El capitalismo por dentro (III)
02/04/2012
- Opinión
La explotación capitalista (III)
El trabajo teórico de Marx y de otros investigadores marxistas lleva a comprender la esencia y las peculiaridades del sistema capitalista, última etapa de un periodo de la historia de la humanidad (en realidad de la prehistoria) que comenzó con la esclavitud, caracterizado por la apropiación por una minoría de la mayor parte del producto del trabajo de la inmensa mayoría, con reajustes periódicos de acentuación o disminución de la explotación en función de la relación de fuerzas entre las clases en pugna.
Aunque la crisis actual y las “curas de austeridad” impuestas por las clases dominantes confirman ampliamente las tesis marxistas sobre el sistema capitalista, podría argumentarse, como lo hacen sus ideólogos conservadores o “reformistas” y los que “están de vuelta” del socialismo, que la situación actual es coyuntural o que, en el peor de los casos, no es inherente al capitalismo, sino al funcionamiento de “los mercados”, según ellos librados, por el momento, a las tendencias “ultraliberales”. Bastaría “regular” o “humanizar” los mercados para resolver el problema.
Queremos agregar algunos elementos que muestran la explotación capitalista en concreto, la que está en un período de fuerte acentuación a causa de una relación de fuerzas actualmente desfavorable a los explotados.
En los países periféricos y también en los países centrales, la movilidad de las grandes empresas (posibilidad de cambiar rápidamente su implantación de un país a otro) limita la capacidad de negociación de los trabajadores: la empresa amenaza con retirarse del lugar de implantación o segmentar su producción en diversos lugares si considera excesivas las reivindicaciones de los trabajadores, o simplemente las sociedades “deslocalizan” sus plantas hacia países donde los salarios son más bajos. Y con la esperanza de evitar la deslocalización y conservar los empleos, los trabajadores aceptan la degradación de sus condiciones de trabajo en materia de salarios, horarios, estabilidad, seguridad social, etc.
Esto ocurre porque las diferencias de salario entre los países “centrales” y los países “periféricos” de Asia, África, América Latina y Europa del Este son del orden de 10 a 1 y a veces llegan a ser de 20 a 1, con un nivel de productividad que tiende a igualarse.
Pero estos procesos de deslocalización no se producen solamente de los países ricos a los países pobres, sino también entre países pobres: las empresas deslocalizan sus implantaciones de los países donde los salarios son muy bajos a otros países donde éstos son aun más bajos (por ejemplo de China a Vietnam).
En otras condiciones (una relación de fuerzas favorable a los trabajadores) el aumento de la productividad del trabajo debería estar lógicamente acompañada por una reducción del tiempo de trabajo (diario, semanal y anual) y de la reducción de la intensidad del mismo.
Ello ocurrió así de manera general hasta culminar en el decenio de 1920 cuando las luchas de los trabajadores, ayudadas por el temor de los capitalistas al ejemplo de la Revolución de Octubre en Rusia, lograron la jornada hebdomadaria de 48 horas.
Pero con el fordismo aumentó la intensidad del trabajo, como muestra agudamente Chaplin en el film Tiempos Modernos. Desde entonces la jornada de trabajo se mantuvo estable, aunque disminuyó la jornada anual como resultado de las vacaciones más prolongadas y en algunos países disminuyó también la jornada semanal.
Pero en los últimos años, pese a que continuó aumentando la productividad, esa tendencia a la reducción de la jornada laboral se invirtió y también aumentó la intensidad del trabajo y se generalizó la flexibilidad laboral, que es una manera de tener al trabajador siempre a disposición del patrón, aunque no trabaje.
El aumento de la jornada de trabajo se acentúa de hecho a causa de la necesidad que tiene mucha gente de trabajar más tiempo (en el mismo empleo o en un trabajo adicional) a fin de ganar lo mínimo necesario para sobrevivir.
Las mujeres y los niños son las primeras víctimas de la explotación laboral en todo el mundo.
En febrero de 2007 la Confederación Sindical Internacional (CSI), publicó un Informe sobre Las normas fundamentales del trabajo reconocidas internacionalmente en la Unión Europea, donde se analizaba la situación en este aspecto país por país. Entre otras cosas, en el Informe se decía: Todos los Estados miembros de la Unión Europea han ratificado los dos convenios fundamentales de la OIT sobre trabajo forzoso. Con todo, la trata de personas, esencialmente mujeres y niñas para destinarlas a trabajos forzosos y a la explotación sexual, es un problema en cierta medida en prácticamente todos los países... En las Conclusiones del Informe se puede leer: En los Estados miembros de la UE sigue habiendo una profunda brecha entre la legislación y la práctica con respecto a la igualdad entre hombres y mujeres. En Europa las mujeres ganan hasta un 40 por ciento menos que sus colegas masculinos, registran índices de desempleo más elevados y están escasamente representadas en los cargos directivos. La discriminación económica que sufre la mujer es particularmente grave en algunos de los Estados miembros de Europa Oriental, donde las diferencias salariales en el sector público muchas veces son incluso mayores a las del sector privado. En cualquier caso, la importante concentración de mujeres en puestos de trabajo a tiempo parcial y en el sector de servicios también ha cambiado de manera desfavorable la situación de las mujeres en algunos países de Europa Occidental.
