

 

Octubre de 2008

 

- Gabriel Bustamante Peña es abogado, asesor de la Corporación Viva la Ciudadanía

 

 

Fuente: Semanario Virtual Caja de Herramientas

Corporación Viva la Ciudadanía. www.vivalaciudadania.org

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