Militares podrían ser acusados por "vilipendio de cadáveres"
04/06/2003
- Opinión
En el curso de una charla realizada en el Centro de Investigación y
Estudios Judiciales, el ex ministro de la Suprema Corte de Justicia
Nelson García Otero, dijo que si es verdad que los militares
exhumaron los cuerpos de los desaparecidos y -como dicen- los
cremaron, cometieron el delito común de "vilipendio de cadáveres."
Junto con Jacinta Balbela, García Otero fue uno de los dos ministros
de la Suprema Corte de Justicia que en 1987 votó la
inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad (los otros tres
integrantes del organismo no estuvieron de acuerdo). El jurista
señaló que lo sucedido con los cuerpos de los desaparecidos
"trasciende el hecho político, (y) es un delito común cometido
muchos años después" (presuntamente, en democracia).
Por otro lado, García Otero también cuestionó que a nivel judicial
se acepte como prueba de la muerte de los desaparecidos el informe
de la Comisión para la Paz, como ha sucedido en el proceso que se le
sigue al ex canciller de la dictadura, Juan Carlos Blanco por su
complicidad en la desaparición y muerte de la maestra Elena
Quinteros. Al respecto, recordó que "la Ley de Registro Civil
establece que el fallecimiento sólo puede probarse por partida de
defunción. Si no existiera, deben existir documentos auténticos o
testigos que prueben el fallecimiento. Naturalmente se trata de
testigos que declaren en sede judicial, por lo que este informe no
serviría para probar la muerte." Dijo alto y claro: "Las
conclusiones de la Comisión para la Paz son inoperantes, son nada y
no tienen sustento jurídico."
El ex magistrado consideró que la creación de la Comisión para la
Paz constituyó "un hecho en la vida política del país," pero que "no
se la puede invocar desde el punto de vista normativo," ya que se
trata únicamente de una comisión "asesora del Presidente de la
República." García Otero dío a entender que los miembros de la
Comisión cometieron un delito, ya que realizaron una pesquisa
secreta, algo que la Constitución prohíbe específicamente: "fue una
especie de inquisición sin poder, donde no se registraban actas,"
señaló. Señaló además, que "entre las facultades que tiene el
Presidente de la República no está el interrogar a nadie ni el
delegar a alguien para que lo haga," y que "tampoco está facultado
para crear algo que no existe."
Nelson García Otero consideró que al instituir la Comisión para la
Paz, el presidente Jorge Batlle actuó "con un estado subyacente de
temor a los militares. De hecho, no se citó a ningún oficial
superior. Que se permitiera interrogar a todos menos a las Fuerzas
Armadas, demuestra que no había una voluntad real de investigar. Si
realmente querían investigar, lo menos que podía hacer el Presidente
de la República era reunirse con el ministro de Defensa y dictar un
decreto ordenando que los militares colaboraran. No se hizo porque
en realidad no se quería molestar a los mandos militares".
Sobre la expresión de "verdad posible" manejada por la Comisión,
García Otero dijo que la verdad, "es como la virginidad: se tiene o
no se tiene. La misma Comisión para la Paz admite que no llegó a la
verdad sino a una 'verdad posible', a lo que pudo averiguar. Yo
diría, a lo que le dejaron averiguar. Las violaciones a los
Derechos Humanos no son una verdad posible sino un hecho notorio,
que todos sabíamos." Finalmente, García Otero se refirió al término
"estado del alma," inventado por el presidente Batlle para sustituir
el de "reconciliación." El magistrado dijo que "los estados del alma
no se crean por decreto. Se podría pensar que hacer todo esto para
crear un estado del alma es una ingenuidad. No lo pienso porque sé
que la ingenuidad no es uno de los pecados del Presidente de la
República."
* Andrés Capelán Comcosur / Montevideo
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