El aumento de la carga (física, mental y nerviosa) ha hecho más penoso el trabajo en los últimos años y la flexibilidad laboral y el incremento de la jornada de trabajo parasita o fagocita el tiempo fuera del trabajo, es decir lo que queda del tiempo libre. Se está cada vez más lejos de la prometida sociedad post industrial del tiempo libre.
Inclusive los empleados y los técnicos superiores sufren esa carga, víctimas de las presiones en el mismo empleo y por la angustia que les produce el temor de perderlo. Son frecuentes los suicidios en esas categorías de trabajadores.
Los hechos confirman que, como señaló Marx en el Capítulo VI (llamado inédito) del Libro I de El Capital, no sólo el trabajo manual sino también el trabajo asalariado productor de bienes intangibles o inmateriales (como es el trabajo de los investigadores, técnicos, docentes, informáticos, trabajadores de la salud, artistas, etc.) es objeto de explotación pues crea valor y es fuente de ganancia (plusvalía) para los capitalistas. Y ocurre lo mismo en el caso de los asalariados que trabajan en los servicios (transportes, comunicaciones, bancos, etc).
De manera general, la higiene y la seguridad en el trabajo tiende a empeorar: según un informe de la OIT destinado al XVI Congreso Mundial sobre Seguridad y Salud en el Trabajo que se celebró en Viena en mayo de 2002, cada año mueren en el mundo dos millones de trabajadores a causa de accidentes y enfermedades relacionados con el trabajo. Esto último, entre otras cosas, como resultado de la utilización de agentes tóxicos en los lugares de trabajo (agrícolas e industriales).
Las grandes empresas eluden su responsabilidad en materia de higiene y seguridad subcontratando las tareas penosas y/o peligrosas con lo cual la situación del trabajador se agrava aun más frente a subcontratistas que violan regularmente la legislación laboral y carecen de solvencia económica para asumir sus responsabilidades.
Inclusive no faltan casos de utilización de mano de obra esclava o semiesclava
En Myanmar (antiguamente Birmania), tres empresas, la estadounidense Union Oil of California (UNOCAL), la británica Premier Oil y la francesa Total, han aprovechado de las"ventajas comparativas" que ofrece el régimen dictatorial de dicho país, que recurre al trabajo esclavo en la construcción de los oleoductos de Yadana (UNOCAL y Total) y Yetagun (Premier Oil).
Las sociedades transnacionales aprovechan otras prácticas que se aproximan al trabajo esclavo. Por ejemplo Disney tiene subcontratistas en China que hacen trabajar a sus obreros 13 a 17 horas por día, siete días sobre siete por un salario diario de un poco más de un dólar.
Otra forma de trabajo semiesclavo es el realizado en las prisiones para empresas privadas (en muchos casos transnacionales), que se practica en China y en muchos países ricos, como Estados Unidos, Francia y Alemania. Según informa el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, en dicho país 30 Estados han legalizado la contratación exterior del trabajo carcelario desde 1990. Y de ese trabajo semiesclavo y mal pagado aprovechan grandes transnacionales como Microsoft, Boeing y TransWorld Airways.
Ello a pesar de que el Convenio 29 de la OIT de 1930 en su artículo primero propuso hace 82 años suprimir el trabajo obligatorio en el más breve plazo, voluntad reiterada en la Declaración de la OIT de 1998 relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Y que el artículo 2 inciso c) del Convenio 29 prohibe que el trabajo carcelario "sea cedido o puesto a disposición de particulares, compañías o personas jurídicas de carácter privado".
Se podrían dar muchos otros ejemplos de trabajo esclavo o semiesclavo, como el que se practica en diferentes plantaciones en América Latina y en otros continentes.
En resumen, la explotación capitalista de la fuerza de trabajo no es sólo la apropiación -retribuida por debajo de su valor- de la fuerza física del ser humano, muchas veces en condiciones insoportables, sino también de sus habilidades y conocimientos, de su capacidad de imaginar, de crear y de inventar.
Paralelamente con la degradación de las condiciones de trabajo se puede constatar una regresión en las normas laborales internacionales de la Organización Internacional del Trabajo
En la Organización Internacional del Trabajo la regresión en materia de normas laborales para adaptarlas a la “mundialización” comenzó abiertamente en 1998 con la Declaración de Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, continuó en 1999 con el Convenio 182 sobre la Prohibición de las peores formas del trabajo infantil (¿por qué peores y no reforzar el convenio 138 de 1973 para tender a la abolición del trabajo infantil? , siguió en el 2000 con el Convenio 183 sobre protección de la maternidad, que modificó regresivamente el Convenio 103 de 1952 y continuó en 2001 con el Convenio 184 relativo a la seguridad y la salud en la agricultura.
