Militares podrían ser acusados por "vilipendio de cadáveres"

04/06/2003
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En el curso de una charla realizada en el Centro de Investigación y Estudios Judiciales, el ex ministro de la Suprema Corte de Justicia Nelson García Otero, dijo que si es verdad que los militares exhumaron los cuerpos de los desaparecidos y -como dicen- los cremaron, cometieron el delito común de "vilipendio de cadáveres." Junto con Jacinta Balbela, García Otero fue uno de los dos ministros de la Suprema Corte de Justicia que en 1987 votó la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad (los otros tres integrantes del organismo no estuvieron de acuerdo). El jurista señaló que lo sucedido con los cuerpos de los desaparecidos "trasciende el hecho político, (y) es un delito común cometido muchos años después" (presuntamente, en democracia). Por otro lado, García Otero también cuestionó que a nivel judicial se acepte como prueba de la muerte de los desaparecidos el informe de la Comisión para la Paz, como ha sucedido en el proceso que se le sigue al ex canciller de la dictadura, Juan Carlos Blanco por su complicidad en la desaparición y muerte de la maestra Elena Quinteros. Al respecto, recordó que "la Ley de Registro Civil establece que el fallecimiento sólo puede probarse por partida de defunción. Si no existiera, deben existir documentos auténticos o testigos que prueben el fallecimiento. Naturalmente se trata de testigos que declaren en sede judicial, por lo que este informe no serviría para probar la muerte." Dijo alto y claro: "Las conclusiones de la Comisión para la Paz son inoperantes, son nada y no tienen sustento jurídico." El ex magistrado consideró que la creación de la Comisión para la Paz constituyó "un hecho en la vida política del país," pero que "no se la puede invocar desde el punto de vista normativo," ya que se trata únicamente de una comisión "asesora del Presidente de la República." García Otero dío a entender que los miembros de la Comisión cometieron un delito, ya que realizaron una pesquisa secreta, algo que la Constitución prohíbe específicamente: "fue una especie de inquisición sin poder, donde no se registraban actas," señaló. Señaló además, que "entre las facultades que tiene el Presidente de la República no está el interrogar a nadie ni el delegar a alguien para que lo haga," y que "tampoco está facultado para crear algo que no existe." Nelson García Otero consideró que al instituir la Comisión para la Paz, el presidente Jorge Batlle actuó "con un estado subyacente de temor a los militares. De hecho, no se citó a ningún oficial superior. Que se permitiera interrogar a todos menos a las Fuerzas Armadas, demuestra que no había una voluntad real de investigar. Si realmente querían investigar, lo menos que podía hacer el Presidente de la República era reunirse con el ministro de Defensa y dictar un decreto ordenando que los militares colaboraran. No se hizo porque en realidad no se quería molestar a los mandos militares". Sobre la expresión de "verdad posible" manejada por la Comisión, García Otero dijo que la verdad, "es como la virginidad: se tiene o no se tiene. La misma Comisión para la Paz admite que no llegó a la verdad sino a una 'verdad posible', a lo que pudo averiguar. Yo diría, a lo que le dejaron averiguar. Las violaciones a los Derechos Humanos no son una verdad posible sino un hecho notorio, que todos sabíamos." Finalmente, García Otero se refirió al término "estado del alma," inventado por el presidente Batlle para sustituir el de "reconciliación." El magistrado dijo que "los estados del alma no se crean por decreto. Se podría pensar que hacer todo esto para crear un estado del alma es una ingenuidad. No lo pienso porque sé que la ingenuidad no es uno de los pecados del Presidente de la República." * Andrés Capelán Comcosur / Montevideo
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