Sentencia a grupo Colina por el caso La Cantuta
Alentador paso para la justicia peruana
09/04/2008
- Opinión
Los familiares de las víctimas del caso La Cantuta y la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) expresaron, en conferencia de prensa realizada hoy, su satisfacción por el enorme logro que implica la ejemplar sentencia emitida ayer por la Primera Sala Penal Anticorrupción, presidida por la jueza Inés Villa Bonilla, contra el grupo Colina pues ella marca un importante precedente para el proceso contra Alberto Fujimori ya que reconoce que las violaciones a derechos humanos no se aplicaron en forma aislada, sino de modo sistemático y en forma permanente durante dicho gobierno.
Para Gloria Cano, abogada de APRODEH quien patrocina legalmente a los familiares de las víctimas, la sentencia es importante no solo porque reconoce de manera clara y expresa la existencia del destacamento Colina como un aparato militar dentro de la estructura del ejército, sino porque confirma además la relación directa que tenía con el Servicio de Inteligencia Nacional y las órdenes que obedecía directamente de Julio Salazar Monroe, en tanto jefe del SIN. “Se trataba de una relación en la cual, tal como el propio Salazar manifestó, él daba cuenta de sus actos directamente a Fujimori”, agregó.
“Han sido las propias declaraciones de Salazar Monroe, de Hermoza Ríos, entre otros testigos, vertidas en presencia de sus abogados –como el actual congresista Rolando Souza–, las que llevaron a la Sala a concluir que el destacamento Colina estaba bajo el mando del SIN. Es el propio Salazar Monroe quien declaró que solo respondía a las órdenes del hoy acusado Alberto Fujimori. Por ello, Salazar Monroe ha sido condenado, en el marco de un debido proceso, como autor mediato. Esto lo señala la Sala Penal y es un precedente que debe tener en cuenta la Sala que hoy juzga a Fujimori”, acotó la abogada.
“Es importante destacar que el fallo declara sin efecto jurídico las sentencias emitidas por el Fuero Militar en contra de Santiago Martin Rivas, Carlos Pichilingüe, Enrique Oliveros Pérez, Juan Rivero Lazo, Navarro Pérez, entre otros, sindicados también por su responsabilidad en este caso”, señaló Cano.
A su turno, Javier Torres, secretario ejecutivo de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, resaltó que la sentencia no solo traza un nuevo derrotero para los derechos humanos luego de que por tantos años la justicia peruana hiciera oídos sordos ante las denuncias presentadas, sino que además constituye una derrota para quienes han luchado por la impunidad, y para sus abogados, tal es el caso del estudio Nakasaki, quien defendía a Salazar Monroe. Finalmente hizo un llamado al ejército peruano para que deslinde definitivamente con lo que fue el destacamento Colina, cuya existencia ha sido demostrada fehacientemente por la sala.
Por su parte, Miguel Jugo, director ejecutivo de APRODEH, expresó su satisfacción ya que la sentencia compensa el esfuerzo de los familiares quienes de manera perseverante han exigido justicia a lo largo de dieciséis años. Señaló además que el fallo marca un momento importante para la historia de la justicia peruana y, en tal sentido, “los peruanos y peruanas debemos defender esta sentencia de los ataques de algunos personajes que solo quieren garantizar la impunidad tal como es el caso del congresista Rolando Souza quien patrocinaba a Salazar Monroe”.
Finalmente, Gisela Ortiz, hermana del estudiante desaparecido Luis Enrique Ortiz, mostró su satisfacción por esta nueva etapa que abre la justicia peruana para ellos como familiares. “Este ha sido un complejo y largo proceso. Por eso, la sentencia nos da tranquilidad porque sabemos que los asesinos van a estar detenidos y para que experiencias dolorosas como la nuestra no se vuelva a repetir”.
Ortiz mencionó que uno de los hechos probados de la sentencia califica como improbable la tesis dada por el agente infiltrado en La Cantuta, José Tena Jacinto. “Tena sostenía que nuestros familiares fueron los responsables del caso Tarata y pudieron ingresar esa misma noche a la universidad heridos. Esto no es posible ya que La Cantuta se encontraba bajo control militar, y porque, al momento de la detención (al día siguiente de Tarata), ninguno de nuestros familiares presentaba herida alguna”, precisó.
Agregó que, como parte de la investigación judicial, la Sala solicitó a la Dincote certificar que ninguno de los estudiantes detenidos tuviera antecedentes por su vinculación con algún movimiento subversivo. “Iniciaremos las acciones legales respectivas a fin de de lograr esclarecer estos hechos porque es nuestro derecho a la dignidad y al buen nombre que quede claro el nivel de responsabilidad de nuestros familiares, toda vez que este argumento sigue siendo utilizado no solo por los asesinos, sino también por los seguidores de quien fuera la cabeza de este aparato criminal, Alberto Fujimori, como la justificación para acabar con la vida de nuestros familiares”, refirió.