Esto refleja una tendencia a sustituir las normas laborales obligatorias por compromisos voluntarios de las empresas, del tipo de códigos de conducta, cuya aplicación depende de la buena voluntad de las empresas. Es lo que se denomina la “responsabilidad social de las empresas”, un concepto que se trata de popularizar con la contribución de ciertas ONGs, de empresas y de Estados.
Esta “responsabilidad social de las empresas” no logra escamotear la realidad: naciones enteras sometidas al saqueo de las empresas transnacionales y del capitalismo financiero transnacional.
¿Por qué calificamos de regresiva la Declaración de Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, aprobada en junio de 1998?
Una apreciación desprevenida de dicha Declaración lleva a suponer que es un intento de promover el núcleo fundamental de los derechos de los trabajadores.
Pero si se la analiza más detalladamente se puede constatar:
1) que se trata de una Declaración y no de un Convenio, es decir que no tiene carácter obligatorio;
2) que los derechos enumerados en la Declaración son ya objeto de Convenios obligatorios: trabajo forzoso (Convenios 29 y 105), libertad sindical (Convenio 87), derecho de sindicación y de negociación colectiva (Convenio 98), igualdad de remuneración de hombres y mujeres (Convenio 100), no discriminación (Convenio 111) y edad mínima, referido a la abolición del trabajo infantil (Convenio 138);
3) que la Declaración ha omitido derechos tanto o más fundamentales para los trabajadores (también contemplados en convenios internacionales) que los que ha incluido.
Los derechos omitidos tienen en común ser el objeto de una embestida generalizada en nombre de la mundialización y la competitividad, entre ellos:
a) Salario mínimo (Convenio 131),
b) Trabajo de mujeres (Convenios 45, 89 y 103),
c) Jornada máxima de trabajo (Convenios 1, 30, 43, 47 de 1935 (sobre las 40 horas), 49, 153 y Recomendación 116 de 1962, sobre la reducción de la duración del trabajo,
d) Seguridad e higiene en el trabajo (Convenios con disposiciones generales Nos. 31, 97, 155, y 161 y varios Convenios y Recomendaciones sobre riesgos específicos o ramas de actividad),
e) Tiempo libre (Recomendación 21 de 1924 sobre la utilización del tiempo libre de los trabajadores) y
f) Seguridad social (Convenios con normas generales Nos. 102, 118 y 157) y numerosos Convenios con normas específicas.
g) Y, por cierto, se han omitido los Convenios y Recomendaciones relativos al derecho al trabajo: Convenios 122 de 1964 sobre política del empleo y 158 de 1982 sobre terminación de la relación de trabajo y Recomendaciones 122 sobre política de empleo y 169 de 1984 con disposiciones complementarias sobre el mismo tema.
Hemos incluido en la enumeración precedente la Recomendación 21, sobre el tiempo libre y la 116, sobre la reducción del tiempo de trabajo sin reducción del salario, porque son de rigurosa actualidad.
Sin una visión de conjunto sobre cómo funciona realmente el sistema capitalista, el resultado es el sometimiento a alguna de las variantes de la ideología dominante que atribuye al mercado “desregulado” todos los males de la sociedad actual, cuando la raíz de esos males está en el sistema mismo, es decir en la propiedad privada de los instrumentos y medios de producción y de cambio.
Dicho de otra manera, las “alternativas” que sólo proponen reformas dentro del sistema y caminos supuestamente intermedios y no se sitúan en la perspectiva de la abolición del capitalismo, conducen inevitablemente a un callejón sin salida, a la agravación creciente de las condiciones de vida materiales y espirituales de los seres humanos y al deterioro cada vez más acelerado del ecosistema.
Esto se verifica también en los países ex socialistas que han restablecido el capitalismo (de Estado y privado) –donde las diferencias sociales ahora son enormes y hasta ha disminuido la esperanza de vida- y vale asimismo para analizar las tendencias dominantes en los países donde se habla de “modernizar” el socialismo o de un “socialismo del siglo XXI”. Con fuertes dosis de mercado capitalista.
Pero la opción es de hierro: el capitalismo genera inevitablemente la dictadura del mercado (o dictadura de la burguesía como la llamó Lenin) como se está viendo claramente ahora en las “grandes democracias occidentales” que imponen a sus propios pueblos drásticas políticas de austeridad y a otros Estados (como a Grecia) le exigen desprenderse de su patrimonio nacional y, de hecho, le han prohibido organizar un plebiscito para consultar al pueblo. Ahora pura y simplemente las “grandes democracias” quieren que se suspendan las elecciones generales en Grecia, previstas para abril porque los sondeos de opinión atribuyen a los partidos de izquierda tantos votos como a los de la derecha y de los socialdemócratas sumados.
Fuente: Argenpress - http://www.argenpress.info
https://www.alainet.org/es/articulo/156952?language=en
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