Aprobada Ley Resorte por mayoría parlamentaria
26/11/2004
- Opinión
Este miércoles la plenaria de la Asamblea Nacional aprobó los
artículos 32, 33, 34 y 35 así como una disposición transitoria
que sustituye el artículo 36 de la legislación que establece la
responsabilidad que deben asumir los medios audiovisuales en
Venezuela. De esta forma, queda aprobada en segunda discusión la
Ley de Responsabilidad Social en Radio y TV con 35 artículos,
una disposición transitoria y una final.
Luego de un debate que se extendió por nueve horas
aproximadamente, los diputados del Parlamento venezolano dieron
su visto bueno a los últimos artículos de esta ley, relacionados
con el inicio de los procedimientos y el lapso para la defensa
de las notificaciones, correspondientes a las multas en las que
pudieran verse implicados los prestadores de servicio de radio y
TV.
En la plenaria de este miércoles, Francisco Solórzano (MVR/
Anzoátegui), propuso una nueva redacción para el artículo 32 con
modificaciones planteadas por Luis Franceschi (MVR/ Bolívar), en
éste se establece el procedimiento que debe seguirse para la
admisión de las pruebas.
Solórzano también presentó una nueva redacción para el artículo
33 referido a las medidas cautelares: "En el curso del
procedimiento sancionatorio, incluso en el acto de apertura,
CONATEL podrá, de oficio o a solicitud de parte, dictar la
siguiente medida cautelar: Ordenar a los prestadores de
servicios de radio y televisión o de difusión por suscripción,
abstenerse de infundir en cualquier horario, mensajes que
infrinjan las obligaciones establecidas en el numeral 1 del
artículo 29 de esta ley".
La nueva redacción del artículo 34 hace énfasis a la
determinación y excepción de sanciones, mientras que el artículo
35, indica la facultad que tiene el Directorio de
Responsabilidad Social para emitir "el acto que ponga fin al
procedimiento administrativo" que esté en curso.
Por su parte, el artículo 36 fue sustituido por una disposición
transitoria propuesta por la diputada Desiree Santos Amaral
(MVR/Dtto. Capital), en la que se establecen los lapsos que
tienen los prestadores de servicios, para dar cumplimiento total
a lo expresado en el articulado de la Ley.
Por ejemplo, se dará un lapso de 3 años para que los medios
vayan incorporando gradualmente a la programación aquellas
traducciones y señas que permitan garantizar "la integración de
personas con discapacidad auditiva". Asimismo, "se harán
exigibles a partir de los doce (12) meses siguientes… tres horas
de programas especialmente dirigidos a los niños, niñas y
adolescentes en horario todo usuario… siete horas de programas
de producción nacional en horarios todo usuario y tres horas de
programas de producción nacional en horarios supervisados
Finalmente, la Ley fue remitida a la Comisión de Medios, Ciencia
y Tecnología de la Asamblea Nacional donde se tomarán en cuenta
los cambios aprobados en Cámara para, posteriormente, enviarla
al seno del Parlamento para su sanción definitiva.
El Proyecto de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y
Televisión se encuentra en:
Con información de AN/MCI/AR
https://www.alainet.org/es/articulo/110957
Del mismo autor
- Campaña de Reporteros Sin Fronteras contra Venezuela 14/06/2007
- No renovar la concesión a Rctv, una decisión soberana 30/05/2007
- La clase militar de Chávez, es de otro tipo 14/03/2007
- Venezuela socio pleno de MERCOSUR 05/07/2006
- La CAN no le servía a los pueblos, sólo a las élites 07/05/2006
- Condenado Ortega, huyen las ratas del barco 14/12/2005
- ¿Qué hay detrás de la fábula abstencionista? 05/12/2005
- Aprobada Ley Resorte por mayoría parlamentaria 26/11/2004
- Danilo Anderson o lo que le resta al oposicionismo venezolano 22/11/2004
- La SIP lanza sus flechas en Venezuela 17/11/2004
Clasificado en
Clasificado en:
Comunicación
- Jorge Majfud 29/03/2022
- Sergio Ferrari 21/03/2022
- Sergio Ferrari 21/03/2022
- Vijay Prashad 03/03/2022
- Anish R M 02/02/2022