Datos:
* La sentencia recoge las recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al señalar, por ejemplo, la obligación del Estado de seguir buscando los restos de las víctimas, identificarlos plenamente y entregarlos a sus familiares para darles sepultura. Asimismo, insta al Estado a cumplir con las reparaciones económicas recomendadas por la CIDH.
Para Gloria Cano, abogada de APRODEH quien patrocina legalmente a los familiares de las víctimas, la sentencia es importante no solo porque reconoce de manera clara y expresa la existencia del destacamento Colina como un aparato militar dentro de la estructura del ejército, sino porque confirma además la relación directa que tenía con el Servicio de Inteligencia Nacional y las órdenes que obedecía directamente de Julio Salazar Monroe, en tanto jefe del SIN. “Se trataba de una relación en la cual, tal como el propio Salazar manifestó, él daba cuenta de sus actos directamente a Fujimori”, agregó.
“Han sido las propias declaraciones de Salazar Monroe, de Hermoza Ríos, entre otros testigos, vertidas en presencia de sus abogados –como el actual congresista Rolando Souza–, las que llevaron a la Sala a concluir que el destacamento Colina estaba bajo el mando del SIN. Es el propio Salazar Monroe quien declaró que solo respondía a las órdenes del hoy acusado Alberto Fujimori. Por ello, Salazar Monroe ha sido condenado, en el marco de un debido proceso, como autor mediato. Esto lo señala la Sala Penal y es un precedente que debe tener en cuenta la Sala que hoy juzga a Fujimori”, acotó la abogada.
“Es importante destacar que el fallo declara sin efecto jurídico las sentencias emitidas por el Fuero Militar en contra de Santiago Martin Rivas, Carlos Pichilingüe, Enrique Oliveros Pérez, Juan Rivero Lazo, Navarro Pérez, entre otros, sindicados también por su responsabilidad en este caso”, señaló Cano.
A su turno, Javier Torres, secretario ejecutivo de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, resaltó que la sentencia no solo traza un nuevo derrotero para los derechos humanos luego de que por tantos años la justicia peruana hiciera oídos sordos ante las denuncias presentadas, sino que además constituye una derrota para quienes han luchado por la impunidad, y para sus abogados, tal es el caso del estudio Nakasaki, quien defendía a Salazar Monroe. Finalmente hizo un llamado al ejército peruano para que deslinde definitivamente con lo que fue el destacamento Colina, cuya existencia ha sido demostrada fehacientemente por la sala.
Por su parte, Miguel Jugo, director ejecutivo de APRODEH, expresó su satisfacción ya que la sentencia compensa el esfuerzo de los familiares quienes de manera perseverante han exigido justicia a lo largo de dieciséis años. Señaló además que el fallo marca un momento importante para la historia de la justicia peruana y, en tal sentido, “los peruanos y peruanas debemos defender esta sentencia de los ataques de algunos personajes que solo quieren garantizar la impunidad tal como es el caso del congresista Rolando Souza quien patrocinaba a Salazar Monroe”.
Finalmente, Gisela Ortiz, hermana del estudiante desaparecido Luis Enrique Ortiz, mostró su satisfacción por esta nueva etapa que abre la justicia peruana para ellos como familiares. “Este ha sido un complejo y largo proceso. Por eso, la sentencia nos da tranquilidad porque sabemos que los asesinos van a estar detenidos y para que experiencias dolorosas como la nuestra no se vuelva a repetir”.
Ortiz mencionó que uno de los hechos probados de la sentencia califica como improbable la tesis dada por el agente infiltrado en La Cantuta, José Tena Jacinto. “Tena sostenía que nuestros familiares fueron los responsables del caso Tarata y pudieron ingresar esa misma noche a la universidad heridos. Esto no es posible ya que La Cantuta se encontraba bajo control militar, y porque, al momento de la detención (al día siguiente de Tarata), ninguno de nuestros familiares presentaba herida alguna”, precisó.
Agregó que, como parte de la investigación judicial, la Sala solicitó a la Dincote certificar que ninguno de los estudiantes detenidos tuviera antecedentes por su vinculación con algún movimiento subversivo. “Iniciaremos las acciones legales respectivas a fin de de lograr esclarecer estos hechos porque es nuestro derecho a la dignidad y al buen nombre que quede claro el nivel de responsabilidad de nuestros familiares, toda vez que este argumento sigue siendo utilizado no solo por los asesinos, sino también por los seguidores de quien fuera la cabeza de este aparato criminal, Alberto Fujimori, como la justificación para acabar con la vida de nuestros familiares”, refirió.
Datos:
* La sentencia recoge las recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al señalar, por ejemplo, la obligación del Estado de seguir buscando los restos de las víctimas, identificarlos plenamente y entregarlos a sus familiares para darles sepultura. Asimismo, insta al Estado a cumplir con las reparaciones económicas recomendadas por la CIDH.
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