La necesidad de anular los efectos jurídicos de la Ley de Amnistía de 1978

17/10/2006
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En los últimos días, a raíz del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó a Chile por aplicar la Ley de Amnistía en casos de violación a los derechos humanos, se ha comenzado nuevamente a debatir sobre la necesidad de modificar o eliminar este cuerpo legal que dejó impune los crímenes cometidos por la Dictadura de Pinochet desde el 11 de septiembre de 1973 hasta el 10 de marzo de 1978. La historia de la Dictadura de Pinochet se resume en asesinatos, desaparecidos, tortura, prisión, exilio. Una muestra cruel e indesmentible de la insana militar que gobernó Chile durante casi 17 años. Pero el terrorismo de estado no solo se limitó a ejercer su política de exterminio de manera implacable sino que le dio un sustento legal que asegurara a los agentes del estado que realizaban el “trabajo sucio” de la Junta Militar no fueran condenados por esos crímenes. Así nace el Decreto Ley 2191 de Amnistía de 1978. Sus orígenes El Decreto Ley N. 2191 DE Amnistía fue redactado por Mónica Madariaga, ministra de Justicia del régimen militar y fue publicado en el Diario Oficial del 19 de abril de 1978 cuando el Congreso Nacional llevaba cinco años disuelto. El Decreto Ley tuvo como objetivo exculpan de responsabilidad penal a quienes cometieron delitos, fueron inductores o encubridores de crímenes cometidos desde el mismo día del golpe militar hasta el 10 de marzo de 1978. Su creación y posterior publicación fue la respuesta de la Dictadura a la cuarta condena consecutiva de Naciones Unidas -diciembre de 1977- por la práctica represiva del Estado de Chile. A ello, se suma la decisión del gobierno de facto de reemplazar el estado de sitio que regía en país por otro calificado de emergencia. Paralelamente la Dictadura dio inicio a la CNI (Central Nacional de Informaciones) que continuó sembrando el terror implantado por la DINA dirigida por Manuel Contreras.. Una ley de autoperdón La ley de amnistía no hace diferencias entre delitos comunes y crímenes de motivación política que violaron a los derechos humanos. Acogidos bajo el DL 2191 son aquellos individuos procesados por robo agravado, secuestro de menores y fraude quienes estaban inculpados al momento de entrar en vigencia la ley. Expresamente excluidos de la amnistía, debido a presión de los Estados Unidos, fueron quienes estuvieron implicados en la causa por homicidio y falsificación de pasaportes que constituyó un paso preparativo para el asesinato del canciller Orlando Letelier. En abril de 1978 cuando entró en efecto la ley, cientos de presos políticos llenaban las cárceles de Chile, la gran mayoría sin que se haya emitido sentencia alguna en su contra. Pero ni un solo agente de la represión estaba siquiera acusado de cometer actos criminales de parte de la dictadura. Según antecedentes de la época aproximadamente 69 presos políticos, la mayor parte de ellos en la Penitenciaria de Santiago y cuyas sentencias ya estaban conmutadas a exilio fueron los únicos opositores al régimen militar beneficiarios del supuesto gesto humanitario del DL 2191. - Roberto Portilla es periodista y Editor General de Crónica Digital. Fuente: Crónica Digital (Santiago de Chile)
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